Concierto político para delinquir

15/12/2007
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  • Opinión
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El debate continúa. Los interrogantes se acrecientan con el paso del tiempo. El Gobierno nacional quería obtener a “pupitrazo limpio” la aprobación, en el Congreso de la República, del proyecto de ley, con el que pretende desconocer el delito denominado “Concierto para delinquir (Simple o Agravado)”, favoreciendo a los desmovilizados de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), muy a pesar de la reiteradas llamadas de atención de la Corte Suprema de Justicia en sentido contrario.

Según el Ministro del Interior y de Justicia, Carlos Holguín Sardi, era urgente y necesario dar los debates requeridos para “consolidar el proceso de paz” con las autodenominadas autodefensas, porque de lo contrario sería dejar en el limbo a más de diecinueve mil (19.000) desmovilizados, especialmente los llamados miembros “rasos”.

Definición

Con tal de hacer las precisiones respectivas, nos parece pertinente transcribir el concepto de la Honorable Corte Constitucional, que en sentencia C-241/97, expresa al respecto: “El concierto para delinquir en términos generales se define como la celebración, por parte de dos o más personas de un convenio, de un pacto, cuya finalidad trasciende el mero acuerdo para la comisión de un determinado delito, se trata de la organización de dichas personas en una societas sceleris, con el objeto de asumir con proyección hacia el futuro la actividad delictiva como su negocio, como su empresa, la cual, valga aclararlo, dado su objeto ilícito se aparta de los postulados del artículo 333 de la Carta Política que la reivindica y protege; lo anterior significa que no existe acuerdo previo entre sus miembros sobre los delitos específicos que cometerán, como tampoco sobre el momento, el lugar o las personas o bienes que se afectarán, si sobre lo que será su actividad principal: delinquir. Es decir, que la organización delictiva se establece con ánimo de permanencia, que el pacto o acuerdo que celebran sus integrantes es para desarrollar actividades contrarias a la ley, previa distribución entre sus miembros de acciones y responsabilidades que se complementan para alcanzar un fin. Este tipo de organizaciones al margen y contra la sociedad, cuyo objeto específico es transgredir el ordenamiento jurídico, obviamente constituyen un peligro para la tranquilidad colectiva y atentan contra la seguridad pública, que son precisamente los bienes jurídicos que se pretenden proteger con su represión y castigo”. (Subrayado nuestro)

Drástico para nimiedades, benevolente para atrocidades

Si bien, Colombia entera desea la paz con todos los grupos que se han levantado en armas, ya sea en contra del orden establecido (guerrillas) o en suplantación del mismo (autodefensas), debemos mantener un norte bien definido en el cual las víctimas (consideradas individual o colectivamente) sean resarcidas en sus perjuicios materiales y morales.

Insistir en la vía de los desmovilizados (los beneficios a los aparentes miembros “rasos”, que a la postre terminan favoreciendo a todos por igual) desconociendo las reparaciones de quienes han resultado perjudicados con el accionar delictivo de los grupos paramilitares es altamente riesgoso.

Volviendo al concierto para delinquir, llama la atención que sean adelantados los procesos de paz, sin definiciones concretas sobre los compromisos adquiridos por la Casa de Nariño con los cabecillas de los paramilitares para su desmovilización. Al parecer, el “Acuerdo de Ralito” era conocido por muchas más personas de las que ha vinculado la Corte Suprema de Justicia y la Fiscalía General de la Nación hasta el momento. No ha quedado claro si es que los políticos buscaron a los paramilitares o si fue a la inversa. Si los grupos de autodefensas se han desmovilizado total y verdaderamente o si lo han hecho de manera parcial. Las confesiones marchan a cuenta gotas, las masacres siguen sin determinarse en sus verdaderas dimensiones.

La otra inquietud es referente a la cesación de procedimiento o preclusión de la instrucción. La Corte Suprema de Justicia ha dicho en muchas oportunidades que es imposible aplicar dichas medidas en los casos de los desmovilizados de rango medio y bajo en vista de que las acciones realizadas por éstos se enmarcan en los delitos comunes y no en los delitos políticos en los que sí pueden adoptarse.

Otro aspecto que sale a relucir es el de la ley de delitos comunes (hurto simple, lesiones personales y otros similares) que trae como pena de uno (1) a cuatro (4) años de arresto, y se les otorgan a quienes han desplazado a más de dos millones de personas, torturado y masacrado a poblaciones enteras, y se han apropiado de cuantiosos recursos del Estado para financiar sus actividades delictivas estaríamos igualando a quien toma una gallina de patio ajeno para alimentar a sus hijos (lo que no se justifica desde ningún punto de vista) con quienes sin rubor alguno descuartizaron a seres humanos vivos para quedarse con su terreno, o a quienes para llegar al poder mandaron a “eliminar” a su mayor oponente.

Debate público

El tema tiene tanto de ancho como de largo y mucho de peso más de lo que pudiéramos suponer. Por fortuna, más por las distracciones de las festividades navideñas, el Congreso Nacional dejó para el próximo año la discusión del proyecto de ley mencionado atrás, lo que ojalá permita al grueso de la población colombiana enterarse del fondo que tiene semejante propuesta.

En el mes de febrero, para el que han sido citadas las Comisiones Primeras de Senado y Cámara, conjuntamente, ya ha pasado el guayabo físico y moral de final de año, por lo que estaremos lo más sobrios posible para alquilar “palco de honor” con tal de presenciar las discusiones en torno a la propuesta oficial, al menos lo haremos por el Canal institucional del Congreso.

Definidamente se debe debatir ampliamente, de cara a toda la ciudadanía, el tema paramilitar y parapolítico para que la verdad, la justicia y la reparación sean realidad en el presente, y lograr así un verdadero proceso de paz y reconciliación nacional.


Fabio Miguel Monroy
Abogado – periodista

Fuente: Semanario Virtual Caja de Herramientas
Corporación Viva la Ciudadanía.
www.vivalaciudadania.org
https://www.alainet.org/en/node/124795
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