Soberanía en disputa: Los procesos de renegociación de la deuda externa

28/11/2017
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  • En 2015 la Asamblea de las Naciones Unidas aprobó, por 136 votos a favor y solo 6 en contra, una resolución que establece los principios básicos para los procesos de reestructuración de deuda soberana. La resolución, catalizada por la experiencia argentina, tiene el objetivo de dar una mayor transparencia, seguridad jurídica y sostenibilidad económica y social a los procesos de renegociación de la deuda pública con los acreedores. Un proceso en el que debe regir el principio de sostenibilidad creando “una situación de endeudamiento estable para el Estado deudor, preservando desde el inicio los derechos de los acreedores y, a la vez, promoviendo el crecimiento económico sostenido e inclusivo y el desarrollo sostenible minimizando los costos económicos y sociales, garantizando la estabilidad del sistema financiero internacional y respetando los derechos humanos” dice la declaración.

 

  • Esta resolución nació como respuesta a las múltiples demandas llegadas del ámbito social, político y académico progresista y, especialmente, de los estados fuera del bloque occidental de primeras potencias que ven como los procesos de endeudamiento y refinanciación se convierten en un mecanismo muy eficaz para aumentar la dependencia y extraer rentas de los países deudores[1]

 

  • No obstante, este rol de la deuda como mecanismo de desposesión no es algo exclusivo de los países en desarrollo. De hecho, son los países centrales los que concentran una cantidad de deuda mayor (pública y privada) tanto en valor absoluto como en proporción a su producción. La deuda es un elemento consustancial al funcionamiento de la economía capitalista y en la última etapa de financiarización global ha adquirido una importancia mucho mayor. La deuda es un mecanismo por el cual todos los estados, desarrollados o no, pierden soberanía frente al sector financiero.

 

  • Estos reclamos se pusieron de manifiesto en la Declaración de Santa Cruz de la Sierra de 2014, aprobada por el G-77 + China, en la que se afirmó que las crisis de deuda y los procesos de renegociación mayoritariamente se llevan a cabo en situaciones de una gran asimetría de poder a favor los fondos financieros especulativos en su papel como acreedores[2]. Esto puede suponer unos altos costes para los países deudores y socavar las posibilidades de desarrollo, obligando a privatizar activos públicos y hacer grandes recortes del gasto público perjudicando el bienestar de la población y el crecimiento de la economía y el empleo.

 

  • Por esto se reconoce el derecho de los países deudores a una renegociación de la deuda en la que prime el bienestar de las sus poblaciones mediante “el cumplimiento de la tarea inconclusa de hacer realidad los Objetivos de Desarrollo del Milenio, los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la agenda para el desarrollo después de 2015”.

 

  • Objetivos para los que la deuda, en el marco de la financiarización de la economía global, es un enemigo histórico y, en consecuencia, se insta a la comunidad internacional a trabajar en el camino de una solución equitativa y eficaz a estos problemas.

 

  • La declaración de las Naciones Unidas recoge estas demandas y, aunque la resolución de la asamblea no es vinculante, reconoce internacionalmente la necesidad de condicionar el derecho de cobro de los acreedores con el de desarrollo socioeconómico de los países deudores y el respeto a los derechos humanos.

 

  • Es una declaración que choca frontalmente con el posicionamiento de instituciones como el Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Club de París, instituciones que actúan sobre todo como agencias de recaudación de fondos y que anteponen como prioridad absoluta el derecho de cobro de los acreedores[3].

 

  • De hecho, fueron el FMI y el Club de París junto con los bancos privados los que comenzaron a utilizar el término restructuración en la segunda mitad del siglo XX, y le dieron el contenido que ellos consideraron y que más les convenía.

 

  • Es evidente que estos posicionamientos marcan dos tipos de procesos de renegociación de deuda enfrentados: el primero puede significar un alivio y una oportunidad justa y soberana para el desarrollo de la economía deudora; en el segundo, el proceso puede convertirse en una cadena perpetua asociada a un mecanismo de extracción de riqueza constante hacia los acreedores.

 

  • Si se observan los Estados que votaron en contra de la resolución de 2015; Estados Unidos, Reino Unido, Alemania, Japón, Canadá e Israel; encontramos aquellos que, en su función de gestores del capital, han defendido históricamente los intereses del capital financiero internacional. Considerando además los que se abstuvieron, la mayoría de europeos (Francia, España, Italia,…), emergen las relaciones centro-periferia que subyacen al funcionamiento de la economía global.

 

  • Unos actores y unas relaciones que coinciden con los dos modelos de gestionar las crisis de deuda: entre los que trabajan para que los procesos de renegociación sirvan para reproducir las relaciones asimétricas del modelo centro-periferia y aquellos que luchan por recuperar espacios de soberanía y hacer frente al orden hegemónico geo-financiero global.

 

  • Podría llamar la atención la abstención de países como España, para la que el proceso de negociación asimétrico de su deuda en la última década la ha forzado a implementar una política de profundos recortes sociales e incluso a hacer una reforma constitucional que blinda el pago a los acreedores por delante de cualquier otro gasto social. No obstante, en el marco capitalista, los intereses de los Gobiernos como gestores del capital y el de sus poblaciones están en continua confrontación.

 

  • La voluntad de renegociación de los acreedores viene determinada por las estrategias geopolíticas de sus gobiernos. Es decir, en los casos de reestructuraciones satisfactorias para el país deudor, aquellos en los que no se utilizó el argumento de que técnicamente era imposible, fueron aquellos en los que los acreedores tenían voluntad para superar las dificultades técnicas gracias al interés geopolítico.

 

  • Alemania en 1956, Polonia e Irak en 2004 son ejemplos de renegociaciones de deuda favorables a los deudores fundadas en un interés geoestratégico.

 

  • De todos modos, existen ejemplos exitosos de cambios en las condiciones de la deuda favorables para los deudores que sucedieron a pesar de los intereses económicos y geopolíticos de los acreedores de los países centrales. Son casos que presentan contextos y particularidades muy distintas que justifican un análisis extensivo en otro artículo. A modo de síntesis:

 

  • Rusia en 1998 suspendió unilateralmente el pago de su deuda con distintos tipos de acreedores cambiando así la correlación de fuerzas con ellos y forzando un renegociación que acabó con una reducción de alrededor del 30% de su endeudamiento. Es evidente que su condición de potencia mundial fue un factor clave en la gestión de esta negociación.

 

  • Bolivia en 2005, se benefició de una reducción de su deuda en el marco de la IADM (Iniciativa para el Alivio de la Deuda Multilateral) en una renegociación con varios acreedores multilaterales. Aunque se esperaba que Bolivia siguiera dócilmente la senda neoliberal, el nuevo gobierno de Evo Morales elegido en 2006 rompió con esta vía y se benefició del alivio de la deuda acordada un año antes.

 

  • Argentina hizo una reestructuración de su exorbitante deuda en dos fases, 2005 y 2010, que contó con la adhesión del 97% de los acreedores. Sin embargo, a pesar de este éxito rotundo en la reestructuración, Argentina fue perjudicada por la voluntad geopolítica adversa del gobierno de EEUU que dificultó la renegociación permitiendo dislates jurídicos (como el de la famosa cláusula Ruffo aplicada por el juez provincial de Nueva York), que le impidieron a Argentina volver al mercado internacional de deuda, extorsionándola hasta que el nuevo gobierno de Macri finalmente decidió claudicar frente a los fondos buitres pagándoles unos 12.000 millones de dólares.

 

  • Un último caso es el del pasado 12 de diciembre de 2015, cuando Cuba y un grupo de 14 acreedores soberanos conocidos como el Grupo de Acreedores de Cuba[4], firmaron un acuerdo para restructurar la deuda impagada desde 1986. El resultado de la renegociación ha supuesto la condonación del 100% de los intereses de demora (que representaban el 77% de la deuda acumulada) y un aplazamiento muy importante del pago del resto que comenzará a partir de 2020[5].

 

  • En el contexto aquí descrito se enmarca la voluntad de iniciar un proceso de renegociación por parte de Venezuela de su deuda externa. La economía venezolana es ampliamente solvente pero presenta dificultades de liquidez a corto y medio plazo debido a la grave crisis económica que sufre el país y la imperiosa necesidad de destinar recursos a la satisfacción inmediata de las necesidades de su población y a la inversión en la actividad productiva que genere riqueza en el futuro.

 

  • Es decir, la necesidad de garantizar el crecimiento y desarrollo económico sostenible y el bienestar de su población, en línea a los principios básicos que establece la resolución de las Naciones Unidas.

 

  • Las dificultades de liquidez tienen una explicación multicausal y compleja que requiere un amplio espacio de debate crítico en todos los ámbitos, también en el de la política económica y cambiaria, por supuesto.

 

  • Aun así, es evidente la importancia de la enorme caída de los precios del petróleo en los últimos años, prácticamente la única fuente de reservas internacionales del Estado y del país, lo que es una particularidad y un punto crítico de la economía venezolana.

 

  • Un aspecto clave a destacar es el elevadísimo coste de endeudamiento que desde principios de siglo ha sufrido Venezuela como consecuencia de una calificación del Riesgo País, por parte de las agencias de rating internacionales, que ha respondido a intereses políticos y especulativos, teniendo como principal función encarecer la deuda emitida. En muchos períodos sucedía que aun cumpliendo con todos sus obligaciones, con los precios del petróleo por encima de 100 dólares y una relación reservas/deuda externa favorable, la calificación de la deuda de Venezuela era muy negativa. Especialmente en los últimos años, se ha calificado al país peor que si estuviera en una situación de impago, algo fuera de la realidad. Estos hechos plantean la discusión sobre la legitimidad de la parte de la deuda cuyo origen responde a la especulación y el interés por condicionar la política y soberanía del país.

 

  • Un último factor que ha acontecido en los últimos meses, y que dan fe de la correlación de fuerzas internacional a la que se enfrenta Venezuela, son las sanciones, especialmente de carácter financiero, que se han impuesto desde Estados Unidos. Estas medidas tienen la intención de asfixiar financieramente la economía venezolana y dificultan el proceso de renegociación de su deuda, tratando de reducir su poder de negociación y, por lo tanto, violando su soberanía política y económica. No obstante, el orden geopolítico mundial está hoy algo más disputado que a finales del siglo XX, y este proceso puede evidenciarlo, veremos.

 

  • En definitiva, Venezuela se encuentra ante un nuevo caso histórico en el que se pone en juego la posibilidad y las potencialidades de una salida alternativa a la neoliberal, aquella en la que todo gira alrededor de los intereses del capital, de los acreedores, y que tan ineficaz e injusta ha demostrado ser. Una renegociación de las condiciones de la deuda soberana supeditada al crecimiento y desarrollo económico y al bienestar de la población es un derecho reconocido internacionalmente por las Naciones Unidas y, sobre todo, el único camino realmente viable y soberano para los pueblos.

 

Notas

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[1] Para saber más sobre el papel de la deuda como mecanismo de extracción de renta léase: http://www.celag.org/la-deuda-publica-y-el-sistema-fiscal-como-mecanismo...

 

[2] Puede leerse la declaración en: http://ibce.org.bo/images/publicaciones/Declaracion-de-Santa-Cruz-G77+Ch...

 

[3] En la propia web del Club de París dice: “Los acreedores del Club de París desean recuperar el máximo de sus créditos. Así pues, piden el pago inmediato de un importe lo más alto posible”.

 

Para una mayor información sobre estas instituciones y su papel en procesos de renegociación de deuda externa con países en desarrollo véase “Deuda externa Banco Mundial y FMI: 50 preguntas, 50 respuestas”, escrito por Damien Millet y Éric Toussaint. En este libro los autores tratan de demostrar cómo históricamente la deuda ha sido el principal enemigo del desarrollo. Puede descargarse en:

 

http://digitalrepository.unm.edu/cgi/viewcontent.cgi?article=1122&contex...

 

[4] Este grupo forma parte del Club de París donde no está involucrado el FMI ya que Cuba no es miembro.

 

[5] Para más detalles véase el documento: http://www.uria.com/documentos/publicaciones/5331/documento/foro_latam03.pdf?id=6981

 

Fuente: http://www.celag.org/soberania-disputa-los-procesos-renegociacion-la-deuda-externa/

 

 

 

 

https://www.alainet.org/pt/node/189496
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