A Macri se le hace cuesta arriba imponer su regresiva reforma laboral
- Opinión
El gobierno neoliberal de Mauricio Macri insiste en un camino regresivo en las relaciones de trabajo, pero su proyecto de Reforma Laboral, antecedido por unos dos mil despidos de empleados estatales, ha despertado un repudio generalizado que ganó la calle, con grandes manifestaciones en todo el país en los últimos dos meses.
El gobierno tomó nota de lo que le costó aprobar la reforma previsional y tras las imágenes de caos que generó la misma, Macri decidió postergar el debate por la reforma laboral al mes de marzo. Según el Gobierno, la baja de costos laborales sería el motor de la generación de empleo y, por consiguiente, de la caída de la pobreza estructural del país, pero con dos años de experiencia en las medidas macristas, pocos creen en sus propuestas y globitos de colores: su credibilidad sigue bajando, sin alcanzar el 40%.
La suba de precios se disparó en diciembre a su mayor nivel del año pasado por los tarifazos y el alza de combustibles. El resultado de 2017 fue casi 8 puntos superior a la meta de 17 por ciento, en línea con los pronósticos más pesimistas. En los dos años de Macri, la inflación casi acumula 70%
Montado sobre el caballito de batalla de una permanente modernización y en un intento de establecer profundas modificaciones estructurales en la economía, el gobierno presentó un reforma que apunta a la degradación del empleado y al impulso del trabajo eventual por sobre la relación laboral estable. Obviamente no se pensó en la valorización del trabajador para hacer frente a los cambios tecnológicos. De lo que se trata, también, es de sepultar el poder de los sindicatos.
Tampoco es muy original el proyecto. La reforma laboral es uno de los aspectos centrales de la nueva ofensiva neoliberal en la región, luego de una década de conquista de derechos, de mejora sustantiva en las condiciones de los trabajadores y del sector de la micro, pequeña y mediana empresa.
Desde hace meses que el ministro de Trabajo Jorge Triaca comenzó a dialogar con sindicatos y empresas sobre el proyecto de ley que iba a ser presentado antes de fin de año, pero desde las centrales obreras la respuesta fue coincidente: la reforma representa una pérdida a los derechos laborales conseguidos tras varios años de lucha sindical.
La Confederación General del Trabajo (CGT) rechazó 14 artículos de la reforma, en la que se propuso del banco de horas que limita las horas extras, el cálculo de las indemnizaciones basado sólo en el salario, y el cambio de funciones laborales. "Nos van a tener que cortar la mano para firmar esta ley de reforma", manifestó el pasado martes el secretario gremial de la CGT, Pablo Moyano.
El coordinador del Observatorio del Derecho Social de la CTA, Luis Campos, afirmó que “estamos frente a un verdadero intento de fijar las bases para un cambio de paradigma en las relaciones laborales que, en el largo plazo, constituye una profundización de la ofensiva ininterrumpida del capital sobre el trabajo iniciada en a mediados de los años 1970”.
El proyecto laboral macrista no solo modifica diversos artículos de la actual Ley de Contrato de Trabajo planteando un retroceso en los derechos adquiridos por los trabajadores. Las reformas impulsadas por el gobierno en materia previsional, tributaria y de precarización laboral representan una avanzada feroz contra la estructura de derechos que los argentinos habían conquistado tras décadas de luchas.
Lo que se busca es reducir la responsabilidad del gran empresariado y los derechos de los trabajadores. No significa modernización ni mejoría. No acompaña la evolución de las situaciones del empleo ni recoge los problemas que pueden estar vinculados con los cambios tecnológicos. Es solo poda de derechos, señaló el jurista Carlos Fernández Madrid, a la revista Acción.
Los ejes del proyecto
- Blanqueo: Las empresas tendrán un año para blanquear sus relaciones laborales. Si lo hacen dentro de los primeros seis meses, gozarán de una condonación de la deuda por capital, intereses, multas y punitorios del 100 por ciento. En cambio, en los restantes seis meses, tendrán un descuento del 70 por ciento. Los trabajadores que sean regularizados tendrán derecho a computar hasta 60 meses de servicios con aportes calculados sobre un monto mensual equivalente al salario mínimo, vital y móvil.
- Reducción de las contribuciones patronales: En el primer semestre de 2018, no se pagarán aportes por los primeros 2.300 pesos, y en el segundo semestre de ese año, por igual monto pero actualizado por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC acumulado desde el mes de noviembre de 2017. En 2019, será a partir de 4.600 pesos, o la parte proporcional que corresponda, actualizada por el IPC acumulado desde noviembre de 2017. A su vez, las contribuciones patronales descienden de 21 a 19 por ciento en forma escalonada anual, hasta llegar al nuevo piso en 2022. En sentido inverso subirá las del sector pyme y otros beneficiarios de 17 a 19 por ciento medio punto por año hasta 2022.
- Modificación del concepto de trabajo: La definición que establece la Ley de Contrato de Trabajo ahora incluirá que "la cooperación entre las partes para promover esa actividad productiva y creadora constituye un valor social compartido, generador de derechos y deberes recíprocos, y una regla esencial de ejecución del contrato".
-Trabajadores profesionales autónomos: Se crea esta figura de trabajadores económicamente vinculados y se los excluye de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). Un trabajador que depende económicamente (100%) de sus ingresos anules de una empresa, podría ser considerado igualmente autónomo y quedar fuera de la LCT, si tiene una carga horaria menor a las 22 horas semanales.
-Irrenunciabilidad: Se retorna a la redacción de la última dictadura cívico-militar y se deroga la norma que establece que será nula toda convención de partes que suprima o reduzca los derechos del trabajador.
-Tercerización: La empresa contratante de una tercerizada deja de ser solidaria por los trabajadores tercerizados en actividades de seguridad, limpieza, montaje de maquinarias o instalaciones, servicios médicos de emergencia y de higiene y seguridad en el trabajo, gastronomía e informática. Excluye, asimismo, los servicios de transporte de personas, desde y hacia el establecimiento o explotación productiva.
-Reclamos: Se modifica la norma que dispone que ante la alteración de las condiciones esenciales del trabajo por parte del empleador, el trabajador puede reclamar judicialmente el restablecimiento de esas condiciones alteradas a través de un procedimiento sumarísimo, no pudiendo el empleador innovar en las condiciones de trabajo hasta que se dicte la sentencia judicial. La modificación priva a los trabajadores de contar con este procedimiento judicial rápido y efectivo para protegerse de modificaciones introducidas por el empleador.
-Indemnización por despido: Se excluye de la base salarial para el cálculo de la indemnización por despido la parte proporcional del sueldo anual complementario, bonificaciones no mensuales y toda compensación y/o reconocimientos de gastos que el empleador efectúe hacia el trabajador.
-Fondo de cese laboral: Los gremios empresariales junto a los sindicatos signatarios de contratos colectivos podrán establecer la constitución de un Fondo de cese laboral sectorial, para asumir la cobertura de la indemnización por despido sin causa. Este sistema reemplaza y sustituye al empleador en el cumplimiento de esas obligaciones, y deja sin aclarar si el monto a percibir por el trabajador es equivalente a los cálculos indemnizatorios previstos en la normativa actual o si es el resultante de los aportes ingresados por el empleador en dicho fondo.
-El despido sin causa es un acto ilícito y la indemnización es su sanción. Un fondo como el propuesto eliminaría el efecto disuasorio y permitiría que empresarios que ya han amortizado las indemnizaciones se desprendan de trabajadores de mayor antigüedad para contratar a empleados con menos derechos y cargas.
-Licencia por nacimiento de hijo Se amplía a entre 10 y 15 días corridos el plazo de licencia por nacimiento de hijo y se establecen 15 días corridos de licencia por adopción de hijo y 10 días corridos por unión convencional, equiparando a la licencia por matrimonio
- Banco de horas: El empleador deberá abonar al trabajador que preste servicios en horas suplementarias un recargo del 50 por ciento calculado sobre el salario habitual si se trata de días comunes y de 100 por ciento en domingos y feriados. Podrá establecerse un mecanismo de permuta o compensación horaria, denominado "banco de horas", no siendo considerada la hora como suplementaria siempre que las horas realizadas en exceso en una jornada sean compensadas por la disminución en otra jornada.
- Creación de la categoría del trabajador independiente: El trabajador independiente que cuente con la colaboración de hasta 4 trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento podrá acogerse a un régimen especial unificado que contemple para estos últimos el aporte individual de una cuota mensual que comprende la totalidad de los aportes a la seguridad social.
- Capacitación: Se crea un sistema nacional de formación laboral continua, para el cual se establecerá un sistema por el cual todo trabajador acceda, a lo largo de su vida laboral, a una cantidad de horas de aprendizaje continuo. Será determinado en el nivel tripartito de empleadores privados o públicos y trabajadores y esas horas quedarán registradas en un Documento de Identidad Ocupacional.
Sin duda, las reformas impulsadas por el gobierno en materia de precarización laboral representan una avanzada feroz contra la estructura de derechos que los trabajadores y trabajadoras argentinos conquistaron tras décadas de luchas, incluyendo los siete años de la última dictadura cívico-militar.
Rodolfo Koé Gutiérrez
Periodista económico argentino, analista asociado al Centro Latinoamericano de Análisis Estratégico (CLAE, www.estrategia.la)
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