La ONU y la Ley de Seguridad Interior

15/12/2017
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 Cuando es un hecho que el Senado aprobará la Ley de Seguridad Interior a hurtadillas –al negarse a informar dónde sesionará–, expertos y relatores de la Organización de las Naciones Unidas en un hecho sin precedente fijaron una postura sobre la iniciativa aprobada por la Cámara de Diputados (1-XII), reformada en nueve artículos por los senadores y que pasará a la aprobación de San Lázaro y enseguida a la promulgación.

 

Emilio Gamboa está dispuesto a ignorar el llamado de Enrique Peña Nieto (11-XII) para “ampliar los espacios de diálogo”, o bien fue una estratagema para simular.

 

Como fuere, expertos de la ONU de los grupos de trabajo sobre Desapariciones forzadas o involuntarias y Detención arbitraria; así como los relatores especiales Joe Cannataci, sobre Derecho a la privacidad; Michel Forst, Situación de los defensores de los derechos humanos; Agnès Callamard, Ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias; Pablo de Greiff, Promoción de la verdad, la justica, la reparación y las garantías de no repetición; y David Kaye, Promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión, llamaron desde Ginebra, Suiza, al Estado mexicano “a rechazar el Proyecto de Ley de Seguridad Interior que se someterá hoy (14-XI) al pleno del Senado”.

 

Conocedores de la situación en que se encuentra el derecho humanitario en México y su accidentada materialización, advierten que “dar a las Fuerzas Armadas un papel de liderazgo en materia de seguridad podría debilitar la protección de los derechos humanos”.

 

Mientras las voces impugnadoras del texto –elaborado en la Secretaría de la Defensa y autorizado por Salvador Cienfuegos–, proceden de la Rectoría de la UNAM, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la CNDH y múltiples organismos de la sociedad civil, los relatores y expertos plantean: “Nos preocupa que el Proyecto de Ley otorgue a las Fuerzas Armadas un rol de dirección y coordinación en ciertas circunstancias, en lugar de limitar su papel al auxilio y asistencia a las autoridades civiles.”

 

Abundan que “El Proyecto de Ley carece de mecanismos sólidos de control que garanticen que las operaciones se lleven a cabo con pleno respeto de los derechos humanos. No prevé que las actividades de inteligencia se realicen con la debida supervisión civil y judicial, y, al categorizar toda la información resultante de la aplicación de la ley como de seguridad nacional, la excluye de las leyes de transparencia apartándola del escrutinio público.”

 

Advierten lo que dicta la experiencia, en primer lugar la mexicana con Felipe Calderón y Enrique Peña: “El creciente papel de las Fuerzas Armadas, en ausencia de mecanismos control y de rendición de cuentas, podría provocar la repetición de violaciones de derechos humanos como las cometidas desde que se asignó a las Fuerzas Armadas un papel protagónico en la lucha contra la criminalidad.”

 

La iniciativa de ley “es ambigua en ciertos puntos y contiene una definición excesivamente laxa de las situaciones en que las autoridades podrían usar la fuerza, incluso en el contexto de movilizaciones de protesta”, apuntan en coincidencia con expertos aztecas.

 

Como muchas voces, estiman que “Resulta muy alarmante que una iniciativa legislativa de tal envergadura, con un impacto potencial tan profundo en los derechos humanos, se lleve a cabo de una manera precipitada.” Y recomiendan que “debería hacer hincapié en el papel primordial de las autoridades civiles, principales responsables de proteger los derechos humanos mediante la inclusión de estrictos controles”. Clarísimo.

 

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