Declaración de Quito
Migraciones, democracia, desarrollo y derechos humanos
14/08/2002
- Opinión
Representantes de los diversos sectores organizados de la Sociedad Civil de
Venezuela, Colombia, Ecuador, Perú, Bolivia, Brasil, Paraguay, Chile y
Argentina, reunid@s en Quito, Ecuador, durante los días 14 y 15 de Agosto
del 2002, con ocasión del “Primer Encuentro Sudamericano de la Sociedad
Civil sobre Migraciones”, en un marco en el que hemos profundizado en el
análisis de la situación migratoria que atraviesan los países
sudamericanos, acordamos emitir el siguiente pronunciamiento,
CONSIDERANDO QUE:
1. Los migrantes, desplazados, refugiados, retornados y sus familiares,
son seres humanos sujetos de derechos y partícipes en procesos de
construcción de riqueza social, cultural y económica, de diversidad y
democracia en los países de destino,
2. Persiste un complejo fenómeno de migraciones internacionales
relacionadas con diversos modelos de desarrollo económico que han
fracasado en asegurar el bienestar de las personas y han ahondado la
inequidad social, la pobreza, desempleo, discriminación, violencia
política, corrupción y otros fenómenos sociales relacionados; al
mismo tiempo, nuevas iniciativas como el ALCA corren el riesgo de
generar mayor empobrecimiento en nuestras sociedades y diferenciación
de las clases sociales,
3. Los derechos humanos constituyen atributos indispensables para el
ejercicio de la dignidad humana y han sido reconocidos y consagrados
en diversos instrumentos internacionales firmados y ratificados
voluntariamente por los Estados, los mismos que de conformidad con la
Carta de las Naciones Unidas, tienen un carácter primordial sobre
cualquier otro compromiso asumido por los Estados del mundo. En este
marco se incluyen los derechos de los migrantes, refugiados y
desplazados, retornados y sus familiares consagrados en diversos
instrumentos internacionales,
4. A pesar de los compromisos asumidos internacionalmente por los
Estados constatamos la violación de los derechos humanos de los
migrantes, la situación de irregularidad de miles de personas en
diversos países, su criminalización, detención arbitraria y
discriminación así como su exposición al maltrato, la xenofobia y el
racismo que afectan de manera particular y/o diferencial a mujeres,
niños, indígenas y pueblos afrodescendientes,
5. Esta situación está relacionada, así mismo, con la falta de voluntad
de algunos gobiernos de la región para definir políticas, legislar y
realizar prácticas respetuosas de los derechos de las poblaciones
migrantes,
6. Se constata asimismo, la ausencia de mecanismos efectivos de
participación de la sociedad civil organizada, que hagan posible la
construcción de políticas públicas compartidas y dirigidas a cautelar
los derechos de los migrantes,
7. Existen, sin embargo, experiencias positivas de cooperación entre la
sociedad civil y diversas instancias estatales que se han dado en
algunos países de la región que deben ser valoradas
8. En la Declaración Final de la II Conferencia Sudamericana sobre
Migraciones, los Estados de la región declararon :
"Primero: Reafirmar y comprometer la voluntad de los gobiernos para
garantizar la defensa de los Derechos Humanos de los migrantes y sus
familias, en el marco de las Convenciones y Acuerdos Internacionales
vigentes en la materia. En vista de lo anterior, tomarán acciones
para la promoción y protección de dichos derechos fundamentales y
procurarán incorporar a la sociedad civil organizada y a las
organizaciones internacionales especializadas en estas acciones.
Segundo: "Condenar el tráfico ilícito de migrantes desde, hacia, a
través y dentro de la Región… Para prevenir, combatir, sancionar el
tráfico ilícito de migrantes y garantizar el pleno respeto de los
Derechos Humanos de los migrantes y sus familias expresan la voluntad
de promover la adopción de medidas legislativas necesarias para la
tipificación del delito…
Tercero: Promover acciones conjuntas y de coordinación de políticas
consulares para mejorar la atención de los migrantes sudamericanos
fuera de la región.
Cuarto: Intensificar iniciativas en cada país para asegurar la
integración plena y el ejercicio de los derechos de los
migrantes…" (1)
A pesar de ello, se advierten, lentos avances en el cumplimiento de
estos compromisos,
9. La agudización del conflicto interno colombiano está provocando el
desplazamiento forzado de personas hacia las fronteras y los países
vecinos, así como la militarización de la región y, al mismo tiempo,
se viene produciendo un endurecimiento de las políticas migratorias
en el ámbito de los EE.UU y la Unión Europea, luego de los sucesos
del 11 de septiembre de 2001 y de los acuerdos adoptados en la Cumbre
de Sevilla en junio de 2002,
10. Las políticas y leyes restrictivas de algunos países generan como
consecuencia la situación de irregularidad de muchos migrantes y el
aprovechamiento de grupos inescrupulosos que trafican con ellos,
engañándolos y lucrando con sus vidas advirtiéndose que viene
produciéndose una creciente feminización de los flujos migratorios en
todas las regiones del mundo,
RESOLVEMOS:
I. Constituirnos en espacio de diálogo, articulación y fortalecimiento
de los sectores de la Sociedad Civil que representamos en América del
Sur en materia de Migraciones, comprometiéndonos a fortalecer la
defensa de los derechos de los migrantes, refugiados, desplazados y
sus familias, denunciando las violaciones de sus derechos tanto en el
ámbito nacional como internacional.
II. Instar a los Estados Sudamericanos, a la inmediata puesta en marcha
de políticas públicas con planes y programas tendientes a la
promoción y protección de los derechos de los migrantes, refugiados,
desplazados, retornados y sus familiares, en particular en lo
referente al respeto de sus derechos civiles, políticos, económicos,
sociales, culturales, ambientales y al desarrollo contenidos en los
instrumentos internacionales. (2)
III. Rechazar la creciente militarización de las fronteras, como producto
de la implementación del Plan Colombia e Iniciativa Regional Andina,
así como las acciones violatorias a los derechos humanos y del
Derecho Internacional Humanitario que causa la migración forzada de
población; exigiendo al mismo tiempo la aplicación efectiva de los
Tratados y Convenios Internacionales, especialmente la Declaración de
Cartagena de 1984.
IV. Impulsar en nuestros países la creación de espacios amplios de la
sociedad civil organizada, que junto a los gobiernos nacionales,
trabajen Planes de Acción, destinados a acordar políticas comunes
entre los países de América del Sur, relacionados con la
regularización de los migrantes en los países desarrollados y dentro
de la subregión, así como el combate a la discriminación, la
exclusión social, el racismo, la xenofobia y el tráfico de personas.
V. Participar en articulación con los gobiernos nacionales, en la
creación de un sistema de monitoreo permanente y estudios sobre la
situación migratoria en los países desarrollados y en la subregión, a
fin de establecer normas, políticas y programas destinados a la
protección y promoción de sus derechos como personas.
VI. Apoyar y promover la convocatoria a una Conferencia sobre
Desplazamiento, Migraciones y Refugio en la Región Andina propuesta
por sectores de la Sociedad Civil Colombiana como un escenario de
concertación de acciones humanitarias, promoción de los derechos
humanos y paz en la región.
VII. Acordar con los gobiernos la participación efectiva de la Sociedad
Civil organizada en las Conferencias Sudamericanas de Migración.
DEMANDAMOS:
A los Estados Sudamericanos:
a. Respeto de los derechos fundamentales de todas las personas que
residen en sus territorios, sean nacionales o extranjeros; residentes
o transitorios; regulares o irregulares; migrantes detenidos y
retenidos en estricto cumplimiento de los tratados, pactos, convenios
y protocolos internacionales, multinacionales y binacionales,
suscritos en materia de Derechos Humanos.
b. Cumplimiento del Plan de Acción de Durban, firmado en el marco de la
Primera Conferencia Mundial Contra el Racismo, la Xenofobia y otras
formas de Intolerancia Relacionadas, firmada en agosto del 2001.
c. Suscribir, ratificar e integrar en su legislación interna los
Tratados Internacionales destinados a la protección de los
extranjeros, migrantes, refugiados, desplazados, retornados y sus
familiares, en especial la Convención Internacional sobre la
Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de
sus Familiares.
d. Integrar el fenómeno de la migración en los acuerdos de integración
regional y subregional, y sus correspondientes planes de desarrollo.
e. Garantizar el derecho a la migración intraregional en los países de
América del Sur, permitiendo el libre tránsito y circulación de los
migrantes y sus familiares, la libertad de elegir libremente su
domicilio y la obtención de documentos de identificación en
concordancia a las legislaciones nacionales y los acuerdos
subregionales de la Comunidad Andina de Naciones y el MERCOSUR.
f. Acordar formalmente Convenios Marco relativos a la regulación y
ordenamiento de los flujos migratorios, desde y entre los países de
América del Sur, tanto con la Comunidad Europea, como con los
Gobiernos de los Estados Unidos y Canadá.
g. Modernizar y fortalecer las representaciones diplomáticas y
consulares de los países de América del Sur en función de una cabal
atención a los derechos de sus nacionales en terceros países.
h. Crear un sistema de monitoreo permanente e implementar estudios sobre
la situación migratoria en los países desarrollados y en la subregión
a fin de establecer normas, políticas y programas destinados a la
protección y promoción de sus derechos como personas.
i. Introducir modificaciones sustantivas en las políticas económicas y
sociales que conduzcan a la responsabilización de los Estados
respecto a sus obligaciones primordiales de respeto y garantía de los
derechos económicos, sociales y culturales de sus ciudadanos.
j. Introducir mecanismos de transparencia, contraloría y rendición de
cuentas en relación con las políticas y programas públicos,
relacionados con la problemática de la migración, con participación
de la sociedad civil e instituciones como la Defensoría del Pueblo.
k. Implementación de Leyes que penalicen a las organizaciones ilegales
dedicadas al tráfico de personas y no penalizar a sus víctimas que
son los migrantes.
l. Introducción de leyes que asuman la reagrupación familiar inmediata
de hijas e hijos con sus madres en pos de garantizar el derecho
natural de crianza así como la introducción de la figura de refugio
por violencia de género en el ordenamiento jurídico internacional.
m. Simplificar y abaratar el costo de los trámites de regularización del
estatuto legal de los migrantes.
n. Implementar los compromisos asumidos por los Presidentes de la
Comunidad Andina, reunidos en el Consejo Presidencial Andino" en la
"Carta Andina para la Promoción de los Derechos Humanos" (Guayaquil,
Ecuador, julio 2002). Particularmente los referidos a la
participación de la sociedad civil, artículo 7, Discriminación e
Intolerancia, artículos 10 y 12, Derechos de los Migrantes y sus
Familias, artículos 50 y 51, Derechos Humanos los Derechos de los
Refugiados y Apátridas.
Porque somos parte de una sola humanidad y nos reconocemos en todos quienes
sufren, en cualquier parte allí donde esto ocurra, nos reafirmamos en una
sola voz, en un solo aliento de esperanza y en nuestro compromiso para
actuar juntos para transformar un orden migratorio internacional que
lesiona nuestra dignidad por otro, más solidario y justo, que permita
nuestra plena realización como seres humanos.
Dado en la ciudad de Quito a los 15 días del mes de agosto de 2002
Notas:
(1) Segunda Conferencia Sudamericana sobre Migraciones (Santiago de Chile, 2,- 3 Abril 2001) Pag.24.
(2) En particular, la Convención Americana de Derechos Humanos y su Protocolo Adicional sobre Derechos
Económicos, Sociales y Culturales (Protocolo de San Salvador); la Convención Internacional sobre la Protección
de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familias; la Convención Interamericana contra
Todas las Formas de Violencia contra la Mujer; la Convención contra la Delincuencia Organizada Transnacional
y sus Protocolos adicionales para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, en particular de mujeres
y niños; el Protocolo contra el Tráfico Ilícito de Migraciones por Tierra, Mar y Aire; la Convención Interamericana
sobre Tráfico Internacional de Menores; Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores;
la Convención para reducir los casos de Apatridia; la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de Refugiados de
1951, y el Protocolo de 1967; la Declaración de Cartagena sobre los Refugiados de 1984; y, el Protocolo
Facultativo sobre los Derechos de los Niños, referente al reclutamiento forzado.
https://www.alainet.org/es/articulo/106258