La delincuencia (III)

16/07/2006
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A raíz del horrible crimen de los hermanitos Fadoul se escucharon voces que pidieron penas mas severas a los delincuentes, e incluso algunos plantearon la necesidad de establecer la pena de muerte para este tipo de crímenes. Porque es verdad, es irracional que asesinos que cuentan hoy con no mas de 20 años de edad salgan en libertad al poco tiempo de cumplir 40 años, después de haber destruido dos familias, y de dejar viuda, huérfanos y padres sumidos en el dolor. Ante esa discusión conviene aclarar como se ha establecido la duración de las penas que establece nuestra legislación. En realidad, en las ultimas reformas que ha sufrido nuestro Código Penal, lo que ha hecho el legislador, en la mayoría de los casos, es copiar, casi automáticamente, las penas fijadas en los Códigos del pasado. (1915, 1964) Y cabe preguntarse: ¿Por que los legisladores de antaño fueron tan condescendientes con los criminales a la hora de establecer la duración de las penas? La verdad es que, al contrario, fueron muy severos, ya que para fijar las mismas se basaban en la expectativa de vida al nacer que existía para la época. Por ejemplo, la esperanza de vida estimada al nacer en Caracas era de unos 50 años para 1936 (Estudio de Caracas, UCV, Volumen III, 1969, pag. 204) Si lo vemos así, una pena de unos 25 años en prisión significaba en la practica una condena a cadena perpetua, porque la vida adulta, que comenzaba a los 21 años, apenas duraba en promedio unos 29 años, estimado que era mucho menor en las cárceles por las condiciones de insalubridad de las mismas. El insigne venezolano José Rafael Pocaterra, en su magnifica obra “Memorias de un venezolano de la decadencia” nos da una visión muy certera de las condiciones de las prisiones a principios del siglo XX en nuestro país. Pero esas penas, que para el momento en que se fijaron eran fuertes, hoy, con una expectativa de vida que excede los 70 años, las mismas resultan ridículas como se aprecia en el caso mencionado de los hermanos Fadoul. Si se aumentasen la duración de ellas en la misma medida en que aumento la expectativa de vida, aproximadamente un 70%, tendríamos, por ejemplo, que en vez de 25 años de condena, un castigo seria de unos 40 años. Eso seria mucho mas justo. Porque hay que entender que el objetivo que buscaba el legislador de entonces era establecer sanciones rigurosas que sirvieran de freno a cualquiera que deseara cometer un delito. Establecer penas suaves lo que hace en realidad es estimular el crecimiento de la delincuencia. Para que se aprecie mejor esto voy a reproducir la siguiente noticia aparecida en el diario Ultimas Noticias el 5-05-2006, en la pagina 32: “Explico el juez que Tovar Acuña había sido condenado a cumplir 15 años de prisión, pero con la nueva Ley de Drogas se le rebajo a 9. De estos 9 años, Tovar Acuña lleva cumplidos 6, lo cual representa los dos tercios de la pena, requisito indispensable para otorgar una medida sustitutiva de libertad, de acuerdo a la explicación del juez Jiménez Contreras.” Vemos como un narcotraficante, que contribuye a destruir la vida de centenares de personas, la inmensa mayoría jóvenes; que convierte a muchos de ellos en delincuentes para conseguir la droga; que sumerge en la angustia y en la desesperación a miles de sus familiares; y que afecta a toda la sociedad, solo termina purgando, gracias a la “NUEVA LEY DE DROGAS”, 6 años de prisión. Eso es, mas que entupido, criminal. Vistas así, las penas pierden su efecto inhibidor de la delincuencia, mas bien la estimulan, porque para cualquier delincuente que analice la relación costo-beneficio entre “resolverse” el resto de la vida ganando millones de dólares traficando con drogas, y pagar, en el peor de los casos solo 6 años de prisión, la alternativa es obvia. Lo extraño es que no existan mas traficantes. Entiendo que los ideólogos del imperio, en su afán de destruir los valores morales de nuestro pueblo, hayan logrado influir para que se aprueben tales adefesios jurídicos, pero es hora de que nuestros legisladores piensen primero en Venezuela. ACTUALIZAR LAS PENAS En este sentido, soy de la opinión que debe modificarse la Constitución y aumentar el máximo de la pena en la misma medida en que aumento la expectativa de vida adulta, aproximadamente un 70% mas, es decir, en 50 años, y la Asamblea Nacional, o en su defecto alguna organización, debe someter a un referéndum popular esta cuestión. Y a partir de ahí, modificar consecuencialmente el largo de las otras penas establecidas en el Código Penal, pero no mecánicamente, como irresponsablemente se hizo en el pasado, sino atendiendo a la categoría de cada delito. Para mi, por ejemplo, los delitos de narcotráfico, asesinato durante secuestro, pedofilia, y similares, deberían tener como castigo el máximo permitido. En cambio otros delitos deben ser sancionados en atención a su contexto. No es lo mismo condenar a un padre de familia por portar ilegalmente un arma, que porta para su defensa, que un delincuente que la utiliza para asaltar y asesinar. En otras palabras, hay que tomar muy en serio el problema de la delincuencia, y la forma de legislar para combatirla, estableciendo las comparaciones entre las realidades del pasado, en donde por ejemplo, el delito del narcotráfico era marginal y tocaba solo algunos sectores esnobistas, lo que ocasionaba penas no significativas, o el secuestro de personas, que era casi inexistente, (9 homicidios en 1940 en Caracas según la obra citada) y la tenebrosa realidad que vivimos en el presente (1.871 asesinatos en Caracas en 2005, Diario Ultimas Noticias, 14-05-2006)
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