Los límites de la apertura

Obstáculos a la Declaración CELAC-Unión Europea

28/01/2013
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En la Declaración de Santiago, firmada en la capital de Chile por los jefes de Estado y de Gobierno de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC) y de la Unión Europea, existen evidentes situaciones que establecen límites y anuncian obstáculos de índole política e ideológica a los ambiciosos propósitos que con este documento se pretende alcanzar.
 
En el papel, los representantes de todos los países latinoamericanos y europeos, con la ausencia de Estados Unidos y Canadá, anuncian planes e intenciones para lograr, en la diversidad de cada uno de los estados signantes, un desarrollo basado fundamentalmente en la apertura y en la colaboración multilateral sin importar las diferencias entre países que en la práctica se revelan como potenciales barreras para su cumplimiento cabal
 
Si el nombramiento del presidente de Cuba, Raúl Castro, como presidente pro-tempore del organismo latinoamericano y caribeño apunta a esa diversidad, hay algunos puntos de la Declaración que contienen evidentes divergencias que afloran y se pondrán de manifiesto en las diferentes interpretaciones que tanto en América como en Europa se darán a su aplicación.  Las divergencias ideológicas adquieren en ocasiones realidad de oposición pragmática.
 
Profesión de fe en el libre comercio, la Declaración de Santiago no es en principio compartida en su cabalidad por todos los gobiernos de los países signantes.  La plena apertura que en documento de CELAC-Unión Europea propone para las inversiones se basa en un principio restrictivo en boga en la globalización, el del llamado proteccionismo que condena las reservas que muchos estados establecen para la aceptación plena, sin valladar alguno, a las inversiones provenientes del exterior.  Según este principio, proteger a la empresa doméstica es  una característica reprobable de economía cerrada al libre flujo de capitales, pero no lo es la protección que se reclama para la inversión del exterior.  Proteccionismo hacia el interior, no, pero sí a la inversión extranjera.
 
La declaración de Santiago comienza por rechazar “las medidas coercitivas de carácter unilateral con efecto extraterritorial que son contrarias al derecho internacional comúnmente aceptadas de libre comercio”, a las que califica como lesivas al multilateralismo.  La censura a estas “medidas coercitivas” sería, en el contexto actual, entre otras cosas un reproche a decisiones recientes de gobiernos como Venezuela, Bolivia y  Argentina, que han nacionalizado empresas y acciones tanto de Estados Unidos como de Europa ante la queja de los países afectados, e incluso de algunos gobiernos del Continente.
 
Antes de la firma de la declaración de Santiago trascendió el rechazo que la mayoría de los signantes opusieron a la propuesta de la presidente de Argentina, Cristina Fernández, para que en el texto del documento se incluyera un reconocimiento al derecho que cada país tiene de expropiar bienes privados, nacionales o extranjeros, cuando así lo imponga el interés de la nación.  La palabra expropiación parece excluida del léxico del libre comercio expresado en la Cumbre de Chile, aunque en el  mismo documento sus redactores no evitaron el reconocimiento, precedido de un “sin embargo”, al “derecho de los países a establecer regulaciones con el fin de cumplir sus objetivos de política nacional en conformidad con sus compromisos y obligaciones internacionales”.  Así, toda medida regulatoria podrá ser objeto de una calificación sobre su carácter coercitivo o no y reclamada como contraria al libre comercio y el multilateralismo.  En el mismo sentido, pero en referencia a la necesidad de solucionar todo conflicto sin el uso de la amenaza o la fuerza, el documento propone la “igualdad soberana” de los estados para respetar su integridad territorial y su “independencia política” en cuestiones en disputa, que bien pueden ser, o al menos así se entiende, en relación con decisiones sobre cuestiones económicas como serían las expropiaciones o las nacionalizaciones.
 
La Declaración de Santiago borda en repetidas ocasiones sobre el concepto de complementariedad en la apertura a las inversiones provenientes del exterior.  Ello supondría que la inversión extranjera debería ser atraída y aceptada sólo cuando en el interior de los países no existan las condiciones y los recursos para la atención de algunos rubros de la economía.  En ese supuesto, la protección de los gobiernos a la inversión extranjera sólo se justificaría en los casos en que los capitales nacionales no fueran capaces o suficientes para el desarrollo de proyectos productivos y creadores de empleo.
 
La experiencia de tratados comerciales en los últimos años ha demostrado que, en nombre de la libertad de comercio y la apertura, grandes corporaciones internacionales han terminado por dominar los mercados de países en donde se asientan, en detrimento de la empresa mediana y pequeña nacional.  El caso de la ruina de empresas nacionales y de la actividad del campo en México a consecuencia de tratados como el de Libre Comercio de América del Norte es un ejemplo de resultados negativos para el desarrollo de la economía nacional por la competencia ruinosa de las grandes transnacionales. La soberanía alimentaria, restringida por las importaciones de productos agrícolas a que obliga la apertura de los tratados internacionales, es uno de los efectos nocivos de la política del libre comercio y flujo de capitales propuesta por la declaración de Santiago.
 
A la plena libertad de comercio y del flujo de inversiones se oponen también otras situaciones reales en el panorama internacional de la economía.  Aunque en el documento firmado en Chile se hace una crítica de la imposición de sanciones a la relación comercial y económica con países como Cuba por parte de Estados Unidos con la Ley Helms-Burton, en la práctica ésa y otras restricciones de carácter ideológico operan como obstáculos a la libertad de comercio que se propone.  Las reacciones de países afectados por expropiaciones o medidas regulatorias, o las reservas de algunos para mantener relaciones con los que se consideran una amenaza política por motivos ideológicos, impiden la evolución de la diversidad que la Declaración de Santiago propone.
 
Sin contar con los fenómenos de la corrupción, ancestrales en prácticamente todas las civilizaciones del mundo y que constituyen un elemento corrosivo en la apertura económica, los propósitos expresados en la declaración de Santiago, que no deben ser, como se establece en el documento, un conjunto de reglas rígidas en su observancia, contienen en sí mismos una serie de limitaciones que sólo con una verdadera voluntad de cooperación en la diversidad podrán ser superadas.
 
 
https://www.alainet.org/en/node/164260

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