Susana Villarán, libertad en compás de espera

21/04/2020
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El Sistema Penitenciario y las cárceles del   Perú son otro rostro de carencias y debilidades que nos muestra con estupor el Coronavirus. Hay 138% de hacinamiento en las 68 cárceles que hay en el Perú. Son 97,000 los ciudadanos que se encuentran en ellas.5,893 presos cumplen penas menores a 4 años de prisión efectiva, 4,761 reclusos tienen más de 60 años; 2,777 ciudadanos están en reclusión por omisión a la asistencia familiar.  A ello se suma un significativo número de personas privadas de su libertad preventivamente sin condena ni acusación fiscal 

 

La Presidenta del Tribunal Constitucional, Marianella Ledesma, fue quien en este contexto planteó ante el mandatario  Martín Vizcarra el uso de sus facultades para indultar y conmutar penas a presos que cumplan con ciertas condiciones y sean parte de la población vulnerable al  coronavirus.  En  la  sesión del Consejo de Estado realizada el 23 de Marzo, en Palacio de Gobierno, la magistrada  señaló    su  preocupación  para  evitar que  los  penales  del  país  se conviertan en focos infecciosos. Expreso su opinión en una entrevista concedida al Canal N y diversos medios de comunicación dieron cuenta de su propuesta.

 

Por su parte el  Presidente  del Consejo de Ministros,  Vicente Zeballos, anunció  que el ministro  de  Justicia, Fernando  Castañeda,  trabajaba  una  propuesta  para indultar    a reclusos que  forman  parte  de  la  población  vulnerable..  En declaraciones para RPP, Zeballos Salinas reconoció que la mencionada medida fue una iniciativa de la Presidenta del Tribunal Constitucional. “Se habla mucho de priorizar a la población con alta vulnerabilidad, ahí se considera a los adultos mayores de 65 años”, expresó. “Hay que tomar esto con mucha cautela, no vaya a ser que el impacto negativo vaya a ser contraproducente a la buena voluntad que tenemos al tomar estas decisiones”, enfatizó.

 

Raúl Pariona Arana, abogado de la exalcaldesa de Lima Susana Villarán, solicitó el cese de la prisión preventiva de 24 meses que actualmente cumple su patrocinada en el penal Anexo de Mujeres de Chorrillos por los presuntos aportes recibidos por las empresas Odebrecht y OAS. En su lugar, solicitó que se le imponga comparecencia con restricciones.

 

En un documento remitido el pasado 13 de abril al Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, Pariona indicó que, a la fecha, la ex burgomaestre “ha cumplido ya más de diez meses de privación de libertad, tiempo transcurrido en el que han variado las razones que sustentaron la prisión preventiva en su momento”.   El 28 de marzo pasado, el abogado informó que el Juzgado Penal 31 de Lima había denegado la solicitud que presentó días atrás para que una junta médica evalúe el estado de salud de su clienta ante el riesgo de contagio por coronavirus.  Mientras que, en febrero, la Corte Superior de Justicia de Lima rechazó la apelación del hábeas corpus presentado por la exautoridad edilicia para revertir la ratificación y ampliación de 18 a 24 meses de prisión preventiva en su contra.

 

Como hemos señalado la situación de las cárceles en el Perú está caracterizada por una superpoblación y hacinamiento, así como falta de condiciones higiénicas y de salubridad adecuadas. En el contexto del coronavirus, resulta inviable que los presos adopten las medidas de distanciamiento social requeridas como forma de prevención del contagio debido a la precariedad de sus condiciones carcelarias. Esta situación no sólo pone en riesgo su salud y su vida, sino que puede convertir a estos lugares en un foco infeccioso incontrolable.

 

Debido  a    los  riesgos  mencionados,  1500   ciudadanos  firmantes  solicitamos  al  Poder Ejecutivo, al amparo de la declaratoria de emergencia y de las facultades extraordinarias recientemente otorgadas por el Congreso, emita un Decreto de Urgencia y/o  Supremo de carácter excepcional y temporal disponiendo la excarcelación de las presas y presos mayores de 60 años con problemas de salud y grave riesgo de muerte de contraer el coronavirus, especialmente aquellos que actualmente se encuentren con prisión preventiva, para que sean cuidados por sus familias en confinamiento y en cuarentena durante el periodo que dure la emergencia sanitaria,  con las medidas de seguridad que se consideren pertinentes. Solicitamos se excluya de los alcances de este Decreto de Urgencia y/o supremo a los terroristas, violadores de derechos humanos, delincuentes de alta peligrosidad, violadores y feminicidas, y a todos aquellos presos que representen un riesgo social, para los cuales pedimos aislamiento especial y aseguramiento sanitario.

 

Solicitamos a la Defensoría del Pueblo se haga cargo de canalizar y gestionar esta petición ciudadana. Por último, solicitamos al Consejo de Estado nombre una comisión especial presidida por la Dra. Marianella Ledesma, presidenta del Tribunal Constitucional, para que proponga acciones y medidas que pongan fin al inhumano hacinamiento de presas y presos en el Perú.

 

Por otra parte, la periodista Maruja  Barring, en su columna semanal del diario  La República,   en una de sus viñetas titulada  virus con corona ,  daba cuenta que un video mostró a Toledo en USA, fuera de prisión, soplando sus velitas cumpleañeras. Luis Castañeda disfruta la cuarentena en casa desde hace más de un mes; un juez le dictaminó arresto domiciliario con la sola presentación del informe de una clínica privada sobre su salud; igual que el ex – premier  César Villanueva. Pero a  Susana   Villarán,   una   jueza   le   rechazó   su solicitud  de  que  una  Junta  Médica  la examinara, pese a que sus problemas respiratorios, hipertensión, lupus y 70 años, la convierten en una persona en riesgo. No hay posibilidad de coronavirus en el penal, aseveró la jueza travestida en epidemióloga. Cinco casos, reportados ayer desde las cárceles, la desmienten. Villarán es una amiga, si no lo fuera, igual reclamaría por este trato tan desigual.

 

La abogada Ana María Yáñez,  en un artículo titulado: “Se le cayó la venda a la Justicia”    escribía también,  “ cuando    a  solo  veinte días de  dictada la sentencia de prisión  preventiva  contra Luis Castañeda  Lossio, la  Sala Penal Anticorrupción  varió  dicha medida por arresto domiciliario, más de uno levantó la ceja. Según la Agencia de Noticias Andina, la razón esgrimida era que el exalcalde de Lima tiene cáncer, la cual es una enfermedad incurable y que “como el padre de Luis Castañeda murió de cáncer, él tendría el mismo fin”.

 

No tardaron en aparecer los juicios críticos: el abogado del  IDL  Juan José Quispe señaló a Radio Nacional que “ahora basta con presentar unos informes de una clínica particular para obtener arresto domiciliario, cuando es el informe del médico legista lo que determina si hay una causa de grave enfermedad para dar arresto domiciliario”.

 

En  contraste, reitera Yáñez,    “cuando   la  exalcaldesa  Susana  Villarán  presentó   un  hábeas  corpus solicitando la realización de una Junta Médica que determine su estado de salud (también padece una enfermedad incurable y además autoinmune), el  Poder Judicial descargó una batería de normas legales relativas a la salud de los detenidos, para fundamentar su negativa a ordenar tal Junta Médica. Citando varios artículos del Código de Ejecución Penal, la juez penal Ada Luz Cubas Luna desarrolla una larga argumentación sobre la calidad, oportunidad y costos de los servicios de salud ofrecidos por el Estado a los reclusos y reclusas (Arts. 76º, 77º, 80º y 82º), para concluir señalando que el hábeas corpus no es la vía procesal para tal solicitud (Ingreso Nº 02159-2020).

 

En este caso concreto, y aunque las diferencias hayan sido ejecutadas por órganos jurisdiccionales distintos, el derecho de todos los reclusos debe estar protegido por igual. Así lo señala la jurisprudencia del  Tribunal Constitucional al enunciar que la igualdad en tanto derecho implica una exigencia individualizable que cada persona puede oponer frente al Estado para que este lo respete, proteja o tutele. En su dimensión formal, impone exigencias a la administración pública y aun a los órganos de la jurisdicción, en el sentido de que la ley no puede aplicarse en forma desigual frente a supuestos semejantes (Jurisprudencia /2005/00606-2004)”.

 

La comparación entre estos casos tiene que ver con el desigual criterio con el que ambos han sido tratados. La igualdad como principio es uno de los pilares del orden constitucional que permite la convivencia armónica en sociedad. Tiene tres dimensiones: igualdad ante la ley, igualdad de trato e igualdad de oportunidades.

 

Sorprende más bien que a  sus “redes sociales”  Keiko Fujimori , informó la situación "tan dramática" que comparte con las internas del centro penitenciario que "va más allá de la angustia" de no poder estar con sus familias y también se pronunció sobre el caso de la  exacaldesa de Lima, Susana Villarán, quién también cumple prisión preventiva en el penal anexo de Chorillos.   "Conozco el caso de la señora Susana Villarán. Es una persona de 70 años y su salud está deteriorada”. Como ya es de conocimiento público, ella tiene lupus. Creo que este es otro caso que necesita una excarcelación inmediata”, frente a ello la actual congresista Roció Silva Santiesteban a través de su cuenta de Twitter expreso: “. No pensé que sucedería, pero estoy de acuerdo con lo que propone KF.   Durante 6 años fui agente pastoral en esa cárcel y hay que sacar 1) niños/as; 2) a las mujeres de 3ra edad y a personas vulnerables. SV debe tener prisión domiciliaria y el resto que vayan a CP Virgen de las M.”; no debemos de olvidar que en las últimas horas el Poder Judicial ha programado diferentes pedidos de investigados del fujimorismo para ser excarcelados en el caso Lava Jato. Entre ellos figuran audiencias de cese de prisión preventiva programadas para el próximo martes 21 y miércoles 22 de abril, en favor de Keiko Fujimori y Jaime Yoshiyama.

 

Este sábado 17 de abril, el magistrado Jorge Chávez Tamariz, titular del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, evaluó el recurso que busca excarcelar a la exalcaldesa de Lima, quien hasta el momento permanece recluida en el penal Anexo de Mujeres de Chorrillos. La sesión que se inició pasadas las 8.00 a. m. hasta la tarde se realizó de manera virtual en el marco del estado de emergencia nacional. El  juez Chávez Tamariz, titular del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria en Delitos de Corrupción , concluyo la  audiencia sobre el cese de prisión preventiva y anuncio  que dentro del plazo de ley notificará su fallo a las partes procesales, por lo que el Poder  Judicial resolvería  en las próximas horas el pedido de la defensa de Susana Villarán.

 

Raúl Pariona Arana, abogado de Villarán, sostuvo que su patrocinada debe ser excarcelada por padecer enfermedades preexistentes como lupus e hipertensión arterial, agrego que por  tales motivos consideró que ya no existen el peligro procesal, correspondiente de la fuga y de obstaculización, por la crisis sanitaria a nivel internacional.

 

Fue claro en afirmar  que  “No vamos a cuestionar en absoluto lo planteado por el Ministerio Público como apariencia de delito y los graves y fundados elementos de que en su momento presentó. Debe primar la salud y la vida de las personas. Dadas las circunstancias, su salud que está en constante peligro, si ella llegara a enfermarse no sería una persona que probablemente sobreviva a esta situación”, subrayó el abogado.  Hacemos nuestro esta causa y la de otros personas recluidas en similares condiciones

 

Aida García Naranjo Morales

Ex Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

 

 

https://www.alainet.org/es/articulo/206063
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