Los Impactos del Conflicto sobre la Salud Reproductiva y la Respuesta Política 14 años después de la ICPD

Conflicto continuo, violento e invisible

31/08/2008
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Fue a comienzos de los noventa cuando la atención mundial comenzó a centrarse en la provisión de salud reproductiva y servicios a la población afectada por conflictos. En particular, la crisis en la antigua Yugoslavia y en Ruanda aumentó la conciencia pública sobre el incremento de los riesgos en la salud de mujeres consideradas refugiadas y desplazadas internamente. Sus casos fueron presentados durante la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo (ICPD) en El Cairo en 1994.

 

En la ICPD, 179 países se pusieron de acuerdo en un plan para transformar y subvencionar programas de salud reproductiva. El documento final y el Programa de Acción (Poa) de ICPD piden acceso universal a servicios básicos de salud reproductiva y medidas específicas para promover el desarrollo humano y el estatus social, económico y de salud de las mujeres. Específicamente, el Poa afirma que “xxx en la planificación e implementación de las actividades de asistencia a refugiados, se le debería dar una atención especial a las necesidades de mujeres y niños refugiados. A los refugiados se les debería suministrar el adecuado alojamiento, educación, servicios de salud, incluido la planificación familiar xxx” Como resultado de la conferencia, tuvo lugar en junio de 1995 un Simposio Inter-Agency (Entre-Organización) sobre la Salud Reproductiva respecto a la situación de los refugiados. En el simposium, se formó un grupo de trabajo y se desarrolló un manual de campo entre-organización. El manual fue finalizado en 1999, es un documento técnico que sitúa la salud reproductiva dentro de los servicios esenciales de atención primaria que deben ser administrados en caso de emergencia. Para complementar el manual, la Organización Mundial de la Salud en el 2000 diseñó una guía de gestión, “La salud Reproductiva durante los conflictos y desplazamientos: una guía para los directores de programas”

 

Catorce años después del ICPD y nueve años de implementación del manual y otras guías posteriores, la Red Mundial de Mujeres por los Derechos Reproductivos (RMMDR) mira la condición actual de la salud reproductiva a través de consultas, de entrevistas informales y de estudios del proceso e informes de ello, más de mil organizaciones miembro e individuos, muchos de los cuales están en estados en conflicto, en el sur del mundo. Del informe de los miembros de WGNRR, las realidades actuales muestran el impacto de los conflictos en la salud reproductiva como una continua violencia aunque invisible. Aunque los recursos, tales como las directrices para la intervención del VIH/ SIDA, las directrices para la violencia sexual y de género, herramientas de evaluación y módulos de entrenamiento, y manuales de campo que comprenden una respuesta integrada, están disponibles, esto mismo es externo a las partes involucradas en ello, y están fuera del contexto socio-histórico y de la presente matriz político- económica del conflicto.

 

La pobreza germina los conflictos sociales violentos. Los gobiernos que representan los intereses de la elite minoritaria y las clases sociales poderosas suprimen los esfuerzos de la población pobre por las reformas sociales y la justicia, así, provocan los conflictos sociales. En la actualidad, más de 50 países se encuentran en el medio de conflictos sociales armados. La mayoría son conflictos internos en países pobres o en vías de desarrollo, pertenecientes a la parte sur del mundo.- África, Asia y Sudamérica.

 

En otras situaciones de conflicto, la pobreza incrementa la vulnerabilidad de la población ante el impacto de desastres naturales, calamidades y emergencias. Esto es debido a la falta de educación científica, de mecanismos y recursos para prevenir los desastres, de gestión, de asistencia y de rehabilitación en muchos países pobres o en vías de desarrollo.

 

Al mismo tiempo la pobreza es un suelo fértil para el fundamentalismo. En medio de la depresiva pobreza muchos encuentran razones y esperanza en el dogma fundamentalista de culpar de su desesperada situación a otras religiones y a la cultura occidental que induce a la gente a alejarse de los valores y prácticas conservadoras de la religión. Sin reclamar, en particular, que la cultura occidental es, de hecho, neutral e inculpable. Digamos que el dogma religioso es la base ideológica para germinar el odio en las masas contra Occidente y justifica guerras étnicas e internas, guerras sagradas, ataques suicidas, etc. Consiguientemente, el fundamentalismo intensifica más el conflicto.

 

La pobreza no es un fenómeno social reciente. Es un problema social profundamente arraigado en la historia colonial de muchos países pobres de África, Asia y Latinoamérica. En retrospectiva, la colonización ha tenido éxito en contraste con las civilizaciones primitivas y la defensa tribal de las comunidades aborígenes en la parte sur del mundo. El control económico-político de las potencias coloniales se ha incrustado estructuralmente, interrumpiendo los estados naturales de desarrollo social y manipulando el estado de muchos de los “estados” tribales.

 

En África, por ejemplo, la pobreza y el origen de la mayoría de los conflictos armados están intrincadamente unidos al colonialismo en el momento en que las potencias coloniales juntaron diferentes tribus rivales para formar las naciones Africanas existentes hoy en día. En otros países africanos la lucha pos-independiente degeneró en una lucha por el poder.

 

En Asia y Sudamérica, muchas guerras civiles y situaciones de insurrección son luchas de justicia social contra los gobiernos neo-coloniales corruptos.

 

Con este escenario de la pobreza, otro factor que intensifica su impacto de una forma peculiar y necesita ser mirado es el factor del Género, porque el género estratifica el efecto de la pobreza.

 

De los 1.3 billones de personas que viven en extrema pobreza el setenta por ciento son mujeres, ellas comprenden casi un cuarto de la población mundial que vive con menos de un dólar al día. Las mujeres están faltas de, entre otras cosas, educación y prestación sanitaria. Los hombres tienen más libertad para buscar trabajo y escapar de la pobreza. A las mujeres frecuentemente se las deja atrás para cuidar de los niños, y permanecen así en el ciclo de la pobreza. De esta forma, la “feminización” de la pobreza ha agravado el desbalance social, de género y económico en los países en vías de desarrollo. Las mujeres además sufren la mala salud.

 

Si las mujeres tienen acceso a salud reproductiva, información y servicios. Ellas pueden: 1) tomar el control de su fertilidad y romper el ciclo de embarazos continuados, haciendo posible así que puedan buscar trabajo o formación y aumentar los ingresos familiares; 2) mejorar su propia salud y la tasa de supervivencia de sus hijos; y 3) protegerse ellas mismas de las enfermedades de transmisión sexual, incluyendo el VIH/SIDA, trabajar hacia la autonomía y la igualdad de género.

 

Como en la pobreza, durante los conflictos, mujeres y hombres difieren en el acceso a recursos y a la toma de decisiones. Ellos juegan diferentes roles en la gestión y resolución de conflictos, en la construcción de la paz y la reducción de la violencia. También tienen diferentes necesidades situacionales, intereses y estrategias. Así, el impacto de los conflictos en las mujeres es peculiarmente violento y continuo.

 

El efecto en la entrega de servicios médicos y de reproducción: durante los conflictos, los servicios médicos y las facilidades pueden ser destruidos y el personal sanitario puede convertirse en blanco. Durante el genocidio de Ruanda, más de la mitad de los trabajadores sanitarios fueron asesinados. En Bosnia Herzegovina, el cuarenta por ciento de los médicos se fue del país y nunca volvió. Las sanciones contra los países en conflicto, también pueden afectar a la salud reproductiva de las mujeres y a su acceso a asistencia sanitaria y a servicios. En Irak, después de la Guerra del Golfo, el acceso de las mujeres a asistencia ginecológica disminuyó y en Servia, durante el periodo de sanciones, murieron más mujeres en edades comprendidas entre los 25 y 44 años, que en el año anterior. Los conflictos también afectan adversamente a la seguridad y efectividad de la entrega de SRHR &S de varias formas, incluyendo la ruptura de los servicios sanitarios, la movilidad forzada de los refugiados y los desplazamientos internos de personas (IDPs), la malnutrición y las epidemias que disminuyen la fortaleza e inmunidad de las mujeres enfermas y las que amamantan. La vulnerabilidad de las mujeres se exacerba en situaciones de conflicto, debido al aumento de los niveles de violencia, la falta de seguridad y el pobre acceso a una asistencia médica segura. Por ejemplo, la mayor parte de las facilidades médicas de Esast Timor fueron destruidas durante el conflicto de violencia y los disturbios, esto afectó a la salud reproductiva de incontables mujeres. En Bougainville, el bloqueo y la destrucción de hospitales y clínicas de salud por el Papua New Guinean Defence Force (PNGDF) afectó fuertemente a la salud materna y a la de los niños. En Afganistán en 2001, cientos de afganos cruzaron los bordes de Irán y Pakistán, entre ellos miles de mujeres embarazadas huyendo del conflicto de violencia. Los pobres servicios sanitarios afganos y el aumento de la malnutrición incrementó el peligro para las mujeres durante el embarazo y el parto. Adicionalmente, el Desarrollo de Fondos de Naciones Unidas para mujeres (UNIFEM) informó que países africanos con un alto nivel de mortalidad maternal- incluyendo la Republica Democrática del Congo (DRC), Sierra Leona y Eritrea- son países que han experimentado años de conflicto e inestabilidad.

 

La violencia de Género: En Colombia, 43 mujeres de 100 han sido víctimas de violencia sexual. En El Congo, las violaciones en grupo, la amputación de pechos, la introducción de objetos en la vagina, tales como rifles, la esclavitud sexual, y la transmisión deliberada del VIH/SIDA permanece endémica. En Nepal, las mujeres jóvenes son forzadas por sus padres a casarse muy pronto, los años de conflicto han acabado en una falta de seguridad social, afectando dramáticamente a la salud reproductiva de las mujeres jóvenes. En Sri Lanka, un programa de esterilización que comenzó en 1978 ha esterilizado sistemática y radicalmente a más del 70% de las mujeres que viven en las plantaciones de té, en un intento por reducir las minorías étnicas y religiosas. En Kenia, se informó de un incremento en los incidentes relacionados con violaciones, casi inmediatamente después de las elecciones de Diciembre y la consiguiente violencia a finales de 2007. Después de los horribles efectos del Pacific Tsunami en Diciembre de 2004, los informes sobre agresiones sexuales y explotación en campos a lo largo de la región, incrementaron dramáticamente.

 

La reproducción y otros problemas de salud: Durante conflictos y desplazamientos, la vulnerabilidad física y social de las mujeres aumenta. El estrés y la malnutrición ponen en peligro la salud de las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia y de sus hijos. La red extendida del apoyo familiar durante el periodo de embarazo y de lactancia, se pierde. Las mujeres traumatizadas puede que no tengan apoyo práctico o emocional. La mortalidad y morbosidad maternal aumente durante los conflictos ya que las mujeres no pueden acceder o llegar a los hospitales a tiempo. Se estima que 1 de 20 violaciones durante los conflictos acabarán en embarazos no deseados. Servicios de aborto legal, seguro y accesible, raramente existen en situaciones de conflicto, haciendo así que las mujeres tengan que buscar medios de aborto ilegal e inseguro. Las Naciones Unidas estiman que hasta un 50 por ciento de las muertes de maternidad en un entorno de refugiados son resultado de abortos inseguros. Muchas mujeres sufren de varias infecciones y pérdida de sangre, heridas debilitantes e infertilidad como consecuencia de una aborto inseguro. En el caso de la guerra de Vietnam, más de 30 años después de que los soldados americanos esparcieran más de 12 millones de galones del herbicida Agent Orange en aproximadamente 4.5 millones de acres de tierra en los años 60, su impacto continúa en diferentes generaciones de mujeres y hombres vietnamitas. Los hijos de sus hijos continúan hasta la fecha sufriendo la falta de órganos reproductivos o anomalías en ellos, abortos, cánceres cervicales, mortalidad infantil, defectos en los nacimientos y otras dolencias.

 

El impacto en los adolescentes: Durante los conflictos, la destrucción de las estructuras sociales afecta adversamente el crecimiento emocional y psicológico y al desarrollo sexual de los adolescentes. La ausencia de formas tradicionales que guíen en la transición hacia la edad adulta puede dar como resultado un incremento de comportamientos de riesgo desde una temprana edad, incluyendo el abuso del tabaco, las drogas y el alcohol. La nutrición pobre y la violencia pueden ser impuestas a los adolescentes y por ellos mismos. Sus deseos de planear el futuro pueden disminuir, afectando a la motivación adolescente y a la habilidad de tomar los pasos necesarios para evitar STIs, VIH/SIDA y embarazos no deseados. Las chicas adolescentes, ambas, casadas y no casadas, que se quedan embarazadas, pueden verse sin el apoyo necesario para el embarazo, el nacimiento y la cría del niño. El riesgo de abortos inseguros también aumenta cuando tanto las redes de apoyo social como los servicios médicos son interrumpidos. El representante de la Organización Mundial de la Salud (WHO) en Liberia estima que el 80 por ciento de chicas desplazadas tienen una aborto provocado a la edad de 15 años. Menores sin acompañar, ya sean chicos o chicas, son especialmente vulnerables a la violencia y a otras formas de explotación sexual. Puede que pasen a la prostitución para sobrevivir. También son mucho más vulnerables a una salud pobre en general. En El Salvador, los estudios muestran que hay un gran índice de suicidios entre los refugiados adolescentes. Adicionalmente, la idea de agresividad masculina aprendida por soldados niños y adolescentes puede tener, a largo plazo, un profundo y negativo impacto en su propia salud reproductiva y así también en las comunidades con las cuales ellos están en contacto.

 

A pesar del continuo impacto violento de los conflictos en la salud reproductiva y sexual y en los derechos de mujeres y niñas, 14 años después de la respuesta política de ICPD, esta preocupación particular permanece invisible en los procesos legales y en la construcción de políticas a diferentes niveles.

 

Tres campos interrelacionados de la ley internacional proporcionan protección directa e indirecta a los derechos de reproducción de las mujeres y las niñas en situaciones de conflicto y de aquellos clasificados como refugiados y desplazados internos. Estas son 1) la ley general internacional de derechos humanos 2) la ley de refugiados y 3) la ley humanitaria.

 

Mientras que la ley general internacional de derechos humanos provee una sólida base legal para los derechos reproductivos, la ley internacional de derechos humanos tiene unos cuantos errores. Sus mecanismos de imposición son notoriamente débiles, y en el caso de ICESR, se limitan a informar a países pertenecientes al tratado. Los tratados en general no crean obligaciones legales para sujetos no gubernamentales, tales como grupos insurgentes, y ciertos derechos humanos pueden ser suspendidos en épocas de guerra o de seria emergencia nacional, precisamente en momentos en los que mujeres y niñas en situaciones de conflicto probablemente necesiten esta protección. Incluso, tratando con sus propios ciudadanos, muchos estados son reacios a respetar las obligaciones fijadas incluidas en los tratados de derechos humanos que han ratificado.

 

La ley humanitaria, por otro lado, consiste principalmente en la Convención de Génova de 1949 y los dos protocolos adicionales de 1977, y aplicada a los no combatientes en conflictos internacionales armados, y en determinadas situaciones de conflictos internos armados. Sin embargo, la ley humanitaria no cubre todas las situaciones de conflicto armado, y hay más probabilidades de que se discuta su aplicación en los casos de guerras civiles o internas. Además, mientras que provee un importante complemento para la ley de derechos humanos en cuanto a la provisión de asistencia sanitaria en época de conflictos armados, solo contiene una mención muy limitada de la salud reproductiva, con foco en las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia.

 

Mientras tanto, la definición de refugiado bajo la Convención de Refugiados y el Protocolo de Refugiados, y la protección y asistencia que viene con ello, se aplica solo a aquellos que cruzaron una frontera internacional, y esto no se aplica formalmente a aquellos que están internamente desplazados. Aunque el UNCHR en los últimos años ha ido, incrementadamente, tomando responsabilidad por ciertos grupos de personas desplazadas internamente y refugiados fuera de la convención, todavía se resiste a aceptar completa responsabilidad.

 

A continuación se presenta un avance a nivel internacional de los procesos de creación de políticas. La realidad a nivel nacional es muy diferente y muy triste. La salud sexual y reproductiva y asuntos relacionados con los derechos en situaciones de conflicto especialmente al nivel nacional de los procesos de creación de políticas permanecen invisibles. La relación de miembros de WGNRR revela que la mayoría de las obligaciones de estas leyes internacionales, especialmente aquellas que tratan sobre la protección de la salud sexual y reproductiva y los derechos en situaciones de conflicto, son 1) desconocidas por las partes del conflicto y el público general; 2) incluso si se conocen, no hay mecanismos para implementarlas; 3) no están incluidas en las políticas

y principios del estado específicamente con respecto a la resolución y gestión de conflictos; 4) no están apoyadas por la legislación nacional; 5) Tampoco están ni monitorizadas ni presentadas por el gobierno; y, 6) tampoco están explicitadas en la agenda de las conversaciones y procesos de paz, tampoco en los programas de gestión de desastres.

 

Conectando los asuntos de salud sexual y reproductiva y los derechos en situaciones de conflicto al contexto histórico de que la pobreza es un germen para el conflicto, mayoritariamente en sur del mundo, entonces se puede entender que los asuntos mencionados sean una parte necesaria sino inherente, de la lucha nacional contra la pobreza y por la justicia social. En este marco, será entonces importante que la protección de la ley internacional sea integrada con la justicia nacional y las políticas de resolución de conflictos. De esta forma, la lucha por la salud sexual y reproductiva y los derechos se convierte en interna a las partes del conflicto y trata directamente el contexto histórico y los dinamismos económico-políticos del conflicto.

 

La invisibilidad de las políticas internacionales de RSHA y de mandatos a nivel nacional y a nivel de base en los procesos de creación de politica internacional, son los retos políticos que WGNRR ve 14 años después del ICPD.

 

(ICPD) (1994) como “el estado de integridad física, mental y social en todos los sentidos, relacionado con el sistema de salud reproductiva y sus funciones y procesos. Esto implica que las personas tienen la capacidad para reproducir y la libertad para decidir si quieren hacerlo, cuándo y con qué frecuencia”. La salud reproductiva no es solo la ausencia de una enfermedad o debilidad, Los Derechos Reproductivos y Sexuales, de acuerdo con el ICPD, incluyen derechos humanos ya reconocidos en las leyes nacionales y en los documentos internacionales de derechos humanos tales como la Declaración de los Derechos Humanos. Estos incluyen el derecho de una persona a: (1) la información, la educación, las habilidades, el apoyo y los servicios necesarios para tomar decisiones responsables sobre la sexualidad en coherencia con sus propios valores: (2) la integridad física y las relaciones sexuales voluntarias; (3) expresar la propia identidad sexual sin sufrir violencia o discriminación; (4) decidir libre y responsablemente el número de hijos, y el tiempo en el que deciden tenerlos cada uno y la información y los medios para hacerlo; (4) lograr el más alto estándar de salud sexual y reproductiva; y (5) tomar decisiones respecto a la reproducción libres de discriminación, coerción o violencia. R

 

ii) La definición connotativa de conflicto que originariamente se refiere a contradicciones armadas entre partes de ideologías políticas y/o religiones opuestas, gradualmenteevolucionó hacia un concepto más amplio para incluir las actuales situaciones de guerra y emergencia “caracterizado por una total ruptura de las reglas de la ley, la seguridad y las estructuras de la comunidad (2008 pide un documento de campaña de acción por La Red Mundial de las Mujeres por los Derechos de Reproducción)

iii) Las mujeres sobrevivientes del conflicto de Ruanda las cuales estaban viviendo como refugiadas en Tanzania, presentaron su situación durante el ICPD de 1994. Desde entonces una cooperación entre organización con énfasis en el género acentúa un nuevo concepto de asistencia humanitaria (parafraseando a Susan Purdin, Consejera Técnica Senior, Salud Reproductiva, Comité internacional De Recate, de su trabajo publicado “ Tratando la salud Reproductiva en contextos de conflicto”.

iv) La convención de Refugiados (Artículo 1.A (2) y el Protocolo de Refugiados (Articulo 1.2) definió un refugiado como “cualquier persona que debido al miedo fundado de ser perseguido por razones de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social particular o a una opinión política particular, está fuera del país de su nacionalidad y es incapaz o debido a dicho miedo, no quiere mostrarse; o aquel que, sin tener la nacionalidad o estando fuera de su país de residencia habitual como resultado de tales eventos, es incapaz o debido a dicho miedo, no está dispuesto a volver a su país.

v) La ley internacional no define a las personas desplazadas internamente, pero una definición autorizada por el representante del secretario general de Naciones Unidas, usada por el Oficial de Coordinación de Asuntos Humanitarios de UN y apoyada por el alto comisario de UN para refugiados, es la definición de refugiado como : “ una persona o grupo de personas las cuales han sido forzadas u obligadas a huir o a abandonar su casa o lugares habituales de residencia, particularmente como resultado o para evitar los efectos de los conflictos armados, situaciones de violencia generalizada, violación de derechos humanos o desastres naturales u ocasionados por los hombres, y los cuales no han cruzado una frontera reconocida internacionalmente” (2000)

i) Dirigida principalmente a los directores de salud, el Inter-Agency Field Manual (Manual de Campo entre-organismo) se asegura del Paquete Mínimo Inicial de servicios (MISP) el cual comprende esos servicios que se necesitan en una primera fase de emergencia. Otros capítulos del Manual cubren las áreas técnicas de la maternidad segura, la violencia sexual y de género, la transmisión de enfermedades sexuales incluyendo el VIH y el SIDA, y la planificación familiar. El Manual también cubre la salud reproductiva de la gente joven, vigilando y supervisando la informacion, la educación y la comunicación, y las apreciaciones legales. Para facilitar la implementación de MISP, las UNFPA crearon en 1998 el Kit de salud reproductiva para Situaciones de Emergencia.

vii) El fundamentalismo religioso se refiera a un “compromiso profundo y total” a una creencia en la infalibilidad e inerrancia de las sagradas escrituras, la autoridad religiosa absoluta y una estricta adherencia a una serie de principios básicos (fundamentales), lejos de los compromisos doctrinales con la moderna vida social y política.

vii) Citando a Samanth Guy, Directora, Salud Reproductiva por la iniciativa de Refugiados, de su trabajo “El Impacto de los Conflictos en la Salud Reproductiva”

ix) ibid

x) Citando Ancil Adrián-Paúl, Gillian Lobo, Guillermo Suárez Sebastián y Menrk Tareke de su trabajo “Salud Sexual y Reproductiva, Derechos y Servicios” como un impulso desde la seguridad global, Paz Sostenible, un Juego de herramientas para el Apoyo y la Acción

xi) Ibid.

 

 

LEYES GENERALES INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS

 

La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación sobre las Mujeres (CEDAW): Artículo 12 de CEDAW requiere que los estados eliminen la discriminación contra las mujeres en el acceso a servicios médicos a lo largo de todo su ciclo vital, particularmente en las áreas de planificación familiar, embarazo y parto. La convención acentúa que el acceso a asistencia sanitaria, incluida la salud reproductiva, es un derecho básico. También apela a los gobiernos a proveer servicios apropiados relacionados con el embarazo, el parto y la lactancia.

 

La Convención sobre Todas las Formas de Discriminación Racial promueve los derechos a los más altos estándares de salud, incluido la salud reproductiva en el párrafo 5e (IV).

 

La Conferencia Internacional Sobre Población y Desarrollo (Cairo, Egipto, 1994) resultado del PoA que establece el contexto de la promoción de la salud y la protección en todas las situaciones, incluyendo la salud reproductiva. Párrafos 7.2-8.35 apelan a los gobiernos a tomar un número de acciones para promover el derecho de un individuo al más alto estándar de salud, incluyendo la salud reproductiva y los derechos. La revisión del ICPD se ocupa del asunto en los párrafos 52-72.

 

La Plataforma de acción de Beijing (BPFA, 1995) y Beijing +5 (2000): la BPFA incorpora gran parte del lenguaje de derechos de reproducción. La plataforma declara que “la buena salud es esencial para llevar una vida plena y productiva, y los derechos de todas las mujeres para controlar todos los aspectos de su salud, en particular su propia fertilidad, son básicos para su autonomía”.Va más lejos afirmando que “los derechos humanos de las mujeres incluyen el tener control y decidir libre y responsablemente acerca de asuntos relacionados con su sexualidad, incluyendo la salud sexual y reproductiva, libre de coerción, discriminación y violencia”.

 

El Convenio Internacional sobre lo Social Económico y los Derechos Culturales (ICESCR): el artículo 12 del ICESCR reconoce los derechos de todos a los más altos estándares de salud física y sexual. Los gobiernos están obligados a tomar todos los pasos necesarios para reducir los mortinatos y la mortalidad maternal.

 

La Convención sobre los Derechos del Niño (CRC) reconoce la responsabilidad de los gobiernos de promover los derechos de los niños (ver el capítulo sobre la seguridad de los niños). También promueve los derechos de los servicios de planificación familiar.

El artículo 24 exige a los gobiernos que aseguren la adecuada asistencia prenatal y postnatal para las madres. El artículo 34 exige a los gobiernos proteger al niño de todas las formas de explotación y abuso sexual, y pide a los gobiernos tomar todas las medidas apropiadas y efectivas con vistas a abolir prácticas tradicionales que dañen la salud de los niños. Casi todos los gobiernos han firmando esta convención. Es por lo tanto una fuerte herramienta para hacer a los gobiernos responsables.

 

El Portavoz especial de Naciones Unidas sobre la violencia contra las mujeres: desde el nombramiento de un Portavoz Especial sobre la violencia contra las mujeres en 1994, las Naciones Unidas han recibido informes regulares sobre la prevalencia de diferentes formas de violencia, la respuesta legal existente y las recomendaciones para la acción. Estos informes, disponibles en inglés, francés y español, tratan la violencia dentro de la familia, la siguiente serie; violación dentro del matrimonio, incesto, prostitución forzada, violencia contra los trabajadores domésticos, el abuso de los niños e infanticidio femenino, la violencia en la comunidad, incluida la violación, la violencia sexual, el acoso sexual, tráfico de mujeres y prostitución forzada, la violencia contra trabajadores inmigrantes y refugiados, la violencia contra las mujeres en tiempos de guerra y en el sistema criminal de justicia y el extremismo religioso. El Portavoz Especial sobre la Violencia contra las Mujeres también ha tratado políticas y practicas que tiene un impacto en los derechos de reproducción de las mujeres.

 

 

UN Security Council Resolution 1325 (Octubre 2000) Mientras que esta resolución no autoriza específicamente la protección de la salud reproductiva y sexual y los derechos de las mujeres, si llama a todas las partes de conflictos armados para tomar medidas específicas para proteger a las mujeres y a las chicas contra la violencia de género.

 

Fuente: Red Mundial de Mujeres por los Derechos Reproductivos (RMMDR). www.wgnrr.org

https://www.alainet.org/es/articulo/130786

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