Consejo Superior de la Judicatura otra víctima del Uribismo
- Opinión
Los constituyentes de 1991 pensaron con la mejor de las intenciones, pero ingenuamente que la simple creación del Consejo Superior de la Judicatura le daría independencia a la Rama Judicial sin sopesar que mientras los nombramientos de los magistrados de ése organismo, al igual que los magistrados de las Altas Cortes fueran el resultado de votaciones políticas, la Rama Judicial se verá afectada por los vicios y perversiones que han caracterizado a la clase política colombiana.
La Constitución Política de 1991 dispuso en su artículo 254 que el Consejo Superior de la Judicatura se dividiría en dos salas: la Sala Administrativa y la Sala Disciplinaria. La primera compuesta por seis magistrados elegidos para un período de ocho años: dos por la Corte Suprema de Justicia, uno por la Corte Constitucional y tres por el Consejo de Estado. Hasta allí no habría, en teoría, ningún reparo. Y la Sala Disciplinaria integrada por siete magistrados también elegidos para un período de ocho años, y aquí radica el origen del problema, por el Congreso Nacional de ternas enviadas por el Gobierno.
Lo que está ocurriendo con el moribundo Consejo Superior de la Judicatura es el resultado de la corrupción política que alcanzó los máximos topes jamás alcanzados en el oscuro período 2002-2010, e infectó a todas las instancias del Estado. Desde arriba, escurrió la podredumbre hasta los sectores más apartados. Las cárceles colombianas colmadas de políticos, contratistas del Estado, militares, condenados por paramilitarismo, corrupción y ejecuciones extrajudiciales; países vecinos que albergan prófugos de la justicia hablan por sí solos.
Por estos días, mucho se habla de exequias y funerales del Consejo Superior de la Judicatura, pero poco y nada se analiza acerca del origen de la infección que llevó a su muerte. Los mismos que hoy alzan su voz desvergonzada en el Congreso Nacional para exigir que le retiren el respirador artificial y acelerar su muerte son los mismos que apenas ayer le contagiaron con su pestilencia. Los mismos que apedrean e insultan a ese Consejo Superior de la Judicatura son los mismos que lo prostituyeron: el Congreso Nacional y el Gobierno.
Esnecesario que la opinión pública recuerde que los actuales magistrados de la Sala Disciplinaria en boca de la opinión pública por cuenta del llamado “carrusel de las pensiones de la justicia” y otras prácticas corruptas, de algunos de sus miembros, fueron postulados por el Gobierno de Álvaro Uribe Vélez y elegidos por un Congreso mayoritariamente arrodillado. Que tales designaciones se ajustaron a los postulados de impudicia que distinguieron ese período y obedecieron a unos fines políticos perversos.
Con un sólo ejemplo basta. El 3 de septiembre de 2008, el Congreso eligió, de terna enviada por Uribe Vélez, a José Ovidio Claros Polanco y Pedro Alonso Sanabria Buitrago, políticos “pura sangre” de las entrañas del Uribismo, devenidos en administradores de la justicia, reconocidos jurisconsultos “Honorables Magistrados”.
Claros Polanco, ex contralor de Bogotá, ex gerente de la seccional del Seguro Social, ex Representante a la Cámara, dijo el día de su elección: “En mí van a tener, y lo digo sin recato, una persona en la rama judicial que siempre estará atento a lo que se diga en este Congreso (…) Espero ser el magistrado modelo, pero siempre defendiendo lo que hay que defender, la justicia en Colombia, el debido proceso, la doble instancia en Colombia, a eso es que voy al Consejo Superior de la Judicatura. (…) muchas gracias de verdad y los quiero mucho”.
Sanabria Buitrago, había sido diputado de la Asamblea de Boyacá, secretario de Gobierno de Tunja, alcalde encargado, gerente de la Caja de Previsión Social de Boyacá y fracasó en su intento por llegar a la Gobernación de Boyacá en las elecciones regionales de 2003. El hidalgo Magistrado, diplomado contra la corrupción política y administrativa por la Universidad de Salamanca, así agradeció a sus electores congresistas la noche en que fue escogido por las falanges uribistas: “Vamos a trabajar por que la justicia sea objetiva, imparcial, vamos a trabajar, porque en este país casi único en el mundo no existen las garantías procesales, no existen los derechos fundamentales, los más preciados del hombre como son el debido proceso y claro que sí, la doble instancia”.
Y a fe que cumplieron lo que prometieron. El Consejo Superior de la Judicatura se constituyó en contradictor de algunas decisiones de la Corte Suprema de Justicia y por vía de tutela revocaron algunas decisiones de esta Corporación. Tal es el caso de la ex congresista Sandra Arabella Velásquez Salcedo, representante a la Cámara del departamento de Guainía por el Partido Liberal (2002-2006) y por Cambio Radical (2006-2010), condenada en junio de 2009 por la Corte Suprema por el delito de falsedad ideológica en documento público, sentencia que quedó “sin efecto y valor jurídico” por decisión del 26 de octubre de 2009 de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura al resolver tutela interpuesta contra la condena de la Corte.1
El entierro de quinta del Consejo Superior de la Judicatura, acordado tras el nuevo escándalo relacionado con algunas actas aparentemente falseadas para favorecer ciertos nombramientos en los Consejos Seccionales de la Judicatura, le abre paso, en el marco del llamado proyecto de reforma a la justicia que va por su sexto, de ocho debates, a una nueva entelequia pomposamente denominada “Sistema Nacional de Administración Judicial” que en modo alguno resuelve los problemas estructurales de la justicia en Colombia: morosidad, impunidad, falta de recursos, dificultad del ciudadano para acceder a la administración de justicia y dependencia.
El estado de postración inveterada de la justicia no permite, como se pretende, que los presidentes de las máximas Cortes se dediquen a “administrar los recursos de la rama judicial”. Los jueces están preparados para prodigar justicia no para administrar recursos; para interpretar leyes no para interpretar balances contables.
Previendo que no podrán silbar y cantar al tiempo, la reforma propone que “El reglamento de cada Corporación determinará los casos en que el Presidente puede ser relevado de ciertas funciones jurisdiccionales, con el fin de que pueda atender las competencias de la Sala de Gobierno Judicial”.
¿Y será que las profundas fallas de la justicia colombiana se resuelven elevando el período de los magistrados de las altas Cortes de ocho a doce años, incluyendo a los actuales?
José Hilario López Rincón
Abogado Corporación por la Dignidad Humana
Fuente: Semanario Virtual Caja de Herramientas Nº 302
Semana del 11al 17de mayo de 2012
Corporación Viva la Ciudadanía.
1La Corte Constitucional, en Comunicado N° 11 de marzo 12/2012 informó que revoca la sentencia de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura y niega el amparo solicitado, con lo cual la condena vuelve a quedar en firme.
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