Pronunciamiento de las organizaciones no gubernamentales
La OEA y los Derechos Humanos
28/05/2001
- Opinión
La Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), en
su XXXI período ordinario de sesiones (San José, Costa Rica, junio 2001),
tiene ante sí el reto de adoptar las medidas y correctivos necesarios para
promover y proteger efectivamente el pleno goce y disfrute de los derechos y
libertades de los habitantes del hemisferio americano. Igualmente la
Asamblea General de la OEA tiene el desafío de tomar claras e inequívocas
medidas para combatir graves flagelos que se ciernen sobre los derechos
humanos, como la impunidad de los autores de violaciones a los derechos
fundamentales, la persistencia de la pena de muerte, la discriminación de
los pueblos indígenas y comunidades afro-americanas y la desigualdad de las
mujeres.
Desde la última Asamblea General celebrada en Windsor (Canadá), se han
registrado avances en materia de derechos humanos en la región. Algunos
países de la región han adoptado legislación que reprime graves violaciones
a los derechos humanos como la desaparición forzada y la tortura. Argentina
ha derogado la pena capital como sanción del Código de Justicia Militar. El
Poder legislativo de Chile aprobó la ley de abolición de la pena de muerte
para los delitos ordinarios, que aún se encuentra pendiente de sanción
presidencial. Perú ha retomado el camino del estado de derecho y sus nuevas
autoridades han decidido encarar el pasado de violaciones a los derechos
humanos así como de reasumir sus obligaciones internacionales ante la Corte
Interamericana de Derechos Humanos. Desde el 25 de mayo de 2000, cuando
fuera adoptado por las Naciones Unidas, 16 estados americanos han firmado el
Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo
a la participación de niños en los conflictos armados y Ecuador, México y
Perú han firmado la Convención interamericana sobre desaparición forzada de
personas. A nivel de la OEA, se ha tomado pasos hacia la elaboración de una
Convención Interamericana contra el Racismo y toda forma de Discriminación e
Intolerancia, una Carta Democrática Interamericana y un Protocolo a la
Convención Americana sobre Derechos Humanos que permita a las victimas
acceder directamente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
No obstante, estos avances no pueden ocultar la situación de los derechos
humanos en el hemisferio americano así como los intentos de algunos Estados,
en los últimos años, de socavar el sistema interamericano de derechos
humanos y su eficacia.
Las desapariciones forzadas, las ejecuciones extrajudiciales, las torturas y
las detenciones arbitrarias persisten en muchos países de la región. En la
mayoría de los países de la región, las condiciones de detención constituyen
tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. En Brasil, la tortura es
practicada frecuentemente por las autoridades policiales. En algunos
países, presos de conciencia permanecen tras las rejas mientras que en otros
Tribunales militares siguen todavía habilitados para juzgar a civiles.
En varios países, las libertades de expresión y de prensa no están
debidamente protegidas. La situación de los derechos de la mujer y de los
niños sigue siendo precaria. El reclutamiento y utilización de menores de
18 años como soldados o combatientes permanece como una practica corriente
en numerosos países. El derecho a la protección de la ley, el acceso a la
justicia, y las garantías judiciales son frecuentemente amenazados, cuando
no denegados, en muchos países de la región.
La situación de las personas privadas de libertad en la inmensa mayoría de
los países del hemisferio es hondamente preocupante. Las condiciones de
detención de la mayoría de ellas constituyen tratos crueles, inhumanos y
degradantes. El hacinamiento, los malos tratos, la insalubridad son el pan
cotidiano de decenas de miles de detenidos en la región. La ausencia de la
mayoría de los países de políticas y programas penitenciarios que permitan
la reinserción de los detenidos en la sociedad, una vez recuperada su
libertad, aumenta su marginalidad y vulnerabilidad.
La persistencia de graves, masivas y sistemáticas violaciones a los derechos
humanos así como la impunidad de los autores de estas violaciones en
Colombia sigue siendo materia de gran preocupación. La puesta en marcha del
llamado "Plan Colombia", verdadera estrategia belicista que pretende desatar
militarmente el conflicto en ese país y que ya tiene efectos con el auge del
paramilitarismo, crea los más fundados temores de que aumentarán
vertiginosamente las violaciones a los derechos humanos y al derecho
internacional humanitario y se regionalice el conflicto armado colombiano.
La impunidad de las violaciones de derechos humanos sigue siendo flagelo en
numerosos países de la región. Esta impunidad, mantenida a través de leyes
de amnistía, indultos y la jurisdicción penal militar, socava las bases
mismas del estado de derecho. Colocando por encima del imperio de derecho y
de la justicia a quienes han violado los derechos humanos, la impunidad
alienta a que se sigan cometiendo violaciones de derechos humanos. La
ausencia de voluntad política por parte de numerosos gobiernos de la región
para remover estos mecanismos de impunidad y proceder a juzgar y castigar a
los autores de violaciones a los derechos fundamentales es altamente
preocupante.
A pesar de la vocación abolicionista del sistema interamericano de derechos
humanos la pena de muerte no ha sido erradicada de la región. En los
Estados Unidos de América se sigue ejecutando a personas por delitos que
cometieron cuando eran menores de edad así como a ciudadanos extranjeros sin
que estos hubiesen podido ser asistidos de sus autoridades consulares.
Guatemala ejecutó la pena capital contra varias personas.
Los derechos económicos, sociales y culturales de la mayoría de la población
del hemisferio son cotidianamente violados. Políticas indiscriminadas de
ajuste estructural, liberalización y desregulación han incrementado la
desigualdad, el desempleo y la pobreza. Estas políticas habitualmente son
diseñadas por organismos multilaterales, violando el derecho de los pueblos
a su autodeterminación. Por otro lado, los acuerdos de comercio y los
mecanismos de integración prescinden de toda consideración relativa a la
primacía de los derechos humanos, contribuyendo directa o indirectamente a
su menoscabo. En la mayoría de los países de la región, los pueblos
indígenas y las comunidades afro-americanas y campesinas no solo carecen de
sistemas de protección adecuados sino que han visto incrementar su
vulnerabilidad debido a la presencia de transnacionales en sus territorios.
La situación de los defensores de derechos humanos sigue siendo motivo de
gran preocupación. En muchos países de la región, los defensores de
derechos humanos siguen encontrando grandes dificultades para desarrollar su
legítima acción. Desde que la OEA celebrara su última Asamblea General, en
varios países de la región numerosos defensores de derechos humanos han sido
asesinados, amenazados de muerte, hostigados o compelidos al exilio. El
compromiso de los Estados de respaldar y garantizar las labores de los
defensores de derechos humanos, expresado con la adopción de la Resolución
AG/RES 1711 (XXX-0/00) por la Asamblea General de la OEA, en junio de 2000,
y en la Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los
grupos y las instituciones, de promover y proteger los derechos humanos y
las libertades fundamentales universalmente reconocidos, adoptada por la
Asamblea General de Naciones Unidas mediante Resolución 53/144, el 9 de
diciembre de 1998, no se ha traducido en la práctica por muchos gobiernos de
la región.
Nos anima constatar que cada vez mas países del hemisferio firman y
ratifican el estatuto de la Corte Penal Internacional. La Corte Penal
Internacional, que complementará la acción de los sistemas nacionales de
justicia, esta llamada a convertirse en un instrumento esencial de
prevención y disuasión de las violaciones a gran escala o sistemáticas de
los derechos humanos y de los crímenes de guerra. La acción combinada de la
Corte Penal Internacional y de los tribunales nacionales permitirá luchar
eficazmente contra los crímenes contra la humanidad y los crímenes de guerra
así como erradicar la impunidad.
La ratificación total de los tratados americanos de derechos humanos es aún
una tarea inconclusa. Los Estados Unidos de América, Canadá y otros Estados
de la región aún no han ratificado la Convención Americana sobre Derechos
Humanos. Si bien numerosos Estados han aceptado la competencia contenciosa
de la Corte Interamericana, no son pocos los que persisten en no acatar las
medidas cautelares, decisiones y recomendaciones de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos así como las medidas provisionales y
fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. El retiro de
Trinidad y Tobago de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en 1998,
sigue sin ser objeto de una atención adecuada a la extrema gravedad de este
hecho que atenta contra la integridad del sistema interamericano de derechos
humanos.
La participación de la sociedad civil, y en particular de las organizaciones
no gubernamentales, en la OEA sigue siendo deficitaria. A pesar del avance
que significó la adopción de las Directrices para la participación de las
organizaciones de la sociedad civil en las actividades de la OEA, el sistema
interamericano no cuenta con un verdadero estatuto consultivo para las
organizaciones no gubernamentales.
Los procesos de democratización en la región siguen siendo débiles y todavía
persiste la idea que la democracia se reduce a la celebración periódica de
elecciones. La vigencia de un estado de derecho garante de los derechos
humanos y del ejercicio de las libertades fundamentales es la piedra angular
y condición esencial de toda forma democrática del Estado.
Las organizaciones no gubernamentales exhortamos a la Asamblea General de la
OEA a:
1. Instar a una plena ratificación de la Convención Americana sobre
Derechos Humanos y demás instrumentos interamericanos de derechos humanos
por parte de todos los Estados miembros de la OEA, así como al
reconocimiento de la competencia contenciosa de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos;
2. Instar enérgicamente a Trinidad y Tobago a re-acceder a la Convención
Americana sobre Derechos Humanos sin reservas contrarias al objeto y
propósito de la Convención;
3. Instar a los Estados americanos a dar cumplimiento a las medidas
cautelares y provisionales, las resoluciones y las sentencias de la Comisión
y de la Corte Interamericanas de Derechos Humanos así como a promover,
cuando sea necesario, medidas concretas que faciliten la observancia de las
resoluciones del sistema interamericano;
4. Fortalecer el sistema interamericano de protección de derechos humanos
garantizando que los miembros de la Comisión y de la Corte Interamericanas
cuenten con la debida experiencia y autoridad moral, estableciendo
mecanismos que garanticen la transparencia en el proceso de la elección de
estos miembros, e incrementando el presupuesto de ambos órganos de
protección;
5. Tomar las medidas necesarias para garantizar el pleno acceso de las
víctimas a los órganos del sistema interamericano de protección de los
derechos humanos, entre otras, creando un fondo especial para producción de
pruebas, y alentar a los Estados miembros y observadores a realizar
contribuciones voluntarias;
6. Tomar las medidas necesarias en orden a garantizar que en el proceso de
elaboración de la Convención Interamericana contra el Racismo y toda forma
de Discriminación e Intolerancia, sean asociadas estrechamente a los
trabajos las organizaciones no gubernamentales, los pueblos indígenas y las
comunidades afro-americanas así como que los estándares internacionales en
la materia no sean disminuidos;
7. Tomar las medidas necesarias para que sean elaborados y adoptados
estándares a nivel regional sobre los derechos de las personas privadas de
libertad;
8. Instar a los Estados americanos a tomar las medidas necesarias para que
sus legislaciones internas sean compatibles con sus obligaciones
internacionales en materia de derechos humanos así como a erradicar la
impunidad y remover los obstáculos que impiden que los autores de
violaciones a los derechos fundamentales sean traducidos ante tribunales de
justicia;
9. Reiterar la vocación abolicionista del sistema interamericano de
derechos humanos y exhortar a los Estados que aún mantienen la pena capital
a suspender las ejecuciones, con miras a abolir completamente la pena de
muerte;
10. Reiterar su reconocimiento y respaldo a la labor de los defensores de
derechos humanos y exhortar a los Estados a garantizar que estos puedan
desempeñar sus actividades así como encomendar a la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos la realización de un estudio sobre la situación de los
defensores de derechos humanos;
11. Adoptar las medidas necesarias para asegurar que el sistema del
estatuto consultivo para las organizaciones de la sociedad civil ante la OEA
garantice una efectiva participación de estas;
12. Instar a los Estados miembros a suscribir y ratificar el Estatuto de la
Corte Penal Internacional y el Protocolo facultativo de la Convención sobre
los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos
armados así como a depositar la declaración prevista en el articulo 3 (2) de
este.
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