Grupo de trabajo de ONU sobre uso de mercenarios concluye visita a Ecuador
31/08/2006
- Opinión
El Grupo de Trabajo sobre el uso de mercenarios como medio de violar los derechos humanos y de obstaculizar el ejercicio del derecho de los pueblos a la libre determinación concluyó su visita a Ecuador, celebrada del 28 de agosto al 1 de septiembre de 2006.
El Grupo de Trabajo transmite su agradecimiento al Gobierno de Ecuador por su pronta invitación y por la cooperación demostrada durante la visita, lo cual es congruente con la invitación permanente formulada por el país a todos los mandatos de Procedimientos Especiales, así como con su condición de miembro del Consejo de Derechos Humanos. Durante su visita, el Grupo de Trabajo entabló un diálogo constructivo con los Ministerios de Relaciones Exteriores, Trabajo, Gobierno Nacional y Policía, diputados del Congreso Nacional, la Fiscalía General, el Tribunal Constitucional, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y la Oficina del Defensor del Pueblo, así como con autoridades provinciales y cantonales de Portoviejo y Manta. La delegación del Grupo de Trabajo también tuvo la oportunidad de reunirse con una amplia gama de organizaciones no gubernamentales, personalidades académicas e individuos.
El Grupo concluye así su visita regional a Latinoamérica. Durante su estadía ha recopilado información útil para el cumplimiento de su mandato, el cual consiste en estudiar e identificar las manifestaciones, problemas y tendencias emergentes con respecto a los mercenarios y actividades vinculadas a éstos, así como el papel de las empresas militares y de seguridad privadas y sus consecuencias sobre los derechos humanos. El Grupo de Trabajo en particular observa el número cada vez mayor de ciudadanos de países de la región contratados por subsidiarias de empresas transnacionales con personalidad jurídica en un país y que proporcionan servicios en terceros países.
En el caso concreto de Ecuador, en agosto de 2005 recibió mucha difusión la situación de una empresa privada sin registro legal que supuestamente reclutaba, mediante avisos publicados en la prensa, a ecuatorianos y colombianos para prestar servicios de seguridad en el extranjero. Se informó al Grupo de Trabajo que supuestamente se habrían celebrado entrevistas y contrataciones en la ciudad de Manta. El Grupo de Trabajo observa con beneplácito que las autoridades correspondientes respondieron sin dilación e iniciaron una investigación, sin embargo comunica la preocupación manifestada por la sociedad civil ante el retraso para concluir dicha investigación y dar a conocer sus resultados a la opinión pública.
El Grupo de Trabajo destaca la necesidad de contar con una clara legislación nacional para supervisar y controlar las actividades de las empresas nacionales y transnacionales de seguridad privadas para garantizar el cumplimiento de las responsabilidades del Estado en materia de protección y promoción efectivas de los derechos humanos. En este ámbito, el Grupo toma nota de las medidas legislativas y normativas recientemente adoptadas en Ecuador, como la Ley de Vigilancia y Seguridad Privada de 2003. Dicha ley proscribe la posibilidad de que funcionarios activos de las fuerzas armadas o de la policía sean socios o empleados de dichas empresas, con miras a evitar posibles conflictos de intereses. Al elaborar el reglamento de aplicación de dicha ley, se debe considerar la posibilidad de incluir un componente de formación adecuado en Derechos Humanos para los empleados de las empresas de seguridad privadas, como sugiere la Policía Nacional. El Grupo de Trabajo señala asimismo la Ley de Intermediación Laboral y Tercerización promulgada en 2005, la cual persigue el mejoramiento de la protección de las condiciones laborales del personal subcontratado, teniendo presente la información recibida, según la cual los guardias de seguridad con frecuencia sufren de explotación y trabajan en condiciones inhumanas. Se ha informado al Grupo de Trabajo que una asociación de empresas ha iniciado acciones ante el Tribunal Constitucional para impugnar dicha ley. Se ha indicado asimismo al Grupo de Trabajo que se está elaborando un reglamento anexo, el cual ha de incluir acuerdos tripartitos del Gobierno, empresas privadas y representantes sindicales. El Grupo de Trabajo acoge con agrado la intención de incluir en el reglamento una disposición para proporcionar atención psicológica y asistencia mediante trabajadores sociales, dado que existe una tasa elevada de suicidio del personal que labora en el sector de servicios de seguridad. Asimismo se ha informado al Grupo de Trabajo que las autoridades de Guayaquil habían subcontratado empresas privadas de seguridad de modo temporal hasta que se hubiera reclutado y entrenado un número suficiente de agentes de la Policía Nacional para satisfacer las necesidades de aplicación de la ley.
Las autoridades han informado al Grupo de Trabajo que el Ejército ecuatoriano protege los pozos, oleoductos y otras instalaciones de las compañías petroleras, ya que se les considera como áreas estratégicas que se debe salvaguardar por razones de seguridad nacional. El Grupo de Trabajo acoge con agrado que Ecuador esté aplicando las medidas cautelares adoptadas por el Sistema Interamericano de Derechos Humanos para proteger los derechos de varias comunidades indígenas, incluyendo la Sarayacu. Sin embargo, preocupan al Grupo de Trabajo informaciones recibidas desde sectores académicos y de la sociedad civil que señalarían que las acciones emprendidas por los pueblos indígenas con miras a reivindicar sus derechos legítimos, incluyendo el derecho a la tierra y a un medio ambiente sano, han sido consideradas como actos de terrorismo y sabotaje por sectores del ejército que ofrecen servicios de seguridad a las instalaciones petroleras.
Se ha informado al Grupo de Trabajo que las labores de fumigación aérea que realizan algunas empresas de seguridad privadas que trabajan en el contexto del Plan Colombia constituyen una amenaza para la población y el medio ambiente de la zona de la frontera norte de Ecuador. El Grupo de Trabajo acoge con beneplácito las medidas y disposiciones tomadas por el Defensor del Pueblo y el Congreso Nacional a este respecto, y toma nota de los procedimientos celebrados en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y de la demanda bajo acción de clase interpuesta ante un tribunal estadounidense. El Grupo de Trabajo observa que el Gobierno de Colombia ha accedido a la petición del Gobierno de Ecuador de suspender temporalmente las fumigaciones en una zona de diez kilómetros a todo lo largo de la frontera entre ambos países.
Habida cuenta de lo anteriormente expuesto, el Grupo de Trabajo desea formular las siguientes recomendaciones de índole preliminar:
- Pronta adhesión de Ecuador a la Convención Internacional contra el reclutamiento, utilización, financiación y entrenamiento de mercenarios de 1989, así como la tipificación en el Código Penal de actos cometidos por mercenarios y actividades conexas. El Grupo de Trabajo recibió indicaciones positivas del Congreso Nacional y del Ministerio de Relaciones Exteriores de que se tomará medidas con este fin.
- Adopción de un marco reglamentario para la aplicación de la Ley de Vigilancia y Seguridad Privada de 2003 y de la Ley de Intermediación Laboral y Tercerización de 2005. Los reglamentos deben en particular exigir una formación amplia en las áreas de normas internacionales de derechos humanos y el uso adecuado de armas por parte de las compañías de seguridad privadas y su personal.
- Conclusión expedita de la investigación emprendida por parte de las autoridades correspondientes, de la situación en torno a la empresa de seguridad privada que operaba desde Manta y ofrecía contratar a ciudadanos ecuatorianos y extranjeros para prestar servicios de seguridad en Iraq.
El Grupo de Trabajo elaborará un informe completo sobre su visita a Ecuador, el cual será presentado al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en 2007 y reflejado en el informe enviado a la Asamblea General.
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El mandato del Grupo de Trabajo sobre el uso de mercenarios como medio de violar los derechos humanos y de obstaculizar el ejercicio del derecho de los pueblos a la libre determinación fue creado por la Comisión de Derechos Humanos en 2005. El Grupo de Trabajo está compuesto de cinco expertos independientes que trabajan en sus capacidades personales: Sra. Najat Al-Hajjaji (Jamahiriya Árabe Libia), Presidenta-relatora Sra. Amada Benavides de Pérez (Colombia), Sr. José Luis Gomez del Prado (España) y Sra. Shaista Shameem (Fiji).
Si desea obtener más información sobre la resolución que establece el mandato del Grupo de Trabajo y sobre sus actividades, consulte la página web de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos: http://www.ohchr.org/english/issues/mercenaries/index.htm.
https://www.alainet.org/es/articulo/116938
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