Debate

La reelección indefinida, una traición a la democracia

19/01/2018
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“Nada es tan peligroso como dejar permanecer largo tiempo a un mismo ciudadano en el poder. El pueblo se acostumbra a obedecerle y él se acostumbra a mandarlo; de donde se origina la usurpación y la tiranía”.

Simón Bolívar

Congreso de Angustura, 1819

 

En una sociedad que aspire a respetar el poder popular, las consultas al pueblo frente a temas cruciales son lo menos que se debe esperar y exigir. Bajo este principio podemos analizar la consulta propuesta por el presidente Lenín Moreno. Una consulta que requiere de reflexiones profundas antes de responderse pues posee varias tonalidades:

 

-          preguntas tibias, como las relativas a la minería o al Yasuní (que casi en nada resuelven los problemas planteados, pero podrían asumirse como primeros pasos para profundizar el debate sobre los extractivismos);

 

-          preguntas de apoyo rotundo, como la sanción a corruptos y violadores (aunque siempre cuestionándonos por qué no se instrumentan tales sanciones directamente, sin necesidad de consulta);

 

-          preguntas polémicas, como la pregunta sobre la ley de plusvalía (¿es saludable eliminar una ley que grava impuestos a la especulación de tierras en vez de mejorarla?, definitivamente no es saludable);

 

-          y preguntas políticamente cruciales, como las preguntas sobre la reelección indefinida y el cambio en el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (quizá aquellas que recogen la verdadera razón de ser de la consulta); preguntas tan cruciales, que no basta con votarlas “SI”, sino que exigen una inmediata presión social para evitar que -luego de la consulta- se reedite la concentración de poder alcanzada por el correísmo.

 

Al ver estos temas se nota que en la consulta faltó la voluntad política para preguntar otras cuestiones de fondo, e incluso derribar todas las enmiendas constitucionales de diciembre de 2015 así como las reformas realizadas en 2011; muchos de esos cambios cargados de inconstitucionalidades. Entre las enmiendas hechas en 2015 que deberían cuestionarse -por temas logísticos se lo pudo haber hecho en una sola pregunta que las derrumbe todas de golpe- podemos recordar a: las FFAA como guardia pretoriana para reprimir; la comunicación como servicio público y no como derecho; la restricción de derechos laborales en el sector público; la disminución de funciones de la Contraloría; retroceso del derecho ciudadano y de los gobiernos autónomos descentralizados para convocar a consultas populares; reducción de competencias a dichos gobiernos autónomos…

 

A más de tener contenidos limitados, claramente la consulta es un intento del gobierno de Lenín Moreno para consolidarse. Sin embargo, en el caso de ganar el “SI”, dicho resultado no puede entenderse como un cheque en blanco para Moreno. Todo lo contrario: apenas se conozca el resultado de la consulta es crucial exigir desde la lucha popular una reconfiguración del poder político hacia formas más democráticas, no hacia formas más concentradoras. No podemos pasar del “correísmo” al “morenismo” ni podemos cerrar los ojos ante las fallas que el mismo gobierno de Moreno muestra en temas vitales como la economía (otro campo que tocará disputarse desde la organización popular). Tal presión social deberá hacerse presente incluso en el caso -poco probable- de que gane el “NO”…

 

 

 

De todas formas, cabe admitir -más allá del contenido- que la consulta es una oportunidad para que el pueblo recupere su involucramiento en la discusión y aprobación de decisiones nacionales. Así, la consulta puede ser un ejercicio importante de pedagogía política, pues no se trata solo de aprobar algunas reformas legales y constitucionales, sino de hacerlo en democracia (práctica que se fue perdiendo, sobre todo en los últimos años del correísmo). Pero a más de brindar un espacio de disputa democrática, la consulta crea la oportunidad de recuperar un elemento básico de una democracia vigorosa y radical (aspiración que dio vida a la propia Constitución de Montecristi): la alternabilidad en el manejo del poder político [1]

 

En efecto, la consulta es la oportunidad para derribar una norma aprobada con dedicatoria: la reelección indefinida impuesta inconstitucionalmente -y a espaldas del pueblo- por el correísmo. Dichas enmiendas se impusieron en diciembre de 2015 para beneficiar a un Rafael Correa que, apenas un par de años atrás (20 de enero de 2014) admitía que es un gran daño que una persona sea tan indispensable, que haya que cambiar la Constitución para afectar las reglas de juego, al tiempo que descartaba impulsar una reforma constitucional para introducir la reelección indefinida. Y no solo que impulsó la reforma, sino que el propio correísmo incorporó una transitoria disponiendo que la reelección indefinida aplique luego de las elecciones de 2017 pues Correa tenía claro que no iba a vencer: una total manipulación de la democracia en función de los caprichos de un caudillo…

 

Justo para evitar eso, en Montecristi se planteó con fuerza eliminar la reelección indefinida para todas las dignidades de elección popular. Eso se estableció expresamente en el artículo 114, y en el 144 para los presidentes y vicepresidentes de la República. Esta norma se extendió a partidos políticos (artículo 108), consejos de igualdad ciudadana (artículo 157), e inclusive a toda organización colectiva (artículo 96). La Asamblea fue muy clara, por ejemplo, al establecer la alternabilidad hasta en las organizaciones sociales: “Las organizaciones podrán articularse en diferentes niveles para fortalecer el poder ciudadano y sus formas de expresión; deberán garantizar la democracia interna, la alternabilidad de sus dirigentes y la rendición de cuentas” (artículo 96). Queda claro, entonces, que la Asamblea Constituyente apuntó a la no reelección indefinida, la cual en el año 2007 era absurda para el propio Correa (hasta enero de 2014, como ya anotamos), así como para varios asambleístas que solo apoyaban la reelección “por una ocasión” (como Virgilio Hernández, actual defensor de la reelección indefinida en favor de Correa).

 

En Montecristi se prohibió la segunda reelección inmediata para evitar que un presidente en funciones use el poder del Estado para intentar perennizarse. Por cierto, de plano no se debe confundir la reelección indefinida en un sistema presidencialista -como el ecuatoriano- con sistemas parlamentarios -como en Europa, por ejemplo- pues, en los presidencialismos el ya de por sí alto poder adjudicado al ejecutivo termina desbordándose y deriva en hiper-presidencialismo. De hecho, si algo hemos aprendido estos diez años es que un sistema presidencialista exacerbado no compagina con una democracia participativa. En consecuencia, prohibir la reelección es un límite necesario.

 

Tal situación es clara en el caso ecuatoriano, en donde la reelección indefinida permite que se amplíe aún más la elevada influencia que ya de por sí tiene el ejecutivo sobre la nominación de órganos de control y de órganos autónomos. Por ejemplo, el ejecutivo nomina a miembros de la Corte Constitucional (Art. 434 de la Constitución de Montecristi), y tiene delegados en el Consejo de la Judicatura (Art. 179), una elevada capacidad de influencia que también debería cuestionarse.

 

Este problema, en la situación actual del país, se traduce en la necesidad crucial de desmontar el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, nombrado a gusto del caudillo del siglo XXI: Rafael Correa. Por ello, a pesar de los posibles cuestionamientos constitucionales a esta pregunta y del enorme poder que se le concedería al ejecutivo “morenista” votando “SI” en este tema, es necesario hacerlo para superar al Consejo correísta. Pero luego del 4 de febrero -de ganar el “SI”- habrá que organizar una enorme presión social para que el gobierno de Lenín Moreno no siga la senda de su antecesor. Incluso, si es necesario, se tendrá que salir a las calles para exigir que el Consejo de transición no sea una mera reedición de una instancia controlada por un nuevo mandamás.

 

 

 

A su vez, la reelección por un solo período intentó limitar el poder que la sociedad adjudica a un individuo, sea este un presidente, alcalde, prefecto, etc. Dicho límite impide, además, que una mayoría auto sostenida en el poder se atribuya la vocería excluyente y exclusiva del pueblo. Recordemos que el poder es capaz de hacer pasar la razón del poderoso como la única razón posible, aniquilando al pluralismo y a la diversidad que nacen de la alternabilidad. En una sociedad que aspire realmente a la democracia, es inaceptable que se imponga una sola tendencia o programa político, lo cual es más que posible si un gobernante con elevado poder sobre el Estado es reelegido indefinidamente. Eliminar la garantía de alternabilidad rompe un tope individual a quien ostenta el poder, atentando casi de muerte al pluralismo político.

 

En efecto, la reelección indefinida impide que surjan los espacios necesarios para consolidar un Estado que aspire a ser democrático, intercultural, plurinacional (Art. 1 de la Constitución de Montecristi) y que intente garantizar la participación en igualdad, la deliberación pública, promoviendo la diferencia (Art. 95), las diversas opciones ideológicas y políticas, aspectos necesarios al manejar los asuntos públicos en diversidad.

 

Por otro lado, la reelección afecta el principio de igualdad y no discriminación. Si se permite la reelección de quien ya ejerce el poder político, no existe igualdad de condiciones entre quienes disputan dicho poder. Ya lo experimentamos con Rafael Correa cuando él -en contubernio con el Consejo Nacional Electoral- aprovechó y abusó de los recursos públicos en sus campañas electorales, incluyendo espacios en medios de comunicación y todo el aparato estatal; mientras otros candidatos simplemente no tenían recursos para hacer campaña. De todas formas, tampoco debemos olvidar que el problema del uso de recursos para la disputa del poder político es inherente a las democracias representativas modernas -donde el dinero ha reemplazado al balcón-, de modo que en el largo plazo urge pensar en reconstruir la idea misma de representación y hasta de democracia desde las bases comunitarias de la sociedad.

 

Además, al no prohibir la reelección indefinida se afecta los derechos de las minorías y de la oposición, incluso las posibilidades de los potenciales candidatos de la misma tendencia política del ejecutor del poder. La democracia no es viable sin alternancia, lo cual no implica limitar la posibilidad de que una organización política continúe la obra realizada por su predecesora, siempre y cuando se sustente sobre bases sólidas y democráticas, en donde los caudillos sean inadmisibles.

 

Ahora, hay quienes audazmente podrían preguntar ¿y por qué no dejar que las personas elijan cuantas veces deseen a cualquier persona?, ¿quitar esa posibilidad no limita los derechos del pueblo? Aunque podría parecer válida la pregunta, no lo es. Debemos dejar de ver al poder político, al poder económico y al poder en general como un mero instrumento neutral que la sociedad amigablemente adjudica a una u otra persona para que ésta emprenda cambios sociales. Las dinámicas del poder son complejas, y tienen el potencial de manipular, inducir, forzar y engañar al pueblo -con prácticas capaces de corromper hasta al espíritu más fuerte- a fin de ampliarse a sí mismas, pues el poder solo sobrevive concentrando más poder. Por ello, si no usamos todos los mecanismos e instituciones a nuestro alcance para limitar a esa “voluntad del poder”, la misma puede rebasarnos y carcomer cualquier intento de democracia…

 

La historia enseña que, si una persona ejerce el poder sin límites temporales, tiende a concentrarlo. Toda concentración de poder implica corrupción, tiranía, opresión, implica la destrucción misma de la democracia. La reelección indefinida rompe el límite temporal del poder, ampliando sus posibilidades de injerir en otros poderes, limitando las libertades y obstaculizando el grado de especialización institucional que los diversos órganos podrían alcanzar en el ejercicio de sus funciones. En suma, la concentración de poder afecta la esencia de la democracia y abre la puerta a la infamia y a la corrupción galopante, como lo hemos vivido en el correísmo.

 

Por ello, los límites temporales al ejercicio del poder son vitales. No tener límites en el tiempo significa promover el autoritarismo y corroer la democracia. Es más, hasta los derechos políticos y de propiedad, sin restricciones, generan concentración de poder. Tales derechos son -y deben ser- intrínsecamente limitables, más aún en sociedades basadas en la desigualdad. Sin límites los derechos políticos generan despotismo, así como los derechos de propiedad llevan al monopolio. Ambos excluyen a otras personas que -al menos en el papel- deberían tener iguales derechos.

 

Al existir una regla social previa que limite al ejercicio del poder -como la no reelección indefinida- la propia persona ejecutora de ese poder limitará sus expectativas. Esto constituye un mecanismo de control con el cual el sujeto político está obligado de atenerse al tiempo señalado, de propiciar la sucesión e incluso de aceptar el inmediato escrutinio público de sus actos. Por lo mismo, la pregunta sobre la no-reelección indefinida necesita votarse con un “SI” sin dubitaciones.

 

En definitiva, la reelección indefinida lleva a que el ejecutor del poder se crea eterno, casi inmortal. En cambio, la no-reelección es un pequeño intento de recordarle a dicho “ejecutor” que, más allá de cualquier apariencia o título majestuoso, es un simple e insignificante mortal, como cualquiera de nosotros. Por tanto, la no-reelección no implica restringir derechos políticos -ni al pueblo ni a una persona- sino más bien implica una ampliación crucial: brinda un mayor derecho a ser libres y conscientes de nosotros mismos, al recordarnos que no somos eternos sino simplemente humanos…

 

17 de enero del 2018

 

Notas

 

 

[1] Basta recordar el Plan de Gobierno de Alianza País (2006) en donde categóricamente, es su página 10, se planteó la necesidad de dar paso a “nuestros propios procesos de organización y diseñar nuestros propios programas de vida sin atenernos a mensajes y normas emanadas de alguien que pretender asumir el papel de un iluminado; no creemos en liderazgos individuales que conduzcan a la constitución de estructuras verticales y caudillescas, sino en liderazgos colectivos sustentados en la autocrítica, en la toma colectiva de decisiones, en el respeto a otras opiniones y en la humildad”.

 

Alberto Acosta

Economista ecuatoriano. Ex-ministro de Energía y Minas. Ex-presidente de la Asamblea Constituyente. Ex-candidato a la Presidencia de la República del Ecuador.

 

John Cajas Guijarro

Economista ecuatoriano. Profesor de la Universidad Central del Ecuador y de la Escuela Politécnica Nacional.

 

 

https://www.alainet.org/fr/node/190482?language=en
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