Tampoco serán inmunes

23/06/2011
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La aprobación de unos principios rectores de Naciones Unidas para que las multinacionales respeten los derechos humanos coincide con controversias relacionadas con la conducta de estas empresas. El Tribunal Supremo de Estados Unidos ha rechazado una demanda colectiva contra Wal Mart por discriminación machista. Antes, un tribunal estadounidense había admitido una demanda contra la empresa Chiquita Brands por supuesta colusión con grupos armados colombianos en violaciones graves de derechos humanos contra la población civil.
 
Gobiernos, Organizaciones de la Sociedad Civil y empresas multinacionales han participado en la elaboración de estos principios del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas. El marco de la ONU de proteger, respetar y resarcir se apoya en tres pilares básicos: la responsabilidad que tienen los Estados de proteger a sus ciudadanos de abusos por parte de empresas, la responsabilidad que tienen las corporaciones de respetarlos y de “impedir” violaciones, así como de mitigar los impactos negativos de su actividad, y el acceso que deben tener las víctimas a una justicia efectiva en caso de que sean vulnerados sus derechos.
 
La debilidad de unos principios que sirven de guía radica en su carácter no vinculante, como sucede con la “responsabilidad social corporativa”. Sin embargo, cumplen una función declarativa por parte de los Estados y de una sociedad civil con una creciente participación en los procesos relacionados con el derecho internacional, cada vez más ocupado de la actividad de grandes empresas. Declaraciones reiteradas y conductas en un mismo sentido contribuyen al nacimiento de normas internacionales, algo que ya abordan los Estados al ver rebasado su poder por grandes multinacionales.
 
El crecimiento de las grandes corporaciones y su internacionalización junto con la de los mercados financieros altera la toma de decisiones en el plano internacional. Hay más de 80.000 empresas multinacionales, 800.000 subsidiarias y millones de medianas y pequeñas empresas en el mundo, según Naciones Unidas, por tan sólo dos centenares de países. A pesar de la amenaza a la capacidad de actuación de los gobiernos en el plano internacional, el Estado se mantiene como fuente legítima de derecho. Las normas internacionales se crean por medio de tratados que obligan a los Estados firmantes o por medio de derecho consuetudinario, lo que se conoce como “costumbre”. Los Estados muestran mayor receptividad a la hora de obligarse por un tratado cuando consideran que se trata de una norma que refleja el comportamiento de los Estados. En esto no sólo influyen las empresas, sino también una sociedad civil cada vez más sensibilizada. También la práctica de los Estados y el “elemento psicológico” de las normas influyen en los tratados por los que deciden obligarse.
 
Los Estados de derecho cuentan con los cauces democráticos adecuados para promover leyes encaminadas a proteger a sus ciudadanos de posibles abusos por parte de empresas. Este esfuerzo se ha visto torpedeado por lobbies que financian campañas políticas a cambio de leyes favorables a sus intereses privados. Así sucede con las aseguradoras médicas en Estados Unidos, algunas de las grandes empresas farmacéuticas y la industria militar. También con el fenómeno conocido como puerta giratoria, cuando los políticos compaginan su función pública con asesorías privadas. Dick Cheney y Donald Rumsfeld se negaron a renunciar a las juntas directivas de grandes empresas, a pesar de existir conflicto de intereses. Tony Blair, Gerhard Schröder, José María Aznar y Felipe González utilizan sus conocimientos y contactos que consiguieron en sus años como políticos para sus asesorías a empresas privadas, pero sin renunciar a su pensión vitalicia y otros privilegios de status que pagan los ciudadanos con sus impuestos.
 
Siguen en pie propuestas legislativas para limitar la influencia de los lobbies en el juego democrático, y luego en la actividad de empresas privadas en el extranjero. También para que los antiguos presidentes y primeros ministros renuncien a su pensión vitalicia si deciden trabajar en la empresa privada.
 
Separación de poderes para resarcir y para castigar; formación judicial cosmopolita y sensible a los derechos fundamentales para que no primen cuestiones obsoletas de forma sobre el fondo: el respeto de los derechos humanos universales. Al mismo tiempo, que las empresas tengan claras las reglas de juego en esta materia a la hora de invertir. Aún tienen margen los Estados con una sociedad civil cada vez más alerta.
 
- Carlos Miguélez Monroy es Periodista, coordinador del CCS
https://www.alainet.org/es/articulo/150734
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