III Prepcom de Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información
Propuesta de la sociedad civil a la sección dos: Acceso a la información y el conocimiento – Extendiendo el conocimiento global común
15/09/2003
- Opinión
Ginebra, 16 de septiembre de 2003
Presentada por el Grupo de Trabajo de la sociedad civil:
Patentes, derechos de autor y marcas registradas
1. El título de la sección debería decir:
2) Libre acceso al conocimiento – Extendiendo el conocimiento
global común
Debería agregarse un nuevo artículo 20C:
NUEVO 20C. El conocimiento humano es herencia y propiedad de la
humanidad y es el reservorio a partir del cual se crea nuevo
conocimiento. El acceso libre y sin obstáculos a los recursos del
conocimiento en todas las formas y medios, para las presentes y
futuras generaciones, debe ser un asunto esencial para reducir la
desigualdad global y la brecha digital. El nuevo desafío es
mantener y extender el caudal del conocimiento global como pre-
condición para impulsar la creatividad intelectual, el desarrollo
sostenible y los derechos humanos.
2. Los artículos 21-22 son decididamente apoyados, pero
preferimos que la expresión "código abierto" sea reemplazada por:
Software Libre y de Código Abierto.
3. El artículo 23 es apoyado y enriquecido con este nuevo fraseo:
NUEVO 23A. El acceso a la información y al conocimiento, así como
a la comunicación libre son requisitos necesarios para el
desarrollo personal, la participación política y el desarrollo de
la humanidad como un todo. La libertad de información hace que
las decisiones políticas sean transparentes, ayuda a reducir la
corrupción y mejora el manejo de la información en la
administración pública. Todos tienen derecho a acceder
libremente, sin filtros, a los recursos públicos disponibles y a
los documentos de instituciones públicas sin que medie
manipulación o control. El mantener actividades administrativas
secretas debe estar siempre legitimado por ley, dentro de un
marco legal taxativo. La información en poder de particulares
debe ser también accesible en casos especiales de interés
público.
4. 11C es apoyado y debe ser integrado con el 23B usando el
siguiente fraseo:
NUEVO 23B. Dado que la ciencia tiene un rol central en la
producción de nuevo conocimiento, el acceso universal y
equitativo al conocimiento científico, así como la igualdad de
oportunidades para crear y compartir conocimiento científico, son
cruciales. Cualquier investigación, especialmente la financiada
por organismos públicos, debe enriquecer el conocimiento de
dominio público. Esto debe ser asegurado mediante la promoción de
modelos eficientes de auto-publicación, contribuciones de
contenido abierto o libre y otros modelos alternativos para la
producción, publicación y compartición del conocimiento
científico y el uso de formatos no propietarios.
5. 24A es apoyado.
6. NUEVO 40C para ser reemplazado:
40C. El conocimiento humano es herencia y propiedad de la
humanidad y es el reservorio a partir del cual se crea nuevo
conocimiento. La meta fundamental de las patentes, derechos de
autor y marcas registradas, así como otros monopolios legales y
técnicos sobre el conocimiento, concedidos por la sociedad, debe
ser asegurar el uso máximo de este conocimiento y animar la
creatividad tan extensamente como sea posible dentro de sociedad.
Los acuerdos y tratados internacionales, al igual que las
políticas nacionales referentes a la creación, compartición y
comercio de bienes intelectuales y creaciones culturales, deben
estar alineados según estos principios.
Traducido por Katitza Rodríguez
Revisado por Pedro Mendizábal
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https://www.alainet.org/es/articulo/108410
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