La reparación de las víctimas ¿un excesivo costo fiscal?

06/09/2009
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Ayer un periodista de caracol noticias mostraba someramente las dificultades de las víctimas de obtener el monto dado como reparación consagrada en el decreto 1290 de 2008. Esto después de la gran campaña del actual gobierno de entregar dineros en Cauca, Montería y Antioquia en jornadas de reparación por vía administrativa. Entregas que no obedecen a una reparación integral y que se dan en un contexto en que continúan las arremetidas y violaciones sistemáticos a los derechos humanos y DIH de la población civil, atacando como se vio la semana pasada a grupos específicos como los indígenas Awá, constantemente victimizados y que recientemente sufrieron,  el 26 de agosto, una masacre, son víctimas colectivas que tal como está redactado  el decreto 1290, no las beneficia.

 

Por eso se celebra iniciativas de la sociedad civil para seguir analizando este tema, específicamente el trabajo de la Corporación Nuevo Arco Iris, que el dos de septiembre se llevó a cabo un conversatorio sobre El  Impacto de la reparación a las víctimas del conflicto armado en la economía nacional y el gasto público, en el Senado de la República.

 

En ese espacio fueron importantes los datos y la información arrojada por el Representante a la Cámara Guillermo Rivera y por Luís Fernando Barbieri de la Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre el Desplazamiento Forzado. Así mismo fueron pertinentes los llamados de atención de Natalia Springer y Yaneth Bautista sobre la verdad y la memoria para la reparación integral, que llevan a pensar la reparación más allá de la indemnización, la restitución y los beneficios netamente económicos. Y finalmente la reflexión jurídica de Armando Reyes Villamil, del programa de víctimas de la Alcaldía de Bogotá, haciendo referencia a la responsabilidad subsidiaria del Estado con ocasión de la justicia transicional de la ley 975 de 2005.

 

El representante a la Cámara Guillermo Rivera,  denunció la restricción en la entrega de información sobre víctimas por Acción Social, y esto lo menciona precisamente porque un problema fundamental es la falta de cifras, siendo imposible saber a ciencia cierta cuánto cuesta hoy la reparación de las víctimas.

 

De las cifras obtenidas por el congresista se muestra los costos de la Reparación Administrativa en algunos departamentos, informando que en el distrito capital, que corresponde a la tercera parte del territorio nacional en la división político administrativa, es menos de 2000 millones. Y concluye que con las cifras de varios departamentos el dinero ofrecido no supera  los diez mil millones de pesos.  

 

Finalmente denuncia que no existe una correspondencia entre los recursos decomisados  a los victimarios y lo otorgado en reparación a las víctimas.

 

A manera de propuesta explicó que el proyecto de ley de víctimas radicado nuevamente  en esta legislatura, consagra una serie  de prioridades en el marco de  salud y vivienda, áreas en las que no se está diseñando políticas adicionales para los desplazados.

 

Por su parte la analista política de la Universidad Jorge Tadeo Lozano Natalia Springer, señaló que el problema de fondo en el tema de la reparación, es el reclamo universal de las víctimas por el reconocimiento, necesitando prioritariamente la verdad y proveniente de ésta un reconocimiento de lo sucedido.

 

Indicó que sin la verdad no se puede realizar diagnósticos y menos saber cuánto dinero  se necesita para reparar, entonces la crítica radica precisamente en cómo se logró implementar medidas de reparación sin conocerse la verdad, con lo que se desconoce su importancia y la reparación es cuestionada.

 

Empero la verdad es importante porque permite evidenciar la crisis humanitaria de las víctimas que después de sufrir el desplazamiento su situación empeoró, llegando a niveles inferiores a los de pobreza. Pero la perversidad del conflicto está en que aún bajo estas indignantes condiciones siguen siendo perseguidos por el Estado y la fuerza pública, revictimizadas, señaló la analista.

 

Otro aspecto importante  de la verdad es que permitiría  revelar quiénes son los responsables, y finalmente contribuiría a la toma de conciencia del país frente este problema.

 

Entonces lo de fondo es la verdad porque precisamente el Gobierno ha tenido un interés marcado por negarlo todo, verbigracia que el desplazamiento está creciendo.

 

Finalmente propone la construcción de mesas de consensos para trabajar por las víctimas de la violencia. 

 

Para Yaneth  Bautista, directora de la Fundación Nidia Erika Bautista, familiar de dos personas desaparecidas,  “Es ético que la voz de las víctimas esté y que no se siga pensando que no es estratégico hablar de ellas”

 

Considera que la reparación debería estar rodeada por el concepto ético sobre qué es lo correcto, reflexión pertinente porque en Colombia no ha habido comportamientos éticos con las víctimas. En esta falta de ética el Estado se ha presentado como víctima, pero peor aún  ha llevado  a la ausencia de políticas de Estado contra la impunidad.

 

Y esto es grave porque uno de los efectos de la impunidad es el condicionamiento del futuro de las sociedades, moldeando el modelo social y económico a los intereses de los victimarios, que son, marginalizar a las víctimas y someterlas al olvido.

 

Por lo tanto asevera que antes efectuar la reparación se debe saber la verdad, empezando por el conocimiento real de cuántas son las víctimas, específicamente las de desapariciones forzadas,  que según la Fiscalía son 50 mil desaparecidos. 

 

Así establece la defensa de la reparación pero integral, que se debería desarrollar  como una política de Estado y no de Gobierno, desplegado en leyes de la República y no con decretos de reparación como ahora se está intentando. Al respecto, cita el caso de Alemania, país  que construyó museos, espacios y procesos que relevan recuerdos de lo que no debió suceder, comprometiendo al Estado a trabajar por más de veinte años en la recuperación de todos los objetos robados. Y lo dice para mencionar que todo lo contrario sucede en Colombia, en donde  se discute si es necesario devolverles a las víctimas la gallina, la cocina, la máquina de coser o la estufa que perdieron, desdibujando su importancia.

 

Lastimosamente Colombia no ha aprendido de los países europeos ni de los latinoamericanos. ¿Cómo ha tratado Chile, Argentina, Perú, las familias de las víctimas?, sin duda en estos países se presentaron discusiones de la derecha para que las normas de reparación no se dieran. Pero en Chile la comisión de reparación en el término de un año ordenó la reapertura de cien investigaciones. En Argentina se dio educación universitaria, pensiones, 65 mil dólares de indemnización por cada familia, y se ofreció a los jóvenes una cuota mensual de ayuda hasta que alcanzaran la edad de 21 años. En Perú se presupuestó 96 mil millones de dólares para la reparación, y determino legalmente  para los desparecidos la no declaración de muerte presunta.

 

Por todo lo anterior Yaneth Bautista asevera que: el Estado no ha tenido voluntad política para reparar y para el esclarecimiento de la verdad, “Son muchos años de sufrimiento y abandono estatal, del olvido de la sociedad, muchos años de irrespeto y señalamientos, y la dignidad está en medio”.

 

Por eso el reconocimiento de  una política de reparación integral debe estar acompañado con el respeto de las voces de las víctimas, que exigen por ejemplo, la no discriminación de las víctimas en razón a su victimario, porque otro problema subyacente es la discriminación. Desde la ley 975 de 2005 se veía que las víctimas del Estado no tendrían reconocimiento. De esta forma se apoya otras víctimas distintas  a las víctimas del Estado; y las leyes 418 de 1997 y la ley 782 de 2002, entre otras, excluyen víctimas de desaparición forzada, concluye la ponente.

 

Luís Fernando Barbieri, de la Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre el Desplazamiento Forzado, pregunta sobre la pertinencia de plantear si es primero la verdad y después la reparación o si éstas deben ser concomitantes. Para él lo ideal es establecer metas y diseñar un plan de presupuesto, pero considera al igual que  otros ponentes  que lastimosamente no hay voluntad política,  y el argumento de siempre esgrimido, es la inexistencia de fondos o  el costo fiscal  excesivo. Sin embargo, el deber ser indica que es preciso obtener recursos y distribuirlos, y para ello se debe establecer  las dimensiones de las perdidas de bienes y  la capacidad de generación de ingresos de la población desplazada.

 

Informa que la Comisión realizó una encuesta de verificación con 8.400 familias, evidenciando que del 55% de la población desplazada tenía tierra, y el 94% la perdió o se vieron obligados a abandonarla. El 43% de la población desplazada tenía cultivos, y el 90% se vieron obligados a abandonarlos. De esta información se concluye que si la gente perdió las tierras, los cultivos y animales, significa que perdió el patrimonio, pero además que perdieron la capacidad de generar ingresos. Y  adicionalmente perdieron su capital humano, que al trasladarse al sector urbano sus capacidades dejaron de ser demandadas. De la información obtenida se concluye que no es viable comparar  las perdidas de un desplazado con la situación de los pobres.

 

En dicha encuesta se indagó cuántas tierras se ha perdido, y las tierras usurpadas o forzadas a vender o a abandonarlas son 5.5 millones hectáreas, una cifra grande.  A nivel regional la mayor parte de las tierras usurpadas sucedió en la zona de Orinoquía y Amazonia, seguida por la costa Atlántica y en menor medida la región andina.

 

De cultivos se perdió 1.1 millón de hectáreas, tierras que no se sabe su uso actual,  lo cierto frente a eso, es que no se emplean como antes, es decir,  en la producción agrícola. En consecuencia se lastima la seguridad alimentaria y puede ser responsable de que el sector  agropecuario no crezca o crezca menos que los otros sectores de la economía.

 

Otro cálculo realizado  es de cuanto seria el daño emergente y lucro cesante por las hectáreas perdidas, esto  para saber cuánto valdría la indemnización. Por Daño emergente, 8.4 billones de pesos, 2% del PIB del 2007. Lucro cesante, o los dineros que hubieran producido en el momento en que cada desplazado fue obligado a abandonar las tierras, es alrededor de 11 billones, 12% del PIB Nacional.

 

Señala que si existiera voluntad política para indemnizar, implicaría acelerar todos los procesos de extinción de dominio, hacer un inventario de las tierras del país, en que lo ideal es la restitución del patrimonio, pero sino se puede realizar, se podría  llevar a cabo la reparación con una adecuada reubicación.

 

Finalmente señala que: con el 96 por ciento del 10% de la población colombiana viviendo por debajo de la línea de pobreza jamás se logrará la paz.

 

Armando Reyes Villamil, del programa de víctimas de la Alcaldía de Bogotá, hace referencia a la responsabilidad subsidiaria del Estado con ocasión de la justicia transicional de la ley 975. Señaló la responsabilidad subsidiaria del Estado en el tema de la reparación, explicando que  la Corte Constitucional por medio de la Sentencia C-  370 de 2006,  y bajo el argumento de que los victimarios se someterían a la ley 975, estableció que el Estado manejará una responsabilidad subsidiaria,  esto es, que responde sólo en momentos en que el victimario no tenga medios para sufragar las consecuencias de los delitos; y dado ese caso,  el Estado por medio del Fondo de reparación entraría a responder por las consecuencias civiles de los delitos perpetrados. Este fundamento se basa en el principio de solidaridad, que no obedece a la doctrina de la responsabilidad extracontractual del Estado. Pero además, se produce  revictimización porque la sentencia no tiene efectos vinculantes a los victimarios para que estos reparen.

 

Sin embargo, también reconoció los beneficios que la jurisprudencia de la Corte Constitucional y de la Corte Interamericana ha traído, indicando que de acuerdo a sus providencias las víctimas tienen derecho a los pilares de la reparación integral, verdad, justicia, conceptos que no son acumulativos sino reivindicativos.

 

Un señalamiento acertado por el ponente fue la urgencia de tratar el tema de la representación jurídica de las víctimas en los procesos de justicia y paz, en que es necesaria la defensa técnica de las víctimas en dichos procesos.

 

Explicó que la ley 975 señala la función de defensa de las víctimas en cabeza de  la Defensoría Pública,  ente cuya labor no ha sido eficiente, observándose  que los casos de justicia y paz son nulos, ya que sólo se han llevado alrededor de uno o dos. De ahí que la idea sea  fortalecer un sistema de apoderamiento judicial para las víctimas en cabeza del Consejo Superior de la Judicatura.

 

Y finalmente aplaudió las nuevas propuestas de proyectos de ley de víctimas como la del congresista Guillermo Rivera, pero sugirió el desarrollo integral de los marcos jurídicos existentes como  la ley 975.

 

Sin duda lo expuesto por los ponentes y las propuestas son acertadas, la reparación por vía administrativa del Decreto 1290 de 2008 es una reparación individual que desconoce a las víctimas colectivas;  ignora a los hombres y mujeres  victimizados por grupos diferentes a los grupos armados al margen de la ley, discriminando a las víctimas conforme al victimario y desconociendo a las víctimas de agentes de Estado; excluye a las víctimas que sufran crímenes después de firmado el decreto, haciendo una especie de apuesta a que Colombia se encuentra hoy en un etapa postconflicto; solamente reconoce como víctima la que sufrió directamente el daño, y los familiares solo son beneficiarios si la víctima directa está forzadamente ausente. Adicionalmente estipula que la reparación es netamente indemnizatoria, de ahí la pertenencia sobre el reconocimiento de la verdad y la memoria, y éstas ligadas a una exigencia ética  de las políticas del Estado y de sociedad con las víctimas, por eso la reparación pasa por la verdad y no sólo es indemnizatoria.

 

Por todo esto, contradice los estándares internacionales en materia de reparación. En el artículo 3 fundamenta el principio de solidaridad del Estado con las víctimas, desconociendo el deber de garante y responsabilidad por acción u omisión que tiene el Estado con la ciudadanía.

 

Pero además los montos establecidos en las indemnizaciones son arbitrarios y desconocen las diferencias entre las víctimas, dejando a un lado el enfoque diferencial.

 

Lo más crítico  es que las pocas reparaciones se brindan estando en una situación de conflicto armado y con índices altos de violencia, en que no se garantiza el retorno de los desplazados, ni las garantías de no repetición, sucediendo constantemente  la revictimización.

 

Frente a lo dicho por los ponentes sobre la falta de voluntad política para reparar integralmente a las víctimas, se comprueba con el hundimiento de la ley de víctimas por parte del Gobierno y su coalición en la anterior legislatura. Acción que si bien estuvo justificada por los 80 billones que costaba según el Gobierno, el motivo real es el deseo del mismo por proteger a los victimarios del Estado que perpetran delitos como las ejecuciones extrajudiciales.

 

Bárbara González

Asesora jurídica política de la Corporación Viva la Ciudadanía

 

Fuente: Semanario Virtual Caja de Herramientas Nº 174

Corporación Viva la Ciudadanía.

semanariovirtual@viva.org.co 

www.vivalaciudadania.org

https://www.alainet.org/es/active/32876
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