Las “tierras baldías” de la pluriculturalidad nacional

28/08/2008
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“Los prejuicios son leyes no escritas pero aceptadas, barreras sociales inexpugnables”

Carlos Caicedo

 

Hace 15 años el Estado Colombiano se convirtió en pionero en el reconocimiento de Derechos a las comunidades afro descendientes en Latinoamérica, pero de aquella esperanza queda poco el día de hoy, el conflicto armado, el desinterés institucional y el racismo estructural de la sociedad han mantenido las condiciones de desigualdad de esta población.

 

Colombia se construyó a si misma desde la institucionalidad como un Estado pluricultural, incluyente y participativo a partir del proceso de la Constituyente, abriendo espacios para que las demandas sociales pudieran recibir tramite institucional. Las poblaciones negras, afro colombianas, palenqueras y raizales se hicieron presentes en la agenda pública luego de años de invisibilización, abriéndose el debate sobre su papel como constituyentes de la nacionalidad colombiana, pero  también como sujetos de discriminación y exclusión social y política desde la época de la colonia.

 

Cien años de un proyecto nacional único eran en parte responsables de la crisis del país, se consideraba urgente reconstruirlo. Del país nacional que propugno la constitución de 1886, pasamos a uno “diverso,” con presencia de las minorías, entre ellas los afro colombianos. El 27 de agosto de 1993 ese impulso se tradujo en la expedición de la ley 70, por medio de la cual se reconocían derechos territoriales a estos. Esta ley reconocía la existencia en el país de comunidades Afrodescendientes, las cuales tenían una organización colectiva con apropiación simbólica, productiva e histórica de unos territorios en la costa pacífica que hasta ese año eran considerados como lugares baldíos por el Gobierno -caracterización creada en la ley de desarrollo rural de 1959-. La ley reconocía derechos de propiedad colectivos a las comunidades así como de sus formas organizativas como interlocutores con el Gobierno.

 

Según lo señala la CPN producto de esta ley, hasta el 2003 habían sido tituladas más de 3.500.000 de hectáreas beneficiando a 887 comunidades además, el ganar espacios de interlocución con las entidades gubernamentales potencializó los procesos organizativos de los Afrodescendientes, al punto de existir más de 3.000 organizaciones rurales y urbanas además,  fue el detonante de otras reivindicaciones tales como: lograr la creación de una Cátedra de Estudios Afro colombianos, establecer créditos condonables para el acceso a la educación superior,  e intervenir  en los niveles decisorios de políticas nacionales –circunscripción especial para cámara- sectoriales – junta directiva del Incoder- o locales –consultivas-.

 

Pero, frente a las difíciles condiciones de desigualdad y discriminación estas medidas se quedan cortas,  los Afrodescendientes representan aproximadamente el 10% de la población colombiana siendo 4.273.722 de personas  según el DANE, pero se encuentran en  condición de desigualdad frente al resto de la población. Tal como lo revela la encuesta de calidad de vida del 2003, las tasas de desempleo y de asistencia del ICBF eran mayores que para el resto de la población, y el acceso a la educación es inferior al promedio nacional, agrandándose la brecha al llegar a la educación superior. Por su parte la encuesta de necesidades básicas insatisfechas del 2005 ubico al Chocó – Departamento con un 92% de porcentaje poblacional Afrodescendientes- en el primer lugar con un 79%  mientras que el promedio nacional era del 26%. Pero la situación se agrava cuando la costa Pacifica se convirtió en escenario del conflicto.

 

Los territorios de las comunidades afro colombianas pasaron de estar en la periferia del país a ubicarse en medio de ingentes recursos naturales e intereses geoestratégicos: el interés de grandes sectores económicos en explotar los recursos naturales –compañías mineras, palmicultores, pesqueras internacionales, madereras -  de manera extensiva, sin la concurrencia de las comunidades. El control territorial sobre rutas del narcotráfico por parte de los actores armados. Grandes obras de infraestructura - la construcción de la “acuapista” para permitir la construcción de un puerto alterno al de Buenaventura, la continuación de la Vía Panamericana, la canalización de ríos y la construcción de nuevas represas para la potencialización de la producción hidroeléctrica nacional -.

 

Todos ingredientes de una terrible combinación que da lugar a una  inclusión violenta de la región pacifica en la producción capitalista, por lo cual las poblaciones Afrodescendientes han sido víctimas de crueles acciones de los actores armados.  Masacres como la del Naya -2001- o Bojayá -2002- son crueles cristalizaciones de esta situación, así como las constantes amenazas a activistas comunitarios y defensores de los derechos humanos, por no hablar de la situación  en ciudades como Buenaventura que se hallan en medio de  disputas por su control.

 

Se ha generado entonces el desplazamiento y la pérdida física del territorio de las comunidades,  lo que no solo tiene implicaciones materiales sobre las condiciones de la población sino que al romper los lazos de la comunidad con el territorio ponen en grave peligro la supervivencia como etnias de estos grupos para quienes con el desarraigo viene la destrucción de su identidad, su simbología y su vida.

Por otro lado, frente a las poblaciones afro urbanas, el Estado se ha quedado corto a la hora  de emprender políticas amplias para romper con la desigualdad y la segregación cotidiana de la que son víctimas, escudándose con la presentación de los resultados en la titulación de tierras, focalizando su acción en esta área, olvidando que en ciudades como Bogotá, Cartagena, Medellín o Cali habita un número mayor de Afrodescendientes que en  zonas rurales.

 

Los Afrodescendientes en su cotidianidad son víctimas de prejuicios instaurados desde tiempos coloniales, lo que se traduce en la invisibilización, la difícil situación socio-económica de un porcentaje importante de esta población y los continuos actos de segregación.

 

La Corte Constitucional, señaló en el año 1996 a través de la sentencia T442, la obligatoriedad del Estado de emprender acciones afirmativas, reconociendo la existencia de condiciones de discriminación y desigualdad, producto de esquemas de prejuicio y subordinación creados desde la colonia e inmanentes en las relaciones sociales contemporáneas frente a las cuales, se deben emprender acciones activas que rompan con estas condiciones. El Estado tiene una inmensa tarea, garantizar la existencia de los Afrodescendientes y romper con las condiciones de desigualdad que son  su responsabilidad, sin olvidar que de todas maneras la eliminación del racismo de la sociedad colombiana depende de la transformación cultural de la sociedad y sus imaginarios  y no sólo de promesas vacías expresadas en un sinfín de normas y tratados.

 

Bogotá, agosto 29 de 2008

 

- Camilo Cruz es estudiante de Ciencia Política

 

Fuente: Semanario Virtual Caja de Herramientas

Corporación Viva la Ciudadanía. www.vivalaciudadania.org

 

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