Genocidios Cotidianos IV

Amenazas Genocidas Consumadas: Caso Mapuche

14/07/2009
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El pueblo mapuche puede ser representativo, por ser el caso más conocido, de la cantidad de pueblos indígenas que resistían independientes cuando el colonialismo europeo fue pasando el testigo del propio dominio colonial a los Estados que se iban constituyendo por América hace cosa de doscientos años o, si se prefiere, cuando esos flamantes Estados le arrebataron al colonialismo europeo ese testigo. Pueblos indígenas independientes había por entonces desde Alaska hasta Tierra de Fuego en un número que hoy no suele apreciarse, ya no digamos observarse, ni por la historiografía académica ni, lo que es peor, por la enseñanza de historia. En el caso mapuche, pese a la independencia de los pueblos de la Patagonia al sur del Bío-Bío y de los de Tierra de Fuego, la Constitución de Chile declaraba en 1822 que su territorio se extendía sin interrupción por continente y por islas desde Atacama al Cabo de Hornos. He ahí el genocidio potencial o virtual que se haría bien real antes de finales del XIX y que, como el de otros pueblos resistentes y no extintos, aún puede proseguir hoy. Entre los pueblos extintos están los australes de Tierra de Fuego.

En el caso mapuche, la independencia era más patente hace cosa de doscientos años pues había sido reconocida por el colonialismo español y hubo de reconocerla la élite de hacendados chilenos tras el intento fallido de conquista del Mapu. Chile –esa élite– sucedió a España en el entendimiento de que los pueblos indígenas carecían de derechos que no dependieran de la concesión o tolerancia chilena o española o, dicho de otro modo, en la presunción de que España y luego Chile contaban con el derecho a conquistar y dominar los territorios indígenas. Chile se resignó durante algunas décadas a la frontera del Bío-Bío, pero su Constitución nunca la reconoció y la sociedad no indígena ejerció su presunto derecho a ir invadiendo el Mapu por vías misioneras y comerciales, por encima de lo que admitía y controlaba el pueblo mapuche, en tanto que no se estuviera en condiciones de emplearse con éxito la fuerza de las armas. Al margen de la Constitución, el Presidente de la República procedía a acordar tratados con el pueblo mapuche que la parte indígena justamente entendía como reconocimiento recíproco de independencia, de la de Chile por Wallmapu y de la de Wallmapu por Chile, mientras que la parte no indígena sesgadamente los entendía como expresión de una situación transitoria que favoreciese la penetración y un compás de espera que desembocase en la conquista. Wallmapu es el territorio mapuche de la vertiente andina del Pacífico, el que hoy, tras la conquista, es parte de Chile.

Todas las presunciones que caracterizan al genocidio potencial estaban operando a pleno rendimiento por impulso de Chile a mediados del siglo XIX, pero no se daban las condiciones para que el genocidio se consumara mientras que el pueblo mapuche defendiese y mantuviera su independencia contra viento y marea, el viento chileno y la marea internacional. Compartiendo las mismas presunciones del derecho a la conquista y al genocidio, ningún Estado ni europeo ni americano reconocía al Mapu, al pueblo mapuche de ambas vertientes de los Andes, como constituyente de un Estado independiente. El derecho internacional del siglo XIX avalaba tales presunciones potencialmente genocidas y no prestaba por lo tanto ninguna garantía a los pueblos indígenas ni independientes ni dependientes en América ni en ningún otro sitio. Era aquel derecho internacional el derecho de los Estados colonialistas, inclusive a efectos internos los Estados independientes de América.

El genocidio se precipitó en su forma más sanguinaria. En connivencia con Argentina, organizándose en secreto la conquista coordinada de todo el Mapu, el cisandino y el trasandino, Chile invade a sangre y fuego. Preparaba la conquista desde los años sesenta del siglo XIX y la consuma, mediante el arreglo con Argentina, en la primera mitad de los ochenta. En la historiografía argentina se habla de la Conquista del Desierto como si no hubiera sido sometimiento de gentes y matanza de personas. Chile, una vez que domina a Wallmapu, emprende con éxito limitado una política de reducción indígena a núcleos de población para concluir con el control mapuche del territorio mediante ocupación dispersa. Se produce al tiempo una confiscación masiva. No hay declaración formal de titularidad fiscal de las tierras y recursos de Wallmapu, pero Chile se comporta desde los años ochenta como si tal cambio de propiedad se hubiera efectuado.

Chile contraviene y pervierte incluso sus propias leyes, como una de 1866, ley que reconocía la propiedad mapuche disponiendo su deslinde y titulación, a cuyo efecto se había de constituirse una llamada Comisión Radicadora sin participación mapuche, y ley que declaraba fiscal tan sólo las tierras que se comprobasen al final vacantes. He ahí en todo caso una instancia que habría de actuar como juez y parte. Mientras menos tierras se reconocieran a los mapuches, más tierras que se apropiaba el Estado. La Comisión Radicadora acabó efectivamente funcionando, pero con inversión del planteamiento, tal y como si, tras la conquista, todo el territorio fuera fiscal y a los mapuches se les reconociera tierras no por derecho propio, sino por título de merced. El Estado dispuso de las tierras para donarlas a colonos europeos, impulsando el blanqueamiento de la población, y después, sólo después, radicó a los mapuches en las tierras sobrantes. No se había concluido el proceso de radicación mapuche y ya, de inmediato, se estaba proponiendo la división de la propiedad comunitaria para reducirla a propiedad individual. Chile con todo actúa como si nunca jamás hubiera existido derecho político ni derecho dominical mapuche. La resistencia mapuche de la primera mitad del siglo XX impide que tales políticas se desarrollasen hasta sus últimas consecuencias. La postura mapuche se cifra en la defensa de la propiedad comunitaria como sustentación del pueblo.

Un breve paréntesis se vive entre 1970 y 1973 con la política de reforma agraria del gobierno de Salvador Allende que permitió cierta recuperación mapuche de tierras. El proceso se truncó violentamente por el sangriento golpe de estado del 11 septiembre de 1973. Terratenientes, carabineros y militares se ensañaron con los mapuche que habían osado recuperar tierras, un capítulo de racismo y genocidio brutales que la Comisión de Verdad y Reconciliación sobre los crímenes de la dictadura, comisión de carácter oficial, no ha sabido o no ha querido registrar. El régimen de Pinochet aplicó en territorio mapuche una sistemática política de liquidación de la propiedad comunitaria. Hasta tres mil comunidades fueron pulverizadas en más de cien mil hijuelas de propiedad individual. Un plan aplicado rigurosamente con fondos del Banco Mundial, que no es la única institución de la órbita de Naciones Unidas que respalda e incluso impulsa en Chile políticas genocidas hasta el día de hoy. La intención genocida llegaba a exhibirse abiertamente. La primera versión del decreto privatizador, de 1978, afirmaba sin ambages que, una vez divididas sus comunidades, los mapuche “dejarán de ser indígenas”, supuesto comprendido en el tipo delictivo definido por la Convención de Naciones Unidas para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio. El genocidio fue uno de los delitos imputados en la causa fallida abierta en España contra el dictador Pinochet.

El movimiento mapuche contemporáneo surge en oposición a la dictadura, a esa política dictatorial de pulverización de comunidades mapuche. Fue el mapuche el primer sector social que se movilizó internamente como tal contra el régimen pinochetista. El caso tuvo eco internacional. La oposición chilena a la dictadura –la misma que después gobernaría sin cambio de fondo de tal género de política– utilizó ampliamente el drama mapuche para obtener la repulsa internacional y la sucesión de condenas al régimen de Pinochet por la Asamblea General de Naciones Unidas. Las resoluciones de la Asamblea referentes a Chile sistemáticamente incluyen, desde 1980 a 1989, alegación y defensa los derechos de los mapuche. La acción de la dictadura que así se repudiaba fue mucho más allá de la liquidación de la propiedad comunitaria. El Estado promovió y financió la invasión empresarial de Wallmapu. No todas las tierras restituidas a manos indígenas por la reforma agraria y nuevamente arrebatadas de ellas por obra de la dictadura se restituyeron a los latifundistas. En su mayor parte fueron rematadas a consorcios forestales, que recibieron además cuantiosos subsidios para explotar el territorio.

Lo que viene a continuación de la dictadura es la prosecución de la invasión empresarial de Wallmapu mediante la misma política de concesiones empresariales del Gobierno chileno, un gobierno que, dictatorial o constitucional, presta un constante e incondicional respaldo a las empresas frente a la resistencia mapuche. Construcciones de represas desplazan y desestructuran comunidades; plantaciones forestales de especies extrañas al medio esquilman la tierra y agotan los acuíferos… El Mapu se hace literalmente invivible para las familias mapuches resistentes. Ante la resistencia mapuche la sociedad chilena no indígena, empezando por los media, reacciona con las peores armas del racismo más agresivo. El Estado chileno no se queda por su parte con los brazos cruzados. En tiempo ya constitucional, mantiene la legislación antiterrorista de la dictadura de signo ella misma terrorista para su aplicación selectiva a la resistencia mapuche. El Gobierno chileno pretende que así responde a la alarma social que ésta provoca, justificando así la discriminación como afronta unos mismos actos según se comentan por indígenas o por no indígenas. El racismo social alimenta al racismo institucional y viceversa. El genocidio cotidiano está plenamente socializado e institucionalizado en Chile.

La alarma internacional vuelve a encenderse. Algunas instancias de Naciones Unidas, como la nueva del Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas, y organizaciones no gubernamentales, como la Federación Internacional de Derechos Humanos, visitan e informan. Denuncian acciones sustancialmente genocidas sin calificarlas formalmente como tales. La cotidianidad del genocidio dificulta su percepción. En todo caso, los hechos están a la vista. El Gobierno de Chile no se mantiene pasivo. Lee los informes y hasta responde a ellos cuando son oficiales, como el del Relator. Amaga atenderlos. Sin embargo, en vez de rectificar ni en lo más mínimo, se lanza a operaciones de encubrimiento. Sin cambiar de política, ratifica el Convenio de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, presta apoyo en Naciones Unidas a la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y emprende una reforma constitucional para el reconocimiento de los pueblos indígenas, no de sus derechos. Es una reforma que, si progresa, no supondría ningún problema para la prosecución de las políticas de genocidio cotidiano. ¿Se hace invivible el Mapu por la penuria ahora, por ejemplo, de recursos acuíferos? La reforma constitucional prevé el reconocimiento del derecho, no al agua misma y a sus fuentes, sino a participar en su aprovechamiento, en el aprovechamiento de las aguas entonces residuales, enfangadas y contaminadas por las empresas forestales. Hay también agencias de Naciones Unidas inspirando, apoyando y hasta financiando toda esta batería de políticas.

A comienzos de 2001 el Gobierno de Chile emprende una vía más sofisticada de encubrimiento. El Presidente de la República, apropiándose de una iniciativa mapuche, dispone la constitución de una llamada Comisión de Verdad Histórica y Nuevo Trato, la cual trabaja en paralelo y sin prestar oídos a la más violenta campaña de represión contra el pueblo mapuche con aplicación de la legislación antiterrorista. Es una comisión distinta a la de Verdad y Reconciliación antes mencionada. A finales de 2003 la de Verdad Histórica y Nuevo Trato presenta su informe, informe al que el Gobierno, salvo hacerlo público, no ha prestado atención alguna. Habla de genocidio. Califica como tal explícitamente la extinción de los pueblos indígenas de Tierra de Fuego por acción de Chile, pueblos como el aónikenk y el selk’man. ¿Y los pueblos que, como el mapuche, Chile, por mucho que se ha empeñado, no ha conseguido extinguir? Se describe el tratamiento despiadado al que se les ha sometido, requiriéndose incluso reparación, pero respecto a ellos nada se dice de genocidio. El genocidio de pueblos indígenas no extintos, como el mapuche, lo encubre así el informe. Lo cual alcanza sus consecuencias prácticas. El genocidio es imprescriptible, pero no otras acciones que no se califiquen como tales. Por esta vía de argumentación jurídica el informe revalida el expolio del pueblo mapuche: “No se le escapa a la Comisión que esas situaciones –reprochables en su origen– han sido saneadas, desde el punto de vista del sistema legal, por la prescripción”.

Para la República de Chile, no hay verdad histórica que valga ni nuevo trato por adoptar. El trato sigue siendo el cotidianamente genocida. Si todavía se abriga alguna duda, visítese el Wallmapu. Todo el encubrimiento oficial y social del Chile no indígena no consigue velar enteramente la evidencia sangrante de las políticas genocidas de ayer y de hoy. Otros numerosos pueblos indígenas que han sufrido y sufren una misma consumación de genocidio arrancando de tiempos tan recientes están menos a la vista.

- Bartolomé Clavero es Miembro del Foro Permanente de Naciones Unidas para las Cuestiones Indígenas

Fuente: http://clavero.derechosindigenas.org

Fuentes:

Pueblo Mapuche: Derechos Colectivos y Territorio

Reconocimiento Mapu-Che de Chile

Políticas de la memoria mapuche en la transición chilena

Reclamaciones mapuche tras la dictadura

Identidad Mapuche Lafkenche y Comisión de Verdad y Deuda Histórica

Informe sobre Chile del Relator Especial sobre derechos indígenas

Observaciones a Chile del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Informe de la Comisión Verdad Histórica y Nuevo Trato

Informe de Human Rights Watch

Informe de la Federación Internacional de Derechos Humanos (I)

Informe de la Federación Internacional de Derechos Humanos (II)

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