La interculturalidad en ciernes

14/12/2012
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Mientras en  algunos espacios políticos de representación, el  principio  y derecho constitucional de la interculturalidad y plurinacionalidad enfrenta difíciles limitaciones, como las consultas pre-legislativas, en otros espacios del Estado como la Defensoría Pública, se hacen esfuerzos conjuntos con las comunidades y pueblos indígenas, para diseñar un servicio jurídico con enfoque intercultural.
 
En el primer caso, por ejemplo las consultas pre- legislativas tienen mayor o menor impacto político dependiendo de la importancia que le dan los actores y la coyuntura política, esto se aprecia en la respuesta que ha tenido la convocatoria sobre el Proyecto de Ley Orgánica de Culturas y el Proyecto de Ley Orgánica de Recursos Hídricos, usos y aprovechamiento del Agua.  Al respecto, vale constatar que en la primera existe un interés muy mínimo por parte de los pueblos indígenas, mientras que en la segunda se han inscrito 1607 organizaciones, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, lo cual obviamente dificultará el procesamiento de la información y los consensos.   Es indudable que se agudizarán  las discrepancias culturales y políticas respecto del uso adecuado de este recurso entre los diversos actores, gobiernistas y de oposición, tanto por los diferentes intereses alrededor del agua como por la coyuntura electoral la cual indudablemente ha politizado la consulta.  Cualquier decisión que se tome tendrá un peso político decisivo en las elecciones.
 
En el segundo caso, la Defensoría Pública ha decidido investigar, teniendo como actores de este proceso investigativo a los mismos indígenas, las diversas visiones de estos pueblos sobre los servicios de la Defensoría Pública para rediseñar una nueva institucionalidad y mejorar así su atención con un enfoque intercultural, plurinacional, incorporando los derechos colectivos ya reconocidos en la Constitución.
 
Para orientar este estudio y debate, a través de talleres, se parte claramente de que en el país, según mandato constitucional (art. 171), existen dos sistemas de justicia: la justicia ordinaria y la justicia indígena.   Por otra parte, la Defensoría Pública no busca crear una defensoría indígena, sino que ésta incorpore la visión intercultural en toda su institucionalidad.    Para ello requiere conocer cuáles son las dificultades que encuentran las personas  y los pueblos indígenas al tener que recurrir a los servicios que ofrece la Defensoría Pública,  qué dificultades tienen con los operadores de justicia en general y también las razones por las cuales las autoridades indígenas transfieren su competencia a la justicia ordinaria a pesar de que tienen el derecho de resolver todos sus conflictos y problemas en su jurisdicción.
 
Los aspectos más importantes que merecen ser subrayados, en relación a las dificultades que una persona indígena encuentra cuando recurre al sistema de justicia ordinario son:
 
·                    “Todo funciona con la plata”, si no se dispone de recursos económicos generalmente no se hace justicia o se pierde los casos, hay una mercantilización de la justicia.   
·                    Son discriminados, no se da la misma importancia y prioridad, depende del color de la piel y su pertenencia étnica.
·                    Los profesionales del derecho y los operadores de justicia no conocen los idiomas indígenas y un porcentaje importante de la población indígena no habla el  castellano, por lo tanto la comunicación es muy limitada.
·                     La justicia ordinaria es de especialistas, “el abogado y los jueces se entienden entre ellos”, las personas están al margen.
·                    Los jueces no conocen los contextos de los problemas, de las costumbres y valores de los indígenas,  solo se aplica la ley, sin preocuparse del impacto en la familia, en la comunidad, etc.
En cuanto a las razones por las que se recurre a la justicia ordinaria, resaltan las siguientes:
·                    El debilitamiento de las comunidades en su conjunto y por tanto también de sus autoridades.  
·                    Muchas comunidades  y pueblos ya no conocen y no ejercen la justicia indígena.  
·                    La intromisión de la justicia ordinaria en la justicia indígena, por lo que existen serios conflictos e incluso varias de las autoridades indígenas están en prisión, acusadas de plagio, por haber ejercido su competencia. 
·                    Los cambios sociales y económicos, especialmente la migración, que priva de personas conocedoras de la administración de justicia indígena.
 
Como se puede ver en estas puntualizaciones, las dificultades para poder establecer una convivencia entre diversos y en armonía, todavía está en ciernes, superar esta situación implica definir políticas públicas orientadas a superar estas limitaciones, lo que requiere un tratamiento integral, ya que estos problemas tienen que ver con la realidad socio-económica, política, cultural, espiritual, ambiental.  Pero por lo menos para lograr mejorar los servicios públicos de las entidades de justicia se debería empezar por reformar la Currícula de formación superior de las Facultades de Derecho, contar con amplios programas de formación para los operadores de justicia en los temas relacionados a las culturas indígenas, el pluralismo jurídico y administración de justicia indígena y la enseñanza de los idiomas indígenas.   Promover  y financiar la investigación sobre los sistemas de justicia indígena en el país, para fortalecerlos y acompañar los cambios pertinentes en los dos sistemas, pero  con profundo respeto de las culturas ancestrales y sus costumbres jurídicas.
 
En este caso, la Defensoría Pública nos da un ejemplo de cómo abordar estos temas, esperemos conocer más a fondo sus resultados y especialmente cómo se redefine su institucionalidad y sus servicios interculturales en el futuro.
 
Sangolquí, 26-10-2012
 
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