¿Cómo defender a los niños?

13/05/2017
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Si una cosa saben lograr algunos grandes hombres es burlar la muerte física y estar, por todos los tiempos posteriores, presentes. En estos días, tan desaforados y terribles, tengo la necesidad de revisar si Eduardo Galeano no ha vuelto a caracterizar la situación venezolana. Pues sin dudas, este tiempo de paradojas y tristezas, de disimulo y derrape, amerita ser descrito en la Escuela del Mundo al Revés.

 

Siendo esto así, aceptado el hecho que cada vez que decimos que no se les puede ocurrir una idea más cruel ya han salido con dos o tres nuevas, estamos llegando a momentos donde las preguntas jurídicas comienzan a quedar sin respuesta. Un tiempo, donde incluso la existencia de conceptos en blanco, como orden público o interés superior, parece no ser suficiente.

 

Visto esto no pretendo llegar a un análisis que mire todos los hechos que están sucediendo sino puntualizar, porque lo considero el más escabroso, cuál es la situación del derecho de los niños, niñas y adolescentes en el presente.

 

Para el día de hoy, fuentes oficiales hablaban que han transcurrido cuarenta días desde el llamado a la calle de la oposición. Como en los tiempos del paro petrolero del 2002, cada noche, hacen un parte de guerra sobre lo que ocurre. En él, se da un terrible ritual de apología a la tristeza puesto que han logrado un promedio de una muerte por día, en los números que ellos manejan.

 

Escuchar cada día, cada hora, un parte de guerra es una situación anormal, atemorizante y esto hace que el conflicto se extienda a otros y otras que no se encuentran en el lugar donde ocurre el hecho violento. Se trata de todos quienes han de pasar, trabajar o estudiar en las zonas aledañas. A ellos se les suma todos los que son víctimas del entorpecimiento del transporte así como del miedo a que una situación descontrolada ocurra, o, que quienes han de atenderles no lleguen al lugar.

 

A estas alturas, las afectaciones económicas son innegables. La zozobra y la interrupción han impactado los ciclos logísticos de muchas cosas, por no hablar de la distribución, pública y privada, de mercancías. Habrá quien, desde esa especialidad, deba publicar cuánto le cuesta al país cada día en el que en vez de concordia hay violencia.

 

Mientras tanto, la situación escolar se ve profundamente afectada pese a que desde el Ministerio del Poder Popular para la Educación se hayan hecho enfáticos llamados a clases y se haya negado que alguien haya previsto o autorizado una interrupción de la actividad académica.

 

Jurídicamente, hemos de considerar que el derecho a la educación es fundamental, pertenece a la categoría consagrada en la Declaración Universal de Derechos Humanos y se encuentra desarrollado en el PIDESC. En Venezuela, es por demás un derecho constitucional. Por ende, puede defenderse ante la autoridad administrativa y judicial.

 

Por ello, puede usted denunciar ante la Zona Educativa al colegio o al liceo que cierra las puertas tanto como ir a la Defensoría del Pueblo que ha de actuar coordinadamente junto a esta instancia ministerial. Esa es la primera respuesta jurídica a tener.

 

El problema está cuando el cierre de la escuela no obedece a una decisión unilateral o caprichosa de la autoridad sino que deviene de las condiciones que se crean en el entorno escolar. Ante este caso, usted tiene derecho a ampararse en los tribunales porque actuaciones de terceros le impiden disfrutar de un derecho fundamental.

 

Sin embargo, es altamente posible que ninguna de estas dos vías pueda realmente solucionar la situación que usted está enfrentando, en tanto, la cuestión sobrepasa lo jurídico en la confusión imperante entre víctimas y victimarios, así como la capacidad puntual y limitada de solucionar que tienen estos dos medios. Por ello, la respuesta parece necesariamente ser social y no legal, política y no sólo institucional, porque se requiere recuperar el espacio enfocados en los principios básicos.

 

Tal es el caso que los niños, niñas y adolescentes son sujetos especialmente protegidos. A los efectos nacionales en toda situación de conflicto han de ser resguardados pues han de tomarse sus intereses como superiores a cualquier otro que exista. Lo que además ha de enmarcarse que en nuestro país si en algo estamos de acuerdo es en considerar que en la educación reposa la salida a todos nuestros problemas.

 

Finalmente, esta situación que consiste en un espectro que va desde la intermitencia hasta la privación del derecho a la educación y a la convivencia ha de ser tratada jurídicamente como una afectación de derechos colectivos y difusos, cuyo tratamiento quedó fijado en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia que determina que cualquier persona puede solicitar del Poder Judicial su defensa. Así, ha de plantearse un ejercicio en el que traigamos estos hechos a la luz de nuestras normas pese a que para sus promotores, usando el lenguaje del cine, estos no sean más que daños colaterales.

 

Esta situación grave y comprometida resulta hoy en día de menor intensidad que la presencia y exposición de niños, niñas y adolescentes en actividades de calle. Al respecto, casi todas las ciudades tienen normas municipales que rigen la permanencia de menores de edad en la vía pública y estamos ante una norma orgánica (en la LOPNNA) que ordena su especial protección, tanto de su persona física como de su identidad.

 

Pienso que ante este hecho hay que saber distinguir que los padres pueden decidir llevar a sus hijos a las actividades que consideran propicias para su desarrollo. Por ende, en su compañía, no puede prohibirse ni señalarse que niños y niñas o adolescentes asistan a actos de calle.

 

La presencia de niños solos es otro asunto. De por sí, sin mediar una inducción a delinquir, esta situación es anormal a todas luces puesto que la asistencia supone un riesgo para ellos y esto es contrario a los principios legales de protección. Es un asunto de simple lógica, los niños y niñas no acompañados tienen prohibida la asistencia a todo tipo de eventos masivos por el riesgo que suponen para ellos.

 

Finalmente, ya el estadio donde estamos donde hay quienes denuncian que dentro o en la cercanía de las escuelas, o, a niños y niñas en situación de calle se les engaña bajo promesa de dar alimentos, golosinas o de cualquier otra forma, se les cumpla o no lo que se les ha ofrecido, estamos ante lo previsto en el artículo 264 de la LOPNNA donde se tipifica el  “uso de niños, niñas o adolescentes para delinquir”, en el cual se pena la acción de utilizarles tanto con la pena que merece el delito que se realiza como por el hecho de escudar su acción en quien es legalmente irresponsable.

 

El asunto allí se vuelve difícil puesto que si la presencia de los niños solos es una situación irregular, por la que han de responder sus padres y representantes, deben los cuerpos de seguridad actuar de modo de proteger a esos niños de los riesgos eventuales y ciertos que corren en esa situación así como, han de detenerlos por medio de la frustración o en flagrancia si incurren en conductas penalmente proscritas.

 

Al respecto, siguiendo los lineamientos de la UNICEF, en Venezuela existe un protocolo de actuación que determina que trato ha de recibir quien, antes de alcanzar la mayoridad, se encuentra envuelto en una situación de esta naturaleza. Se trata de la Resolución mediante la cual se dicta las Normas sobre la Actuación Policial cuando esté dirigida a Niños, Niñas y Adolescentes, así como de las normas complementarias.

 

Nosotros hemos de observar que estamos en un contexto donde la niñez se encuentra potencialmente expuesta a una situación de violencia inédita en nuestra historia, tanto por la vehemencia de la actuación apátrida como por la relación de los pequeños con la tecnología. Esta situación es anormal y contraria al objetivo de darles condiciones para que se convierta en los ciudadanos que el país necesita.

 

Todas las fases que hemos vivido, con particular intensidad desde el año 2012, han impactado especialmente en los niños y niñas puesto que desde la distorsión económica hasta situaciones que buscan detener las escuelas, tienen relevancia jurídica. Las bases para solucionar todos los aspectos incluidos el cómo detener el fenómeno creciente de la infancia abandonada deben ser dispuestos como puntos fundamentales en la agenda y denunciarse que haya quienes quieran utilizar la inocencia como arma de destrucción de su propio pueblo.

 

 

 

 

https://www.alainet.org/es/articulo/185442
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