Masacre de Curuguaty: dos años después

17/06/2014
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¿Por qué los parlamentarios que promovieron la destitución de Fernando Lugo operaron fuertemente para que el trágico desalojo sea realizado? Si el Ministerio Público encabezó el procedimiento, ¿por qué nunca se investigó la responsabilidad de la fiscala Ninfa Aguilar en la tragedia?
 
El fiscal Jalil Rachid niega la existencia de los casquillos que tiene en la mano.
El fiscal Jalil Rachid niega la existencia de los casquillos que tiene en la mano.
 
A dos años de la masacre del 15 de junio de 2012 y a escasos días del inicio del juicio oral contra los campesinos, el principal balance que queda es un proceso repleto de vicios e irregularidades que muestra el obstinado intento de las autoridades jurisdiccionales de no esclarecer el caso.
 
Como primera muestra de ello cabe mencionar la designación de un fiscal inexperto como Jalil Rachid en lo que fue uno de los episodios más graves de la historia reciente del país y que provocó la destitución de un presidente una semana después. Además de esto, el agente fiscal ha demostrado una parcialidad manifiesta en el caso fundando su acusación en que las tierras de Marina Cue son de “legítima propiedad” de los Riquelme y que los campesinos supuestamente conformaron una asociación criminal jerárquicamente organizada para apropiarse del inmueble. ¿Por qué nunca se investigó la posible responsabilidad penal de la empresa Campos Morombí al haberse apropiado de un inmueble público?
 
“Este es un proceso en que se van adaptando las pruebas a la conclusión que se tomó”, dice el abogado defensor Guillermo Ferreiro.
 
En efecto, los medios probatorios han sido descartados, añadidos u ocultados de acuerdo al libreto fiscal previamente elaborado. Citemos apenas algunas muestras de esto. La primera es la desaparición y negación de que en la escena del crimen se hayan encontrado vainillas servidas de armas automáticas. Existiendo de por medio un vídeo en que se observa claramente al fiscal Rachid recibir los casquillos de las manos del exdiputado colorado Julio Colmán, el agente del Ministerio Público aún niega su existencia.
 
En una entrevista radial mantenida con la 780 AM el 3 de octubre de 2012, al ser consultado respecto a este punto, Rachid señala:
 
“Las evidencias que nosotros incautamos con los cartuchos y vainillas se refieren exclusivamente a las mismas armas que incautamos en el lugar, es decir escopetas y revólver, verdad. Más que eso, eh…, no hay”.
 
Qué pasó con la filmación del helicóptero.
¿Qué pasó con la filmación del helicóptero?
 
Asimismo, otra muestra de ocultamiento de pruebas es la desaparición de la filmación del helicóptero que sobrevolaba el lugar en el momento exacto del inicio del tiroteo. En una entrevista con radio Ñandutí realizada el 20 de junio de 2012, el comisario Roque Fleitas, al negar que se hayan efectuado disparos desde el helicóptero, aseguró que el momento de la masacre había sido filmado y que había “mucho material”.
 
“El Robinson (…) tiene una cámara de alta potencia de observación y que siempre nosotros llevamos en los desalojos para que el jefe de operaciones primeramente vuele sobre los manifestantes y localice y observe todo lo que dispone la gente en tierra en contra de los policías”.
 
Al ser preguntado sobre si tiene todo registrado, sobreviene un momento de profundo silencio y a continuación el piloto dispara: “Hay mucho material. Los pilotos van a ser llamados a la justicia”. Sin embargo, las grabaciones nunca han aparecido supuestamente porque no pudieron ser extraídas de la memoria.
 
“Cómo el fiscal no fue a secuestrar ese material u ordenado un sumario para determinar qué pasó con la grabación”, se pregunta Ferreiro.
 
Pero en contrapartida al ocultamiento de pruebas, se han plantado otras. Una de las evidencias para sostener los cargos de homicidio doloso en grado de tentativa es una escopeta que fue encontrada en el patio de una iglesia el 25 de junio de 2012, perteneciente a un general retirado y que fue denunciada como robada 7 días después de la masacre. Según el propietario del arma, el 22 de junio desconocidos entraron a su casa en la colonia Gral. Artigas y robaron la mencionada escopeta. A pesar de no guardar relación con la causa, el fiscal Rachid incluyó el arma entre las evidencias para acusar a los campesinos.
 
Invitación para ayer
 
Notificación del 16 de octubre de 2012 para una diligencia realizada el 12 de octubre.
 
Notificación del 16 de octubre de 2012 para una diligencia realizada el 12 de octubre.
 
Entre otras innumerables violaciones al derecho a la defensa, una de las más grotescas tal vez sea la notificación para una pericia cuatro días después de que haya sido realizada. La diligencia  tenía por objeto determinar la trayectoria y distancia de los impactos de armas de fuego. La nota, con fecha 16 de octubre de 2012, notifica a la audiencia “para el viernes 12 del mes de octubre del corriente año, a las 10 horas, a fin de que comparezcan los peritos designados ante esta Representación Pública, a los efectos de la aceptación del cargo”.
 
Ante estas irregularidades, la jueza Yanine Ríos adujo que la defensa fue notificada y que ese hecho es lo que vale. Es decir, para la magistrada es perfectamente legal que la defensa haya sido comunicada para una diligencia días después de haber sido sustanciada. A esto se añade la presentación de pruebas identificadas como M 112, M 113… etc., sin que la defensa sepa “si se trataba de fotografías o calefones”, ironiza Ferreiro. Por si esto no bastara, las 3 cajas iniciales en que estaban depositadas las pruebas se convirtieron posteriormente en 9 por supuestas “razones operativas”. De acuerdo a lo sostenido por los abogados que defienden a los campesinos, con la multiplicación de las cajas se han plantado pruebas a las que la defensa no ha tenido acceso.
 
Todo esto teniendo como hipótesis fiscal que unos 60 campesinos utilizaron a mujeres y niños para emboscar a un contingente policial con más de 300 efectivos, fuertemente armados y con el apoyo de un helicóptero.
 
En fin, podríamos seguir citando interminables vicios como la manera fraudulenta en que Campos Morombí se apropió de las tierras públicas de Marina Cue en un juicio de usucapión sin contraparte. O que el mismo juez que dictó la orden de allanamiento con que se llevó a cabo el desalojo, José Dolores Benítez, haya rectificado la sentencia cuando la empresa del fallecido político colorado cayó en la cuenta de que el fallo fue dictado con el número de otra finca.
 
Instigadores
 
Nota de la Comisión Permanente del Senado presionando para la realización de desalojo.
Nota de la Comisión Permanente del Senado presionando para la realización de desalojo.
 
Además de esto, cabe recordar que el mismo Parlamento que promovió la destitución de Fernando Lugo a raíz de la masacre operó de manera obstinada para que el procedimiento sea realizado a toda costa, a pesar de un pedido del Indert de detener el desalojo ante las pruebas de que el inmueble había sido transferido al ente agrario en 2004.
 
Según consta en una nota firmada por el entonces presidente de la Comisión Permanente del Senado, Efraín Alegre, y el secretario parlamentario Juan José Vázquez, el Legislativo emitió una declaración que instaba al entonces ministro del Interior, Carlos Filizzola, a que ejecute la orden de desalojo. Esto a instancias de una nota anterior del diputado Óscar Tuma en que el legislador colorado afirmaba la necesidad de que el Poder Legislativo medie para forzar la intervención de la policía a fin de “desalojar a los delincuentes invasores”.
 
¿Quiénes empujaron desde atrás para forzar la matanza? ¿Quién estuvo a cargo del procedimiento? El Código Procesal Penal establece en su artículo 189 que en este tipo de procedimientos el juez designa a la autoridad responsable que debe llevar a cabo la orden, que en este caso fue la fiscala Ninfa Aguilar, quien posteriormente se había retirado del caso por supuestas amenazas de muerte.
 
Teniendo en cuenta lo mencionado y siguiendo el razonamiento del diputado Tuma, ¿habrán considerado los legisladores que la investigación de la responsabilidad fiscal en la masacre no necesita ser investigada por tratarse de un hecho de público conocimiento?
 
La defensa denuncia que no sabe de qué se trata las supuestas evidencias presentadas con códigos alfanuméricos.
La defensa denuncia que no sabe de qué se trata las supuestas evidencias presentadas con códigos alfanuméricos.
 
junio 14, 2014
 
https://www.alainet.org/en/node/86458?language=en
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