Se requiere la verdad de todos los actores del conflicto

25/08/2017
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Las formas de justicia transicional y la implementación del Acuerdo de Paz Gobierno-FARC exigen a todos los actores del conflicto, incluidos los diversos colectivos de excombatientes, especificar compromisos para los necesarios aportes con el esclarecimiento de la verdad y el logro de la reparación simbólica de las víctimas del conflicto y de la sociedad en general. Con justeza el delegado de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para la Paz y sectores de opinión discuten la necesidad de especificarlos debidamente en la implementación del acuerdo de paz y sus distintas figuras. Esto hace relación a la reglamentación en el marco del sistema integral previsto de la JEP, la Comisión de Esclarecimiento de la Verdad, la Unidad de Búsqueda de Desaparecidos, el otorgamiento de amnistías, indultos y la aplicación de la figura de renuncia a la persecución penal.

 

Con relación a la parcial desmovilización paramilitar entre 2003-2006, en un proceso en buen grado fracasado al no conseguir el desmonte integral de éste fenómeno como mucho se ha discutido, en todo caso la exigencia de la Corte Constitucional con la Sentencia C-370 de 2006 evitó la impunidad total pretendida por el gobierno de la época y generó condiciones que viabilizaron ciertos resultados aún parciales en materia justicia y de esclarecimiento histórico. De los más de cuatro mil ex paramilitares sometidos a la Ley 975 de 2005 y su versión modificada actual, parte de ellos entregó aportes importantes a la verdad en versiones libres y las aún pocas sentencias logradas constituyen aportes sustanciales de verdad judicial hacia el esclarecimiento del paramilitarismo.

 

Sin embargo, resta la actuación judicial ante más de quince mil personas entre funcionarios, integrantes de la fuerza pública y organismos de seguridad y terceros, sobre quienes se hicieron graves señalamientos de participación en graves violaciones bajo este marco legal, contra quienes la Fiscalía y los órganos de justicia no han actuado en correspondencia. Se espera entonces que ahora concurran o sean llamados a la JEP, de forma que se sometan con las garantías transicionales previstas. Desde allí mucho podrá surgir hacia la verdad desde la responsabilidad de tales sectores.

 

La Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación instalada en aplicación de la misma Ley 975/2005 creó el Grupo de Memoria Histórica, de forma que con acierto le otorgó autonomía en las elaboraciones, permitió que fueran académicos independientes sus integrantes y sus trabajos sucesivos denotaron independencia y sentido crítico para desvelar graves problemáticas en derechos humanos y humanitarias en sucesivos informes de casos emblemáticos, sectores y regiones afectadas, a la vez que iniciar una línea de aportes metodológicos e interacciones con otros sectores sociales e instituciones en trabajos hacia la memoria histórica.

 

Entre tanto, el necesario rechazo de la Corte Suprema de Justicia al otorgamiento masivo e indiscriminado de indultos para con la población paramilitar registrada oficialmente como desmovilizada al no aparecer implicada judicialmente por graves crímenes, producto de la impunidad estructural del Estado y la justicia, llevó a que se expidiera un nuevo marco legal para tal sector. Fue expedida a su favor la Ley 1424 de 2010, pero de nuevo gracias a jurisprudencia y exigencias de la Corte Constitucional, Sentencia C-771 de 2011, quedaron sometimientos a la justicia ordinaria bajo el cargo de asociación para delinquir, aunque con el beneficio penal de libertad como figura transicional, condicionado a contribuir a la verdad y con acciones reparativas hacia las víctimas.

 

Para recibir tal contribución fue encargado mediante delegación  legal el Centro Nacional de Memoria Histórica, mediante su área de Acuerdos de la Verdad, de manera que una población que supera las 17 mil personas son entrevistadas, si entregan positivas colaboraciones se les ratifica tal beneficio, de manera que con base en sus revelaciones y las contribuciones voluntarias de las víctimas y de otros actores y fuentes, se proyecta desde este centro una serie de informes sobre el origen, actuación e impactos de cada estructura paramilitar[1].

 

De otra parte, en los anteriores proceso de paz de inicios del 90 entre el Estado y las guerrillas M19 y EPL y varias fracciones guerrilleras y milicias insurgentes regionales, aún el derecho interno e internacional no había posicionado de manera suficiente las demandas de verdad, justicia, reparación y no repetición, de forma que la aplicación de amnistía e indultos a sus integrantes acogidos a la paz –leyes 77 de 1989, con algunas excepciones para graves delitos, con conllevó a ejercicios de memoria, salvo el diagnóstico de la problemática regional y nacional del conflicto, la violencia y los derechos humanos evidenciada en el informe de la Comisión de Superación de la Violencia pactada con el EPL, al cual se adhirió el MAQL.

 

No obstante, con posterioridad, la Ley de Víctimas 1448 de 2011, en su Artículo 196 planteó medidas de satisfacción y reparación simbólica  para los miembros de estas organizaciones acogidas a anteriores pactos de paz, a través de un informe a cargo del entonces Ministerio del Interior y de Justicia y otras acciones, lo cual no se logró por la inviabilidad como se concibieron las medidas, con propuestas exentas de formas de concertación y participación por parte de la población implicada.

 

Ahora, la implementación de la JEP debe conllevar amplias posibilidades para el logro de verdad judicial y memoria histórica dado su exigencia como condicionamiento para la pena alternativa y las medidas asociadas a las propias condenas, de medidas de satisfacción y reparación simbólica. Deben en consecuencia producirse efectos con funcionarios, miembros de la fuerza pública y organismos de seguridad, líderes gremiales, ex insurgentes acogidos y demás personas implicadas, que deberán nutrir con amplitud el conocimiento sobre muchos aspectos relativos a la grave, masiva y sistemática crisis en derechos humanos y humanitaria presente por décadas y con algunas expresiones que se prolongan hasta la actualidad.

 

Pero en lo relativo al esclarecimiento en términos de la narración histórica y la sistematización del conjunto de la problemática presentada, corresponde como mecanismo no judicial el trabajo a la Comisión de Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, mediante la convocatoria amplia de audiencias para la participación de la ciudadanía, la recepción de aportes de diversa índole, la citación de personas y la exigencia de información a entes estatales y gubernamentales, de forma que procederá a elaborar a tres años un informe histórico y general de lo sucedido con el conflicto y las situaciones en derechos humanos y derecho humanitario, de forma que entregará conclusiones y recomendaciones de tratamiento, para las cuales actuará una comisión de seguimiento en aras de sus efectivas aplicaciones. Así mismo, le proporcionarán información sistemática la JEP, la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas y los compromisos que con validez se reclaman para con la población ex combatiente de las FARC favorecida con amnistías e indultos.

 

A propósito, en la reciente audiencia pública de la Corte Constitucional, de revisión de la Amnistía de la Ley 1820 de 2016, Tod Howland discutió con validez que las personas de las FARC beneficiadas con amnistías e indultos y de la Fuerza Pública y los organismos de seguridad estatal con la figura de renuncia a la persecución penal, deben hacer aportes a la verdad y acciones de reparación expresada en labores sociales. En igual sentido, se expresaron otros sectores: “La realización de audiencias para contar la verdad, acompañada de procesos de reparación simbólica o de algún aporte a la sociedad por parte de los miles de ex guerrilleros que se acogerán a la medida, pueden contribuir al proceso de reconciliación nacional y a la construcción de los necesarios relatos sobre lo que ocurrió”[2].

 

Más aún, está previsto desde este Acuerdo de Paz y claramente reglamentado en el Decreto 588 de 2017 que habrán de concurrir aportes de esclarecimiento sobre la actuación de todos los actores del conflicto hacia la Comisión de Esclarecimiento de la Verdad. Esto exige que se profundice y complemente lo mucho que resta por esclarecer desde las responsabilidades estatales en primer términos, de forma asociada y también con sus propias dinámicas y variantes desde todo lo que también hace falta de esclarecer del paramilitarismo, son convocadas de nuevo para aportar a la verdad lo que corresponde a las guerrillas y milicias que desde hace dos décadas pactaron la paz, y por supuesto diversos sectores de la institucionalidad, la sociedad y del ámbito internacional, comprometidos con la guerra, la violencia socio política y la responsabilidad frente a graves problemáticas humanitarias.

 

Y por supuesto, aunque no es el tema de éste artículo, hay que poner de presente que en Colombia falta mucha verdad pero también ya ha trascendido mucha verdad, en tanto esfuerzos valientes y muy loables han aportado, en medio de ser altamente victimizados, desde la sociedad civil a través de organizaciones sociales, de derechos humanos y de víctimas, desde hace por lo menos cuatro décadas. Lo propio ha hecho con contribuciones de alta valía la comunidad internacional, entre ellas la ONU, la CIDH y la Corte IDH, diversos organismos intergubernamentales y entes internacionales de DDHH.

 

Y más recientemente, el Estado empezó a hacer contribuciones hacia la verdad y algunos gobiernos algunos reconocimientos, de forma que sobresalen en el último lustro los procesos de la CSJ frente a la llamada parapolítica en lo relativo a la verdad judicial y las aportaciones del Centro Nacional de Memoria Histórica en lo relativo a la verdad no judicial, de forma que heredó la autonomía en elaboraciones de esclarecimiento del Grupo de Memoria Histórica y realiza acciones diversas de promoción de la memoria. Entregó como insumo de discusión en 2013 el importante informe ¡Basta Ya!: memorias de guerra y dignidad, y podrá entregar una amplia contribución temática y metodológica en las actuales acciones judiciales y no judiciales comprometidas con la realización del derecho a la verdad.

 

Resta decir que sería un contrasentido histórico que el ELN con su esperado pacto de paz y su positiva consigna “verdad toda, verdad de todos”, no alcance a participar y entregar sus propias contribuciones de diverso orden ante las exigencias de verdad, justicia, reparación de las víctimas y garantías de no repetición, para poder decir entonces con firmeza que todas las expresiones de la guerra ya se han cerrado y que la posibilidad de construir una paz integral, podría contar efectivamente con los esfuerzos comprometidos desde todos los diversos actores del conflicto y la violencia.

 

Bogotá, DC. 17 de agosto de 2017.

 

Álvaro Villarraga Sarmiento

Directivo CNMH, integrante FUCUDE, catedrático.

 

 

Notas

 

[1] Está en edición el informe del Bloque Tolima de las AUC y en preparación de edición otros informes sobre el Bloque Calima de las AUC y en terminación para el presente año otros informes sobre estructuras paramilitares de Antioquia, de Los Llanos y un informe general cuantitativo sobre características y actuaciones del paramilitarismo.

 

[2] “¿Nos estamos alejando de la justicia restaurativa?”, Editorial, El Espectador, 5 de agosto de 2017.

 

 

Fuente: https://www.sur.org.co/se-requiere-la-verdad-de-todos-los-actores-del-conflicto/

https://www.alainet.org/de/node/187637?language=es
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