La huelga de Tambillos: 76 días de miseria y hambre de 103 familias chilenas

13/07/2009
  • Español
  • English
  • Français
  • Deutsch
  • Português
  • Opinión
-A +A

Y esto no es un cuento de Galeano.

A unos 25 kilómetros de la ciudad de Coquimbo en la Cuarta Región, se encuentra la Localidad de Tambillos.  Un pequeño pueblo de unos 1500 habitantes, que vive esencialmente de la pequeña minería y de trabajos agrícolas de temporada.  El pueblo no cuenta con alcantarillado, ni con autoridades al interior del mismo, por cuanto por organización territorial se encuentra bajo la jurisdicción de Coquimbo.  Solo existe una escuela básica, que según dicen, fue la primera construida en la Comuna, y una pequeña posta rural.

La gente de Tambillos es cálida, cariñosa y buena para la talla, a pesar de las adversidades.  No tienen prejuicios, y reciben con una taza de té, o de lo que haya, al visitante.

La tierra fértil, ubicada en el valle del Norte Chico, como lo llamamos en Chile, es generosa en la producción de limones, vides, papas, papayas, lechugas, chirimoyas, entre otras.

Pero la tierra también es fértil en minerales.  Y así lo detectó un conspicuo empresario chileno, quien no escatimo esfuerzos en la creación de una multiplicidad de razones sociales que le permitieran hacerse de los enclaves mineros de la zona.

Conocido ya en el escenario nacional, especialmente en los Tribunales de Justicia, en el cual se ventilan cientos de juicios en contra de sus razones sociales, de diversa naturaleza, pero especialmente laborales, iniciados generalmente por trabajadores individuales, arbitrariamente despedidos, por sindicatos, por despido de dirigentes y ejercicios de prácticas antisindicales, o bien, por las propias Direcciones de Trabajo, por diversas infracciones a la legislación laboral, es un avezado conocedor de la ley interna, y de las formas de eludir su cumplimiento o bien de usufructuar de la desprotección que el derecho laboral interno mantiene en perjuicio de los trabajadores, individualmente considerados, y mas aún, cuando se organizan.

En la Mina de Tambillos laboraban unos 120 trabajadores, muchos de los cuales eran residentes de la localidad y otros venidos desde otras Comunas como por ejemplo, Andacollo, Copiapó, Canela, Ovalle, La Serena.

Breve reseña del proceso negociador:

Con fecha 10 de noviembre de 2002, se creó el Sindicato de Trabajadores de Empresa Minera Lolol.

Hasta el 1 de mayo de 2009, en la Sociedad Contractual Minera Tambillos laboraban unos 120 trabajadores, 103 de los cuales se encontraban afiliados al Sindicato de Trabajadores de Empresa Minera Lolol.

Digo laboraban, por cuanto con fecha 17 de marzo de 2009 los trabajadores, organizados a través de su sindicato, presentaron a su empleador, Sociedad Contractual Minera Tambillos, un Proyecto de Contrato Colectivo, sujeto a las normas de la negociación colectiva reglada ( la única verdadera negociación colectiva efectiva que reconoce la legislación chilena).  En dicho proyecto, los trabajadores solicitaban un reajuste de sus remuneraciones del 10 % a los sueldos base en todas las especialidades.  Además, una reajustabilidad del 100 % de la variación del Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.).  Se solicitaba también, por razones obvias, locomoción para los trabajadores venidos desde Coquimbo, La Serena, Tierras Blancas, Tambillos y El Peñón, o en subsidio un bono de $ 10.000 mensuales.  También se pedían implementos de seguridad, tales como zapatos, botas, guantes de cabritillas, buzos tipo pilotos, y otros implementos necesarios para cumplir sus funciones al interior de la mina, dos veces al año; algunos útiles de aseo imprescindibles.  Además de lo anterior, los trabajadores solicitaban los beneficios tradicionales pedidos en los pliegos de peticiones, como por ejemplo: bono de vacaciones, bono de producción, colación, la gratificación legal garantizada, un seguro de vida por muerte, asignación de escolaridad, vacaciones en las fechas elegidas por el trabajador, permisos por fallecimientos de familiares directos, bonos por turnos, indemnización por años de servicios garantizada, un Comité de Bienestar social, la regularización del contrato de trabajo, el pago de las licencias médicas por manipulaciones de explosivos, y un bono de término de conflicto ascendente a dos ingresos mínimos mensuales.

Cabe hacer presente que el aumento de la planilla remuneracional solicitado por los trabajadores era austero, la cual no implicaría un impacto en el presupuesto remuneracional de la empresa en más de $ 1.250.000 (un millón doscientos cincuenta mil pesos mensuales), suma mesurada, atendidas las gigantescas utilidades que la extracción de cobre brindaba a la sociedad, mensual y anualmente.

Hasta la huelga, la mina producía más de 300 toneladas de cobre al mes.  La camionada de cobre representaba $ 28 millones de pesos, y cada día se llenaba una camionada y media del concentrado cuprífero.  Al mes, la mina vendía a la Empresa Nacional de Minería (ENAMI) y a China, $ 1.300 millones de pesos.

De este modo la planilla total de salarios de los trabajadores sumaba apenas $ 32 millones de pesos.  Es decir, el sueldo de los asalariados correspondía a alrededor de un 2,5 % mensual en relación al valor de la producción en el mismo período.

Con fecha 31 de marzo de 2009, la empresa procedió a responder negativamente el petitorio de los trabajadores, atendiendo a razones de mercado y de competencia, pero asimismo efectuó objeciones de legalidad, es decir, impugnó la nómina de trabajadores participantes en el proceso negociador, aduciendo que 60 de ellos no eran dependientes de la razón social Sociedad Contractual Minera Tambillos (Ex Lolol), Rut 96.765.840-5.

Lo irrisorio de todo, es que en definitiva, la empresa a través de su Comisión Negociadora, constituida por su representante legal don Mauricio Fuentes Zenteno, y asesorada por los señores Luis Arias Arriagada, María Paz Guerra Fuenzalida y Cristian Gorroño, negó absolutamente todo el petitorio de los trabajadores, y propuso en el nuevo contrato solo el pago de las cargas familiares de los trabajadores, y pretendió extender la vigencia del eventual contrato que se suscribiera a CUATRO AÑOS, reconociendo la calidad de trabajadores dependientes de la razón social Sociedad Minera Tambillos (Ex Lolol), a solo 49 trabajadores.

Por Resolución Nº 141 de 20 de abril de 2009, la Inspección Provincial del Trabajo de Coquimbo, resolviendo las objeciones de legalidad presentadas por la empresa y la respuesta del Sindicato, y luego de efectuada la fiscalización, determinó que los trabajadores que la empresa pretendía excluir de la negociación colectiva tenían derecho a negociar, por haberse constatado la UNIDAD ECONOMICA entre Sociedad Contractual Minera Tambillos , Rut 96.765.840-5 y Sociedad Contractual Minera Tambillos, Rut Nº 96.768.970-K, y ordenando la reincorporación de siete trabajadores que habían sido despedidos por la empresa, durante el proceso de negociación colectiva, y que gozaban de fuero.

En el considerando 7 de la Resolución mencionada se estableció: “Es posible advertir que ambas sociedades registran el mismo domicilio de funcionamiento, esto es, Planta Tambillos, sin número, sector Tambillos, Comuna de Coquimbo”.

Luego continúa: “Ambas sociedades tienen como giro principal la extracción de cobre y otros minerales y explotan indistintamente la pertenencia minera de Planta Tambillos.

No existe diferenciación en cuanto a la utilización de recursos organizacionales, espacios físicos, mobiliario, maquinarias y mano de obra; las oficinas administrativas existentes en el domicilio fiscalizado son únicas, y sus funciones dicen relación con la totalidad de los trabajadores de la empresa sin distinción alguna.

Existencia de Jefaturas únicas, tanto en el sector planta como en el sector mina, no diferenciándose para ningún efecto el hecho de que la contratación provenga de una u otra sociedad.

La estructura de mando es una sola, y por ende común para ambas sociedades, según el organigrama entregado por la empresa.  Es así como a la cabeza de la estructura jerárquica empresarial aparece el Señor Mauricio Fuentes Zenteno, quien ejerce la administración general de ambas sociedades ergo de la empresa”.

Curiosamente, en esta oportunidad la empresa no recurrió de protección en contra de esta resolución, lo que habitualmente suelen hacer las empresas que incurren en el mismo tipo de fraude, y pretenden desconocer las facultades fiscalizadoras de la Dirección del Trabajo por la vía del recurso de protección.

La negociación quedo en un punto muerto, y llegado el momento, los trabajadores votaron la huelga legal, la que a la fecha lleva 76 días ininterrumpida.

La incertidumbre de los trabajadores:

En una visita efectuada a la localidad de Tambillos, tuve la posibilidad de conversar con los trabajadores huelguistas.  Cansados, angustiados, agobiados por deudas, y con la incertidumbre del futuro.

Una trabajadora me comentaba que había un muchacho que había colapsado y se encontraba en el hospital producto de la crisis nerviosa por la que ha debido atravesar derivada de esta situación.

El empleador se ha negado absolutamente a conversar.  Los trabajadores han mantenido firmemente su decisión de continuar la huelga hasta obtener algún resultado.  Han dado un ejemplo de unidad y lucha al resto de los trabajadores del país.

Apostados a la vera del camino, y custodiados día a día por furgones policiales, a efectos de que no se les ocurra la idea de acercarse a la planta, y ocasionar daños al patrimonio del empleador, solicitan la solidaridad de los transeúntes, y de otras organizaciones sindicales, que ya se han acercado a colaborar con algunos donativos.  Han debido enfrentar el frío, el hambre, la vigilia, la represión policial, detenciones ilegales y la insensibilidad de la autoridad.

La burocracia estatal ha impedido el otorgamiento de beneficios económicos.  Solo se ha limitado a concurrir al campamento, acompañada de la prensa local, a encuestar a los huelguistas para llenar su ficha CAS, y solo respecto de aquellos avecindados en Coquimbo, por cuanto los residentes de otras comunas, deben solicitar ayuda en sus Municipios de origen.

La Intendencia Regional solo ha colaborado con una pequeña caja de mercaderías, que fue consumida en un par de días al interior del campamento.

El Ministerio del Interior solo ha manifestado su contribución a través del envío de alimentos no perecibles, los que al día viernes 10 de julio, todavía no asomaban por Tambillos.

Día a día los trabajadores deben hacerse el ánimo para atender a diversos funcionarios estatales que vienen a encuestarlos a efectos de evaluar la posibilidad de otorgamiento de un Bono extraordinario y por una sola vez de $ 30.000, a través de un cheque que deben retirar en Coquimbo ($ 2.400 el costo del pasaje ida y vuelta), o bien para incorporarlos a planes de empleos de emergencia, por un salario no superior a $ 60.000 mensuales.

Y la incertidumbre continúa, y también las deudas y necesidades.

¿Y que pasa con la planta?

Luego que el conflicto explotara y salieran a la luz todos los antecedentes que develaban las peligrosas condiciones en que laboraban los mineros, la autoridad minera a través de Sernageomin, decidió efectuar una fiscalización a la planta.  Pero ello no fue posible, ya que don Francisco Javier, decidió adelantarse, e impedir nuevas sanciones, y ordenó que se procediera a dinamitar la mina, por lo que en estos momentos se encuentra cerrada y sin producción.

Lo mismo habría ocurrido con los relaves contaminantes que emanaban de la mina y que mantienen bajo polución a una buena parte del valle.  Serían fiscalizados por el Servicio de Salud, pero más tarde que temprano: el daño ya estaba ocasionado.

Las infracciones que quedaron en la impunidad:

El empresario ha manifestado en los medios locales: “Estos trabajadores me han salido más caros que tener una amante”.

Habrá que preguntarse entonces con que compararía la situación, si los organismos fiscalizadores hubiesen actuado a tiempo y constataran la gran cantidad de irregularidades en que laboraran los mineros de Tambillos.

A vía de ejemplo, algunos detalles:

1.- Los trabajadores eran contratados indistintamente por dos razones sociales, que laboraban al interior de la planta, pero que constituían un solo empleador;

2.- Los contratos de trabajo no eran escriturados en tiempo y forma;

3.- Una parte de las remuneraciones era cancelada a través de comprobantes de remuneraciones y la otra a través de boletas de honorarios;

4.- La empresa no otorgó jamás implementos de seguridad a los trabajadores, quienes debían adquirirlos, por su propia cuenta y riesgo, en las ferias libres de Coquimbo;

5.-Los trabajadores laboraban en un medio altamente contaminante, sin mascarillas de filtración, y muchas veces en la humedad emanada de los líquidos derivados de la producción;

6.- La empresa no se encuentra al día en el pago de las cotizaciones de seguridad social de los trabajadores;

7.- La empresa no cancelaba los créditos sociales de los trabajadores en las Cajas de Compensación, no obstante haber efectuado los descuentos por planilla.  Esto ha significado que las solicitudes de embargo ya estén cursadas en los tribunales, y los trabajadores morosos en Dicom;

8.- La empresa se encuentra morosa en el pago de las remuneraciones correspondientes al mes de abril de 2009, no obstante haberlas laborado;

9.- La empresa se ha negado a entregar los balances y estados financieros al Sindicato.

Como puedes apreciarse, el empresario de marras no tiene currículum, sino más bien prontuario.

La mayoría de estas infracciones a la legislación laboral debieron ser fiscalizadas por la Dirección del Trabajo de Coquimbo.

La indolencia de la autoridad

La planta Tambillos es de propiedad de una sociedad minera perteneciente al grupo de empresas de Francisco Javier Errázuriz Talavera.  El cobre y los minerales que extraía, eran llevados a la Planta La Cocinera de propiedad de Enami (Empresa Nacional de Minería), quien, luego de extraer el concentrado procedía, a través de un contrato previamente establecido, a adquirir dicho concentrado por un valor predeterminado.

Hasta el momento, ni el Ministerio de Minería, ni Enami, han emitido opinión alguna sobre este conflicto, ni instado por su terminación.  Las autoridades han sacado la frase de estilo, y ya reconocida por nosotros en otros conflictos, como por ejemplo el de los Salmoneros, o el de los trabajadores contratistas de Codelco: “Se trata de un conflicto entre privados”.

La Dirección Regional del Trabajo, ha instado a los dirigentes, desde el inicio de la huelga a acogerse a la facultad contenida en el artículo 369 del Código del Trabajo, esto es, la prórroga del contrato colectivo anterior por el término de 18 meses.

También ha habido insinuaciones para resolver la situación a través de dos figuras macabras: La renuncia pactada y el auto despido o despido indirecto.

Los trabajadores no quieren ninguna de estas “soluciones”. 

Ellos mismos han sostenido, que sería un ejemplo nefasto para las demás organizaciones sindicales chilenas: “Sostener que un conflicto colectivo del trabajo, que debe concluir con un contrato colectivo, termine con una única alternativa para los trabajadores: Autodespedirse de la empresa”.

Los trabajadores podrían ganar los juicios, pero hasta entonces, la empresa tendría bastante tiempo para deshacerse de su activo y eludir el cumplimiento de los eventuales fallos judiciales.

A esto hemos llegado en Chile.

A los trabajadores chilenos, les ha caído el peso del sistema imperante.

La explotación de los explotadores mineros en Chile:

Solo a vía de ejemplo, damos luz de algunas pertenencias mineras de la Cuarta Región, cuyas concesiones han sido otorgadas por el Estado de Chile al grupo económico del empresario Francisco Javier Errázuriz Talavera, quien a través de varias razones sociales tomo posesión de ellas.

Vayan aquí el nombre de algunas de estas:

1.- Razón Social: Sociedad Contractual Minera Lolol S.A., Rut Nº 96.765.840-5, con domicilio en Amunategui 178, Tercer Piso de la ciudad de Santiago.  Dueña de las siguientes pertenencias mineras en la región:

a.- Maya: CO Buitre 04103-0756-1;
B.- Refugio 16 1/184 CO.  Buitre 04103-0922-K;
c.- Maria Jose: CO.  Buitre 04103-0757-K;
d.- Chela II Carachento 04103-0504-6;
e.- Refugio VIII Quebrada Bayan 04103-0567-4;
f.- Refugio VI Carachento 04103- 0564-K;
g.- Refugio VIII CO.  Buitre 04103-0566-6;
h.- Sauco El Peñón 04103-0470-8
i.- Lorna El Peñón 04103-0505-4;
j.- Sauco I CO Paco 04103-0472-4;
k.- Sauco II El Peñón 04103-0473-2;
l.- Teresa Quebrada Martínez 04103-0501-;
ll.- Chela Infiernillo 04103-0503-8
m.- Sauco V 04103-0490-2

A través de la razón social Compañía Minera Lolol , Rut Nª 79.746.070-2 con domicilio en calle Bandera Nº 341, piso 5, Comuna de Santiago, logró hacerse de las siguientes pertenencias mineras:

a.- Estac.  Tambillos Planta ½ 04103-0418-k;
b.- Iris El Peñón: 04103-0443-0

También posee otras pertenencias impagas:

a.- Tauro I El Peñón 04103-0914-9;
b.- Tauro III El Peñón 04103-0915-7;
c.- Tauro IV El Peñón 04103-0916-5;
d.- Tauro II El Peñón 04103- 0917-3.

Y también en trámite, en la actualidad se encuentra las siguientes pertenencias mineras:

a.- Refugio IX Cerro El Diablo 04103-0568;
b.- Tauro de la I a la VI El Peñón.

En definitiva como podrá verse, Chile está lejos de ser un país que camine hacia el desarrollo, si se continúan violando los derechos de los trabajadores, como lo era hacia principios del Siglo XX.  En este sentido hemos retrocedido en más de cien años.

Por la vía del actual sistema (capitalista) es imposible el desarrollo soberano del país.

Para nadie es desconocido que el período de mayor producción salitrera en Chile fue brutalmente inhumano.  La situación de Tambillos, no es muy distinta.

Mientras sigan existiendo conflictos sin solución a favor de los trabajadores, con una autoridad pasiva, indolente, sin concederles atención ni la urgencia de solución que los casos ameritan, seguiremos siendo un país del tercer mundo, por muy lindo que hablen las autoridades chilenas en sus viajes al extranjero, acompañadas de los mismos patrones que mantienen conductas como las descritas.

Como decía Violeta: “No puede, ni el mas flamante, pasar en indiferencia, si brilla en nuestra conciencia, amor por los semejantes”. 

- Maria Estrella Zúñiga Pobrete es Abogada Laboralista.

https://www.alainet.org/es/active/31667
Suscribirse a America Latina en Movimiento - RSS