Sarayaku y las fumigaciones con glifosato en Consejo de DD HH de la ONU
13/03/2007
- Opinión
Esta semana ha sido importante para el Ecuador en materia de derechos humanos. Mientras en las calles de Quito la turba y los políticos se disputan a dentelladas los espacios de poder, en uno de los más altos foros de la humanidad, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, reunido en Ginebra, los derechos fundamentales de los ecuatorianos y ecuatorianas están siendo materia de análisis.
El 12 de marzo, la Canciller de la República del Ecuador aprovechó su intervención ante el “Segmento de Alto Nivel” de la Cuarta Sesión del Consejo, para denunciar la “realidad dolorosa”, en sus palabras, que “afecta gravemente los derechos a la vida, al disfrute del más alto nivel posible de la salud física y mental; al medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado de los habitantes de la región fronteriza ecuatoriana con la República del Colombia.” Se refiere a las aspersiones aéreas de glifosato para la erradicación de cultivos ilícitos que realiza el Gobierno de Colombia en la zona limítrofe, y “que causan daños físicos a las personas, destruyen cultivos lícitos y contaminan las aguas en territorio ecuatoriano”. (Ver adjunto el texto de la exposición de la Canciller)
La decidida actitud del Gobierno Ecuatoriano al acudir a los órganos y mecanismos del Sistema Universal de Derechos Humanos para reclamar el pleno respeto a los derechos de sus nacionales por parte de un país hermano cuyo gobierno realiza acciones que los afectan, no puede ser sino apoyada y aplaudida por la ciudadanía nacional y global.
Así mismo, el Gobierno ecuatoriano deberá ser consecuente con el respeto demostrado a los organismos internacionales de derechos humanos, cuando en este mismo período de sesiones el Relator Especial de la ONU sobre los Derechos y Libertades de los Pueblos Indígenas, Rodolfo Stavenhagen, presente ante el Consejo el reporte de su visita realiza al Ecuador en mayo de 2006.
En dicho Reporte, hecho público hace pocas horas, el Relator hace recomendaciones tan claras y directas al gobierno ecuatoriano que no tendría sino que cumplirlas inmediatamente. Por ejemplo, respecto al tema consulta y participación recomienda:
“89. Se recomienda al Estado ecuatoriano en todas sus instancias que cumpla con las disposiciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de Sarayaku, y en especial al Procurador General del Estado que observe con decisión la defensa irrestricta de la Comunidad de Sarayaku, sus derechos, su territorialidad y la vida e integridad física de todos sus integrantes.”
Frente a un pronunciamiento tan frontal a favor de Sarayaku, al Gobierno ecuatoriano no le queda sino demostrar que está dispuesto tanto a reclamar justicia, como a hacerla.
No debería haber dilación ni pretexto para que, por un lado, se retiren los explosivos sembrados en el territorio de Sarayaku por la petrolera CGC y cuyo remoción fue ordenada por la Corte Interamericana en 2005, y por otro, la Procuraduría inicie los procedimientos legales necesarios para declarar la caducidad de la concesión petrolera del Bloque 23 que afecta el territorio de Sarayaku y que tanto dolor a provocado a esta comunidad indígena amazónica.
Confiamos en que tanto la comunidad internacional como la ciudadanía y los movimientos sociales del Ecuador estén atentos para, por un lado apoyar al Gobierno nacional en su reclamo del cese de las fumigaciones en la frontera norte, como para exigirle solución inmediata para el Caso Sarayaku.
Quito, 14 de marzo de 2007
El 12 de marzo, la Canciller de la República del Ecuador aprovechó su intervención ante el “Segmento de Alto Nivel” de la Cuarta Sesión del Consejo, para denunciar la “realidad dolorosa”, en sus palabras, que “afecta gravemente los derechos a la vida, al disfrute del más alto nivel posible de la salud física y mental; al medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado de los habitantes de la región fronteriza ecuatoriana con la República del Colombia.” Se refiere a las aspersiones aéreas de glifosato para la erradicación de cultivos ilícitos que realiza el Gobierno de Colombia en la zona limítrofe, y “que causan daños físicos a las personas, destruyen cultivos lícitos y contaminan las aguas en territorio ecuatoriano”. (Ver adjunto el texto de la exposición de la Canciller)
La decidida actitud del Gobierno Ecuatoriano al acudir a los órganos y mecanismos del Sistema Universal de Derechos Humanos para reclamar el pleno respeto a los derechos de sus nacionales por parte de un país hermano cuyo gobierno realiza acciones que los afectan, no puede ser sino apoyada y aplaudida por la ciudadanía nacional y global.
Así mismo, el Gobierno ecuatoriano deberá ser consecuente con el respeto demostrado a los organismos internacionales de derechos humanos, cuando en este mismo período de sesiones el Relator Especial de la ONU sobre los Derechos y Libertades de los Pueblos Indígenas, Rodolfo Stavenhagen, presente ante el Consejo el reporte de su visita realiza al Ecuador en mayo de 2006.
En dicho Reporte, hecho público hace pocas horas, el Relator hace recomendaciones tan claras y directas al gobierno ecuatoriano que no tendría sino que cumplirlas inmediatamente. Por ejemplo, respecto al tema consulta y participación recomienda:
“89. Se recomienda al Estado ecuatoriano en todas sus instancias que cumpla con las disposiciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de Sarayaku, y en especial al Procurador General del Estado que observe con decisión la defensa irrestricta de la Comunidad de Sarayaku, sus derechos, su territorialidad y la vida e integridad física de todos sus integrantes.”
Frente a un pronunciamiento tan frontal a favor de Sarayaku, al Gobierno ecuatoriano no le queda sino demostrar que está dispuesto tanto a reclamar justicia, como a hacerla.
No debería haber dilación ni pretexto para que, por un lado, se retiren los explosivos sembrados en el territorio de Sarayaku por la petrolera CGC y cuyo remoción fue ordenada por la Corte Interamericana en 2005, y por otro, la Procuraduría inicie los procedimientos legales necesarios para declarar la caducidad de la concesión petrolera del Bloque 23 que afecta el territorio de Sarayaku y que tanto dolor a provocado a esta comunidad indígena amazónica.
Confiamos en que tanto la comunidad internacional como la ciudadanía y los movimientos sociales del Ecuador estén atentos para, por un lado apoyar al Gobierno nacional en su reclamo del cese de las fumigaciones en la frontera norte, como para exigirle solución inmediata para el Caso Sarayaku.
Quito, 14 de marzo de 2007
Fuente. http://www.forhum.net
https://www.alainet.org/es/active/16303?language=en
Del mismo autor
- Los aportes de la sentencia del Caso Sarayaku al <i>corpus iuris</I> de los derechos indígenas 25/07/2013
- Importancia de la sentencia del Caso Sarayaku para los derechos indígenas en las Américas 26/07/2012
- El caso Sarayaku pone a prueba la democracia y el Estado de Derechos 25/06/2012
- La compleja actitud del Gobierno frente al Sistema Interamericano de Derechos Humanos 09/11/2011
- La liberación de los líderes Shuar y sus implicaciones para el Ecuador de hoy 08/02/2011
- Organizaciones indígenas en indagación previa por el delito de terrorismo 01/07/2010
- Algunos puntos clave sobre la consulta pre legislativa 17/05/2010
- El cierre de La Voz de Arutam y la crisis del Estado de Derecho y Justicia 07/01/2010
- Terror amazónico 13/08/2009
- Gobierno y movimiento indígena: obstáculos para un acuerdo 28/07/2009