La batalla política por la Justicia Especial para la Paz
- Opinión
El Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición creado en los Acuerdos de La Habana para poner fin a la confrontación armada entre el Estado y las guerrillas de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, FARC-EP, levantadas en armas contra el Estado desde el año de 1964, contempló en su centro al menos en su diseño, la satisfacción de los derechos de las víctimas a la verdad, a la justicia, a la reparación y a las garantías de no repetición. El Sistema Integral de Justicia para la Paz contempló la creación y puesta en marcha de una Comisión de la Verdad ya instalada que deberá entregar su informe final en tres años a partir del mes de noviembre de 2018. También y no sin pocas dificultades se ha instalado y puesto en funcionamiento la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado y la puesta en marcha desde enero de 2018 de una Jurisdicción Especial para la Paz, JEP. Esta última deberá satisfacer de acuerdo con los estándares nacionales e internacionales de derechos humanos y del derecho internacional humanitario, el derecho inalienable que asiste a las víctimas de reclamar del Estado Justicia y verdad judicial para los innumerables y atroces crímenes cometidos en el conflicto armado interno.
El acuerdo pactó un sistema de justicia transicional restaurativa o reparadora que tiene como propósito fundamental la reparación a las víctimas en donde a cambio de penas blandas los actores del conflicto: guerrillas, agentes de la fuerza pública y terceros responsables civiles o agentes del Estado no integrantes de la fuerza pública deben concurrir a la JEP para entregar toda la verdad de lo que sucedió con las víctimas en el conflicto armado así como comprometerse genuinamente a reparar a las víctimas. Mucha verdad y penas leves que pueden ir de entre cinco a ocho años de restricción efectiva de la libertad para los principales actores comprometidos con delitos de lesa humanidad, crímenes de guerra y delitos atroces. Ello siempre y cuando los actores comprometidos con estos crímenes en contra de la humanidad entreguen a la JEP toda la verdad si no lo hacen pueden recibir penas de prisión intramural de hasta veinte años.
Este fue el pacto y para ello se conformó una Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, que cuenta con un cuerpo de 38 magistrados distribuidos en tres salas y cuatro secciones además de una Unidad de investigación y acusación. La estructura ya ha sido conformada y se ha puesto en marcha. Una Comisión de escogencia independiente mediante convocatoria pública nombró a los 38 magistrados y al jefe de la Unidad de Investigación, pero, para que esta jurisdicción Especial pueda operar no solo requiere de los recursos necesarios para su funcionamiento sino de leyes que definan los procedimientos, las penas y en general que garanticen en dicha jurisdicción el debido proceso.
A su paso por el Congreso y por la Corte Constitucional la JEP fue debilitada. Sectores críticos de los acuerdos de Paz lograron que los llamados terceros responsables que en los Acuerdos de La Habana deberían concurrir obligatoriamente a la JEP ahora se mantendrán en la jurisdicción ordinaria en dónde los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad cometidos por estos actores se mantienen en una impunidad que supera según las propias cifras oficiales por encima del 95%, es decir, casi en la impunidad completa. Ahora de acuerdo con la normatividad y con la jurisprudencia de la Corte Constitucional los terceros responsables podrán mantenerse en la justicia ordinaria en donde campea como se ha dicho la impunidad o concurrir voluntariamente a la JEP. Con ello se debilita la posibilidad que la JEP sea realmente el tribunal de cierre del conflicto armado pues entre los llamados terceros responsables se encuentran una buena parte de los determinadores o llamados autores intelectuales, financiadores y reales beneficiarios del conflicto armado interno que ha vivido el país a lo largo de los últimos sesenta años.
Aún debilitada la JEP es un instrumento clave para lograr justicia y verdad para las víctimas pues a ella ya se han acogido más de 13 mil guerrilleros de las FARC, cerca de 2 mil militares y policías, y un poco más de 1,500 civiles y actores públicos no integrantes de las fuerzas armadas. Después de un largo recorrido por el Congreso en donde fue aprobada en el mes de noviembre de 2017 la Ley Estatutaria de la JEP pasó a revisión automática de la Corte Constitucional que demoró más de un año para proferir una larga sentencia de más de 900 páginas en el mes de diciembre de 2018. La sentencia fue remitida al Congreso de la República para que fuera firmada por los presidentes de la Cámara y el Senado para que a su vez ellos la remitieran al presidente de la República para su sanción y publicación. En el Congreso sucedió de todo con el proyecto de Ley, Ernesto Macías el uribista presidente del Senado la engavetó desde diciembre, luego envío un texto incompleto al presidente de la Cámara que lo encontró mutilado en un tema fundamental cual era el objeto mismo de la Ley que había desparecido del texto y que Macías atribuyó sin ningún rubor a errores en la configuración de una impresora, hasta que finalmente el texto íntegro como salió de la Corte Constitucional fue remitido al presidente de la República Iván Duque Márquez que tiene plazo para su firma hasta el próximo 8 de marzo.
Y allí comenzó una nueva batalla política. Duque ha dicho que se tomará todo el tiempo que le confiere la ley para sancionarla al tiempo que su Consejero de Paz, Miguel Antonio Ceballos, comunicó que el Gobierno estudia la posibilidad de objetar la Ley por inconveniencia dado que no puede hacerlo por inconstitucionalidad dado que ya la Corte encontró el texto de la Ley Ajustado a la Constitución. La objeción a la Ley por inconveniencia es una atribución que le confiere la Constitución al presidente de la República y podría ser total o parcial pero en todo caso motivada, la cual deberá ser dirigida al Congreso de la República para que esté decida si acepta o niega la objeción. El problema es que para ello se requiere de una votación calificada de dos terceras partes que por ahora no tendría ni los partidarios de negar las objeciones ni los partidarios de hacer trizas la JEP y con ello el proceso de paz con las FARC puesto que ella es la columna vertebral que la da certeza jurídica a los acuerdos. De todos los ataques al proceso este es el más grave y así lo han entendido todos los actores.
Del lado de quienes piden la objeción presidencial al proyecto de Ley está en primer lugar el uribismo, el propio ex presidente y Senador, Álvaro Uribe se ha dirigido al presidente para pedirle que objete y acabe con la JEP y sus principales aliados políticos como el Partido Conservador que aprobó los acuerdos en el Gobierno de Juan Manuel Santos, guardan silencio. Néstor Humberto Martínez, el cuestionado fiscal general, comprometido en la trama de las investigaciones sobre corrupción de la firma brasilera Odebrecht, ha enviado una comunicación al presidente para brindar los argumentos en que debería basarse Duque para objetar la ley, argumentos que han sido rebatidos por académicos y por el procurador general de la Nación, Fernando Carrillo. También se han manifestado en contra de la objeción 273 organizaciones de la sociedad civil, el partido liberal a través de su presidente, César Gaviria, como también lo han hecho los disidentes del Partido de la U y hasta el expresidente Juan Manuel Santos como también lo han hecho los partidos de la oposición.
Los negociadores a nombre del Estado colombiano en las negociaciones de La Habana y los integrantes de las FARC también han pedido a Duque que sancione la Ley y el vicefiscal de la Corte Penal Internacional, James Stewart, pidió que la Jurisdicción Especial para la Paz tenga un marco legal definido y que, de no ser el caso, “podría constituir un revés y tendríamos que considerar sus implicaciones”. La CPI apoya a la JEP como “el mecanismo clave” de la justicia transicional adoptado en los acuerdos de paz. “Hemos aceptado que las medidas de justicia transicional que Colombia decidió adoptar podrían, si fueran implementadas y aplicadas adecuadamente, cumplir con los objetivos de rendición de cuentas, disponibilidad de recursos para las víctimas y contribución a la disuasión de crímenes futuros, previstos en el Estatuto de Roma”.
Duque por sus propias vacilaciones se encuentra entonces en el centro del huracán desatado por sus propios aliados políticos y en primer lugar por su mentor, Álvaro Uribe Vélez. Si decide objetar el proyecto tendrá a más de medio país encima y en contra, así como a la comunidad internacional que avaló y es el garante del cumplimiento de los Acuerdos con la guerrilla de las FARC-EP y si decide sancionarla tendrá la crítica acérrima de sus aliados políticos. Entretanto creo que a los acuerdos de La Habana solo podrá salvarlos una vigorosa movilización ciudadana que ya comienza a gestarse.
Bogotá febrero 21 de 2019.
Pedro Santana Rodríguez
Director Revista Sur
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