Buscar la justicia

29/03/2019
  • Español
  • English
  • Français
  • Deutsch
  • Português
  • Opinión
tribunal_russel_justicia.jpg
-A +A

El Tribunal Internacional sobre Crímenes de Guerra o Tribunal Russell-Sartre, aunque no tuvo

poder para imponer sanciones respondió preguntas sobre los más graves hechos del siglo XX. Tuvo sesiones sobre la situación en Latinoamérica en Bruselas (1975) y Roma de nuevo (1976). En la sesión de Bruselas, y entre otros intelectuales y pensadores latinoamericanos, se encontraba presente el expresidente de la República Dominicana Juan Bosch, llamado profesor y maestro por miembros del Tribunal, de la talla de García Márquez o Cortázar.

 

Desde el año 2015, cuando el Premio Nobel de la Paz y ex Presidente de los Estados Unidos Barack Hussein Obama declaró a Venezuela como una amenaza inusual y extraordinaria, hemos estado sufriendo actos inéditos en nuestra historia nacional.

 

Con el paso del tiempo, han cambiado muchas cosas. Buena parte de los países aliados con los que contamos en La cumbre de las Américas en Panamá han girado a la derecha y se han convertido en enemigos declarados de la Revolución Bolivariana; la llegada al Despacho Oval de Donald Trump ha venido acompañada con una política violentamente antilatinoaméricana que se ha concentrado en medidas tendentes a asfixiar los gobiernos de Venezuela, Nicaragua y Cuba, entendidos por ellos como una triada del mal y procediendo a normalizar el dictado de órdenes ejecutivas tendentes a desestabilizarlos.

 

En el 2019, la virulencia ha subido enormemente. En especial porque el desgastado discurso que apuntaba a que el conflicto con Venezuela estaba en razón del desconocimiento de los Derechos Humanos en el país se vio renovado con una retórica que cuestiona la legitimidad de origen del gobierno de Nicolás Maduro para afirmar que en Venezuela no había un gobierno democrático hasta luego hasta establecer, un gobierno afín a sus intereses y paralelo a la institucionalidad electa en Venezuela. Esta jugada trajo consigo actos terroristas de grandes consecuencias, de los cuales ha sido víctima fundamentalmente el Sistema Eléctrico Nacional.

 

Sin duda alguna, para los analistas de las relaciones internacionales en la región esto constituye el regreso de la Doctrina Monroe y son estas jugadas parte de una estrategia geopolítica que busca echar de la zona a los rusos y a los chinos, con los cuales mantienen sus propios conflictos.

 

Lo anterior es una lectura necesaria pero no suficiente porque estas acciones tienen consecuencias jurídicas evidentes. Las primeras, podemos verlas desde la óptica de los Estados y el orden de las relaciones internacionales, que, han de ser de paz y cooperación según lo dispuesto por la Organización de las Naciones Unidas. La segunda, desde la perspectiva de los Derechos Humanos, individuales y colectivos, que posee cada habitante de la República Bolivariana de Venezuela.

 

Hablamos por lo tanto, de acciones que han dificultado que personas que padecen cáncer obtengan medicinas, que los insulinodependientes puedan tratarse, que existan insumos para generar productos y que se le pueda hacer mantenimiento a las infraestructuras que soportan la prestación de los servicios públicos.

 

Un proceso que según estimaciones publicadas por la profesora Pasqualina Curcio le ha costado a la República por lo menos 114.302 millones de dólares, lo que equivale al monto necesario para la importación de medicamentos y alimentos para abastecer a los 30 millones de venezolanos durante 26 años.

 

Un hecho que ha sido estimado por algunos especialistas, entre ellos el ex asesor de la Organización de Naciones Unidas (ONU), Alfred-Maurice de Zayas, como un conjunto de crímenes de lesa humanidad en Venezuela generados de la imposición unilateral de sanciones que estrangulan la economía del país. Consideración que ha sido compartida por intelectuales como Atilio Borón y denunciado con insistencia por la Cancillería venezolana y el propio Presidente Nicolás Maduro Moros.

 

Ahora, si un crimen de lesa humanidad es según el Estatuto de Roma un acto “de especial gravedad”, es importante observar que existen criterios subjetivos y objetivos para determinar qué tiene tal magnitud. De una forma general podemos apuntar que el criterio objetivo, es el interés jurídico fundamental de la comunidad internacional. El criterio subjetivo, es la apreciación que se hace del crimen.

 

Criterios que consideramos pueden analizarse en la actuación desplegada por los Estados Unidos contra Venezuela, en tanto, vemos una acción sistemática y declarada de forzar a un pueblo a cambiar su gobierno, los principios que le rigen y las relaciones internacionales que mantiene. Aspectos estos que interesan a cualquier Estado.

 

La pregunta entonces no está en el qué: se trata de presentar ante la justicia una lesión patrimonial que limita el acceso a los derechos de todo un pueblo sino en determinar ante quién debe actuarse.

 

La respuesta normativa es sencilla. Un país miembro del Estatuto de Roma, o, sus habitantes pueden intentar obtener a través de la Procuraduría de la CPI, el amparo de la Corte Penal Internacional que es la institución de justicia encargada de juzgar a quienes cometen individualmente actos de esta naturaleza.

 

La realidad no lo es tanto. El Estado que actúa en nuestra contra no es parte del Estatuto de Roma y mantiene una política de intimidación sobre los jueces a los fines de evitar que esta instancia valore los actos cometidos por sus agentes.

 

¿Entonces qué hacer? Es posible intentar proceder y desgastarnos ante una instancia que no juzgará nunca estos crímenes o que los conocerá cuando sean históricos. Sin descartar que lo que está en la agenda de la Corte es juzgar al gobierno venezolano por presuntos actos de esta naturaleza que han sido de su conocimiento, a través de la OEA, principalmente.

 

Sin embargo, existe una vieja máxima de la sabiduría popular, la peor diligencia es la que no se hace y en la medida que la República sigue siendo parte de esos sistemas, lo lógico es usarlos para la defensa y no para permanecer, como estamos, ante el latente riesgo de ser declarados culpables de los actos que otros han generado en el país.

 

Puede que esta opción no se tome, por pensar que “es mejor dejar quieto lo que está quieto” pero no podemos ni siquiera si esto es lo que se impone abandonar la búsqueda de la justicia porque esta es, un derecho y también debe usarse para dejar constancia del rechazo hacia ciertos actos o capítulos que han ocurrido en la historia.

 

Es allí donde debemos mirar que también existen otras formas de juzgar, otros espacios, cuya función simbólica deja en la historia la claridad que ciertos modos de proceder merecieron la denuncia y el rechazo en tiempo presente. Es el caso del Tribunal Rusell que hoy incorporo como ejemplo para que sigamos buscando formas para defender, en espacios judiciales, comités o tribunales simbólicos, la dignidad de Venezuela y la irrenunciabilidad de nuestros derechos fundamentales

 

https://www.alainet.org/es/articulo/199024
Suscribirse a America Latina en Movimiento - RSS