Guatemala / Belice: CIJ anuncia inicio de procedimiento

12/06/2019
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Este 12 de junio, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) ha anunciado que fue solicitada por ambos Estados, Guatemala y Belice para examinar el diferendo territorial que persiste desde la proclamación de independencia de Belice en 1981 (conocido antiguamente como "Honduras británico").

En el comunicado dado a conocer en La Haya (véase texto en francés y en inglés), la CIJ indica que ambos Estados le han solicitado de forma conjunta definir la controversia fronteriza, insular y marítima que mantienen desde 1981.

Desde el punto de vista jurídico, el sometimiento de forma conjunta no es del todo ajeno a la práctica de la CIJ: véase por ejemplo, en América Latina, el Tratado de Paz suscrito en Lima (Perú) en 1980 entre El Salvador y Honduras, que permitió la negociación de un compromiso firmado en Guatemala entre los representantes de El Salvador y de Honduras en 1986, la CIJ zanjando su controversia terrestre, marítima e insular en un voluminoso fallo de 1992).

Lo que sí es extremadamente novedoso en el caso de Belice y de Guatemala, es que ambos Estados recurrieran a un referéndum en forma separada para decidir someter (o no) su disputa a la justicia internacional: un referéndum en Belice organizado el 8 de mayo del 2019 decidió someter la controversia a la CIJ (véase nota de NODAL sobre los resultados finales), y fue precedido por otra consulta realizada en Guatemala en abril del 2018 arrojando un resultado similar. En ambos casos, la CIJ fue notificada del resultado de estas consultas populares por cada Estado que la organizó: con la nota dirigida por Belice el 7 de junio del 2019, la CIJ se considera oficialmente solicitada para conocer de esta controversia, de conformidad con lo negociado por ambos Estados en un acuerdo suscrito en el 2015. Es la primera vez en la historia de la justicia internacional que dos consultas populares deciden de la pertinencia de someter una disputa entre dos Estados al juez de La Haya.

Cabe recordar que la Organización de Estados Americanos (OEA) jugó un importante papel en aras de mantener armoniosas las relaciones entre ambos Estados, participando activamente en el período 2000-2013 en acciones en la misma zona fronteriza objeto de la controversia, creando zonas de "adyacencia" y estableciendo un mecanismo de verificación con las mismas fuerzas militares de ambos Estados (véase volante de la OEA). En el 2002, ce celebró la finalización del proceso de conciliación auspiciado por la OEA (véase discurso de su entonces Secretario General, el colombiano César Gaviria). Como se puede observar, una disputa territorial irresuelta no tiene necesariamente porqué tensar relaciones entre dos Estados vecinos, en particular cuando es objeto de un acompañamiento por parte de una organización internacional aceptada por ambas partes.

 

 

Foto extraída de nota de prensa tiulada "Belize and Guatemala Foreign Ministers Meet with OAS to Reactivate Joint Commission" (SanPedroSun, edición del 28/01/2016)

El texto del compromiso suscrito entre ambos Estados en el 2008 en el que deciden someter su disputa a la CIJ está disponible en este enlace. En mayo del 2015, ambos Estados suscribieron un texto adicional, disponible en este enlace.

Con este anuncio por parte de la CIJ, una de las controversias más antiguas del hemisferio americano queda sometida al examen del juez internacional, lo cual debiera de ser saludado y celebrado por parte de la comunidad internacional.

El hecho que la disputa haya sido objeto de un acuerdo conjunto para someterla al juez internacional también debiera serlo, dada la inclinación de algunos Estados de recurrir de forma unilateral a la justicia de La Haya, algunas veces sin tan siquiera intentar negociar previamente una solución amistosa o buscar la intervención de un tercero a través de algún mecanismo de solución pacífica de controversias: buenos oficios, mediación, conciliación, comisión de investigación y/o arbitraje, este último mecanismo conllevando un mínimo de entendimiento para negociar una convención de arbitraje y designar a los integrantes del tribunal arbitral.

El remitir de forma conjunta entre dos Estados vecinos una solicitud al juez internacional permite evitar las consecuencias que conlleva una demanda presentada de forma unilateral a este mismo juez, percibida por la parte demandada como un gesto inamical (y cuyos efectos se extenderán durante los 4-5 años que dure la tramitación usual de un procedimiento contencioso en La Haya).

Recientemente tuvimos la ocasión de referirnos a otra (antigua) controversia irresuelta entre Venezuela y Guyana (y también relacionada a una antigua posesión del imperio británico): ante la demanda presentada de manera unilateral por Guyana, Venezuela reiteró oficialmente su negativa a comparecer ante el juez internacional (véase nuestra breve nota al respecto de abril del 2019 titulada "El reciente comunicado en el que Venezuela reitera formalmente a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) que no comparecerá ante ella: algunos apuntes").

 

Miércoles, 12 de junio de 2019

 

Nicolás Boeglin

Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, UCR.

Contacto: nboeglin(a)gmail.com

 

https://www.alainet.org/es/articulo/200394?language=es
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