Telecomunicaciones: Neutralidad en la red y zero rating
Para la salud de la democracia, no es admisible dejar librado a las empresas proveedoras de conexión a internet las decisiones en torno al tratamiento de los datos que circulan en ella.
- Análisis
Se conoce como neutralidad de la red (Net Neutrality) al principio que promueve que todo el tráfico de internet debe ser tratado igualitariamente. Es decir, sin privilegiar el contenido según su marca o nombre, sitio web, plataforma, aplicación, tipo de equipamiento utilizado para el acceso o modo de comunicación. El usuario/ cliente puede acceder a este tipo de contenido sin restricciones, entendiendo que posee el derecho de elegir libremente entre los recursos que ofrece internet.
Es un concepto que ha formado parte del lenguaje de internet desde sus inicios, aunque su origen proviene de principios del siglo XIX, cuando Almon Brown Strowger inventó un sistema telefónico automático para “puentear” a las operadoras telefónicas que redirigían las llamadas con fines de lucro.
No hay un acuerdo preciso sobre el significado de la neutralidad de la red y puede tomar diferentes alcances según la intención con la que se interprete. Sin embargo, se fue asentando un consenso mínimo, pero general, que entiende a la neutralidad como la prohibición de introducir distorsiones (artificiales) en el tráfico de información en internet, rechazando toda discriminación intencional de contenidos o servicios particulares.
En la red internet, el concepto de Neutralidad se basa en la premisa de que los Proveedores de Servicios de internet (ISPs) gestionen el tráfico de contenidos sin privilegiar a un participante de la red por encima de otros, conocido como “internet de dos velocidades”. En este sentido, las reglas no permiten que los proveedores de banda ancha bloqueen o ralenticen o privilegien el acceso a las aplicaciones de contenidos sobre la red; o cobren más o menos a los usuarios/clientes por el acceso a ciertos contenidos o aplicaciones.
El principio de Neutralidad garantiza una internet libre y abierta, dando a los consumidores igualdad de acceso y evitando que las firmas de banda ancha favorezcan contenidos propios o de terceros. Sin este principio, los proveedores de acceso a internet podrían restringir o ampliar el acceso a determinados sitios web con el objetivo de favorecer a una empresa específica o en beneficio propio. El regulador del mercado de telecomunicaciones tiene la potestad de verificar el cumplimiento de este principio.
El punto de vista que pone en tensión el principio de Neutralidad, argumentando que la gestión y administración tecnológica de la red requiere la priorización de ciertos paquetes de contenidos por sobre otros, en una discriminación “natural” del tráfico, no diferencia tráfico del contenido. Las medidas de gestión de tráfico son una práctica habitual de ingenieros y técnicos que administran el tráfico de la red. Estas tareas permiten afrontar situaciones de saturación de canales, congestión de rutas o responder a peticiones “justificables” de bloqueo producido por ataques cibernéticos, tráfico de spam o pedidos específicos de la justicia o de los usuarios.
Esta mirada se orienta a vulnerar el principio de Neutralidad y de este modo justificar las acciones que desencadenan la aplicación del principio zero rating. La Neutralidad se refiere a los contenidos de los paquetes que viajan por la red; este flujo lo producen los servicios de los proveedores de contenidos como Netflix, Disney, Amazon o Flow o servicios como el comercio electrónico y las redes sociales son muy diferentes en tamaño y poder económico.
Los ISPs más poderosos suelen recurrir a redes de distribución de contenidos (CDN) o suscribir acuerdos de interconexión de redes que beneficien el tráfico de las redes participantes del acuerdo (peering).
El debate por la Neutralidad de la red pone en tensión a proveedores de contenidos y proveedores de infraestructura, dejando fuera al cliente/usuario. ¿Quién garantiza la cobertura territorial y la calidad del servicio, el precio justo y la integridad y acceso social a los contenidos y servicios?
En la práctica, el contenido no se distribuye en internet en condiciones de igualdad. Es por eso que muchos ven más propicio hablar de apertura de la red en vez de neutralidad, entendiendo que la no discriminación del tráfico no es posible. La idea de una internet abierta apunta a enfocar en los resultados más que en los medios, e implica que todos los usuarios sean tratados de la misma manera (incluyendo a los generadores de contenidos o servicios). Es la igualdad de trato hacia los usuarios la que garantizaría su plena libertad para acceder o transmitir los contenidos que prefieran. Internet como una plataforma abierta, global e interoperable para el libre tránsito de contenidos[i].
En Argentina está vigente la Ley Argentina Digital que sostiene en su Artículo 57 sobre Neutralidad de red y Prohibiciones. Los prestadores de Servicios de TIC no podrán:
a) Bloquear, interferir, discriminar, entorpecer, degradar o restringir la utilización, envío, recepción, ofrecimiento o acceso a cualquier contenido, aplicación, servicio o protocolo salvo orden judicial o expresa solicitud del usuario.
b) Fijar el precio de acceso a internet en virtud de los contenidos, servicios, protocolos o aplicaciones que vayan a ser utilizados u ofrecidos a través de los respectivos contratos.
c) Limitar arbitrariamente el derecho de un usuario a utilizar cualquier hardware o software para acceder a internet, siempre que los mismos no dañen o perjudiquen la red.
Nuestra ley garantiza un estándar bastante elevado de la neutralidad porque asegura la libertad de acceso, al prohibir prácticas de bloqueo o restricción. Por otro lado, en la actualidad hay ciertas prácticas como las de zero rating que, si bien no están expresamente prohibidas, podrían entrar en conflicto con la ley.
El zero rating es la posibilidad que incluyen empresas operadoras de telefonía móvil para que sus clientes o usuarios no paguen por el uso del servicio de Datos cuando acceden a algunas aplicaciones o servicios en internet. Es decir, su implementación comercial permite que el cliente utilice determinados servicios, aplicaciones, o plataformas sin que se contabilicen en el consumo de datos mensual.
Las prácticas de tasa cero son planes de bonificación de consumo que favorecen o impulsan el acceso a determinadas plataformas. Esto puede adoptar diferentes variantes.
Las empresas operadoras de servicios en la red cambian y aumentan frecuentemente las opciones comerciales que tienen para el público. El objetivo es ofrecer mejores precios, y mejores prestaciones que atraigan la atención del consumidor/ciudadano que les permita crecer en su facturación, aunque ponga en tensión el cumplimiento de la norma de leyes que regulan el mercado.
Hay un modelo extremo de zero rating como el de internet.org que impulsa Facebook: por acuerdos con operadoras locales —y en varios casos también los gobiernos— ofrece acceso bonificado a versiones reducidas de su propio servicio y de una serie de aplicaciones asociadas de noticias, redes sociales o servicios gubernamentales.
Como se puede leer en el portal Electronic Frontier Fundations, India decidió rechazar los planes de tasa cero tales como la plataforma Free Basics de Facebook, mientras que en los Estados Unidos las compañías de telecomunicaciones empujan los límites con sus experimentos de tasa cero como los planes Binge-On de T-Mobile, que dio lugar a una disputa pública entre John Legere, CEO de la compañía, y la EFF, así como los planes Sponsored Data de AT&T, FreeBee de Verizon y Stream TV de Comcast.
Los planes más nocivos en los Estados Unidos, como las ofertas de AT&T y Verizon, sólo ofrecen a sus usuarios, bajo la modalidad zero rating, datos de aquellos proveedores de contenidos que pagan a las telefónicas para hacerlo. Tales acuerdos del tipo "pagar para usar" (pay to play en inglés) favorecen a los grandes proveedores de contenidos que sí pueden permitirse el lujo de pagar para estar a la vista de los usuarios, y marginan a los que no pueden, como las proveedoras de contenido sin fines de lucro, pequeñas empresas, y otros usuarios[ii].
En la Argentina, las prestadoras de internet móvil incorporan servicios ajenos para posicionar su oferta, mientras una de ellas, integrada verticalmente, también favorece sus propios contenidos. Consistentemente con la reorientación de las políticas de comunicación en favor de los actores concentrados período 2016/2019 y en particular del mayor de ellos, el regulador ni independiente ni imparcial favoreció las condiciones para la concentración existente. Favorecen decididamente la concentración en aplicaciones globales como WhatsApp integrada a Facebook e Instagram que detenta el mayor tráfico de datos que alimenta el big data de la corporación. Las redes y sus contenidos concentrados se orientan al relato universal único.
Es fundamental que haya transparencia sobre este tema. Que cada empresa informe la velocidad de datos que ofrece, si es simétrico o asimétrico y que se analice si hay alguna variación que favorezca alguna plataforma u aplicación y cuáles son las razones.
Movistar, Claro y Personal están ofreciendo un servicio de WhatsApp gratis para algunos planes. Se refiere puntualmente a que no se incurre en un gasto adicional (no se descuentan datos del plan) cuando se utiliza ese servicio de mensajería.
Esta práctica de zero rating, de algún modo, incentiva al usuario (por el ahorro que le implica) a usar WhatsApp en vez de otras aplicaciones que ofrecen el mismo servicio como puede ser Telegram, Gtalk o Messenger. En ese sentido, se puede considerar que esta práctica afecta la neutralidad de la red y favorece la concentración de aplicaciones integradas en la corporación Facebook.
Si bien la ley Argentina Digital establece un principio de neutralidad de la red, no hay una reglamentación que especifique en concreto los procesos de aplicación. Sería adecuado que el Gobierno o el ente regulador Enacom estableciera un reglamento específico que fije las prácticas concretas de neutralidad como se hizo en otros países, incluidos Chile y Perú en la región.
En la actualidad, los usuarios clientes de las empresas proveedoras de internet, no podemos estar seguros de que los servicios de internet contratados no estén degradando un servicio por sobre otro o la velocidad y consumo de ancho de banda sin que nos enteremos.
La existencia de prácticas de zero rating en la Argentina evidencia las falencias de la actual regulación e implementación de la Ley Argentina Digital en cuanto a protección de la neutralidad de la red. A la vez, esta situación nos alerta sobre la necesidad de ajustar la normativa vigente de modo que sea eficaz en los hechos con el fin de que, tanto usuarios finales como proveedores de contenidos, cuenten con una herramienta útil para hacer frente a los abusos de parte de los IPSs y empresas proveedoras de contenidos con poder de mercado, sobre todo considerando la naturaleza oligopólica que han adquirido en nuestro país en los últimos años.
Este tipo de prácticas genera numerosas transgresiones a los derechos de usuarios y proveedores de contenidos y, en consecuencia, ponen de manifiesto la necesidad de implementar medidas efectivas por parte de los Estados, a los fines de dar cumplimiento a su deber de garantizar el goce de derechos protegidos por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
La protección de la neutralidad de la red es necesaria en el contexto de convergencia digital. Nos permite limitar la tendencia del mercado info-comunicacional a la concentración y resguardar el derecho a la información de la población.
En el momento de poner foco en las plataformas como servicio info-comunicacional. En el territorio digital es donde se despliegan jugadores globalizados que escapan a la territorialidad del Estado Nación. El desafío es cómo evitar que la regulación se delegue a intereses privados. Aunque haya sido especificado en la normativa, el zero rating es una de las violaciones a la neutralidad más toleradas.
Durante el 2020 se logro un acuerdo a nivel nacional, entre la Secretaría de Políticas Universitarias, Enacom, el Ministerio de Educación y las empresas Telecom-Personal, Movistar-Tuenti y Claro, sobre liberación de consumo de datos (zero rating) en el acceso a portales y servicios web de las 57 Universidades Nacionales en el marco de la emergencia sanitaria COVID-19. Entre las nuevas implementaciones, se introdujo un software para que docentes y estudiantes puedan desarrollar videoconferencia. También, las clases sincrónicas, juegos, debates, trabajos colaborativos van a estar disponibles para todas y todos desde celulares sin consumo de datos y computadoras gracias a la colaboración de ENACOM, ARSAT y las empresas de telecomunicaciones de la Argentina. Así, se logró alcanzar una infraestructura soberana, con datos protegidos y una navegación gratuita.[iii]
Las prácticas que transgreden el principio de neutralidad también representan una amenaza para la privacidad y la intimidad de los usuarios. Esto nos obliga a considerar el vínculo entre neutralidad de la red y la vigilancia digital. La posibilidad de los ISPs de discriminar el acceso a los contenidos, favoreciendo a unos y prohibiendo y/o estrangulando a otros, deja en evidencia que, de esta manera, se puede acceder a todos los datos que circulan por la red.
Para la salud de la democracia, no es admisible dejar librado a las empresas proveedoras de conexión a internet las decisiones en torno al tratamiento de los datos que circulan en ella. Sobre todo, considerando que la concentración existente en el mercado local con Cable visión Holding configura un escaso nivel de competencia entre ISPs e incrementa proporcionalmente su poder en el mercado y su capacidad de condicionar tanto a proveedores de contenidos, como a usuarios y, más aún, cuando generan sus propios servicios y contenidos comunicacionales el riesgo es la democracia representativa.
El peso político-económico del sector info-comunicacional, condiciona imperativamente cualquier debate en torno a la neutralidad de la red. En consecuencia, se torna fundamental la intervención de los Estados a la hora de encarar políticas públicas que actúen en favor de garantizar los derechos digitales de los ciudadanos, en detrimento de la concentración y centralización de la propiedad o de los insumos necesarios para prestar el servicio
La información pública debe proveer a los ciudadanos datos sobre los proveedores de internet, de modo inteligible y transparente respecto a las prácticas de manejo de tráfico y políticas de uso, respecto a la coexistencia de servicios de acceso a internet y servicios especializados. Cuando la capacidad de red se comparte entre servicio de acceso a internet y servicios específicos, el criterio que se comparte debe ser expresado claramente.
En este sentido, si internet se mantiene como una plataforma abierta, innovadora y neutral dependerá en gran medida del tipo de regulación que se acabe aplicando como política pública. La emergencia de la Covid pone de manifiesto el valor estratégico de contar con una infraestructura de red y su operación independiente de los objetivos corporativos que han mostrado y muestran el criterio de mercado con faro de su gestión. La soberanía tecnológica y los servicios TIC al pueblo necesita filtrar las políticas comerciales.
- Alfredo Moreno, Ing. TIC en ARSAT, Profesor de TOC en Universidad Nacional de Moreno.
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