XXXV Congreso Mundial de la FIDH

Resolución sobre defensores de derechos humanos en Colombia

07/03/2004
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La Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) reunida en el Congreso de Quito, del 1 al 8 de marzo de 2004, expresa su extrema preocupación acerca de la situación de los defensores de derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario (DIH) en Colombia. La estigmatización y la criminalización de los defensores de derechos humanos en Colombia, en el contexto reciente, reviste nuevas formas, y continua siendo la más grave de toda América latina y una de las más graves de todo el mundo, En primer lugar, los defensores de derechos humanos son asimilados a grupos terroristas cada vez de manera más sistemática, incluso por afirmaciones del propio presidente de la República de Colombia, Alvaro Uribe Velez, considerando en particular las recientes declaraciones del presidente en la que se cuestionaba el trabajo del Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo durante una sesión plenaria del Parlamento europeo de Estrasburgo, En segundo lugar, las detenciones arbitrarias masivas de defensores de derechos humanos se han incrementado de manera alarmante durante el transcurso de 2003 y en particular tras la llegada al poder del gobierno actual, y considerando que estas detenciones afectas a defensores de derechos humanos de reconocido prestigio, como es el caso de la detención, el 18 de Febrero de 2004 de Luz Perly Córdoba, responsable de derechos humanos y secretaria general de la Federación Nacional Sindical Unitaria Agropecuaria FENSUAGRO-CUT y presidente de la Asociación Campesina de Arauca, detenida el 18 de Febrero de 2004, Teniendo en cuenta que más allá de estas nuevas tendencias persisten violaciones sistemáticas de los derechos de los defensores de derechos humanos en Colombia, incluyendo a sindicalistas, líderes sociales, estudiantiles, indígenas y campesinos, con el fin de obstaculizar e impedir el trabajo por la defensa de los derechos humanos y teniendo en cuenta en particular la actitud inaceptable por parte del gobierno de Colombia, expresada claramente por las mencionadas declaraciones realizadas en septiembre de 2003 por el Presidente de le República , en la que acusaba a los defensores de derechos humanos de « politiqueros », « traficantes de derechos humanos » y « defensores del terrorismo », y considerando que las detenciones arbitrárias de un gran número de defensores de derechos humanos y de dirigentes campesinos y sociales en las regiones son posibles mediante una acción judicial de criminalización apoyada por el Fiscal General de la Nación, Considerando que el Buró Internacional de la FIDH se vio obligado a transferir la sede del Congreso de Bogotá a Quito, por que en Colombia no se reunían las condiciones políticas y de seguridad necesarias para la realización de este Congreso, y reafirmando que Albaro Uribe Velez, presidente de la República de Colombia, es el único responsable de esta situación, en particular por sus discursos inaceptables en lo que se refiere a los defensores de derechos humanos y a su negativa de responder los correos de la FIDH en un plazo razonable, Teniendo en cuenta la situación particularmente precaria de los pueblos indígenas y afro-colombianos y de sus líderes en el marco del conflicto armado, lo que en muchos casos constituye una verdadera amenaza para la supervivencia de estos grupos y recordando el incumplimiento prolongado de los mandatos constitucionales en lo que respecta a estos grupos, Considerando la persistencia de altísimos índices de impunidad en lo que respecta a las violaciones de los derechos de defensores de derechos humanos y considerando las recientes reformas legislativas que dificultan la obtención de justicia, en particular el Acto legislativo N° 3 de 19 de diciembre de 2002 acerca de la reforma de la Fiscalía y considerando también la propuesta de 'alternatividad penal', destinada a favorecer con la excarcelación a responsables de crímenes de lesa humanidad integrantes de grupos al margen de la ley, ya se trate de grupos guerrilleros o de los grupos paramilitares, Teniendo en cuenta igualmente la ratificación por parte de la República de Colombia en agosto de 2002 del Estatuto de la Corte Penal Internacional, con la reserva del artículo 124 que implica el no juzgamiento de los crímenes de guerra durante un período de 7 años, Considerando la ausencia de una verdadera política de paz por parte del gobierno de Colombia, que tome en cuenta las causas estructurales de la violencia, Expresa su más firme solidaridad con los defensores de derechos humanos colombianos y reconoce la importancia vital de su trabajo para la defensa de los derechos humanos y expresa su más extrema preocupación por la ausencia de garantías para la realización de su trabajo en Colombia, Exhorta al gobierno de Colombia a expresar en el más breve plazo el reconocimiento del trabajo de los defensores de derechos humanos en Colombia y a rechazar firmemente cualquier tipo de amalgama entre defensores de derechos humanos y grupos terroristas, o cualquier tipo de distinción arbitrária entre diferentes categorias de defensores de derechos humanos. Asimismo, se urge al gobierno de Colombia a adoptar todas las medidas oportunas para garantizar la integridad física y psicológica de los defensores de derechos humanos, Exhorta al gobierno de Colombia a cumplir en el más breve plazo la integralidad de las recomendaciones de los organismos internacionales y regionales de protección de los derechos humanos, Urge al gobierno colombiano a que adopte todas las medidas oportunas para que se depure a la Fuerza Pública colombiana de todos los que por acción u omisión patrocinan o han patrocinado el paramilitarismo en Colombia. Condena firmemente los esfuerzos del gobierno de Colombia por implementar medidas que permiten la impunidad de responsables de graves violaciones de derechos humanos. Urge al gobierno de Colombia a modificar radicalmente su política en materia de administración de la justicia y a realizar las reformas necesarias con el objetivo de garantizar el procesamiento de responsables de violaciones de derechos humanos, Exhorta al gobierno de Colombia a levantar las restricciones a la competencia de la CPI, de manera a que los crímenes de guerra que no se sancionan de hecho en Colombia, puedan ser allí investigados y juzgados sus responsables. Llama a la Comunidad Internacional a condenar firmemente y sin reservas en todas las instancias internacionales y regionales, la actitud del gobierno de Colombia en materia de derechos humanos, y aplicar medidas de condicionalidad económica y diplomática, con el objeto de garantizar que el gobierno colombiano cumpla con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, Anuncia que esta resolución será entregada personalmente por el presidente electo de la FIDH al gobierno de Colombia, así como a todos los organismos de defensa de los derechos humanos pertinentes.
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