Qué ha pasado con el Acuerdo Humanitario?

18/09/2008
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Los cambios en el contexto político, en la dinámica del conflicto armado y la situación de sus actores conllevan la notoria limitación de la posibilidad de conseguir el acuerdo humanitario entre el Gobierno y las FARC. Se discute entonces, sobre su real posibilidad y se consideran las opciones de la liberación unilateral de los rehenes y secuestrados por parte de la guerrilla y si resultan viables nuevos rescates militares. En consecuencia, es preciso reafirmar que cualquier circunstancia de la guerra resultan convenientes los acuerdos especiales o humanitarios y que en nuestras condiciones es la opción menos riesgosa para las víctimas y más favorable para el entendimiento en torno a soluciones humanitarias y en perspectiva de la paz. En contraste, los rescates militares tienen el mayor riesgo para las víctimas y en nuestro caso han derivado en violaciones a los derechos humanos y al derecho humanitario[2]. Pero a la vez, la importante y justificada presión política que demanda la liberación inmediata y sin condiciones de los secuestrados, puede conseguir nuevas liberaciones unilaterales de las FARC, con el consiguiente apoyo del Gobierno y de facilitadores internos e internacionales, lo cual constituye una forma de acuerdo humanitario que recurre a la intermediación.

 

Aunque formalmente el presidente Uribe, no ha descartado la posibilidad del acuerdo humanitario, su política prioriza el rescate militar y en su estrategia de ganar guerra desestima en las actuales condiciones el reconocimiento y el entendimiento político con las guerrillas. Cuando se dio el momento más próximo a conseguir el acuerdo humanitario, con la facilitación del presidente Chávez a finales del año pasado, suspendió las gestiones abruptamente para evitar el necesario costo político producido en el ámbito internacional e interno y dio prioridad a mantener la aplicación de su plan de guerra. Pero ahora, tras el logro de las liberaciones con la Operación Jaque, el amplio repudio interno e internacional a las FARC por la práctica del secuestro y los triunfos militares conseguidos, resulta bastante improbable que el Gobierno manifieste disposición para el entendimiento y todo indica que persistirá en sus empeños militares como forma de lograr las demás liberaciones. El Presidente retomó la orden de los rescates militares con apoyo en cercos militares y operativos de fuerzas especiales, pero, denominándolos equivocadamente como “humanitarios”, a la vez que ofrece altas recompensas, beneficios penales y acceso a los programas de reincorporación a los desertores de las filas guerrilleras que rescaten o consigan apoyar los operativos militares para el efecto.

 

Los decretos presidenciales emitidos a título de lograr un acuerdo humanitario buscan la ex carcelación de guerrilleros de las FARC, de forma que pierda importancia la exigencia de lograr su liberación y se resuelva un motivo importante para el acuerdo humanitario de intercambio. No obstante, puede entenderse positivo que se brinden beneficios penales a personas condenadas por motivo del conflicto armado, siempre y cuando no se incluya a quienes tengan responsabilidad sobre delitos no amnistiables.

 

De igual manera es positivo que presos de la insurgencia renuncien a la guerra y retornen a la civilidad, pero, desafortunadamente ello no se debería orientar con la negativa figura legal que posibilita removilizarlos en acciones contrainsurgentes que con frecuencia se asocian a arbitrariedades y violaciones de derechos humanos, estimuladas por el pago oficial de recompensas.

 

En el 2007, el Gobierno habló de beneficiar de tal manera a más de un centenar de presos de la guerrilla, pero, no se resolvió el instrumento legal para conseguirlo. Luego fracasó el Decreto 880[3] que pretendía sustituir el acuerdo humanitario de intercambio en el contexto de la misión humanitaria unilateral que fracasó. Su error fue prever sin fundamento que las FARC, harían liberaciones unilaterales previas. Los organismos de derechos humanos criticaron el que no se establecieran limitaciones en los delitos excarcelables. El delegado de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Javier Hernández, exhortó al Gobierno a no otorgar beneficios a integrantes de grupos armados ilegales procesados o condenados por crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra, pues, en su concepto equivaldría a concederles amnistía e indulto, lo cual no está permitido por el derecho internacional ni por el derecho interno[4]. Posteriormente, el Gobierno expidió el Decreto 1059[5], denominado “Decreto de Acuerdo Humanitario”, paradójicamente destinado a reducir las penas a los presos de las FARC que acepten salir de la lista del acuerdo humanitario de intercambio y se acojan al programa gubernamental de desmovilizaciones individuales incluidos también, presos por delitos no indultables ni amnistiables quienes tendrían la opción de acogerse a la Ley de Justicia y Paz. Sin embargo, una decisión del Consejo de Estado cuestionó la validez de la supuesta desmovilización de población carcelaria y de acogimiento a la Ley de Justicia y Paz, por cuanto no se cumplen las exigencias de ley de la entrega voluntaria ante la justicia.

 

A tono con el actual contexto los términos para un eventual acuerdo humanitario con las FARC han variado; los cambios en el contexto político y militar desfavorecen claramente a la guerrilla, de manera que ya no incluyen en sus exigencias la desmilitarización de municipios y mientras crece el interés político y la presión interna e internacional a favor de la libertad de los civiles tomados como rehenes, y de los miembros de la fuerza pública capturados y sometidos a condiciones ignominiosas por las FARC, simultáneamente decrece el interés por los presos de la guerrilla y se suceden los ofrecimientos de alternativas penales diferentes al canje humanitario. En efecto, el dilema para los primeros es claro: acuerdo humanitario para conseguir la libertad en forma expedita y con mínimos niveles de riesgo o quedar cautivos sin expectativa de libertad a través el tiempo, en indignas condiciones de vida y expuestos a un incierto rescate militar que conlleva el riesgo de perder la vida. Entre tanto, los presos de la guerrilla, aunque se registren casos de irregularidades y arbitrariedades en el sistema carcelario y en el ámbito jurídico, cuentan con términos legales y alternativas que hacen relativo y cada vez menos importante el interés por el acuerdo de intercambio humanitario.

 

La crisis que sobrevino en las relaciones diplomáticas entre Colombia y los países fronterizos de Venezuela, Ecuador y Nicaragua ha repercutido negativamente en las posibilidades del acuerdo. La violación de la soberanía territorial de Ecuador por parte de Colombia y las denuncias sobre supuesta tolerancia de estos países fronterizos con la presencia de las guerrillas colombianas ha ocasionado reclamos, tensiones y desconfianzas aún no cabalmente superadas. A pesar de la crisis en las relaciones de Colombia con varios países y del aislamiento ser el único país en la región que retoma como tal la estrategia antiterrorista de Estados Unidos, cobra fuerza la disposición de la cooperación de la comunidad internacional para fines humanitarios y con relación incluso al tratamiento político del conflicto armado interno colombiano. Sin embargo, el presidente Uribe, en la actualidad se resiste a aceptar la mediación internacional, desestimado y en ocasiones atacando injustamente, desde una posición de guerra intolerante en lo político, a los facilitadores internos  e internacionales.

 

En tales circunstancias, distintos sectores políticos, sociales y de opinión interna e internacional insisten en que se proceda con prioridad ante la urgencia humanitaria, de forma que no se impongan los intereses políticos y militares de las partes, se restituya la intermediación de varios países amigos, los apoyos internos necesarios y la intermediación humanitaria del CICR, necesaria de recuperar tras el carácter pérfido que revistió la Operación Jaque de forma que se encuentran ahora mayores dificultades para que las partes actúen en coherencia con la inmunidad que le asiste a los actores humanitarios. En los círculos de opinión pública interna e internacional sensibilizada se discute que resulta muy injusto que tras la liberación de Ingrid Betancourt y un grupo de rehenes, los demás y sobre todo los que no tienen mayor relevancia política no pueden quedar en el abandono. Por consiguiente, es preciso retomar las acciones de movilización, las exigencias y las contribuciones para conseguir soluciones humanitarias, liberaciones inmediatas e incondicionales de rehenes y, en el mejor de los casos, también, acuerdos humanitarios tanto con las FARC, como con el ELN, a instancias del acercamiento conseguido con el Acuerdo Base en La Habana[6].

 

Adicionalmente, más allá de la opción del acuerdo humanitario y de forma asociada y urgente de la exigencia de liberaciones unilaterales de los rehenes y del conjunto de los secuestrados en poder de la insurgencia, es necesario recuperar el tratamiento global de la agenda humanitaria. En el país los principios de lucha contra la impunidad y los derechos de las víctimas se han posicionado en la agenda política de manera importante con referencia a la verdad en los casos de violaciones sucedidas, el esclarecimiento histórico de las situaciones y de los responsables, la recuperación y efectiva aplicación de la justicia, la reparación integral de las víctimas y las garantías de no repetición de los graves crímenes sucedidos. La solución de la crisis en derechos humanos y en derecho humanitario es entendida de manara consustancial a la recuperación de la paz, para lo cual hay clara conciencia de que se requiere el más amplio acuerdo democrático y nacional, no obstante que el nivel de representación y de posibilidades de interlocución con la guerrilla se ha debilitado notoriamente.

 

- Álvaro Villarraga Sarmiento es Presidente de la Fundación Cultura Democrática, integrante del Consejo Nacional de Paz y de la Secretaría Ejecutiva de la Asamblea Permanente por la Paz

 

Fuente: Semanario Virtual Caja de Herramientas

Corporación Viva la Ciudadanía. www.vivalaciudadania.org



[2] Anteriores rescates militares ocasionaron el asesinato de los rehenes por las guerrillas y la reciente operación de rescate militar se realizó con base en el grave delito de perfidia cometido contra la inmunidad que revisten los operativos, símbolos, personal y medios de transporte humanitarios.

[3] Marzo 27 de 2008.

[4] La jurisprudencia colombiana sólo aplica amnistías e indultos a los delitos políticos y a los delitos comunes conexos, pero la niega para las conductas que constituyan graves infracciones al DIH como es del caso la toma de rehenes.

[5] El 10 de abril de 2008.

[6] El Acuerdo Base con el ELN incluye el acatamiento de la prohibición del secuestro, de las minas antipersonal y compromisos de las partes a favor de los desplazados, de los derechos de los líderes sociales y comunitarios y el compromiso estatal a evitar que sigan ocurriendo las desapariciones forzadas y otras violaciones.

https://www.alainet.org/es/articulo/129896
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