Celebración del Día Mundial contra la Deuda Externa

15/05/2005
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Hoy, lunes 16 de mayo del 2005, en todo el mundo se celebraron diferentes eventos de movilización de la sociedad civil sobre la tematica de la anulacion de la deuda externa. En esta perspectiva la red internacional “Jubileo Sur” de Américas (www.jubileesouth.org ) está comprometida y en primera linea. Por ejemplo el domigo 15 de Mayo, la red Jubileo Perù realizó un acto litúrgico ecuménico con motivo del día internacional de la deuda a las 6.30pm, en la Iglesia Anglicana del Buen Pastor, bajo el lema "El Espíritu nos convoca a la Esperanza- Encuentro ecuménico de movimientos por la vida". El miércoles 8 de junio se organizará el lanzamiento en el Perú del Llamamiento a la Acción Mundial contra la Pobreza (banda blanca). En Lima será en en la Plaza San Martín a las 11a.m. Se leerá el Manifiesto que luego será entregado en Palacio de Gobierno y en la Municipalidad de Lima. El lema en el Perú es: "Con una economía al servicio de las personas: la pobreza ¡Ya FUE! al 2015 ". El martes 5 de Julio se realizaran visitas y concentraciones en las 7 embajadas del G7 (en vísperas a su Cumbre en Edimburgo). Rocío Valdeavellano, coordinadora de la Red Jubileo Perú, declara que "este año en que los gobernantes del mundo van a reunirse para evaluar los avances en torno a los Objetivos del Milenio, la Red Jubileo Perú se suma al Llamamiento Mundial a la Acción contra la pobreza. Insistimos a los gobiernos que cumplan los compromisos suscritos hace 5 años. Como parte de la acción de la "banda blanca" demandamos la cancelación de la deuda, comercio con justicia y el incremento de la calidad y la cantidad de la ayuda. En el Perú , 60 de cada 100 niños padece de desnutrición crónica .....esta situación debe cambiar YA! " En Colombia se ha previsto el evento de lanzamiento de la Campaña Nacional “En Deuda con los Derechos” para los días 26 y 27 de mayo en Bogotá. Se llevará a cabo un seminario internacional sobre deuda pública con la participación de investigadores colombianos y de invitados de Jubileo Sur, Comité por la Anulación de la Deuda del Tercer Mundo, Estrategia Andina, Amazónica y Centroamericana de lucha contra la Deuda, Observatorio de la Deuda en la Globalización, entre otros. Los coordinadores Libardo Herreno Hernandez y Lyda Fernanda Fonero explican que “la campaña "EN DEUDA CON LOS DERECHOS" es una iniciativa de diferentes organizaciones sociales y no gubernamentales (Centro Nacional Salud, Ambiente Y Trabajo -CENSAT Agua Viva, Instituto Latinoamericano de Servicios Legales Alternativos -ILSA, Unión Nacional de Empleados Bancarios -UNEB, Asociación de Trabajo Interdisciplinario -ATI, Centro de Estudios Escuela para el Desarrollo -CESDE, Plataforma Colombiana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo entre otras), que preocupadas con la problemática de la deuda pública y con sus consecuencias regresivas para los derechos sociales, han decidido conformar un gran equipo de estudio y reflexión política del tema de la DEUDA y de todos los problemas que de ella se derivan, habiendo logrado diseñar un plan en procura de que la población colombiana luche de manera consciente y coherente en una permanente Campaña Nacional contra la deuda. La Campaña ha venido desarrollando un proceso de información y sensibilización sobre el tema de la deuda pública en Colombia, dirigida a líderes de organizaciones sociales. Para este efecto, se ha creado un paquete pedagógico que ha sido entregado a los y las asistentes a las actividades educativas de la campaña, buscando multiplicar esta iniciativa. Raíz teológica de la anulación de la deuda La anulación de la deuda externa tiene una raiz teológica, según el padre Angel Furlan, obispo de la Federacion Luterana Mundial, coordinador del Programa de Incidencia sobre Deuda Externa ilegitima en America Latina que, junto al Premio Nobel por la Paz, Adolfo Pérez Esquivel y Beverly Keeneba, animan la secretaria latinomaricana de Jubileo Sur en Buenos Aires. “Toda la teología del jubileo (sábado, año sabático, año jubilar) está impregnada del pensamiento de la corriente profética que denuncia la corrupción, la explotación y la injusticia. Si bien se habla de remisión de las deudas, no se trata solamente y siempre de un perdón “gracioso” de parte del deudor sino también de una cuestión de justicia. Los profetas denuncian con vehemencia el fraude, la usura, la venalidad de los jueces, la corrupción de los gobiernos, las ganancias deshonestas y la explotación de los poderosos que sumergen al pobre en la miseria, lo endeudan, lo esclavizan y le quitan la misma vida. “Frente al tema de la deuda externa pensar en un Jubileo sólo en términos de perdón o alivio de la deuda para los más pobres sería alejarnos del concepto bíblico, teológico y ético del jubileo. La esclavitud de la deuda no se supera con un perdón gracioso que ni siquiera ponga en duda la honestidad del acreedor. En toda la corriente profética y manifestado en forma clara e irrefutable en el Tercer Isaías, el “año de gracia” del jubileo está asociado a la “venganza de Dios”. El mismo Dios que viene a salvar al pobre, viene también para juzgar al opresor. No se puede construir una sociedad más justa sobre la base de la impunidad, sobre la base del indulto al poderoso. Muchos crímenes han sido cometidos y se continúan cometiendo en torno a la deuda externa como herramienta de un modelo de dominación al que da sustento y fortaleza: genocidios, fraudes, corrupción, usura, depredación ecológica, sometimiento a la esclavitud, infanticidio, muerte. “El clamor por el jubileo no puede ser sólo un grito por perdón o cancelación de una deuda en su mayor parte ilegítima, una deuda que ni siquiera hemos contraído, una deuda que nunca nos benefició. El clamor por el jubileo es un grito que también clama por justicia. Un clamor por un “NUNCA MÁS”, como el que se levantó en mi país luego del genocidio llevado a cabo por la dictadura militar que también fue responsable por el nuevo y continuado genocidio de la deuda. “En el clamor por un Jubileo, desde los pueblos del Sur, desde la interpretación bíblica y la teología de las iglesias de América Latina, está no sólo el pedido de la cancelación de la deuda, está también el pedido por justicia. La deuda debe ser auditada, investigada, juzgada y junto a ella todos los que participaron en su mecanismo perverso. El que se pueda cancelar una deuda sobre el principio de su ilegitimidad, en este caso por ser la deuda contraída por un dictador o “deuda odiosa”, está demostrado por los hechos recientes. A petición de los Estados Unidos hubo naciones que cancelaron la deuda contraída bajo Saddam Hussein por su carácter “odioso”. No se trató de sólo perdón, hubo una cancelación basada en un “juicio” sobre su origen. La causa de la cancelación no fue ni la insolvencia ni la extrema pobreza de un país altamente endeudado, ya que Irak es un país rico en petróleo, fue lisa y llanamente su “odiosidad” de origen. La pregunta que nos es lícito hacer desde América Latina y desde el resto de los pueblos que soportan el peso insoportable de la deuda, es ¿Cómo se legitima la cancelación de la deuda de un país petrolero frente a las situaciones que enfrentan otros países que han sido despojados de sus recursos naturales y productivos y cuyo grito por un jubileo nunca ha sido escuchado? ¿Cuál es la diferencia entre Saddam, Mobutu, Videla, Marcos, Galtieri, Banzer, Pinochet, etc.? “Ha llegado el tiempo de las convergencias. Es el tiempo de la acción conjunta. El tiempo de repensar y luchar por un jubileo inserto en la riquísima tradición bíblica y evangélica. Un jubileo que sea respuesta al clamor claro, creciente, impetuoso y hasta a veces amenazante de los pobres de la tierra, de los que han sido endeudados, esclavizados, oprimidos, marginados, desaparecidos del sistema”. Deudas ilegítimas y la judicialización de la deuda externa El economista Jorge Acosta Arias, Coordinador del Área de Globalización del Centro de Derechos Económicos y Sociales CDES (Ecuador) www.cdes.org.ec, en esta reflexión, analiza globalmente el problema de la deuda externa agregando el sentido de las deudas llegitimas y la propuesta de la judicializacion de la deuda. Breve contexto del problema de la deuda externa “La deuda externa es una de las causas más importantes para el empobrecimiento de muchos de los países considerados como “subdesarrollados”. Es la responsable de violaciones masivas a los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC), pues para garantizar el pago de su servicio estos países han aplicado durante los últimos 20 años, y bajo presión de los Organismos Financieros Internacionales, rígidos programas de ajuste estructural que han excluido y/o limitado en cantidad y calidad el acceso de los más pobres a bienes y servicios básicos en relación con la educación, la salud, el trabajo, etc. “Como consecuencia de esto 2.733 millones de personas en el mundo, que representan el 52.8% de la población mundial, viven en condiciones de pobreza (con menos de 2 dólares diarios), y, 1.101 millones de personas (el 21.3% de la población mundial) viven en condiciones de extrema pobreza (con menos de 1 dólar al día)(1) . Y solo en la última década aumentó en casi 100 millones de personas. Sin embargo, al otro lado de la moneda, la renta mundial creció en promedio al 2,5 % anual en el mismo período(2) . “Esta profundización de la inequidad entre el Norte y el Sur se explica en gran medida por la transferencia neta de capitales del Sur hacia el Norte como consecuencia del pago de la deuda externa. Para el caso de América Latina, por esta razón, “transfirió entre los años 1996 y el 2002 más de 200 mil millones de dólares”(3) . “Pero ni siquiera este es el problema más grave, sino que además en ese mismo período pagamos más de los que nos prestaron en nuevos créditos; sin embargo, las deudas no disminuyeron sino que aumentaron. “En 1996 la deuda era de 670.868 millones de dólares y para el 2002 alcanzó los 789.398 millones de dólares”.(4) “Pese a la elocuencia de los datos que describen una situación de injusticia estructural e internacional intolerable, los Organizamos Financieros Internacionales, y en general los acreedores internacionales, han hecho muy poco o nada para buscar una solución a este problema. “Se han impulsado programas de reducción de deudas, como las condonaciones parciales realizadas a los Países Pobres Altamente Endeudados (Programas HIPC por sus siglas en inglés). Se han diseñado programas de reestructuración de deudas como el Plan Brady. Sin embargo estos “alivios” en el mejor de los casos han pospuesto el problema. La mayoría de países endeudados están al borde de nuevas crisis de pagos de deuda, solo represada por los temporales altos precios de los productos de exportación de estos países: como son el petróleo, el oro, el cobre, y otros agrícolas. “En este contexto, se ha ido fortaleciendo un movimiento mundial contra la deuda externa, el cual está reflexionando y desarrollando propuestas para superar el problema de manera definitiva. El camino de la anulación de las deudas está siendo sustentado a través del desarrollo de una propuesta económica, jurídica y política basada en el carácter ilegítimo del proceso de endeudamiento, en el cual las normas internacionales de derechos humanos tienen preponderancia. A continuación desarrollaré brevemente en que se sustenta esta estrategia”. Construyendo una doctrina de las deudas ilegítimas El origen de la “doctrina” en construcción de las Deudas Ilegítimas podemos encontrarla en el concepto de las Deudas Odiosas. Esta se fundamenta en que no pude exigirse el pago de aquellas deudas contraídas por gobiernos ilegítimos, principalmente dictatoriales. Fue el gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica quién uó esta argumentación cuando en 1.898 tomó posesión de Cuba, para desconocer la deuda que Cuba tenía con España. Actualmente el argumento de las deudas odiosas ha sido retomado con fuerza para argumentar la anulación de las deudas que contrajo el gobierno de Sadam Huseim en Irak. Posteriormente han existido varias iniciativas y casos que, partiendo de la noción de corresposabilidad de los acreedores, han ayudado a desarrollar un concepto más amplio al de la odiosidad de las deudas.(5) El concepto dado por el Profesor Joseph Hanlón que nos parece apropiado para saber que entendemos por una deuda ilegítima: “Deuda por la cual no se puede obligar al prestatario a repagar porque el préstamos original o las condiciones que conlleva el préstamo violaron la ley o el bién público, o porque aquellos fueron injustos, deshonestos o impugnables por otra razón.”(6) Entre las argumentaciones más comunes que se establecen para establecer el carácter ilegítimo de una deuda o del proceso de endeudamiento, y a manera de una breve tipología, están: - Porque el pago de la deuda externa viola los derechos humanos en los países deudores. Existe jurisprudencia internacional de derechos humanos que establece que cualquier ley o contrato debe subordinarse a los principios de respeto de los derechos humanos. Es decir, ningún país puede ser obligado a pagar la deuda si esto pone en riesgo la vida de la población; y si es obligado, el deudor tiene argumentación suficiente para rechazarlo. En relación con esto, es importante mencionar la Doctrina Drago, que establece que ningún país acreedor puede obligar a otro a pagar una deuda usando la fuerza o la cohersión. - Son ilegítimas aquellas deudas que tienen un origen doloso o fraudulento; es decir, que fueron contraídas bajo una justificación falsa o que su propósito no fue legítimo pues no beneficiaría a la mayoría de ciudadanos o ciudadanas del país contratante. Para el caso de Ecuador, CDES apoyado en la Comisión de Control Cívico de la Corrupción, realizó una investigación sobre una deuda que Ecuador contrajo con Noruega y que ilustra bastante bien esta situación (ver en “La Revuelta en el Patio Trasero, El caso de la Deuda de Ecuador con Noruega). - Son ilegítimas las deudas que violan el principio del Derecho al Desarrollo. Es decir ningún acreedor, ni ninguna institución, pueden obligar a un Estado a tomar medidas económicas contrarias al interés nacional, tal como ha sucedido con los Programas de Ajuste Estructural. Además los contratos de deudas deberían subordinarse a las leyes domésticas. - La deuda es también ilegítima cuando hubo cambios en las condiciones de los contratos de deuda perjudicando a lo deudores. Un ejemplo emblemático es aquel de la subida unilateral de las tasas de interés decretada a inicios de los años 80 por la Reserva Federal de los Estados Unidos, que estuvo motivada por la necesidad de atraer capitales a la economía de ese país que atravesaba por una crisis, y que incrementó la deuda latinoamericana, según algunos expertos, en alrededor del 20%. Además se viene trabajando dentro de este ámbito la posibilidad de desconocer los incrementos de la deuda por la aplicación de altísimos intereses de mora, cuando las economías de los países deudores, al entrar en crisis por baja de los precios de sus principales productos de exportación, no pudieron cumplir sus compromisos, lo que desencadenó las mencionadas penalizaciones financieras. - Vinculado con lo anterior, y reforzando ese argumento, la ilegitimidad de las deudas se configuraría también como consecuencia del cobro de usurarias tasas de interés o por la presencia de anatocismo, es decir la capitalización de intereses. Este es un argumento fuerte pues existe jurisprundencia en la mayoría de países del mundo, en donde la usura y el anatocismo son considerados delitos. - Serían ilegítimos también aquellos préstamos que fueron otorgados en condiciones riesgosas. Es posible identificar créditos que fueron entregados a nuestros países sin un análisis de riesgo o con análisis irreales. En este ámbito particularmente tienen mucha responsabilidad las Instituciones Financieras Internacionales, las cuales reiteradas veces han hecho análisis interesados, estableciendo escenarios de crecimiento de nuestras economías que nunca se cumplieron. Además introdujeron un incentivo perverso que consistía en hacer de los Estados deudores garantes de última instancia, lo que produjo que los acreedores prestarán sin mayores consideraciones de riesgo, pues al final las deudas serían asumidas por los Estados. Bajo estas condiciones se hicieron públicas muchas deudas privadas y se asumieron deudas que no se iban a poder pagar. - Serían ilegítimas también aquellas deudas que afectan el bien público del Estado deudor. Dentro de esta categoría podrían considerarse particularmente aquellas deudas que están relacionadas con la afectación ecológica y ambiental, tanto por que esos créditos afectaron directamente el medio ambiente o porque la necesidad de cumplir con el pago de la deuda demanda una sobreexplotación de los recursos naturales, o promueve actividades de alto impacto ambiental y social, como son por ejemplo la actividades de extracción minera y petrolera. Hacia la judicialización de la Deuda Externa Varias de estas características de ilegitimidad de la deuda podrían ser reclamadas jurídicamente pues existen principios generales del derecho internacional y normas de derechos humanos que podrían invocarse; sin embargo, lastimosamente no existe una instancia internacional apropiada, ni un procedimiento claramente definido para estos casos que den viabilidad a esta propuesta. Para enfrentar esta situación en el movimiento contra la deuda estamos reflexionando sobre las posibilidades actuales de judicialización de la deuda en la perspectiva de buscar su anulación. Además no proponemos desarrollar un código financiero internacional para que en el futuro se precautele los derechos de los deudores y su población, y que las soluciones a los problemas de la deuda en el futuro se den en un marco de justicia y equidad. Una propuesta clave para avanzar en ese sentido, y en la que estamos trabajando, es el de emprender en procesos de auditorías integrales al endeudamiento externo, pues esto nos dotará de elementos para avanzar en la caracterización de la ilegitimidad de la deuda y nos dotará de elementos de prueba para su judicialización. En principio estamos discutiendo emprender una demandas o varias demandas en las instancias que disponemos ahora y con los mecanismos existentes; estas son solicitar Opiniones Consultivas a la Corte Internacional de Justicia de la Haya y/o a las Cortes Regionales de Derechos Humanos. Por experiencias anteriores, en particular en relación a la Corte de la Haya, sabemos que las posibilidades son escazas, sin embargo, más allá de lograr un pronunciamiento de esas instancias, el trabajar esta propuesta va dotando al movimiento mundial de la deuda y a la sociedad mundial sobre la justicia del planteamiento de la anulación de la deuda externa. Deuda social y ecológica Aurora Donoso, miembro de Accion Ecologica (Ecuador) www.accionecologica.org , cree que “en este dia de movilización internacional lo más importante es el reconocimiento de la deuda histórica y actual, social y ecológica de los países del Norte con el Sur. “Se demanda como resarcimiento: - La anulación total e incondicional de la deuda externa ilegítima, inhumana e inmoral y que ya ha sido pagada incluso en términos financieros y más aún cuando es mínima frente a la magnitud de la deuda del norte con el Sur. - El reconocimiento y otorgación de la ciudadanía a los migrantes del Sur que viven en el Norte. - La devolución de los bienes y dineros robados por el Norte al Sur. - La inmediata salida de las empresas transnacionales que operan en los países del Sur y la restauración de los ecosistemas afectados por sus políticas y operaciónes e indemnización a los pueblos afectados. - Parar el saqueo, la destrucción y contaminación del Norte en los países del Sur. - Erradicar la concentración de la riqueza del Norte que es la principal causa de la pobreza en el Sur”. Concluyendo La red latinoamerica Jubileo Sur (que en el Foro Social Mundial de Porto Alegre realizò su asamblea continental – www.selvas.org ) se une a las movilizaciones mundiales por la anulacion incondicional de la deuda externa juntos a las organizaciones de Europa (www.eurodad.org ) como el Comitè por la Anulación de la Deuda del Tercer Mundo CADTM de Belgica, el Observatorio de la Deuda sobre la Globalizacion de España, la red SDEBITARSI (Italia) y en particular junto a la “Freedom from Debt Coalition” de Filipinas, que organizó, el pasado 15 de mayo, el seminario “Construyendo resistencia popular y alternativas frente a la pobreza, la crisis y la globalizacion neoliberal”. - Cristiano Morsolin, educador-periodista y operador de redes internacionales. Trabaja en Latinoamerica desde 2001 con experiencias en Ecuador, Perù, Colombia, Brasil. Fundador del Observatorio Independiente sobre la Region Andina SELVAS. Notas: (1) World Development Indicators 2004. (2) Stiglitz, Joseph .El Malestar de la Globalización. (3) ¿Dónde está lo que nos prestaron? Deuda externa, deudas ilegítimas y auditorías. Varios autores. PIDHDD y CDES. Julio del 2004. Pag VI. En www.cdes.org.ec (4) Ibid. Pag VI. (5) Para más información ver “La Revuelta en el Patio Trasero: Deudas Ilegítimas y Derechos Humanos”, CDES. Noviembre del 2002. En www.cdes,org.ec (6) Hanlon, Joseph. Defining Illegitimate Debt and linking its cancellation to economic justice. Open University Milton Keynes. England. Junio 2002. Pag 44.
https://www.alainet.org/es/articulo/112033
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