Democracia participativa
Los partidos ya no tienen monopolio electoral
11/07/2004
- Opinión
El pasado 7 de julio, el gobierno convocó a elecciones
municipales que se realizarán el 5 de diciembre próximo con la
participación, por primera vez, de agrupaciones ciudadanas y
pueblos indígenas, con capacidad de presentar candidatos, en las
mismas condiciones que los partidos políticos.
Esta es otra de las importantes conquistas que logró la
movilización popular de octubre pasado. La demanda de los
sectores sociales estaba asentada en el desprestigio de los
partidos tradicionales que se adueñaron del quehacer político,
acercándose al pueblo sólo a demandar su voto para, luego,
traficar con los beneficios del poder.
La participación de agrupaciones ciudadanas y pueblos indígenas
se inscribió en la reforma constitucional aprobada en febrero
pasado y se consolidó con la promulgación de una ley específica,
el mismo día de la convocatoria electoral.
Pueblos indígenas
Bolivia, con una población indígena mayoritaria, carecía de
leyes que garantizasen los derechos políticos de las comunidades
originarias.
Ya en 1978, cuando se abrió el proceso democrático que se vive
ahora, aparecieron partidos políticos que reivindicaban la
representación de los indígenas. Sin embargo, las comunidades
nunca se identificaron con tales partidos que pudieron tener
representación parlamentaria sólo cuando se presentaron en
alianza con partidos tradicionales.
Esta situación se modificó en la última elección (junio de
2002), en la que el MAS-IPSP alcanzó el segundo puesto de
preferencias y el MIP logró una importante representación
parlamentaria.
Estas dos fuerzas lucharon por lograr que los pueblos indígenas
tuviesen una representación propia. Tal demanda adquirió fuerza
en las movilizaciones de septiembre y octubre pasados y se
concretó con su reconocimiento en la Constitución y las leyes.
Reconocida la personalidad jurídica de un pueblo indígena –el
Estado les reconoce tal personería para todo trámite-, ahora
podrá presentar sus propios candidatos en el municipio de su
asentamiento. Si quiere hacerlo en varios municipios, deberá
reunir un número determinado de adhesiones.
Agrupaciones ciudadanas
El monopolio que tuvieron los partidos políticos durante tanto
tiempo, también se restringe en el medio urbano. Un grupo
cualquiera de ciudadanos puede decidir proclamar un candidato, o
varios si así lo quiere, sin necesidad de ser partido. Por
supuesto, debe presentar un número mínimo de firmas que apoyen
esa candidatura.
Hay, por supuesto, otras condiciones que deberá cumplir. En todo
caso, se trata de permitir que haya otras formas de
representación, además del partido político.
Si tenemos en cuenta que, una gran mayoría de los municipios
tiene menos de 1000 ciudadanos, podrá formarse una agrupación
ciudadana con menos de 100 personas, para participar en las
elecciones en ese municipio. Naturalmente, si su intención es
presentar candidatos en un departamento o en todo el país, la
recolección de firmas será mayor.
La ley será perfeccionada
El 6 de julio se aprobó la Ley de Agrupaciones Ciudadanas y
Pueblos Indígenas. En el Senado Nacional se elaboró el proyecto,
consultando con instituciones que hicieron hincapié en las
condiciones que regularan la inscripción en ambas categorías.
El proyecto debió aprobarse sin modificaciones en la Cámara de
Diputados, para posibilitar su inmediata promulgación. De no
haber sido así, la convocatoria a elecciones municipales no
habría incluido las modalidades de agrupación ciudadana y pueblo
indígena.
En estos días, una comisión especial estudiará algunas reformas
que faciliten la participación de aquellos, cuidando que no haya
posibilidades de participación desmesurada.
En todo caso, más que facilitar la formación de agrupaciones
ciudadanas, las correcciones que se incorporen a la nueva ley,
deben orientarse en función de garantizar la participación de
los pueblos indígenas.
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