La ley electoral no viola la libertad de expresión
07/03/2012
- Opinión
Los radiodifusores congregados en la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) han tenido una actitud de litigio e impugnación en contra de la ley electoral utilizando argucias legales para incumplirla, así como empleando las pantallas y micrófonos para desacreditarla. Han mantenido una campaña permanente de linchamiento mediático en contra del Instituto Federal Electoral (IFE). Su enojo no sólo es la cancelación de los millonarios negocios que durante décadas hicieron con los procesos electorales en México, baste recordar que siete de cada 10 pesos del financiamiento público de los partidos era para pagar tiempos en radio y televisión antes de la reforma, sino la pérdida del control sobre la administración de la propaganda política.
El actual modelo de comunicación política prohíbe explícitamente la contratación de tiempo aire en la radio y la televisión por parte de candidatos y partidos políticos, salvo en aquellos casos que se compruebe un pago por su compra de espacio entonces hay una sanción. La CIRT confunde a la sociedad cuando afirma que la ley viola la libertad de expresión al difundir información sesgada y parcial sobre los casos mencionados en su desplegado difundido el pasado 14 de febrero.
Desde 2007 los medios, especialmente las televisoras, no han dejado de litigar en contra de la reforma, no se resignan a la pérdida económica y de control que tenían. Ahora que se inició el periodo de intercampañas, se ha regresado al ataque. Regresan a dar la batalla en contra de la reforma, porque no pierden la esperanza de que el clima de animadversión que han generado pueda llevar tarde o temprano a una contrarreforma para cambiar el modelo en favor de sus intereses.
Al mismo tiempo, hay que reconocer que se han hecho interpretaciones de la ley que han generado incertidumbre. Recientemente las autoridades electorales han tomado decisiones discutibles acerca de la propagación de mensajes políticos en medios de comunicación. El Tribunal Federal Electoral, a partir de interpretaciones sumamente restrictivas de la legislación, ha sancionado a medios por difundir mensajes políticos sin que se haya comprobado la existencia de compra o venta de espacios para propagar tales contenidos. Ceñido por el contexto impuesto por el Tribunal e incluso obligado por decisiones expresas de éste, el Instituto Federal Electoral, a su vez, ha impuesto multas de pertinencia y legalidad discutibles y ha inhibido la discusión política en el lapso que corre entre las precampañas y las campañas políticas. Las insuficientes explicaciones del IFE acerca de sus decisiones han incrementado la confusión que existe al respecto en los medios de comunicación. La inquietud legítima de numerosos periodistas y comunicadores, a los que no se ha informado con claridad cuáles son los parámetros que tienen para informar acerca de las actividades de candidatos y partidos, ha sido aprovechada por la CIRT para redoblar sus impugnaciones a la reforma electoral de 2007. Esa confusión no se debe a las reglas electorales, sino a la interpretación que el Tribunal Electoral hace de ellas y a las posiciones que en consecuencia ha asumido (erróneamente, a nuestro juicio) el Instituto Federal Electoral.
La prohibición constitucional y legal para contratar propaganda política corresponde a estándares democráticos recomendados por instancias internacionales como la ONU y la OEA al determinar el riesgo para las democracias cuando es el dinero y no la información la que priva en los procesos electorales. En el desplegado que difundió la CIRT afirma que emprenderá “denuncias ante organismos internacionales para defender la libertad de información de los mexicanos y la libre expresión de todos los comunicadores de la radiodifusión mexicana”, argumentando que los criterios que las autoridades electorales han fijado para sancionar casos específicos de propaganda disfrazada de libre ejercicio informativo o de expresión, demuestran que la reforma constitucional en materia electoral es censora. Lo que la CIRT quiere hacer quedar en el olvido es que la ley electoral responde a la histórica demanda ciudadana para que hubiera menos gasto político y campañas más cortas.
Como parte de la estrategia para no cumplir la ley, Televisa y Tv Azteca también hacen todo lo posible por no realizar los bloqueos de sus repetidoras en los estados, a fin de que candidatos locales puedan acceder a tiempos para promover sus plataformas, bajo el pretexto de no contar con las posibilidades técnicas y jurídicas para llevarlos a cabo, tales como la falta de internet o teléfono, lo cual es un absurdo. Estos bloqueos permiten contenidos diferenciados en la propia contienda federal, como por ejemplo para transmitir spots de candidatos a senador en las emisoras de una entidad, tenga o no proceso local coincidente.
Se trata de un instrumento que da certeza para que en las elecciones locales los candidatos y partidos tengan posibilidad de comunicarse con su electorado en los tiempos de los medios que cubren las regiones, y que por ley están obligados a transmitir, inhibe lo que podría ser el crecimiento del llamado mercado negro en los medios electrónicos, pues los candidatos y partidos al no contar con cobertura local a través de los spots pautados por el IFE, podrían negociar el pago de espacios en los medios para tener presencia, lo cual es contrario a la ley que prohíbe explícitamente la compra de espacios en la radio y la televisión. De ahí su gran interés por evitar que el bloqueo se generalice en todas sus repetidoras cuando el propio IFE ha demostrado que pueden hacerlo. En ese sentido la institución tiene la obligación de hacer valer la ley.
La ley electoral no viola la libertad de expresión, como engañosamente aseguran los radiodifusores, por ello la Amedi llama nuevamente a los actores políticos y a los medios a actuar con responsabilidad y acatar las reglas para que el actual proceso electoral pueda llevarse a cabo con legitimidad y calidad democrática.
- Aleida Calleja y Alberto Aziz Nassif / Amedi
Forum en Línea 237, del 1 al 15 de marzo de 2012
https://www.alainet.org/es/active/53219
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