Aciertos de la Corte
13/06/2007
- Opinión
Nuevamente sorprende gratamente la Suprema Corte de Justicia de la Nación con una determinación y un dictamen, que sumados a su sentencia de inconstitucionalidad de la llamada Ley Televisa, le está devolviendo la credibilidad perdida.
Primeramente, desecha la demanda de controversia constitucional presentada dolosamente por el desprestigiado Instituto Federal Electoral, por la cual intentaba revocar la facultad de la Cámara de Diputados en cuando a asignar o recortar recursos. Es decir su potestad de legislar sobre el presupuesto de egresos de la federación.
En otro tema, el ministro Juan N. Silva Meza dio a conocer su dictamen en el sentido de que la Corte debe de investigar las graves violaciones a las garantías individuales ocurridas en Oaxaca. Señala directamente y de acuerdo con los informes de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, que los cuerpos policíacos de los tres órdenes de Gobierno, se extralimitaron y cometieron una serie de abusos que dejaron como saldo una serie de personas lesionadas, otras torturadas y lo más grave, más de una veintena de muertos.
Esta presentación del proyecto del ministro Silva Meza -por cierto es de elogiarse que se esté haciendo costumbre hacerlos públicos-, coincide con un nuevo atentado contra un compañero colega en esa entidad. Sicarios, que como siempre lograron huir, dispararon a Misael Sánchez, reportero del diario local Tiempo, cuando el comunicador llegó a su domicilio, en el poblado de San Miguel Guelache, a 15 kilómetros de esta capital. Afortunadamente las heridas no son de gravedad.
Carece de facultades para presentar controversias el Instituto Federal Electoral, fue la determinación por mayoría de la Corte, y debemos de precisarlo, con el voto decisivo del ministro presidente, Guillermo Ortiz Mayagoitia, ya que la Constitución ordena que los organismos constitucionales autónomos, como el mencionado IFE, la Universidad Nacional Autónoma de México, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el Banco de México, entre otros, carecen de facultades para interponer controversias, por lo que el máximo tribunal no tuvo necesidad de analizar la sustancia de la supuesta controversia, por los dineros que la Cámara de Diputados le redujo al ante burocrático a favor de los partidos políticos.
La Intervención policial en la capital oaxaqueña, o de otra manera, las autoridades federales, estatales y municipales violaron gravemente las garantías individuales en el estado de Oaxaca, en el periodo comprendido del 2 de junio de 2006 al 31 de enero pasado, sostuvo el ministro Juan N. Silva Meza, al presentar ante el pleno su proyecto de dictamen en el que propone que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ejerza su facultad de investigación para conocer los hechos ocurridos en la entidad que desde entonces gobierna Ulises Ruiz.
Sin embargo no todo es malo en el país, el Congreso de Guerrero derogó 13 artículos del Código Penal relacionados con los delitos de injuria, calumnia, y difamación; además de que tipificó como delito la presión de cualquier autoridad para que un comunicador revele sus fuentes de Información. Desde luego, no basta, debe elevarse dicha garantía a rango Constitucional, como ya se logró en Morelos y en Chihuahua.
Ante todo esto, insistimos: sorprende gratamente que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con su determinación y el dictamen mencionados, que sumados a la sentencia de inconstitucionalidad de la llamada Ley Televisa, le esté devolviendo la credibilidad perdida.
- Teodoro Rentería Arróyave es periodista y escritor mexicano, vicepresidente de la Federación Latinoamericana de Periodistas, FELAP.
www.ciap-felap.org
www.fapermex.com
Primeramente, desecha la demanda de controversia constitucional presentada dolosamente por el desprestigiado Instituto Federal Electoral, por la cual intentaba revocar la facultad de la Cámara de Diputados en cuando a asignar o recortar recursos. Es decir su potestad de legislar sobre el presupuesto de egresos de la federación.
En otro tema, el ministro Juan N. Silva Meza dio a conocer su dictamen en el sentido de que la Corte debe de investigar las graves violaciones a las garantías individuales ocurridas en Oaxaca. Señala directamente y de acuerdo con los informes de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, que los cuerpos policíacos de los tres órdenes de Gobierno, se extralimitaron y cometieron una serie de abusos que dejaron como saldo una serie de personas lesionadas, otras torturadas y lo más grave, más de una veintena de muertos.
Esta presentación del proyecto del ministro Silva Meza -por cierto es de elogiarse que se esté haciendo costumbre hacerlos públicos-, coincide con un nuevo atentado contra un compañero colega en esa entidad. Sicarios, que como siempre lograron huir, dispararon a Misael Sánchez, reportero del diario local Tiempo, cuando el comunicador llegó a su domicilio, en el poblado de San Miguel Guelache, a 15 kilómetros de esta capital. Afortunadamente las heridas no son de gravedad.
Carece de facultades para presentar controversias el Instituto Federal Electoral, fue la determinación por mayoría de la Corte, y debemos de precisarlo, con el voto decisivo del ministro presidente, Guillermo Ortiz Mayagoitia, ya que la Constitución ordena que los organismos constitucionales autónomos, como el mencionado IFE, la Universidad Nacional Autónoma de México, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el Banco de México, entre otros, carecen de facultades para interponer controversias, por lo que el máximo tribunal no tuvo necesidad de analizar la sustancia de la supuesta controversia, por los dineros que la Cámara de Diputados le redujo al ante burocrático a favor de los partidos políticos.
La Intervención policial en la capital oaxaqueña, o de otra manera, las autoridades federales, estatales y municipales violaron gravemente las garantías individuales en el estado de Oaxaca, en el periodo comprendido del 2 de junio de 2006 al 31 de enero pasado, sostuvo el ministro Juan N. Silva Meza, al presentar ante el pleno su proyecto de dictamen en el que propone que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ejerza su facultad de investigación para conocer los hechos ocurridos en la entidad que desde entonces gobierna Ulises Ruiz.
Sin embargo no todo es malo en el país, el Congreso de Guerrero derogó 13 artículos del Código Penal relacionados con los delitos de injuria, calumnia, y difamación; además de que tipificó como delito la presión de cualquier autoridad para que un comunicador revele sus fuentes de Información. Desde luego, no basta, debe elevarse dicha garantía a rango Constitucional, como ya se logró en Morelos y en Chihuahua.
Ante todo esto, insistimos: sorprende gratamente que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con su determinación y el dictamen mencionados, que sumados a la sentencia de inconstitucionalidad de la llamada Ley Televisa, le esté devolviendo la credibilidad perdida.
- Teodoro Rentería Arróyave es periodista y escritor mexicano, vicepresidente de la Federación Latinoamericana de Periodistas, FELAP.
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https://www.alainet.org/pt/node/121671
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