Gobierno cada vez más distanciado de pueblos indígenas

24/09/2012
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Lima.- A fines de agosto el gobierno peruano anunció que por primera vez se llevará a cabo en el país un proceso de consulta previa a los pueblos indígenas que viven en la región amazónica de Loreto sobre la explotación de un lote petrolero en las cuencas de los ríos Pastaza, Corrientes y Tigre.
 
El proceso, que se enmarca dentro de la Ley de Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios, estará a cargo del Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura y se iniciará a principios del próximo año, luego que se lleve a cabo la licitación del lote petrolero y una vez que se haya identificado el ganador.
 
“Recién en ese momento se llevaría a cabo la etapa de información y diálogo con los pueblos indígenas”, declaró a la prensa el viceministro de Interculturalidad, Iván Lanegra Quispe.
 
Es decir, no se ha consultado a los pueblos indígenas sobre el otorgamiento de las concesiones, lo cual contraviene lo establecido por el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) —vigente en el Perú desde 1995 cuando fue ratificado por el Congreso Constituyente Democrático— de que se debe “consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente”.
 
Según Lanegra Quispe, “no todas las medidas que dicta el Estado deben consultarse”, precisando que la consulta se aplicará exclusivamente a pueblos indígenas y siempre que la medida los afecte directamente.
 
Si bien la norma aprobada no establece el derecho al veto, sí indica que la finalidad de la consulta es “alcanzar un acuerdo o consentimiento entre el Estado y los pueblos indígenas u originarios respecto a las medidas legislativas o administrativas que les afecten directamente, a través de un diálogo intercultural que garantice su inclusión en los procesos de toma de decisión del Estado y la adopción de medidas respetuosas de sus derechos colectivos”.
 
Esperanza trunca
 
La Ley de Consulta Previa fue aprobada por unanimidad en agosto del 2011 por el Congreso y recién ocho meses después la norma entró en vigencia al ser oficializado su reglamento. Sin embargo, ese reglamento no ha sido aceptado por los pueblos indígenas que consideran que no recogió sus aportes en su elaboración.
 
“El proceso de reglamentación lo que hizo fue desmantelar la esperanza sobre una institucionalidad indígena clara y legítima. Esto responde a intereses de las empresas mineras y de hidrocarburos. Esto es la continuidad de una política que viene desde el gobierno de Alberto Fujimori [1990-2000], es una propuesta desarrollista, extractivista, neoliberal”, dijo Alberto Pizango, presidente de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP), que representa a más de 1,500 comunidades indígenas amazónicas, durante la presentación del Informe Alternativo 2012 sobre el cumplimiento del Convenio 169, el 13 de setiembre.
 
“Durante el mismo proceso de la consulta del reglamento, durante las audiencias, se aprobaban proyectos extractivos. La ley no recoge el espíritu del Convenio 169. Hemos dicho que primero se modifiquen siete artículos y sobre ello nos sentemos en forma conjunta y consensuada sobre la reglamentación y de esta manera evitar los conflictos que se ven venir”.
 
“Siempre nos han dicho que los indígenas no saben, no piensan, no proponen. Frente a este acto de mala fe del Estado peruano estamos diciendo ya no más a la ley marco de consulta sino al cumplimiento del Convenio 169 y la libre determinación de los pueblos”, manifestó Pizango.
 
El 11 de setiembre, PeruPetro, la agencia estatal encargada de otorgar las concesiones hidrocarburíferas, anunció la licitación de 36 nuevos lotes para la exploración y explotación de hidrocarburos en su mayoría en la región amazónica, agregando que, en cumplimiento con el reglamento de la Ley de Derecho a la Consulta, la empresa “realizará la consulta luego de que se haya otorgado la ‘buena pro’ de dichos lotes y antes de la suscripción de los contratos”.
 
Para Pizango, esto es un ejemplo de las contradicciones existentes, ya que “por un lado, se aprueba la Ley de Consulta y se habilita un discurso pro consulta, pero, por otro lado, se incentivan las industrias extractivas”.
 
Actualmente un 75% de la Amazonia está concesionado y la mayoría de concesiones hidrocarburíferas se superponen a reservas naturales y territorios indígenas, asegura el Instituto del Bien Común, organización no gubernamental que trabaja con comunidades rurales.
 
Eli Pangoa, dirigente shawi, denunció el caso de la petrolera coreana Ecoamerica que había solicitado la propiedad de más de 72,000 Ha en la selva norte.
 
“En el 2009 nos hemos enterado que Ecoamerica estaba solicitando la propiedad de 72,654 Ha. En el 2010, el Gobierno Regional de San Martín indicaba en un informe que ese pedido estaba superpuesto en 31,000 Ha en un territorio donde viven tres comunidades nativas. El Tribunal Constitucional emitió una sentencia donde declara improcedente la demanda, pero nosotros no estamos contentos porque el Estado no está cumpliendo con su deber. Lo que queremos es la seguridad jurídica [sobre nuestro territorio], la tierra segura. El Estado tiene la responsabilidad, la obligación, de proteger nuestros derechos, nuestro territorio, pero no la está cumpliendo. Para el Estado somos ciudadanos de segunda categoría, no existimos como pueblo”, dijo Pangoa.
 
País cuadriculado
 
El ex ministro del Ambiente, Ricardo Giesecke, manifestó durante el conversatorio “Nueva minería en el Perú”, organizado por Comunicaciones Aliadas y Red Muqui el 28 de agosto, que “la Ley de Consulta Previa es justamente necesaria porque no existe un ordenamiento territorial como tal en el país. En realidad, la gente en sus regiones no conoce ni sabe cuáles son las potencialidades, los peligros, las amenazas, las vulnerabilidades ni nada de lo que pasa en su territorio y por lo tanto cuando empiezan a aparecer las concesiones mineras forman parte del origen de los conflictos, porque en el país se siguen dando concesiones mineras sin preguntarle nada a nadie”.
 
El Instituto Geológico Minero Metalúrgico (INGEMMET), dependiente del Ministerio de Energía y Minas, es la entidad encargada de otorgar las concesiones mineras. Para Giesecke, el INGEMMET ha “cuadriculado” el país, es decir, lo ha dividido en cuadrículas y no toma en cuenta si dentro de ellas hay centros poblados, zonas protegidas o territorios indígenas.
 
“Un día puede venir alguien y decirle ‘tengo una concesión y su terreno está dentro de mi concesión’ y sólo con eso basta para que tengamos un conflicto en ciernes”.
 
En el mismo conversatorio, Carlos Monge, coordinador regional para América Latina de Revenue Watch Institute, entidad que monitorea las industrias extractivas, sostuvo que “todas las concesiones mineras no sólo han sido dadas desde el gobierno central por el INGEMMET —como derecho del peticionario, sin ninguna condición ni requerimiento previo cuando ya se había aprobado el Convenio 169 y por tanto en abierta violación de la ley— sino que además el 70% y 80% de ellas se han concedido con fines especulativos y en realidad no sostienen ningún proyecto serio de exploración ni de producción ni de nada”.
 
Tanto Giesecke como Monge coincidieron que es necesario redefinir profundamente el sistema de concesiones.
 
“Deben darse después de culminar los procesos de zonificación y ordenamiento territorial, para que se otorguen y negocien concesiones donde corresponde. Además, discutir qué hacer con lo que ya ocurrió, con el marco normativo y político anterior, pero que sabemos que está mal y que hay que corregir”, dijo Monge.
 
Giesecke insistió en que “el poder económico es el que tiene el poder político real. Todas nuestras leyes están hechas para que el poder económico sea el que termine decidiendo. Hay que revisar las leyes y revisar la estructura del poder económico”.
 
Fuente: —Noticias Aliadas.
https://www.alainet.org/en/node/161221
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