Ahora por los desplazados

10/02/2008
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  • Opinión
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La Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre el Desplazamiento y el gobierno nacional entregaron sendos informes a la Corte Constitucional en el marco del Estado de Cosas Inconstitucional que para la población desplazada se mantiene en Colombia desde 2004.

La Corte Constitucional ha asumido a fondo y en serio el tema de los derechos de la población desplazada en medio del conflicto armado en Colombia. Desde que se inauguro el recurso de la acción de tutela, aprobado por la Constitución de 1991, las personas desplazadas han encontrado una puerta institucional para realizar efectivamente sus derechos. Muchas tutelas provocaron sentencias de la Corte obligando a entidades del gobierno a restablecer los derechos o a atender eficazmente a las víctimas.

En enero de 2004, la Corte Constitucional decidió fallar colectivamente más de cien tutelas y, en vez de dar un tratamiento individual a cada caso, decidió hacerlo en forma colectiva, tras considerar que había una brecha entre la Ley y la realidad de miles de personas desplazadas en cuanto al goce efectivo de sus derechos. La Sentencia T 025 se convirtió en el principal referente de los derechos de la población desplazada desde la aprobación en 1997 de la Ley 387 que reconoció el desplazamiento forzado en Colombia.

Desde entonces, la Corte ha impartido órdenes al gobierno para determinar el número real de desplazados, su situación socio económica y los planes oficiales para devolver a estas personas los derechos negados durante tanto tiempo.

Para establecer una forma de medir objetivamente la realización de los derechos consagrados en la Ley  y en las normas internacionales, la Corte adoptó un conjunto de indicadores de obligatorio cumplimiento por parte del gobierno, como una forma de garantizar un mínimo vital para la población afectada.

Además, la Corte fijó fechas definitivas para que el gobierno informara sobre avances, obstáculos y resultados de las acciones gubernamentales, de acuerdo con estos indicadores. Así mismo, la Corte solicitó a la Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre Desplazamiento que verificara si se cumplen o no los indicadores.

El primero de estos plazos vence hoy y los resultados del gobierno y de la Comisión de Seguimiento se conocen en el marco de una Audiencia en la que participan, además, la Contraloría General de la Nación, la Procuraduría General de la República y la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados ACNUR.

Para hacer una lectura de la respuesta oficial desde la población directamente afectada por el desplazamiento, la Comisión de Seguimiento decidió iniciar un estudio bajo la dirección del economista Luis Jorge Garay, que incluyó una Encuesta Nacional de Verificación, cuyos resultados aquí se resumen.

Los expertos consideran que esta Encuesta, encargada al Centro de Investigaciones sobre el Desarrollo de la Universidad Nacional (CID), constituye la más representativa muestra de la situación que enfrenta la población desplazada en Colombia.

Según esta Encuesta, el 37,0% del total de la población desplazada (estimada por el gobierno en 2.3 millones de personas entre 1999 y 2007 y por CODHES en más de 4 millones entre 1985 y 2007) y registrada oficialmente ante el gobierno, señala como presunto autor responsable de su desplazamiento a los grupos paramilitares, el 29,8% a las FARC, y el 3,0% al ELN.

La Encuesta se refiere a personas desplazadas entre 1999 7 2007 y según los 6600 hogares consultados, el 45,5% atribuye el desplazamiento a amenazas directas, el 17,0% a asesinatos, y el 10,7% a combates, lo que sugiere la persistencia de situaciones de inseguridad que presionan la salida forzada, especialmente en las zonas rurales.

El estudio precisa que el 54,2% del total de la población desplazada fue expulsada de zona rural, mientras que el 23,7% de cabecera municipal y el 21,0% de centro poblado.
La encuesta confirma que hay un impacto étnico del desplazamiento, dado que un 3,7% de la población se auto-reconoce como indígena y un 21,2% como negra o afrocolombiana (vs. 3,4% y 7,2% en toda la población colombiana).

Las condiciones de inseguridad persisten después del desplazamiento, si se tiene en cuenta que un 69,2% no desea o no ha podido retornar por la persistencia de las causas que motivaron su salida forzada. El 76,4% desea permanecer en el lugar actual, el 9,4% reubicarse o salir del país, y el 3,1% retornar.

Otro elemento significativo de los resultados de la encuesta es la feminización del desplazamiento, porque el 45.2% del total de hogares desplazados cuenta con jefatura femenina,  el 54,8% cuenta con jefatura masculina. Es de anotar que en cuanto a las mujeres cabeza de familia, el 78.8% corresponde a jefatura única, es decir, son mujeres viudas, separadas o abandonadas en el proceso del desplazamiento forzado. En general, la mayoría de las personas desplazadas en Colombia son mujeres, niñas y adolescentes, ya que el 54,0% corresponde al género femenino y el  46,0% al masculino.

Si bien el desplazamiento sigue siendo principalmente individual y unifamiliar ( 46,2%) el 25,7% de los hogares consultados saló de manera grupal y el 28,1% en forma masiva.

Llama la atención que el 17,5% de los hogares presenta algún miembro que sufre una discapacidad física o mental, que podrían atribuirse a la proliferación de minas antipersona y a otros hechos de violencia que provocan traumas físicos y psicológicos a la población desplazada.

Como lo advierte el estudio en sus conclusiones, “(…)
las condiciones de vida de la población desplazada incluida en el Registro Único de Población Desplazada (RUPD) son críticas en derechos tan cruciales como alimentación, vivienda e ingresos”. El informe a la Corte precisa que “es crítico también el grado de realización a derechos tales como la atención inmediata, la ayuda humanitaria de emergencia, la protección de bienes abandonados y la reparación, para el cual además existe un alto grado de desconocimiento.

Para reafirmar esta conclusión, el estudio precisa, además, que:

  • El analfabetismo es del 13,9% (vs. 7,1% en la población colombiana). Los niveles de escolaridad no superan los 4 años.
  • Los hogares incluidos en el RUPD tienen en promedio 5,1 personas (vs. 3,9 en la población colombiana)
  • El 94,6% de los hogares incluidos en el RUPD habita viviendas tipo casa o apartamento. Así, un 5,4% de las viviendas no cumple siquiera con este criterio de dignidad.
  •  De las viviendas tipo casa o apartamento, el 15,3% comparte una misma vivienda con uno o más hogares, y en un 51,2% se registra hacinamiento crítico (más de 3 personas por cuarto para dormir).
  • Un 36,8% no dispone de acceso a todos los servicios. De los que acceden a acueducto, más de la mitad no cuenta con acceso las 24 horas los 7 días de la semana.
  • La mayoría de las mujeres (33,9%) se ocupa como empleada doméstica, y la mayoría de los hombres (20,2%) como jornalero.
  • Un 45,2% de las personas en edad de trabajar incluidas en el RUPD se encuentra ocupada y un 4,8% desocupada, lo que implica una tasa de desempleo del 9,6% (vs. una ocupación del 53,9% y un desempleo del 11,0% para la pob. colombiana - ECH, nov de 2007).
  • El 9,4% de los grupos incluidos en el RUPD ha sufrido dos desplazamientos y el 1,2% más de dos.
  • Un 85% de las personas son desplazadas y están incluidas en el RUPD, un 4% también son desplazadas pero no están registradas, y un 11% no son desplazadas.
  • La mayoría de las personas incluidas en el RUPD son hijos/as del jefe/a de hogar (54,2% vs. 41,8% en la pob. colombiana), seguidos de los jefes/as y sus cónyuges (34,3% vs. 41,5% en la pob. colombiana).
  • La edad promedio es 23,2 años. Los jefes/as y sus cónyuges tienen en promedio 40 años de edad, mientras que  el resto tiene  en promedio14 años de edad.
  • Un 54,3% de la población es menor de 20 años, en contraste con un 40,2% en el caso de la pob. colombiana.
  • Más de una tercera parte de la población menor de 5 años no se encuentra incluida en el RUPD.
  • Un 9,8% de las mujeres entre los 12 y los 50 años de edad estaba o estuvo en embarazo en el último año (19,0% en el grupo entre 18 y 24 años y 5,2% entre 12 y 17 años).
  • Hay 3,3 personas por cada persona ocupada
  • El 95,2% de los estudiantes entre 5 y 17 años de edad asiste a un establecimiento oficial.
  • Sólo el 66,5% de los que asiste a estudiar, no debe realizar ningún pago por matrícula o pensiones.
  • Prácticamente la totalidad de los que estudian requieren libros y útiles escolares, así como uniformes; el 20,7% necesita transporte; y al 60,0% les piden implementos de aseo. Las necesidades de acompañamiento son cubiertas apenas en La tasa de deserción intra-anual es del 3,4% para los niños/as entre los 5 y los 11 años de edad,  del 5% para el grupo entre los 12 y los 15 de edad, y del 18,5% para el grupo entre los 15 y los 16 años de edad.
  • El 67,6% de los estudiantes afronta alguna situación que afecta de forma reiterada el ambiente escolar, y el 46,7% por lo menos dos.
  • Los problemas que se presentan en mayor medida son: la inseguridad en las afueras del colegio (33,8%), el elevado número de alumnos por salón (29,6%) y la inexistencia de bibliotecas, laboratorios o salas de cómputo (27,7%).
  • el 30,8% de los casos.
  • Un 27,1% cuenta con paredes exteriores de materiales inadecuados.
  • Un 22,1% se ubica en zonas declaradas y/o afectadas por eventos de alto riesgo.
  • El 62,1% de los hogares incluidos en el RUPD ha solicitado subsidio familiar de vivienda. En la base de datos sectorial, a 31 de octubre de 2007, la postulación abarcaba el 80% de los hogares RUPD.
  • Al 34,7% de los postulantes se les asignó algún subsidio. Según la base de datos sectorial, esta proporción es del 22%.
  • La mayoría de los subsidios asignados han sido solicitados para la compra de vivienda nueva (58,6%) o usada (31,4%).
  • El 93,5% de los subsidios otorgados al menos se han desembolsado. De acuerdo con la base de datos sectorial, el 90% de los subsidios asignados ha sido desembolsado, pero sólo el 44% ha sido utilizado.
  • Apenas un 13,4% de los hogares RUPD que han hecho efectivo el subsidio de vivienda habita en viviendas que cumplen con todos los criterios de dignidad según la normativa.
  • Para las mujeres, sobresale una tasa de ocupación de casi la mitad de la de los hombres, y una mayor tasa de desempleo (13,4% vs. 6,8%).
  • Los jefes/as del hogar cuentan con el mayor acceso relativo al mercado laboral (ocupación del 74,8% y un desempleo de 5,4%).
  • El 34,2% de los ocupados trabaja como obrero o empleado, el 13,8% como empleado doméstico, el 13,2% como jornalero, el 37,4% como independiente, y el 1,3% como trabajador sin remuneración.
  • El 25,4% de la población ocupada labora en jornadas parciales (menos de 40 horas/sem), un 23,9% en jornadas legales (40 a 48 hr/sem) y un 50,7% excede el máximo legal, con un 28,1% trabajando jornadas superiores a 60 horas semanales.
  • Un 9,2% de los ocupadas como obreros, empleados o jornaleros cuenta con contrato escrito (un 56% de estos es término indefinido)
  • Por su trabajo, sólo el 11,1% de los asalariados se encuentra afiliado a ARP,  el 12,4% a EPS y el 9,3% a Pensiones. Así, tan sólo un 7,5% de este grupo se encuentra afiliado a los tres (3) servicios. Las afiliaciones a salud y pensión son cerca del 1,0% en el caso de los independientes.
  • Un 81,5% de las unidades económicas o negocios donde labora dicha población tiene 10 o menos  trabajadores, y apenas un 20,7% se ubica en locales propios o arrendados.
  • El 15,7% de las personas en edad de trabajar incluidas en el RUPD ha tenido acceso a programas de capacitación laboral, y el 2,0% ha sido beneficiario de programas de generación de ingresos.
  • Al 14,4% de la población beneficiada por alguno de estos programas le ha servido para conseguir empleo o iniciar un negocio en el cual trabajan actualmente, al 19,8% le sirvió alguna vez para trabajar y al 65,8% restante nunca le sirvió para emplearse o iniciar un negocio propio.
  • Respecto de los que trabajan actualmente gracias a algún programa del que han sido beneficiarios, tan sólo un 17,2% percibe ingresos iguales o superiores a un salario mínimo mensual, y un 49,2% de los mismos recibe ingresos por debajo de medio salario mínimo.

Otras conclusiones generales que resultan de la Encuesta Nacional de Verificación son las siguientes:

  • En términos de cobertura, la atención en educación y salud para las personas desplazadas incluidas en el RUPD alcanza niveles próximos a los de la población del país en su conjunto.
  • Sin embargo, al analizar detalladamente las condiciones específicas en el sistema, se constata la existencia de amplias brechas en detrimento de la población desplazada. Así, en educación se registran elevadas tasas de extra-edad y de deserción intra-anual, y  bajos niveles de gratuidad y de acompañamiento.
  • En salud, la afiliación al SGSSS se concentra básicamente en el régimen subsidiado,  se detecta una elevada proclividad a sufrir alguna enfermedad y un alto número de casos de desnutrición infantil, muchos de los cuales no han sido tratados médicamente.
  • Es claro que la realización efectiva del derecho a la estabilización socioeconómica de la población desplazada incluida en el RUPD es prácticamente nula.
  • Preocupa también constatar que no se encuentran diferencias significativas en el grado de realización de los distintos derechos según el tiempo que llevan los hogares en situación de desplazamiento, lo que implica que las vulnerabilidades que padece este grupo poblacional no se han superado con el mayor tiempo de asentamiento en los municipios receptores.
  • En este sentido, resalta la imperiosa necesidad de concentrar los esfuerzos públicos y privados en la búsqueda de asegurar el restablecimiento efectivo de los derechos de la población desplazada y garantizar condiciones propicias para su estabilización socioeconómica.









Fuente: Semanario Virtual Caja de Herramientas, Corporación Viva la Ciudadanía. www.vivalaciudadania.org

https://www.alainet.org/es/active/22113
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