Se abre paso la competencia de la Corte Penal Internacional - América Latina en Movimiento
ALAI, América Latina en Movimiento

2008-08-29
Clasificado en:   Política: DerechosHumanos, Estado, Justicia,
  Internacional: Internacional,
Disponible en:   Español       

Colombia

Se abre paso la competencia de la Corte Penal Internacional

José Gregorio Hernández Galindo

Es natural que la visita a Colombia de Luis Moreno Ocampo, Fiscal de la Corte Penal Internacional, quien no vino propiamente en viaje de turismo, haya suscitado el interés de quienes fueron víctimas de las organizaciones paramilitares, de los defensores de derechos humanos, y de los jueces colombianos, a la vez que la preocupación de los sectores vinculados con los verdugos y con los políticos que con ellos intercambiaron apoyos y favores.

El principio de subsidiariedad en que se funda la justicia internacional en materia de derechos humanos, al que se acoge la Corte Penal Internacional, exige que previamente a la iniciación de investigaciones formales que pudieran llevar a procesos en asuntos de su competencia se establezca con claridad lo que ha hecho o ha dejado de hacer el Estado correspondiente.

Una cosa es clara: si la jurisdicción interna no ha operado, o si en general el Estado ha omitido u obstaculizado el trámite de procesos orientados a realizar en todos los casos los postulados de verdad, justicia y reparación, el Tribunal Internacional adquiere plena competencia. Ese fue el propósito de los países -entre ellos Colombia- que suscribieron y después ratificaron el Tratado de Roma, adoptado el 17 de julio de 1998 por la Conferencia de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas.

En consecuencia, hay un designio firme de los integrantes de la Corte, y primordialmente del Fiscal -quien dirige las investigaciones y recauda las pruebas que han de ser llevadas a los magistrados-, en el sentido de no permitir que en el interior de los Estados se logre en la práctica, disfrazando su actitud con procesos puramente formales e irreales, la impunidad de quienes han cometido los peores crímenes contra la humanidad.

Porque no es un Estado, ni un grupo de Estados, ni un Tribunal en particular, ni un organismo dentro de él, quien se interesa por hacer justicia. Es la humanidad que se ha rebelado contra el crimen, y que después de un largo proceso ha logrado establecer mecanismos jurídicos adecuados para suplir la actividad de Estados proclives a la impunidad y para imponer a los culpables las sanciones que merecen, sin prescripción y sin limitación de fronteras.

La carta suscrita hace dos meses por el Fiscal de la Corte Penal Internacional, publicada en EL NUEVO SIGLO el 18 de agosto, dirigida al Embajador de Colombia en la Haya, responde precisamente a esos objetivos, propios del Tribunal e inherentes al Estatuto de Roma. No se trata de un documento más, al que nuestro Gobierno pueda darse el lujo de “responder” sin responder, como suele hacerse, ya que si bien, allí se advierte que no hay un proceso iniciado y en curso –hasta el día en que se firmó la misiva-, es claro que en la Corte hay inquietudes acerca de los temas objeto de aquélla. Son temas delicados, de evidente competencia de la CPI, respecto de los cuales, si no hubiese muchos interrogantes, y si se viera que en Colombia los procesos están marchando, que hay una genuina independencia de los fiscales y jueces, y que alguna vez habrá verdad, justicia y reparación, las preguntas no habrían sido formuladas.

Los interrogantes son muy concretos, y merecen respuestas concretas:

1) Se quiere "analizar los procesos criminales pendientes a los máximos responsables de crímenes" que son de competencia de la Corte;

2) ¿Qué pasó con “las extradiciones de varios líderes paramilitares a los Estados Unidos el 13 de mayo pasado y la semana previa de Carlos Mario Jiménez, alias Macaco”?

3) “¿Cómo se asegurará el juzgamiento de los máximos responsables de crímenes que estarían bajo la competencia de la CPI, incluyendo a dirigentes políticos y miembros del Congreso presuntamente vinculados a los grupos desmovilizados? En particular, me gustaría saber –dice el Fiscal- si las investigaciones seguidas hasta la fecha indican la comisión de conductas penadas por el Estatuto de Roma y si la extradición de los líderes paramilitares presenta algún obstáculo en la eficaz investigación de los mencionados políticos”.

El asunto, a pesar de no haber todavía procesos en la CPI, no es propiamente informal, ni es por molestar que el Fiscal pide, por escrito y mediante su presencia en Colombia, esas explicaciones. Por ello, las respuestas deben ser remitidas por el conducto oficial, no simplemente por cortesía y las inquietudes se deben dirigir al Jefe de Análisis de Situaciones de la Oficina del Fiscal de la CPI. Ello indica que las respuestas del Estado colombiano deben pasar de las simples palabras y promesas, como la de que “no habrá impunidad”, pues no se está contestando en un reportaje para causar el impacto al que nos tiene acostumbrados el Ejecutivo, sino que cuanto se diga será objeto de análisis por la dependencia mencionada, para corroborar los datos y cotejarlos con otros que seguramente ya tiene la Oficina del Fiscal, y establecer, con base en el material que recaude, si abre o no procesos en relación con tan espinosos asuntos.

Debe tenerse en cuenta que la salvedad introducida en 2002 por el presidente Pastrana, en el momento de ratificar el Tratado de Roma -que expira en 2009-, no se refiere a todos los crímenes de competencia de la Corte Penal Internacional. Sólo a los de guerra, y por tanto, los crímenes de lesa humanidad caen hoy bajo su jurisdicción, si la justicia colombiana no funciona.

Bogotá, agosto 29 de 2008

Ex magistrado Corte Constitucional. Catedrático Universitario.

Fuente: Semanario Virtual Caja de Herramientas

Corporación Viva la Ciudadanía.

semanariovirtual@viva.org.co 

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