Fujimori condenado por corrupción
- Opinión
El día de hoy, la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia en el caso conocido como el pago de la "CTS de 15 millones de dólares", ha condenado al ex presidente de la república Alberto Fujimori Fujimori por la comisión de los delitos de peculado y falsedad ideológica, y le ha impuesto 7 años y 6 meses de pena privativa de libertad y el pago de una reparación civil de 3 millones de nuevos soles. Para el tribunal que preside el magistrado César San Martin Castro, los delitos señalados en la acusación del Ministerio Público están plenamente demostrados. Efectivamente, la fiscalía acusó a Fujimori por haber cometido delito de peculado al haber sustraído 15 millones de dólares del tesoro público y haberlos entregado a su ex asesor Vladimiro Montesinos, para lo cual de manera fraudulenta el propio Fujimori emitió un decreto para garantizar el retiro de esos recursos del presupuesto del Ministerio de Defensa.
La sentencia condenatoria
La sentencia determina que Alberto Fujimori tuvo un rol preponderante en la ejecución de los delitos. En ese sentido, la resolución judicial señala que está demostrado que fue el entonces Presidente de la República quien, luego de la propalación del video "Kouri-Montesinos" el 14 de setiembre de 2000, conversó y negoció con Vladimiro Montesinos su salida del régimen y días después el mismo acusado Fujimori ordenó a los ministros de Economía y Defensa realizar la operación presupuestal para retirar un monto superior a los 52 millones de soles; posteriormente, el día 22 de setiembre de aquel año, nuevamente emitió órdenes para que en ese mismo día se retire el dinero, se realice la operación de cambiarlos a dólares y en horas de la noche sea entregado en efectivo a su asesor presidencial Montesinos Torres. Fue Alberto Fujimori quien garantizó que semejante operación se ejecute en pocas horas y en un solo día. Para el tribunal los hechos determinan de manera evidente la comisión de un delito.El tribunal, respecto de la comisión de los hechos, ha declarado que Alberto Fujimori utilizó medios fraudulentos para cometerlos, los cuales asumen un mas intenso grado de antijuridicidad, por el hecho que quien los cometió fue nada menos que el Presidente de la República. De igual manera, declara la sentencia que si bien es conocido que luego de escuchar la acusación oral del fiscal supremo Avelino Guillén, el acusado Alberto Fujimori declaró que se acogía al procedimiento de conclusión anticipada, lo cierto es que el tribunal ha valorado que no ha contribuido al esclarecimiento de los hechos. Además, considera el tribunal que en la única declaración sobre los hechos el acusado cuestionó el rol de la justicia y ofreció una versión de los hechos carente de seriedad, al punto -según lo considera el tribunal- de manifestar una versión inverosímil sobre le supuesto hallazgo de los 15 millones de dólares en las oficinas del Servicio de Inteligencia Nacional (SIN) el mismo que hacía más de un mes había sido desactivado.
Sobre los argumentos expuestos por la defensa de Alberto Fujimori referidos a que, (1) en el presente caso no habría delito de peculado porque el dinero inicialmente sustraído al tesoro público el 22 de setiembre de 2000, habría sido restituido el 3 de noviembre de ese año por decisión de Alberto Fujimori y por lo tanto no se habría materializado un daño al Estado; y (2) no hay delito de falsedad ideológica porque emitir decretos es parte de las atribuciones constitucionales del presidente de la república por lo que es irresponsable penalmente, la sentencia ha declarado que ese argumento de la defensa adolece de incoherencias dogmáticas. El tribunal señala que, de acuerdo a la doctrina y la jurisprudencia, asume que el delito de peculado se ejecuta cuando hay un acto de disposición de caudales tal como ha ocurrido en el presente caso. Siendo así el argumento de la defensa y del propio acusado Fujimori son absolutamente contrarios a un Estado constitucional, porque en caso de aceptarlos significaría que el propio presidente puede generar impunidad sobre sus propios actos, más aun como en el presente caso tenemos un acusado que participó activamente para materializar los delitos. El significado político del juicio y la sentencia. Este no solo es un caso simple pero contundente y en el que, además, todo está demostrado, sino que además este es un caso en el se puede demostrar dos cosas sumamente importantes: (1) la relación criminal existente entre Alberto Fujimori y Vladimiro Montesinos en el manejo delictivo de los recursos del Estado, y (2) el rol protagónico de Alberto Fujimori en la corrupción perpetrada durante su gobierno. El hecho político es que el fujimorismo y especialmente la candidata Keiko Fujimori habían negado hasta la saciedad que el hoy condenado Alberto Fujimori jamás había conocido las actividades ilícitas y corruptas del ex asesor presidencial y que jamás había estado involucrado en acto de corrupción alguno.
Este caso trae por los suelos esas afirmaciones.Lo último que le interesaba al fujimorismo es que su jefe político afronte un juicio oral televisado en el cual tenga que responder sobre las razones que lo llevaron a sustraer dinero del Estado y sobornar a su asesor presidencial Vladimiro Montesinos y, además, en el que Fujimori habría tenido que explicar públicamente de dónde y cómo obtuvo los otros 15 millones de dólares que el 3 de noviembre de 2000 devolvió al Estado. Tampoco estaban dispuestos a soportar un juicio de varios meses en el que la ciudadanía aprecie la forma corrupta con la que el presidente Fujimori manejaba los recursos del Estado. Por ello se ha optado por el mal menor. Por ello optó por invocar una conclusión anticipada para evitar declarar sobre estos asuntos tan delicados para el fujimorismo, porque el hecho de que un Presidente de la República sustraiga dinero del tesoro público para sobornar a su asesor aquí y en cualquier parte del mundo se llama corrupción.
El hecho concreto es que hoy día Fujimori ha sido nuevamente condenado y ahora por corrupción de funcionarios por haberse apropiado de dineros del Estado, y nuevamente la sentencia emitida por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema se erige como un precedente fundamental para nuestro país y para la región, y como un muy claro mensaje sobre el rol de la justicia en la lucha contra la corrupción. En esa dimensión, es una sentencia histórica que constituye de alguna manera la coronación del bastante debilitado sistema de justicia anticorrupción que instauró el presidente Valentín Paniagua a fines del año 2000, porque luego de haberse demostrado la existencia de una organización criminal dedicada a apropiarse de los dineros del Estado jefaturada por el propio jefe de Estado, resulta sumamente relevante que el sistema de justicia determine en una sentencia la responsabilidad penal de quien dirigió esas acciones criminales.
En este punto resulta absolutamente necesario destacar el rol fundamental que ha cumplido el Ministerio Público y hay que decirlo, especialmente el fiscal penal supremo Avelino Guillén, en ayudar a demostrar los hechos y las responsabilidades penales del corrupto Alberto Fujimori. ¿Cuál será la reacción del fujimorismo frente a esta sentencia? Más allá del desubicado comentario del abogado defensor de Fujimori calificando la sentencia como política, lo más probable es que el fujimorismo y especialmente la señora Keiko Fujimori responda con un largo silencio para evitar que alguien les haga alguna pregunta incómoda y los termine confrontando con sus propias afirmaciones sobre las aparentes distancias de su padre con Montesinos.
- Carlos Rivera Paz es del Instituto de Defensa Legal
Fuente: Ideelemail Nº 604, 20 de julio del 2009
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