Tribunal Supremo de EEUU valida la dictadura de Puerto Rico

02/06/2020
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San Juan, 2 de junio de 2020 (NCM) – La decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos de validar la dictadura de la Junta de Control impuesta a Puerto Rico, emitida horas antes de que el presidente anunciara la represión militar de las protestas, coloca esta colonia caribeña en una situación muy delicada y ayuda a despertar una historia olvidada por muchos.

 

La validación judicial del experimento con la dictadura en esta colonia sirvió de curioso preámbulo al anuncio presidencial que inició formalmente el camino hacia la sustitución del régimen democrático por la ley marcial para regir todo el territorio nacional de EEUU.

 

Pero, además, pone de manifiesto el olvido de la historia como arma política.

 

En su decisión, el máximo tribunal estadounidense estableció que la Junta fue impuesta a Puerto Rico en virtud de los poderes plenipotenciarios sobre los llamados territorios -eufemismo para no decir colonias- y que, por lo tanto, los miembros designados por la Casa Blanca no tienen ni siquiera que pasar la evaluación del Senado de los propios EEUU.

 

En su decisión, el Tribunal optó, otra vez, por hacerse de la vista larga sobre los casos de principios del siglo XX, que determinaron que Puerto Rico “pertenece a, pero no es parte de” EEUU. Ese obviar el asunto fue hecho a pesar de que los demandantes contra la Junta -en especial la Unión de Trabajadores de la Industria Eléctrica y Riego- plantearon que esa jurisprudencia imperial era la base del problema.

 

En abril pasado, cuando ya era evidente que la tensión por la violencia institucional contra la población de la raza negra estaba a punto de ebullición, el Tribunal Supremo invalidó las leyes de Luisiana y Oregón que le negaban a los acusados el derecho a un veredicto unánime del jurado antes de ser condenados. El Supremo reconoció que esos estatutos se originaron en el discrimen racial.

 

La decisión fue extensiva a Puerto Rico, donde también se le quitó al pueblo ese derecho a mediados del siglo XX, pero no por motivos raciales sino con la intención de reprimir a los independentistas y con pleno conocimiento de que, al hacerlo, esta nación isleña quedaba fuera de los principios jurídicos de EEUU.

 

Sin embargo, el Supremo no analizó en el caso la situación de Puerto Rico, ni el motivo para que aquella restricción de los derechos civiles se hiciera a la vista de las instituciones de EEUU, sin que se dieran por enteradas, sino que la celebraran. La consecuencia de aquello fue negar el derecho a un veredicto unánime a los acusados en Puerto Rico durante más de sesenta años y ahora la elite gubernamental se debate en cómo hacer justicia -o evadir hacerla- para con las víctimas.

 

El derecho al veredicto unánime se había establecido en Puerto Rico desde 1899, cuando el recién estrenado imperio estableció el “tribunal provisional”. Se extendió a los tribunales puertorriqueños entre 1901 y 1902 y estuvo vigente hasta 1948.

 

Según confesó mucho después el ex procurador general y ex juez presiente del Tribunal Supremo de PR, José Trías Monge, se decidió eliminar ese derecho por temor a que se hiciera más difícil enviar a prisión a los nacionalistas puertorriqueños, animados por el retorno de su líder Pedro Albizu Campos. Además, en la convención constituyente de 1951, el presidente de la comisión sobre la carta de derechos, Jaime Benítez, expresó que había que fijar de forma clara que el veredicto de los jurados sería mayoritario, para dejar claro que no aplicaría “el derecho anglo sajón”, es decir, estadounidense.

 

En días recientes, el abogado Luis F. Abreu Elías reveló que aquello se hizo por orden directa del entonces jefe máximo del autonomismo, Luis Muñoz Marín. Abreu Elías, primo del ex procurador general Vicente Géigel Polanco y del ex comisionado residente Santiago Polanco Abreu, dijo específicamente que “en conversaciones, separadas, con mi padre José Abreu Géigel, con sus primos Vicente Géigel Polanco y Santiago Polanco Abreu se nos confirmó que tanto la Ley 53 (ley de la Mordaza), como cero jurados para nacionalistas, y luego lo de los jurados por mayoría se hizo por orden directa de Luis Muñoz Marín”.

 

Cuando en 1951 un equipo de expertos en derecho de EEUU llegó a Puerto Rico para asesorar en la reforma del sistema judicial, los expertos elogiaron las medidas ya tomadas sobre los jurados y consignaron que gracias a ellas su trabajo fue “mucho más sencillo”, según lo hicieron constar en un informe publicado por la escuela de derecho de la Universidad de Yale.

 

Los expertos de EEUU no encontraron nada raro en la eliminación de la garantía de que no podía considerarse que la culpabilidad había sido probada más allá de toda duda razonable mientras todos y cada uno de los jurados no estuviesen convencidos por la prueba presentada por el fiscal. Ese principio, que data de la Carta Magna que tuvo que firmar el rey en la Inglaterra medieval, es considerado hoy en día uno de los pilares fundamentales de los derechos del pueblo ante los decretos del Estado.

 

Esos olvidos históricos afectan también a EEUU, donde las restricciones sistemáticas a los derechos civiles, en especial a la vigilancia, la libertad de expresión y los relativos a los derechos de los acusados, han ido aumentando sistemáticamente desde los ataques en Nueva York y Washington del 11 de septiembre de 2001.

 

Allí no se menciona mucho que ya para 1999, en la academia de la Fuerza Aérea, en Colorado, se publicó un estudio en el que se anticipaba una “segunda guerra” del Golfo Pérsico que sería un fracaso y que ayudaría a llevar a EEUU a una dictadura militar durante las primeras décadas del siglo XXI.

 

El estudio, hecho por un perito de la Fuerza Aérea, era una advertencia, pero el desarrollo de los acontecimientos, con el desastre de la guerra en Asia y la creciente intervención militar a nivel interno estadounidense, parece haber terminado por convertirlo en un vaticinio.

 

 

https://www.alainet.org/es/articulo/206952?language=es
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