Revocación de mandato: participación ciudadana contra la ingobernabilidad

La consulta ciudadana llegó para quedarse en México. Si bien no significa una plena participación en el diseño e implementación de políticas públicas, sí es un avance en el combate a la impunidad de los gobernantes.

08/04/2022
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El domingo 10 de abril de 2022 se celebrará en México, por vez primera, una consulta de revocación de mandato, instrumento democrático en un régimen presidencial, en que los ciudadanos cuentan con la posibilidad de destituir ―mediante el voto― al presidente constitucional antes de que concluya su período gubernamental establecido. Tres consultas ciudadanas nacionales han sido convocadas por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), dos de ellas antes de iniciar su gestión, lo que delinea su estrategia de encausamiento de la participación ciudadana por la vía electoral. Un proceso de revocación de mandato es un ejercicio extraordinario ante la pérdida de confianza por incumplimiento grave de responsabilidades del primer mandatario o deslegitimación por abuso de poder. Por ello, es entendible que una ciudadanía disconforme lo exija. Sin embargo, esta iniciativa fue impulsada por AMLO, quien a su vez cuenta con altos índices de popularidad. “Con 66 por ciento a favor, Andrés Manuel López Obrador es el segundo mandatario con mayor aprobación del mundo, únicamente debajo de Narendra Modi, primer ministro de India”.

 

En el presente artículo vamos a analizar la percepción de utilidad de este instrumento para la ciudadanía y el Gobierno en una democracia participativa. Tomaremos en cuenta la ausencia de vías legales para deponer al jefe del Poder Ejecutivo (hasta antes de 2021), así como el entorno regional en que se han aplicado juicios políticos o impeachment en distintos países latinoamericanos, e incluso, su apelación en Estados Unidos en años recientes.

 

En la presente administración se aprobó una reforma constitucional denominada Ley federal de revocación de mandato, la cual es reglamentaria de la fracción IX del artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de revocación de mandato del titular de la Presidencia de la República. Fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de septiembre de 2021. En su exposición de motivos apunta que “tiene por objeto regular y garantizar el ejercicio del derecho político de las ciudadanas y los ciudadanos a solicitar, participar, ser consultados y votar respecto a la revocación del mandato de la persona que resultó electa popularmente como titular de la Presidencia de la República, mediante sufragio universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible”.

 

La falta de mecanismos legales para que la ciudadanía pudiese valorar la gestión del presidente en México y en su caso, destituirlo, podría generar movilizaciones en búsqueda de su deposición extralegal. En cambio, la revocación de mandato posibilita un cese anticipado, legal y democrático, encausando un determinado descontento político-social por una ruta regulada. (Utilidad a futuro).

En los regímenes presidencialistas, existen dos vías constitucionales por las cuales es posible destituir al presidente: la revocación de mandato, que ya hemos mencionado y el impeachment o juicio político. En el último caso se trata de “un mecanismo para fincar responsabilidad política y sancionar con destitución o inhabilitación a funcionarios o servidores públicos de alto nivel que […] han incurrido en arbitrariedad o abuso o acceso de poder”.

 

Existen también en algunos regímenes la declaración de incapacidad, la renuncia o el abandono del cargo. Estas maneras de cesantía no recaen en manos de la ciudadanía.

 

Históricamente, el titular del Poder Ejecutivo en México sólo podía ser destituido por traición a la patria y delitos graves del orden común. El gobernante tendría que incurrir en actos contra la independencia, soberanía o integridad de la nación mexicana, establecidos el artículo 123 del código penal federal, mientras que los delitos graves del orden común caen en la ambigüedad y, por tanto, son extremadamente difíciles de comprobar. A partir del 19 de febrero de 2021, el artículo 108 constitucional se reformó en su párrafo segundo para establecer que “durante el tiempo de su encargo, el presidente de la República podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano o ciudadana”. Vemos que en el plano legal esta reforma promovida por AMLO encaminada combatir la impunidad que pueda gozar el primer mandatario de la nación es de suma importancia.

 

A excepción de muerte o razones de salud, los mecanismos de terminación anticipada de la administración de un presidente se aplican en el marco de una crisis político-social, ya sea emanada por grupos de élite o de poder o por la ciudadanía. ¿Cómo surge entonces en México el proceso de revocación de mandato? Como una bandera de campaña de AMLO para las elecciones presidenciales de 2018. Si bien el proceso de revocación de mandato brinda más herramientas de democracia participativa, no había habido un clamor colectivo por su implantación. Se trata de una concesión no pedida en tiempos de estabilidad en México, por lo que no se aprecia en demasía su utilidad. Se enmarca en el plano discursivo oficial de que “el pueblo es bueno y sabio”, donde podríamos entender que la revocación de mandato sería la máxima expresión democrática y de sabiduría del pueblo, que éste decida. “Nada de ‘me eligieron por seis años y puedo hacer lo que quiera’”, indicó López Obrador al conmemorar su mitad de período. “Si uno que gobierna no está a la altura y no obedece al pueblo, ¡revoque su mandato y fuera!”.

 

AMLO ha realizado tres consultas nacionales: la primera, la que decidiría sobre la aceptación del aeropuerto de Santa Lucía y la no construcción en Texcoco del Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, se llevó a cabo entre el 25 y 28 de octubre de 2018. La segunda “consulta popular” se efectuó el 24 y 25 de noviembre de 2018 sobre diez temas de la agenda gubernamental: construcción del Tren Maya, construcción del Tren del Istmo de Tehuantepec, construcción de la refinería en Tabasco, reforestación de selvas, bosques y plantación de árboles frutales, aumento de la pensión a adultos mayores, becas y capacitación laboral a jóvenes que no estudian y no trabajan, becas a estudiantes de nivel medio superior, entrega de pensiones a personas con discapacidad, atención médica a quienes no cuenten con servicios de salud y cobertura gratuita de internet. Dichas consultas se realizaron previo a la toma de posesión de AMLO, con carácter no vinculante. Las podemos considerar un respaldo a las tomas de decisión previstas por el presidente. Ya como titular del Ejecutivo, el 1º de agosto de 2021 el Gobierno federal realizó la consulta para manifestar el respaldo a emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos, en otras palabras, a enjuiciar a expresidentes; ésta sí, de carácter vinculante.

 

Al abrir las opciones de enjuiciamiento y la posibilidad de destitución al mandatario en funciones, observamos avances legales para combatir los excesos y abusos de poder, así como la ineficiencia que pudiera mostrar la gestión administrativa encabezada por el Ejecutivo. Por su parte, la consulta de enjuiciamiento a expresidentes pareciera innecesaria pues no hay impedimento legal para enjuiciar a exmandatarios, por lo que, a nuestro juicio, se trató de una práctica política, discursiva. En otras palabras: progresos en materia jurídica y la oportunidad de manejar un discurso que encumbre al “líder demócrata”, válido en toda carrera política.

 

Cabe hacernos la pregunta del por qué las consultas si AMLO ya tenía decidido cancelar la construcción del aeropuerto en el lago de Texcoco y construir, en su lugar el Felipe Ángeles, en la base militar de Santa Lucía; así como llevar a cabo las obras del Tren Maya, la refinería Dos Bocas, entre otras. ¿Por qué consultar si se enjuicia a expresidentes, cuando es posible hacerlo y aunque el propio AMLO manifestara su no deseo de hacerlo? Son temas que quiso poner a debate nacional. No otros. No puso a consideración de la ciudadanía el papel protagónico que lleva a cabo el ejército en materias de seguridad y de infraestructura. El proceso de revocación de mandato tiene lógica al complementar las posibilidades legales de someter al titular del Ejecutivo al escrutinio, especialmente ciudadano. En caso de refrendar el mandato, brinda legitimidad al ejercicio de Gobierno y AMLO lo lleva al plano moral: “El presidente tiene que tener legitimidad, por ello la consulta de revocación de mandato es un asunto moral y político”.

 

A pesar el interés manifiesto de que el titular del Ejecutivo no se manda solo, la administración actual no ha provisto mecanismos de participación ciudadana en el diseño y ejecución de las políticas públicas, que nos lleven a un modelo de gobernanza. Más bien, se ha fortalecido la figura presidencial y una situación de gobernabilidad (estabilidad bajo el control del Estado). Por ende, podemos considerar en el plano estratégico, que esta herramienta de democracia participativa sin el acompañamiento de una incidencia social en la toma de decisiones resulta una participación social limitada en que legitima cierta toma de decisiones presidenciales. Es de utilidad para AMLO ante las críticas de la oposición y sectores que se han visto afectados en privilegios de los gozaban en sexenios anteriores. Si se aprecia contradictorio que el propio presidente convoque a una consulta de revocación de mandato, pareciera un sinsentido que la oposición se oponga al establecimiento del mismo, siendo una herramienta que le permita expresar su descontento y sentar un precedente para destituir a un mandatario en México. Como ya dijimos, debido al importante respaldo popular que goza AMLO, la oposición considera ésta una batalla perdida y su mejor arma es el abstencionismo. Arguye que se trata de un gasto innecesario, un acto propagandístico, de manipulación y fraudulento, con señalamientos de autoritarismo y de golpeteo al Instituto Nacional Electoral (INE) y ha convocado al movimiento #terminasytevas (en alusión al vergonzoso episodio en que el expresidente Vicente Fox le dijera vía telefónica al entonces mandatario de Cuba, Fidel Castro: “comes y te vas” en reunión extraordinaria de las Américas). La campaña opositora se ha difundido en redes sociales y, al igual que en otras manifestaciones presenciales, el pasado 3 de abril mostró su debilidad.

 

La mayor apuesta del sector opositor encabezado por Sí por México es el ausentismo en la consulta del próximo domingo. Que no se logre ni un piso de 11 millones votos, número de firmas recibidas en el INE para realizar la consulta de revocación de mandato. Gustavo de Hoyos Walther, expresidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), asegura que la consulta de revocación de mandato de Andrés Manuel López Obrador es un “revocafraude”, por lo que la organización Sí por México, en la cual participa, no la impulsará ni votará ni será parte de la su celebración el 10 de abril de 2022. A falta de un argumento convincente, consideramos que la verdadera razón del llamado a no participar es el “no hacerle el juego a AMLO”.

 

El Artículo 7 de la Ley federal de revocación de mandato indica que “el inicio del proceso de revocación de mandato solamente procederá a petición de las personas ciudadanas en un número equivalente, al menos, al tres por ciento de las inscritas en la lista nominal de electores, siempre y cuando la solicitud corresponda a por lo menos diecisiete entidades federativas y que representen, como mínimo, el tres por ciento de la lista nominal de electores de cada una de ellas”. Esto significó contar con al menos dos millones 758 mil 227 firmas válidas.

 

Además de la campaña en redes digitales que promueve el abstencionismo, el Gobierno federal ha denunciado la escaza difusión del INE, órgano responsable directo de la organización, desarrollo y cómputo de la votación. El presidente consejero del INE, junto con otros consejeros son señalados de personas afines al Partido Revolucionario Institucional (PRI) y al Partido Acción Nacional (PAN), siendo uno de los últimos reductos del llamado prianismo. En franca disputa del Gobierno federal con el ente autónomo, funcionarios y gobernantes morenistas han convocado a la participación, en desacato a las restricciones que prevé la citada Ley.

 

Además de los factores internos, existe en el contexto internacional regional una ola de juicios políticos o impeachment en que tribunales supremos destituyen gobernantes electos sin que los ciudadanos sean consultados al respecto. En Guatemala se surgía una luz de esperanza de poder juzgar al presidente por actos de corrupción. El 3 septiembre 2015 el presidente de Guatemala, Otto Pérez Molina, presentó su renuncia al cargo, luego de movilizaciones ciudadanas. Había razones de peso: fue acusado por la fiscalía y por la CICIG (Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala), un organismo avalado por Naciones Unidas, de liderar una mafia de corrupción aduanera. A pesar de ello, devinieron prácticas no justificadas en la lucha de poder en otros países. En 2016, la presidenta brasileña fue retirada de sus funciones tras un proceso de impeachment. El 16 noviembre 2016 e l Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela declaró inconstitucional el juicio político que la Asamblea Nacional, controlada por la oposición, planteó para sancionar al presidente, Nicolás Maduro. La crisis política en Bolivia de 2019 se produjo del 10 al 20 de noviembre de dicho año después de 21 días de protestas contra el gobierno del presidente Evo Morales, a quien un sector de la población acusaba de haber cometido un fraude electoral en las elecciones generales de octubre. En 2017, el Congreso de Perú inició un procedimiento de "vacancia presidencial" con que destituyó al mandatario Pedro Pablo Kuczynski, después de que se revelaran pagos millonarios de la constructora Odebrecht a empresas vinculadas a él. La moción no prosperó. El 28 de marzo pasado, el Congreso de Perú, de mayoría opositora, no alcanzó el lunes los 87 votos mínimos requeridos para aprobar la moción de vacancia contra el presidente del país, Pedro Castillo, quien logró de esta manera sortear por segunda vez un intento de destitución en su contra. En propio Estados Unidos se ha recurrido a este mecanismo en años recientes. El 19 de diciembre de 2019 “la Cámara de Representantes acordó someter al presidente Donald Trump a un juicio político por abuso de poder y obstrucción al Congreso”.

 

Podemos observar que, en los casos de Venezuela y Bolivia, tanto los mandatarios Nicolás Maduro como Evo Morales son señalados de dictadores, violadores de los derechos humanos. Llama la atención que en los últimos días, legisladores y funcionarios estadounidenses hayan endurecido sus “preocupaciones” por presunta persecución política que AMLO ha emprendido contra sus adversarios y desmantelamiento de instituciones democráticas, así como por el alto número de periodistas asesinados en México.  Destacamos lo anterior porque podría configurarse una amenaza de actores internos y externos (recuérdese la búsqueda de alianza del PAN con Vox de España) en se fortalezca el discurso acusatorio contra AMLO de dictador y violador de derechos humanos en procura de un juicio político como se ha propagado por América Latina. He aquí la utilidad de mayor importancia del proceso de revocación de mandato, en que, por ley la ciudadanía tendría toda la facultad de participar en una decisión de índole mayor: deposición o refrendo a la gestión del titular del Ejecutivo.

 

El próximo domingo 10 de abril, en un hecho inédito, la ciudadanía mexicana acudirá votar en un proceso de revocación de mandato. De acuerdo a la Ley federal de revocación de mandato el resultado de la consulta sólo será obligatorio solo si se alcanza una participación mayor al 40 por ciento del padrón electoral, esto es, más de 37 millones de personas. No se espera tal asistencia a las urnas por varias razones. La primera, los ciudadanos acuden en mayor cantidad a votar cuando se celebran elecciones presidenciales. En el resto, se registran altos índices de abstencionismo. En las tres consultas promovidas por el Ejecutivo no se registró una presencia masiva. Para algunos simpatizantes de AMLO resulta confuso ir a votar en consulta para la revocación de presidente. Hay un entendimiento opuesto a la pretensión de refrendar la gestión actual. No se aprecia la utilidad de esta novel herramienta democrática. Sabiendo lo anterior, los opositores al régimen lópezobradorista prefirieron levantar la bandera del abstencionismo y presentarlac así como su triunfo. Su participación estaría encaminada a la derrota, a un refrendo de la administración de AMLO y con ello, su legitimización. Ese es un valor para el mandatario en su segunda mitad de su Gobierno.

 

Con un fundamento jurídico, la consulta ciudadana llegó para quedarse en México y robustecer el entramado de participación ciudadana. Si bien no significa una plena participación en el diseño e implementación de políticas públicas, sí es un avance en el combate a la impunidad de los gobernantes. No podemos dejar de ver que bien puede servir como un encausamiento de la disconformidad social. Una protesta masificada podría ser traslada a las urnas. Aunque no se aprecie una amenaza latente contra la continuidad de López Obrador en la Presidencia de la República, no olvidemos que pueden surgir condicionantes ideológicos que cobren fuerza y se conviertan en una verdadera presión al Gobierno federal. Ya comienza a endurecerse el discurso del Gobierno de Estados Unidos y se ha instituido el impeachment como una práctica de destitución de mandatarios en la región. El proceso de revocación de mandato tiene una utilidad a futuro, como instrumento que permita al pueblo defender a su Gobierno o revocarlo si es necesario. La participación ciudadana ya está contemplada en un escenario de crisis política en México.

https://www.alainet.org/en/node/215294?language=en
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