Falta de Consentimiento libre, previo e informado incrementa violencia en pueblos indígenas

10/07/2018
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-ONU elabora Estudio para adoptar el Consentimiento

-Se pretende sea un criterio vinculante y no de buena fe

-No hay fórmula mágica: México

-Los gobiernos han usado el término para afectar territorios y recursos de los pueblos 

 

En tanto no se adopte el Consentimiento libre, previo e informado (CLPI), como parte de la libre determinación de los pueblos indígenas, será difícil lograr su aplicación en los países como lo establecen los instrumentos internacionales, indica el Mecanismo sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (MEDPI) de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en su 11ª sesión en Ginebra, Suiza, que concluye el viernes 13 de julio.

 

Su no adopción incrementa la impunidad, persecución y asesinatos de defensores de sus territorios, expreso Erika Yamada, Presidenta Relatora del MEDPI para 2018.

 

En este marco, circuló en Naciones Unidas, información del asesinato en San Juan Guichicovi, Oaxaca, México, del Ayuuk Calixto Pedro Guillermo, activo promotor de la unidad de su pueblo, maestro indígena y directivo de la Unión de Comunidades Indígenas de la Zona Norte del Istmo (Ucizoni).

 

También se ventiló la golpiza a Rodolfo Tut del pueblo maya, Comisario Municipal de San José, Muna, Yucatán, por oponerse a una consulta prefabricada para el establecimiento del Parque Solar Ticul A y B de la empresa estadounidense Sunpower. Y el incremento de las amenazas a indígenas del Cauca, Colombia.

 

Por eso, reiteran en Naciones Unidas, la investigación de 20 páginas: Estudio y Asesoramiento sobre el Consentimiento Libre, Previo e Informado, elaborado por el Mecanismo de Expertos, debe adoptarse como parte de la libre determinación de los pueblos indígenas, afirman delegados de las siete regiones geopolíticas concentrados en el Palacio de Naciones en Ginebra.

 

Y México fue contundente. La Misión Permanente ante los organismos internacionales, dijo: “No hay fórmula mágica, como el Mecanismo lo plasma en su estudio”.

 

Durante su exposición informó que en México en los últimos cinco años, se han realizado 89 consultas relacionadas con proyectos de desarrollo y reformas legales.

 

El Consentimiento libre, previo e informado, indican los diplomáticos mexicanos, así como las consultas amplias, genuinas, reguladas y de buena fe, es un tema clave para países de la región, sostienen.

 

El texto preparado por el Mecanismo, tomó en cuenta recomendaciones de James Anaya, ex relator de Naciones Unidas para los Derechos de los Pueblos Indígenas.

 

Así, el documento que se busca sea aprobado por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, intenta identificar entre otros puntos las características de la consulta y su operatividad.

 

La infatigable Andrea Carmen del Consejo Internacional de Tratados Indios (CITI) de Estados Unidos, recuerda que hasta la última tarde de las discusiones sobre la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (DNUDPI) en 2007, el tema de la Consulta con Consentimiento Libre, Previo e Informado, era un tabú para muchos países.

 

Por eso, valora el trabajo del MEDPI quien hace seis años fue desautorizado por el mismo Consejo de Derechos Humanos (CDH) de la ONU para efectuar el estudio ahora en discusión.

 

Para los pueblos indígenas presentes en la ONU, el tema es espinoso, requiere de mucho empuje y cabildeo porque tienen claro que los Estados han trabajado para eliminar los derechos reconocidos en la DNUDPI.

 

De ahí enfatizan que ahora toca trabajar a fin de que la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas se convierta en Convención como el Convenio 169 de la OIT, a fin de que sea vinculante. Es de destacar que sólo Bolivia le ha dado este estatus.

 

Erika Yamada en diferentes momentos, ha subrayado la gravedad en cuanto a la seguridad de los líderes y lideresas, porque en los últimos tiempos el 80 por ciento de asesinatos y violaciones a los derechos humanos han sido en contra de dirigentes indígenas defensores ambientales pertenecientes a siete países de América Latina.

 

En conversación con AIPIN, la presidenta Relatora del MEDPI, apunta que los asesinatos quedan impunes y están ligados al tema del Consentimiento, libre, previo e informado, por su relación directa con la entrada de las industrias extractivas a territorios indígenas.

 

Con el estudio, indican integrantes del MEDPI, se pretende que los pueblos indígenas, estén en igualdad de condiciones para la defensa de sus territorios.

 

Experimentados dirigentes estiman que la tarea es complicada por la falta de voluntad de los gobiernos a anteponer los derechos de los pueblos y comunidades al de intereses de las grandes corporaciones e inversionistas.

 

Tomás Condori del Consejo Indio de Sudamérica (CISA) fundado en 1980 en Ollantaytambo, Cuzco, Perú, pide que todas las acciones sean con base a lo estipulado en el Convenio 169 de la OIT, instrumento vinculante, a diferencia de la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas que es de buena fe.

 

Estos anhelos de reconocer los derechos de los pueblos indígenas es algo que comparten instancias de alto nivel en la ONU en Ginebra.

 

En la apertura de la 11ª Sesión del MEDPI, el 9 de julio, el CDH de la ONU y el Alto Comisionado para los Derechos Humanos, coincidieron en que los pueblos indígenas tienen el mando sobre el Consentimiento Libre, Previo e Informado, para las consultas en sus territorios.

 

Cuestionaron la discriminación, social y política a la que están sometidos más de 370 millones de personas de 90 países que se identifican como indígenas, y aseguran que el Consentimiento no es una encuesta, para validar el avasallamiento de los pueblos y comunidades nativas. 

 

El Consentimiento, señalan, es un derecho a su libre determinación.

 

Durante las deliberaciones, la misma Organización Internacional de Trabajo (OIT), expuso que el estudio debe ser más contundente tal y como establece el Convenio 169.

 

En tanto, los representantes indígenas expresan que es insuficiente que se reconozca el Consentimiento Previo, Libre e Informado, si al mismo tiempo no subyace bajo el principio y el derecho a la libre determinación a las instituciones de los pueblos indígenas.

 

Para Aucan Huilcaman, líder del Consejo de Todas las Tierras de Chile, en entrevista con AIPIN, manifiesta que el CLPI, genera profundas preocupaciones entre los pueblos indígenas porque su aplicación se ha utilizado en la esfera de los derechos patrimoniales; esto es, en decisiones que afectan sus territorios y recursos con las construcciones de centrales hidroeléctricas, carreteras, proyectos mineros, eólicos, convirtiendo así al Consentimiento en derechos ineficaces de los gobiernos en sus políticas económicas de inversiones nacionales y transnacionales.

 

En el mismo sentido, se pronuncia Q’’apaj Conde, del Centro del Centro de Estudios Multidisciplinarios Aymara de Bolivia quien, según sus proyecciones, si bien los pueblos indígenas pueden autorizar inversiones en sus territorios, también deben tener mecanismos de cumplimiento para que cuando se vean afectados puedan cancelar los acuerdos.

 

Los Estados, indica Conde en charla con AIPIN, deben garantizar los derechos de los pueblos indígenas y no imponerles decisiones que atenten contra su integridad física, territorial o cultural.

 

De ahí que pide al MEDPI que el estudio debe ser más preciso e incluir conceptos como “dar consentimiento”, tomando en cuenta, señala, que las limitaciones en los actuales procesos de consulta se encuentra la falta de participación de los pueblos indígenas en el diseño de la misma.

 

 Fuente: Agencia Internacional de Prensa India (AIPIN)

https://www.alainet.org/en/node/194012?language=en
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