Alianzas electorales
09/03/2011
- Opinión
“Caballo que alcanza gana. Y ya viene el caballo ganador.”
Alianza electoral es la unión temporal de dos o más partidos políticos con el fin de concurrir unidos a la competencia electoral, presentando la misma candidatura en todos o algunos de los niveles de gobierno (federal o nacional, estatal o municipal) y en todas o algunas de las categorías de cargos a elegir. Algunas legislaciones contemplan el derecho de formar alianzas electorales entre sí o con partidos políticos u organizaciones políticas habilitadas para la presentación de candidatos. Por ejemplo, la legislación de Guatemala autoriza a los Comités Cívicos Electorales a formar alianzas, aunque sólo en el nivel municipal. En Perú existe el derecho de formar alianzas también a las Agrupaciones Independientes. La legislación dominicana, por el contrario, prohíbe a las Agrupaciones Políticas Accidentales Independientes la formación de alianzas con partidos políticos u otras agrupaciones similares.
Las legislaciones de muchos países latinoamericanos utilizan la denominación «coalición» en lugar de alianza (V gr. Brasil, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, México). La literatura política reserva, generalmente, el término «coalición» para el acuerdo de varios partidos para la formación de gobierno en los sistemas parlamentarios. Se usa como sinónimo, aunque siempre habrá cuestiones de fondo en las diferentes acepciones. Y es que la formación de una coalición, en el sentido tradicional, es una unión post-electoral, mientras que la alianza se concibe como la unión pre-electoral (V gr. la Alianza, en Argentina, o la Concertación por la Democracia, en Chile).
La alianza tiene una finalidad esencialmente electoral, por eso su formación y registro se vincula a un determinado acto electoral (V gr. Argentina, Brasil, México, Perú, República Dominicana).
La alianza electoral persigue, generalmente, el fin de maximizar las posibilidades de éxito de los partidos que la integran en una determinada elección, por una decisión de estrategia política (V gr. en un sistema de partido con partido del gobierno o dominante, los partidos de oposición no pueden ser competitivos sino mediante la alianza o coalición porque solo unidos tienen verdaderas probabilidades de ganar); o porque el sistema electoral genera incentivos a la formación de bloques (V gr. el sistema binominal chileno o el sistema de ballotage para la elección presidencial en Argentina).
La alianza implica la unificación de candidaturas (total o parcial) y, por tanto, supone la prohibición de presentación paralela y simultánea de candidaturas distintas por parte de los partidos aliados. Así lo disponen expresamente las legislaciones de México, Nicaragua y Perú. Esta unificación de la candidatura ofrecida no permite discriminar el aporte real en votos de cada uno de los partidos miembros (en México eso fue cierto hasta la reforma electoral de 2007). En otros sistemas, el mismo resultado se logra a través de la presentación de una misma candidatura por parte de los partidos individualmente considerados, sin formalizar alianza alguna. Los votos obtenidos por la candidatura se suman a los efectos de determinar el resultado electoral y los diferentes partidos pueden discriminar su potencial electoral. En Argentina el tema no está regulado expresamente, no obstante, los tribunales electorales han autorizado en numerosas ocasiones la sumatoria de votos. En El Salvador, los partidos que integran una alianza pueden optar por competir bajo un símbolo único o presentando la candidatura común bajo el símbolo de cada partido miembro independientemente. En estos casos la ley expresamente dispone que «los votos que obtenga la coalición serán la suma de los votos válidos obtenidos por los partidos coaligados». Otras legislaciones prohíben expresamente esta mecánica; por ejemplo, la ley dominicana dispone que «a los partidos y agrupaciones que no hayan hecho pacto de alianza o coalición, no podrán sumárseles los votos para los fines de una elección aunque hubiesen presentado los mismos candidatos».
Con los ejemplos dados pareciera suficiente para que el régimen de gobierno del estado de México reconociera que no tiene sentido estar frivolizando el debate sobre si debe o no haber alianzas en la entidad. El PRI hará alianzas con el PVEM y alguno más. En lo obscurito, secreto a voces, se dice que acordaron una alianza con el “Peje” y sus seguidores, dedicada a dividir las filas internas del PRD. Una alianza para vapulear a sus verdaderos adversarios. Una alianza que aunque no se formaliza en lo jurídico frente al IEEM, si opera y busca alcanzar sus objetivos. Pero lo que más ha preocupado al régimen en el Valle de Toluca es la viabilidad que está tomando la unión de los extremos entre el partido que está, aparentemente, más a la derecha, con el partido que está más a la izquierda, porque según la visión local cada uno de ellos representa al enemigo público número uno del otro y aparece como contraria a su naturaleza propia. No obstante, reiteramos, la lógica de esta unión en coalición electoral deriva de que estos mal llamados partidos antagónicos tienen en común su oposición real al régimen del actual gobierno en el Estado de México, su oposición al régimen. ¿Y usted, cómo la ve? Politólogo. Miembro del Consejo Nacional de Operación de Parlamento Ciudadano de México.
Agradezco sus comentarios en Twitter: @parlamentariofv
https://www.alainet.org/fr/node/148175
Del mismo autor
- Educación a escrutinio ciudadano 03/06/2013
- Corporativismo en México 22/03/2011
- No a la <i>espotización</i> de la política 14/03/2011
- Alianzas electorales 09/03/2011
- Balance electoral 10/10/2010
- Desigualdad social 12/08/2010
- Bipartidismo en ciernes? 18/12/2009
- Pacto de los Alcaldes 08/12/2009
- La decisión más difícil 27/11/2009
- Convención Nacional de Contribuyentes 24/11/2009