Privatización y medios públicos
- Opinión
Presiones políticas y económicas influyen en diversas partes del mundo, atentando contra los medios públicos, ante lo cual el desempeño profesional y la participación en el mercado de estos medios han quedado condicionados a la competencia, las nuevas plataformas y tecnologías y su rol, postergado. Ese ha sido el caso en Puerto Rico y recientemente, la ya anunciada privatización de WIPR (Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública), la señal pública de televisión y radio del Estado, volvió a suscitar el debate sobre la necesidad de los medios públicos en el país.
Sobre todo, se indaga por la posición de los medios públicos en la sociedad actual, los vínculos políticos y la fiabilidad de dicha programación, la cuota de mercado, la financiación, la innovación y la responsabilidad social. Posiblemente en ese orden. No ha sido abundante la reflexión en torno a la importancia de medios públicos fuertes, independientes y creativos para una esfera pública participativa, la cultura y la democracia, de cualquier país.
Las frecuencias de radio y televisión están concentradas en limitados grupos privados, pocos de ellos locales, y el espectro utilizado y explotado por grupos empresariales, políticos y religiosos. Los medios públicos, que han servido en ocasiones como vehículo de propaganda del gobierno de turno, deben en vez, responder a las necesidades de comunicación ciudadana y ofrecer contenidos tan plurales y diversos como las sociedades a las que pertenecen.
Los medios públicos podrían ser, ciertamente, idóneos para que las autoridades rindan cuentas, y que la ciudadanía exija sus derechos cuando estos han sido vulnerados. Y es en este aspecto de los Derechos Humanos que deseamos concentrarnos. Si el poder económico y el poder político, no tienen un contrapunto en una prensa independiente e incisiva, la libertad de expresión y el derecho a la comunicación se pueden ver inminentemente amenazados. El limitado acceso a la información puede, y nos ha costado demasiado. Como país, en Puerto Rico las investigaciones periodísticas no comerciales ni corporativas de los últimos meses han significado la supervivencia y resultado en cohesión ciudadana por justicia social.
El respeto a los derechos de comunicación y al acceso a la información, es una obligación proactiva para el Estado y los entes gubernamentales, en cuanto a crear las condiciones –materiales y espirituales– entiéndase la voluntad política y económica, para que puedan existir. No son solo una obligación de recta regulación y no interferencia dañina por parte del poder (estatal o de terceros influyentes) sino también exigen una actitud activa del Estado, que conlleva su responsabilidad legal frente a la ciudadanía para que tales derechos ocurran como fenómenos reales.
El derecho de la comunidad en general de recibir todo tipo de información y opiniones debe hacerse palpable en un acceso constante y real a la información en poder del Estado, lo que constituye un derecho fundamental de los individuos. Los Estados están obligados a garantizar y promover, de forma activa y real, el ejercicio del acceso a la información. Este principio sólo admite limitaciones excepcionales que deben estar establecidas previamente por la ley para el caso que exista un peligro real e inminente que amenace la seguridad nacional en sociedades democráticas.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos en la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión expone que “Los Estados deberían asegurar la existencia de medios de comunicación públicos sólidos, independientes y con recursos suficientes, que operen con un mandato claro de favorecer el interés público general y establecer y mantener los más altos estándares periodísticos”. Así también, crearían un entorno propicio para la libertad de expresión: “f. Los Estados deberían considerar otras medidas para fomentar la igualdad, la no discriminación, la comprensión intercultural y otros valores democráticos, incluso con el objeto de abordar los efectos negativos de la desinformación y la propaganda”.
Los Principios 7 y 13 se refieren a los condicionamientos económicos de la libertad de expresión. El N° 7 señala que los “condicionamientos previos, tales como veracidad, oportunidad o imparcialidad por parte de los Estados son incompatibles con el derecho a la libertad de expresión reconocido en los instrumentos internacionales”. A su vez, el Principio 13 señala: “La utilización del poder del Estado y los recursos de la hacienda pública; la concesión de prebendas arancelarias; la asignación arbitraria y discriminatoria de publicidad oficial y créditos oficiales; el otorgamiento de frecuencias de radio y televisión, entre otros, con el objetivo de presionar y castigar o premiar y privilegiar a los comunicadores sociales y a los medios de comunicación en función de sus líneas informativas, atenta contra la libertad de expresión y deben estar expresamente prohibidos por la ley”.
Queda entonces claro el doble carácter de la libertad de expresión como un derecho: uno individual y otro colectivo. No sólo de expresar informaciones e ideas libremente de manera individual sino también el derecho colectivo, de la sociedad misma, de recibir toda la información.
Mecanismos Internacionales para la Promoción de la Libertad de Expresión, insisten en que se deben utilizar políticas públicas para promover la diversidad de contenido entre los tipos de medios de comunicación. “Se debe considerar proveer apoyo para la producción de contenido que contribuya de manera significativa a la diversidad, fundado en criterios equitativos y objetivos aplicados en forma no discriminatoria. Esto puede incluir medidas para promocionar productores de contenidos independientes, incluso solicitando a los medios públicos que adquieran una cuota mínima de su programación de dichos productores”.
Su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión expuso a través de distintos estándares que los medios públicos de comunicación pueden (y deben) “desempeñar una función esencial para asegurar la pluralidad y diversidad de voces necesarias en una sociedad democrática. Su papel es fundamental a la hora de proveer contenidos no necesariamente comerciales, de alta calidad, articulados con las necesidades informativas, educativas y culturales de la población. Sin embargo, para que los medios públicos puedan realmente cumplir su función, debe tratarse de medios públicos independientes del Poder Ejecutivo; verdaderamente pluralistas; universalmente accesibles; con financiamiento adecuado al mandato previsto por la ley; y que contemplen mecanismos de rendición de cuentas y de participación de la comunidad en las distintas instancias de producción, circulación y recepción de contenidos”.
Al respecto, en su Declaración Conjunta de 2007, los relatores especiales para la libertad de expresión de la ONU, la OEA, la OSCE y la Comisión Africana sostuvieron que, "[s]e requieren medidas especiales para proteger y preservar los medios públicos en el nuevo espacio radioeléctrico. El mandato de los medios públicos debe estar claramente establecido por ley y debe incluir, entre otros, el contribuir a la diversidad, la cual debe ir más allá de ofrecer diferentes tipos de programación, dar voz a y satisfacer las necesidades de información e intereses de todos los sectores de la sociedad. Se deben explorar mecanismos innovadores para el financiamiento de los medios públicos, de forma tal que éste sea suficiente para permitirles cumplir con su mandato de servicio público, que sea garantizado…”.
Es igualmente importante que los Estados regulen la actividad de los medios públicos de comunicación mediante ley. La existencia de medios públicos no puede estar sujeta a la competencia de los medios comerciales.
Uno de los problemas esenciales en los procesos de privatización tiene relación con la ausente perspectiva de los derechos humanos para su negociación, así como la falta de mecanismos de evaluación y monitoreo de los riesgos sobre los derechos humanos. En el caso de la comunicación y el acceso a la información, el estado debe y tiene la responsabilidad de crear instancias de acceso dinámicas, incluyentes y diversas, que respondan a las necesidades de comunicación ciudadana locales, mientras abren espacios para la rendición de cuentas, la fiscalización y la democratización de la información, a través de una ciudadanía informada.
Diana Ramos Gutiérrez
Comunicadora social
@dramosgutierrez
Del mismo autor
- ¿A dónde van los esfuerzos de la radio comunitaria? 05/07/2021
- Acceso a la información: una cuestión de derechos humanos 11/05/2021
- Privatización y medios públicos 16/12/2019