¿Qué va en la Constitución?

30/06/2017
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Es como respuesta a un tuit que recibí por mi intervención en el programa de televisión “Con Amorín” de Venezolana de Televisión que siento la necesidad de entrar en trabajar la idea del contenido de una Constitución toda vez que el compatriota me preguntó sencillamente “¿en qué parte de la Constitución se encuentra el desacato?” Su pregunta me lleva a disertar con ustedes sobre temas fundamentales del derecho y del momento actual.

 

El desacato que podríamos a grandes rasgos determinar como sinónimo de desobediencia no se encuentra consagrado como institución desarrollada en la Constitución sino que se deriva  de los principios y de las funciones que determinan la autoridad del Poder Judicial, y, el deber en el marco de un Estado de Derecho que tenemos todos, ciudadanos y Estado, de someternos a las leyes que en el sentido más amplio contienen las sentencias de los tribunales.

 

Entonces nos vamos a dar cuenta que la Constitución es la norma jurídica fundamental, esta frase repetida por los juristas, no significa otra cosa que todos los actos normativos, administrativos o judiciales, deben hacerse según las previsiones que esta contenga pero como es evidente una Constitución no contiene el desglose total de las circunstancias ni de las previsiones.

 

En el mundo, la tendencia se ubica a intentar hacer de las Constituciones las normas más desarrolladas que, con un grado de flexibilidad que les permita permanecer, aseguren un mínimo de derechos y garantías. Esto lo podemos ver por ejemplo si examinamos la más reciente reforma de la Constitución mexicana que abandonó su estructura original para incorporar normas precisas en materias de derechos humanos.

 

Por eso, debemos entender que si para que un concepto fuese aplicable se requeriría que todo estuviese plena y exactamente contemplado en la Constitución, veríamos por ejemplo que nada sería posible en los Estados Unidos de Norteamérica donde su longevo texto  tiene tan sólo siete artículos. Así como veríamos que no se requerirían ni legisladores ni tribunales, que son cada uno en su ámbito los responsables de desarrollarla.

 

Por eso es que se usa con tanta frecuencia esa frase que dice que una Constitución es una norma viva, porque se va transformando cada vez que se aplica, cada vez que requiere interpretarse para terminar un conflicto.

 

Como esto se conoce es que, dentro del capítulo que rige las modificaciones a la Constitución se introdujo el artículo 350 límite absoluto –norma pétrea- que impide modificar por cualquier vía, incluso la interpretación, los valores más importantes del pueblo venezolano. Si la norma cambiará con el tiempo podrá hacerlo salvo cuando quiera tocar estos temas donde se encontrará una pared que impide comprometer la paz, la soberanía y los derechos humanos.

 

Siendo este el juego el tema de pensar en la Asamblea Nacional Constituyente en este momento evidencia la necesidad de explicitar cómo se garantizan los derechos que, en desarrollo de la norma de 1999, se introdujeron por la vía de Fundaciones y Decretos Presidenciales. De lo contrario, podrían ser sujeto de limitaciones legales, haciendo caso omiso a la progresividad de los derechos como hoy ocurre en Brasil y en Argentina y cómo se ha intentado desde los proyectos de ley sancionados por la Asamblea Nacional.

 

El derecho no puede conocerse sin conocer la Constitución de la República, sin embargo, esta no es el único elemento del derecho. Entender una institución como el desacato requiere conocer las funciones de los Poderes pero también las previsiones en materia de Derecho Procesal que rigen en el país desde inicios del siglo XX.

 

Desmontar que pese a todo ese esfuerzo, la lógica que lo sustenta podemos verla en ejemplos que nos ocurren tales como, el desconocer una voz de alto de funcionario de tránsito, o, creer que sólo por pensar que el juez se tarda se suspenden los efectos de un juicio sobre un preso. Es el mismo razonamiento absurdo el que sustenta que puede la Asamblea Nacional zafarse de la autoridad judicial.

 

Hagamos cada uno el esfuerzo de usar el derecho a estar informados. Saquemos nuestras conclusiones sobre el hecho de verdades que se han construido como irrefutables al portar la portadita sin hojas de la Carta Magna.

 

https://www.alainet.org/en/node/186504?language=es
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