Acceso al agua, un derecho humano

Comercializar el agua y desviar ríos para beneficio de intereses personales es ilegal porque el acceso al agua es un derecho humano universal en tanto es un recurso natural para beneficio de la humanidad.

26/03/2021
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“El derecho al agua es el derecho de todos a disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y doméstico. Un abastecimiento adecuado de agua salubre es necesario para evitar la muerte por deshidratación, para reducir el riesgo de las enfermedades relacionadas con el agua y para satisfacer las necesidades de consumo y cocina y las necesidades de higiene personal y doméstica.”

Naciones Unidas. Comité de derechos económicos, sociales y culturales. Observación general No. 15 (2002).

 

Solidaridad con Bernardo Caal Xol, preso político guatemalteco, defensor del agua y del río Cahabón. ¡Libertad para Bernardo! ¡Alto a la criminalización de defensores de la vida, la tierra, el territorio!

 

¡El agua no es mercancía! El agua es vida, un tesoro que resguardar y preservar. En muchos países del planeta y entre estos Guatemala, la covid-19 ha dejado al descubierto lo importante que es tener acceso al agua, principalmente potable. En el Día Mundial del Agua celebrado esta semana, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Guatemala (OACNUDH) recordó la necesidad de reglamentar en materia de derechos humanos el uso de este vital líquido y así hacer frente a la pandemia con mayor éxito.

 

La escasez y el acceso al agua es un problema histórico para millones de personas en el mundo, los guatemaltecos no son la excepción. En Guatemala, la escasez de agua para el consumo humano es uno de los problemas concentrado en la ciudad de Guatemala capital del país; ahora mismo, vecinos de varias zonas protestan públicamente y exigen a la municipalidad local el cumplimiento de sus obligaciones o sea, garantizar el suministro adecuado a las necesidades de la población. En cuanto al acceso al agua esto es un problema mayor, debido a que millones de habitantes carecen de esa oportunidad.

 

Por otra parte, la venta de agua envasada para consumo humano y a granel para uso personal y doméstico son ilegales, sí completamente ilegales, lo mismo ocurre con el desvío de ríos, una nueva modalidad que practican con total impunidad empresas agrícolas transnacionales y  terratenientes locales dedicados al monocultivo de palma africana y caña de azúcar, eso es un delito que debe ser perseguido y erradicado, pero ocurre en Guatemala un país  donde las élites y en general los corruptos y criminales gozan de impunidad para seguir burlando la ley, despojando territorios a los pueblos originarios, amenazando la vida, la seguridad alimentaria y la subsistencia de las comunidades campesinas. Comercializar el agua y desviar ríos para beneficio de intereses personales es ilegal porque el acceso al agua es un derecho humano universal en tanto es un recurso natural para beneficio de la humanidad, por esas razones su uso debe estar regulado, es por eso también que se ha propuesto una iniciativa de ley para superar el vacío existente en materia legal. La falta de legislación es aprovechada por las élites para aumentar ganancias y seguir cometiendo ilegalidades como vender el agua y desviar ríos.

 

Por el control de las reservas naturales de fuentes de agua hay conflictos sociales violentos. En Guatemala han muerto varias personas, en América Latina se pronostican hasta guerras entre naciones debido a proyectos imperialistas que buscan apropiarse de las más grandes reservas naturales de agua dulce del planeta, existentes en América del Sur. Por eso es legítima la defensa del derecho al agua para consumo y usos agrícola, higiene personal y doméstica. ¡No a la privatización del agua!

 

Guatemala, 26/03/2021

 

-Factor Méndez Doninelli es maestro e investigador, consultor en Derechos Humanos y métodos alternativos de resolución de conflictos.

 

 

https://www.alainet.org/es/articulo/211559?language=en
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