Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien

29/10/2012
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Artículo publicado en la Revista América Latina en Movimiento No. 479: El horizonte de los derechos de la naturaleza 06/02/2014
En el mes de septiembre de 2012 se aprobó en la Asamblea Legislativa del Estado Plurinacional de Bolivia la Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien, después de varios años de debate en el Órgano Legislativo y entre las organizaciones sociales con respecto a su contenido.
 
Una primera versión completa de la Ley con el nombre de “Ley Marco de la Madre Tierra” fue acordada el año 2010 por las organizaciones sociales. A finales de ese año se aprobó en la Asamblea Legislativa Plurinacional una parte del Proyecto de Ley con el título de Ley de Derechos de la Madre Tierra No. 071, dejando la segunda parte del proyecto de ley sujeto a debate en un período posterior.
 
La Ley de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien fue aprobada como ley marco, constituyendo en consecuencia la disposición matriz que dará a luz a las normas legales especiales a ser trabajadas en los próximos años.
 
Articulación del Vivir bien, el desarrollo integral y los derechos de la Madre Tierra
 
La Ley define al Vivir Bien como el horizonte civilizatorio y cultural alternativo al capitalismo, que significa la construcción de un nuevo orden ambiental, social, cultural y económico basado y emergente de la visión histórica de los pueblos indígenas. Textualmente esta Ley expresa que este horizonte civilizatorio “nace en las cosmovisiones de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y las comunidades interculturales y afrobolivianas” (Art. 5, numeral 2). Ahora bien, al tener este proyecto de vida su fundamento en los pueblos indígenas y originarios, el mismo se enriquece y desarrolla en el marco de la interculturalidad y el diálogo de saberes, por lo que debe construirse en complementariedad con todos los pueblos y sociedades que habitan en el país. Esta visión es importante porque promueve la construcción de una sociedad intercultural respetando las diferencias y fortaleciendo a los pueblos y naciones indígenas en el marco de la solidaridad y de su interdependencia con el conjunto del pueblo boliviano en lo que hace a la realización de los derechos colectivos y la erradicación de la pobreza.
 
El desarrollo integral es la implementación de medidas y acciones integrales (económicas, sociales, espirituales, ambientales, culturales, materiales, entre otras) para el fortalecimiento y la creación de condiciones materiales y espirituales que faciliten y fortalezcan el vivir bien de los pueblos y las sociedades. Entonces no es un desarrollo sinónimo de progreso ni de corte occidental. Por el contrario, se establece que estas medidas y acciones deben ser culturalmente adecuadas a la realidad de los pueblos, correspondiendo a sus culturas y construyendo vínculos edificantes, es decir, acciones y actitudes constructivas que sienten las bases para una sociedad equitativa, justa y solidaria.
 
La Madre Tierra es el sistema viviente dinámico conformado por la comunidad indivisible de todos los sistemas de vida y los seres vivos, interrelacionados, interdependientes y complementarios, que comparten un destino común. La Madre Tierra es considerada sagrada; alimenta y es el hogar que contiene, sostiene y reproduce a todos los seres vivos, los ecosistemas, la biodiversidad, las sociedades orgánicas y los individuos que la componen. En este contexto se reconocen los derechos de la Madre Tierra.
 
Entonces, la Ley Marco articula tres aspectos fundamentales: Vivir Bien, Madre Tierra y desarrollo integral; por lo que en la Ley se toma la decisión de no separar el “desarrollo integral”, que se lo adecúa a la realidad boliviana, con el del Vivir Bien, promoviéndose más bien que el desarrollo integral sea una fase intermedia para alcanzar el Vivir Bien. Por lo mismo, desarrollo integral y Vivir Bien no son consideradas dos vías paralelas sino parte de un mismo camino, donde las acciones del primero ayudan a alcanzar el segundo que es el fin máximo. Sin embargo, es alrededor de la Madre Tierra que se promueve este proceso de articulación, ya que la misma articula a la naturaleza y a los seres humanos.
 
Complementariedad de derechos como la base de la convivencia armónica entre el pueblo boliviano, las naciones y pueblos indígenas originarios y campesinas y la Madre Tierra
 
En la Ley Marco se considera fundamental el respeto y el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígena originario campesinos, pero también se reconoce que el conjunto del pueblo boliviano debe igualmente gozar de los beneficios de las riquezas que provee la Madre Tierra, las mismas que en el marco de un aprovechamiento sustentable y armónico, deben ser distribuidas y redistribuidas por el Estado Plurinacional, considerando además la construcción de una sociedad justa, equitativa y solidaria sin pobreza material, social y espiritual.
 
Bolivia tiene cerca de 12 millones de habitantes, de los cuales más de 5 viven en condiciones de pobreza y donde una gran parte de esta población se encuentra en las áreas urbanas. La solución a la falta de acceso a servicios, salud, educación, energía, comunicación, así como al acceso a alimentos, a los medios que permiten mejorar las oportunidades de creación de condiciones materiales y el fortalecimiento de condiciones espirituales para Vivir Bien, requiere un esfuerzo gubernamental y social para el desarrollo de acciones e inversiones que implican el acceso y disponibilidad de recursos financieros por parte del Estado.
 
Entonces, en Bolivia no se puede erradicar la pobreza ni garantizar los derechos fundamentales (civiles, políticos, sociales, económicos y culturales) de las personas si es que no se cuenta con un Estado Plurinacional fuerte y con capacidades para emprender este desafío; por lo menos en un escenario donde nuestro país es soberano y no dependiente. La propia ley expresa en su artículo 11, numeral 1, que es obligación del Estado Plurinacional crear las condiciones para garantizar su propio sostenimiento.
 
En esta línea de reflexión la Ley ha establecido que el Vivir Bien se alcanza promoviendo y fortaleciendo cuatro derechos:
 
1.     Los derechos de la Madre Tierra.
2.     Los derechos de las naciones y pueblos indígenas originarios y campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas.
3.     Los derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales del pueblo boliviano satisfaciendo las necesidades de las sociedades y personas.
4.     El derecho de la población urbana y rural a vivir en una sociedad justa, equitativa y solidaria, sin pobreza material, social y espiritual.
 
Estos derechos no pueden sobreponerse unos sobre otros o priorizarse uno sobre otro, al contrario, deben realizarse de manera complementaria, compatible, solidaria e interdependiente. Este es el máximo balance que propone la Ley para la construcción del Vivir Bien.
 
Objetivos, bases y orientaciones del Vivir Bien a través del desarrollo integral
 
Toda vez que el desarrollo integral es una fase intermedia hacia el Vivir Bien, la Ley ha establecido 10 (diez) objetivos y 11 (once) bases y orientaciones del desarrollo integral, en el marco de los Valores del Vivir Bien: saber crecer, saber alimentarse, saber danzar, saber trabajar, saber comunicarse, saber soñar, saber escuchar, y saber pensar.
 
Entre algunos de los objetivos tenemos el relacionado con “el saber alimentarse para Vivir Bien” que es la realización del derecho a la alimentación en el marco de la soberanía con seguridad alimentaria, por el que se establece la importancia de fortalecer los sistemas económicos, productivos y ecológicos locales así como el fortalecimiento y revalorización de los sistemas de vida de los pequeños productores, las naciones y pueblos indígenas originarios y campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas.  Otro objetivo promueve el cambio de patrones de consumo no sustentables, el uso racional de energía, la conservación del agua, la eliminación del consumismo, y el aprovechamiento sustentable de los componentes de la Madre Tierra. También existe el objetivo del cambio de los patrones de producción contaminantes, fortaleciendo los sistemas productivos compatibles con las zonas y sistemas de vida y mayor calidad ambiental.  El objetivo que promueve la conservación y el manejo integral y sustentable de la Madre Tierra establece igualmente el fortalecimiento de las áreas protegidas.
 
Las orientaciones de la Ley también son muy importantes. Por ejemplo, con respecto a la agricultura es notable que se establezca el desarrollo de acciones de protección del patrimonio genético “…prohibiendo la introducción, producción, uso, liberación al medio y comercialización de semillas genéticamente modificadas en el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia de las que Bolivia es centro de origen o diversidad y de aquellas que atenten contra el patrimonio genético, la biodiversidad…los sistemas de vida y la salud humana.” Asimismo, se establece que se deben desarrollar acciones “…que promuevan la eliminación gradual de cultivos de organismos genéticamente modificados autorizados en el país…”. (Art 24, numeral 7 y 8)
 
Con respecto a los bosques, se establece que se prohíbe “de manera absoluta la conversión de uso de suelos de bosque a otros usos en zonas de vida de aptitud forestal, excepto cuando se trata de interés nacional y utilidad pública” (art. 25, numeral 4). Esta última disposición obliga a emitir una Ley especial para cada caso relacionado con el cambio de uso del suelo con una justificación de dicho interés nacional y utilidad pública.
 
Consejo Plurinacional para Vivir Bien y la Autoridad Plurinacional de la Madre Tierra
 
Con relación al marco institucional que crea la Ley encargada de operacionalizar y dar sostenibilidad a la gestión pública del desarrollo integral es importante de destacar: i) la creación de un Consejo Plurinacional para Vivir Bien en Armonía y Equilibrio con la Madre Tierra que se constituye en una instancia de seguimiento, consulta y elaboración participativa de políticas, planes, programas y proyectos; ii) la creación de la Autoridad Plurinacional de la Madre Tierra, como una entidad estratégica y autárquica, que tiene competencias en planificación, gestión, monitoreo y evaluación sobre cambio climático, además de administrar y ejecutar políticas y estrategias, planes y programas relacionados con el mismo; y iii) Mecanismos dependientes de esta Autoridad Plurinacional para desarrollar intervenciones en mitigación y adaptación al cambio climático, incluyendo el Fondo Plurinacional de la Madre Tierra como un mecanismo financiero que tiene la función de administrar, canalizar y asignar recursos financieros en coordinación con el Banco Central de Bolivia.
 
Los Mecanismos de mitigación y adaptación al cambio climático
 
La ley establece la creación de tres Mecanismos para la gestión de la adaptación y la mitigación climática, de acuerdo al siguiente detalle:
 
1.     Mecanismo Conjunto de Mitigación y Adaptación para el Manejo Integral de los Bosques y la Madre Tierra. Tiene el objetivo de fortalecer, conservar y proteger los sistemas de vida y sus funciones ambientales promoviendo y fortaleciendo la gestión social y comunitaria integral y sustentable de los bosques en el marco de metas conjuntas de mitigación y adaptación de los bosques. Se trata de un mecanismo no basado en mercados de carbono, y se constituye precisamente en el instrumento alternativo a los mercados de carbono en el contexto de REDD+ que Bolivia propuso en la COP 17 en Sudáfrica, en la Conferencia Mundial de Naciones Unidas sobre Cambio Climático.
2.     Mecanismo de Mitigación para Vivir Bien. Está orientado a fortalecer y promover acciones de mitigación climática, incluyendo reducciones, limitaciones y acciones que eviten las emisiones de gases de efecto invernadero en distintas actividades industriales, productivas y energéticas entre otras.
3.     Mecanismo de Adaptación para Vivir Bien. Está orientado a gestionar los procesos de adaptación al cambio climático en el marco de proyectos.
 
Conclusiones
 
Como se ha destacado, la Ley articula el Vivir bien, el desarrollo integral y los derechos de la Madre Tierra, a la vez que define orientaciones para la gestión pública.
 
Esta Ley constituye una norma de gran envergadura que generará cambios fundamentales en el país, donde un aspecto fundamental es el establecimiento de cuatro derechos compatibles que permiten crear el escenario para alcanzar el Vivir Bien a través del desarrollo integral. La complementariedad e interdependencia de estos derechos son la base de la convivencia armónica entre el pueblo boliviano, los pueblos y naciones indígenas y originarias y campesinas con la naturaleza. Asimismo, la Ley establece las orientaciones políticas, técnicas y legales para garantizar el sostenimiento de las capacidades de regeneración de la Madre Tierra en el marco del desarrollo integral.
 
Esta Ley establece las orientaciones filosóficas pero también prácticas para la construcción del Estado Plurinacional de Bolivia en el marco de la implementación de los mandatos de la Constitución Política del Estado. Asimismo, es importante destacar el rol y los fundamentos jurídicos, políticos e ideológicos que los pueblos y naciones indígenas y originarias han dotado a esta norma.
 
René Orellana Halkyer es Coordinador Académico de Medio Ambiente de la Universidad de la Cordillera y miembro de la Fundación de la Cordillera. Jefe de la delegación boliviana en las negociaciones de cambio climático y desarrollo sostenible en la UNFCCC.
 
Diego Pacheco Balanza es Rector de la Universidad de la Cordillera (La Paz, Bolivia) y miembro de la Fundación de la Cordillera. Jefe de la delegación boliviana en las negociaciones sobre la Convención de Diversidad Biológica y Jefe alterno de la delegación boliviana en las negociaciones sobre cambio climático en la UNFCCC.
https://www.alainet.org/fr/node/74680
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